Persona:
Alba López, Almudena

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Alba López
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Almudena
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Mostrando 1 - 5 de 5
  • Publicación
    Codex Theodosianus 16.2.12 and the Genesis of the Ecclesiastic Privilegium Fori
    (Cardiff University Press| Gwasg Prifysgol Caerdydd, 2019) Alba López, Almudena; González Salinero, Raúl
    La tolerancia del Estado romano hacia el cristianismo, instaurada por Constantino en el año 313, no supuso para el Imperio paz y estabilidad religiosa. La progresiva acumulación de competencias de los obispos por su condición de especialistas religiosos, así como su difícil relación con el poder político, a lo largo de la radicalización del conflicto arriano-niceno, llevaron a las autoridades imperiales a adoptar una serie de medidas jurídicas destinadas a clarificar el estatuto del episcopado y su relación con las autoridades jurídicas. En este contexto, la aprobación del llamado privilegium fori eclesiástico intentó dar respuesta a las reivindicaciones de independencia jurídica de los obispos. Sin embargo, pese a que se promulgó en el contexto de la concesión por parte de la dinastía constantiniana de una serie de privilegios a la Iglesia, esta medida jurídica, como todas las demás, no fue inmune a la manipulación egoísta de las mismas autoridades que la habían aprobado.
  • Publicación
    Potamio de Lisboa y la polémica arriana en Hispania
    (Signifer Libros, 2013) Alba López, Almudena; González Salinero, Raúl
  • Publicación
    (In)tolerancia y consenso: el legado político-religioso de Constantino (335-343)
    (Universidad de Navarra, 2013-03-01) Alba López, Almudena
    El legado político-religioso de Constantino debe contemplarse más allá de la tolerancia decretada en Milán en 313. Los numerosos conflictos doctrinales y eclesiológicos que sufre el cristianismo durante el reinado de este emperador obligan a replantear su política religiosa y abogar por la búsqueda de un consenso que posibilite un gobierno más efectivo sobre el conjunto de la Cristiandad. Sin embargo, lejos de obtener el resultado apetecido, el consenso fracasara debido a la existencia de dos referencias legítimas para establecer la concordia religiosa: el concilio de Nicea y la práctica de intervención del poder civil en los sínodos reunidos los últimos años de mandato de Constantino (especialmente el de Tiro de 335). Constante y Constancio ii, hijos y herederos del anterior, tomaran como referencia la praxis constantiniana en Nicea y en Tiro, respectivamente, promoviendo la ruptura de la homogeneidad y el consenso que, con tanto empeño como escaso éxito, trato de establecer su padre.