Persona: Tenorio Sánchez, Pedro Julio
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0000-0002-8701-2252
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Tenorio Sánchez
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Pedro Julio
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Publicación Pre-legislative procedure, family impact report and Constitutional Court(Iustel, 2019-10) Tenorio Sánchez, Pedro JulioEl objeto de este trabajo es estudiar la jurisprudencia de nuestro Tribunal Constitucional que podemos considerar de interés para valorar los eventuales defectos en el procedimiento legislativo preparlamentario. La cuestión general que se plantea es la de determinar qué trámites del procedimiento legislativo son requisitos para la perfección del acto jurídico legislativo. Según nuestro Tribunal Constitucional “sólo podrá suponer un vicio de constitucionalidad formal de la ley si, [...], los fallos en la conformación de esa voluntad gubernamental implican que el Congreso de los Diputados, o el Senado en aquellos supuestos en que sea Cámara de primera lectura, carezcan de los elementos necesarios para pronunciarse sobre esos proyectos” (STC 238/2012, de 13 de diciembre, FJ 3).Publicación ¿Qué fue del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional?(Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Constitucional, 2018-04-28) Tenorio Sánchez, Pedro Julio::virtual::2663::600; Tenorio Sánchez, Pedro Julio; Tenorio Sánchez, Pedro Julio; Tenorio Sánchez, Pedro JulioThe article studies the evolution and the current situation of the amparo appeal before the Constitutional Court. The question is to analyze the application and results of the reform of the Constitutional Court Organization Act that was held in 2007. The reform was applied with some hesitation initially by the Constitutional Court but finally has been carried to the last consequences. This has produced a positive result, because the Constitutional Court is practically up to date, very far from the situation of unfeasibility that was drawn when the reform was conceived, that is to say, around the year 2006. But the reform continues being criticized for having diminished the guarantees of the defendant. However, the data that the Constitutional Court offers in its reports allow us to confirm that the vast majority of the appeals are inadmissible due to a defective approach. The work proposes as improvements the establishment of amparo chambers in the Superior Courts of Justice and in the Supreme Court and the rigor in demanding the invocation of the fundamental right as soon as it is violated. In addition, it considers advisable that the lawyers expose before the ordinary jurisdiction the embryo of the possible resource of amparo.Publicación Comparative Law as an Argument in the Decisions of Spanish Constitutional Court(Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2016-09-01) Tenorio Sánchez, Pedro JulioEl trabajo repasa la utilización del derecho comparado por parte del Tribunal Constitucional español desde sus primeras resoluciones, que datan de agosto de 1980, hasta la actualidad. Aunque el Tribunal lo emplea más de lo que reconoce , él mismo cita el derecho comparado en aproximadamente medio centenar de resoluciones, la mayoría de ellas relativas a casos difíciles, muy discutidos, en los que se pretende reforzar el criterio del derecho interno con el de democracias consolidadas. Ha de subrayarse la STC 12/2008, de 29 enero, en la que el Tribunal dice que la Constitución española constituye su único canon de constitucionalidad. A pesar de ello, en la propia Sentencia y en otras posteriores, el Tribunal hace consideraciones a veces muy importantes de derecho comparado.Publicación Nature and content of the constitutional right to health protection and jurisprudence of spanish Constitutional Court concerning to it(Iustel, 2018-04) Tenorio Sánchez, Pedro JulioEl trabajo parte de la regulación constitucional del derecho a la protección a la salud y analiza el desarrollo jurisprudencial en torno al mismo por parte del Tribunal Constitucional durante estos casi cuarenta años. Explica que el derecho a la protección a la salud aparece regulado como un principio rector y no como un derecho fundamental. Ahora bien, la protección a la salud exige el reconocimiento de derechos subjetivos y no solamente de principios rectores. Un sector de la doctrina científica considera que por este motivo debe reconocerse constitucionalmente un derecho a la salud distinto del principio rector de la protección de la salud. Nuestro Tribunal Constitucional, hasta la fecha, ha protegido esas facetas que suponen derechos subjetivos poniendo en conexión el derecho a la protección de la salud con derechos fundamentales protegidos pro recurso de amparo ante el Tribunal constitucional como el derecho a la vida, el derecho a la intimidad o el derecho a la tutela judicial efectiva.