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El abogado. Marco jurídico

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2019-11-22
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Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales
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Resumen
La profesión liberal de la abogacía, tal y como la conocemos hoy en día, como actividad de marcado carácter intelectual, libre, independiente y que cumple un fin público, dado que los que la ejercen deben actuar como cooperadores en la ardua tarea de administrar justicia, tiene su origen en la Roma antigua, sobre todo en aquella práctica forense de orden público del Bajo Imperio, cuando al advocatus se le requiere, como requisito sine qua non, la acreditación de amplios conocimientos en Derecho para poder proceder, tanto a la defensa técnica de sus asistidos o clientes ante los distintos órganos jurisdiccionales, como al correcto asesoramiento de los mismos para la confección y materialización de cualquier negocio jurídico concreto, a través de haber cursado estudios, con contenido teórico y práctico, por los que se demuestre el dominio de la lex artis que rige su ámbito del saber. La abogacía, como actividad ancestral, y como no podía ser de otra forma, ha seguido la tradición romanística a lo largo de los siglos, a través del tracto sucesivo en las distintas épocas históricas de los principios rectores que la rigen desde la Roma antigua, así como del contenido esencial de la regulación que de la misma se llevó a cabo en esta civilización por medio de iura y leges, con la correspondiente adaptación a las realidades políticas, sociales y económicas del momento histórico concreto. Por todo ello, ha de entenderse que no es posible optimizar el desarrollo del ejercicio forense en la actualidad sin tener presente nuestra tradición jurídica, dado que la misma contribuye, en altísimo grado, a cimentar los pilares de la institución de la abogacía, lo que, a su vez, conlleva a salvaguardar con mayor rigor los derechos e interés de los ciudadanos y por ende a cooperar, de la mejor manera posible, en la ardua tarea de administrar justicia. Así, el presente trabajo tiene dos finalidades estrechamente relacionadas. La primera no es otra que la de concienciar a los poderes públicos, y en mayor grado al legislador, tanto a nivel nacional como supranacional, de que el Derecho Romano, aunque no sea como Derecho positivo en sentido estricto, sigue vigente de una u otra forma en la actualidad, lo que debe llevarnos a la conclusión de que este ordenamiento ha de estar presente e informar la regulación de cualquier institución jurídica contemporánea, de Derecho Público o Privado, en aras de intentar lograr el mayor rigor y la más perfecta técnica jurídica posible a la hora de proceder a su articulación positiva, tanto desde la perspectiva formal como en cuanto al fondo o contenido, lo que traerá consigo un alto grado de pervivencia de la norma concreta por su depurada configuración, que, a su vez, evitará contradicciones y vulgarizaciones innecesarias y, en consecuencia, un gran respeto a la misma por parte de los miembros de la comunidad. Y es que tal grado de perfección normativa no es posible alcanzarlo dando la espalda a la tradición jurídica, que se erige en el elemento esencial de todo sistema jurídico. En el caso de la abogacía no puede ser de otra forma, ya que hunde sus raíces en la mayor tradición jurídica romanista, que la regula y dota de unos principios rectores y estructurales que han mantenido su esencia a lo largo de la historia. La segunda finalidad es la de proporcionar a todo jurista, sobremanera a los que se dediquen a la práctica forense, así como a los estudiantes de Derecho, una visión integral de la profesión, al facilitarles un análisis pormenorizado y sistemático de los principios rectores y estructurales de la misma, que vienen perviviendo en nuestro sistema jurídico desde su configuración en el Derecho Romano, para que, al margen de que extraigan sus propias conclusiones al respecto, entiendan la necesidad e importancia de tener presentes tales aspectos y la forma de proceder de los defensores técnicos de las causas a lo largo de la historia, para, tanto en el momento actual como en un futuro próximo, dotar a la profesión de cimientos sólidos y estables en su tratamiento y desarrollo práctico. A su vez, en tal sentido, el presente trabajo persigue varios objetivos. En primer orden, se pretende llevar a cabo un análisis exhaustivo de la actividad forense en la Roma antigua al exponer la evolución que sufre esta actividad a lo largo de las distintas etapas en las que transcurre dicha civilización, tanto desde la perspectiva de las formas de gobierno como de las distintas etapas del Derecho, proceso del que se extraen los principios rectores y estructurales de la misma, que se consagran en tal civilización y que se transmiten a lo largo de la historia. En segundo orden, hallar y contextualizar dichos principios rectores y estructurales en las legislaciones medievales y modernas de mayor relevancia, que son informadas por la tradición romanística, a través del ius commune, estudiado y difundido desde las universidades del bajomedievo. En tercer orden, desarrollar una exposición analítica de la regulación de los parámetros más relevantes de la profesión de la abogacía tras el proceso codificador y en la actualidad, a fin de deducir los puntos de conexión con tradición romanística. En cuarto orden, ofrecer una visión integral de la situación de la actividad forense en la actualidad, haciendo especial incapié en sus principios rectores, su estructura y su regulación. En quinto orden y, por último, proponer, en algunas aspectos, criterios y fórmulas para optimizar la práctica forense en nuestros tiempos. Como puede observarse, el desarrollo histórico de la profesión que se plasma en el presente trabajo, lejos de ser una mera trasposición de la normativa reguladora de la profesión que nos ocupa en cada época, pretende hacer un seguimiento lo más pormenorizado posible respecto a la pervivencia y mantenimiento de los principios rectores y estructurales que rigen la actividad forense desde que se configura como tal en el Derecho Romano, sin obviar la evolución que han sufrido los mismos, al deber adaptarse a las realidades políticas, económicas y sociales de cada momento. Metodológicamente, se sigue una línea común a la hora de abordar, de manera independiente, cada uno de los parámetros más relevantes que integran la profesión de la abogacía. En la mayor parte de los epígrafes o apartados en los que se analizan tales aspectos, se comienza por abordar la cuestión en las diversas etapas evolutivas de la Roma antigua, para, posteriormente, desarrollar el particular en las épocas medieval y moderna, hasta, tras pasar por el proceso codificador decimonónico, llegar a la actualidad.
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Facultades y escuelas::Facultad de Derecho
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Programa de doctorado en derecho y ciencias sociales
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