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Vargas Gómez, Marina Amalia

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Marina Amalia
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  • Publicación
    El estatuto de ciudadano de la Unión y su posible incidencia en el ámbito de aplicación del derecho comunitario (STJUE Ruiz Zambrano)
    (Asociación Española de Profesores de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales, 2012-01-01) Abarca Junco, Paloma; Vargas Gómez, Marina Amalia
    La Sentencia del Tribunal de Justicia de 8 de marzo de 2011 (C-34/09) asunto Ruiz Zambrano contra la l´Office National de l´Emploi (ONEM) de Bélgica vuelve a poner de relieve una cuestión, ya debatida por la jurisprudencia y la doctrina, relativa al derecho de residencia de nacionales de un tercer Estado progenitores de menores nacionales de un Estado miembro. El enfoque adoptado en este asunto por el TJUE resulta novedoso en parte debido al propio planteamiento de las cuestiones prejudiciales y muy especialmente por los argumentos en torno al estatuto de ciudadano de la UE y a la noción misma de ciudadanía. La cuestión nuclear de la litis trata de dilucidar la incidencia de la nacionalidad comunitaria de unos menores, que no han ejercido su derecho de libre circulación, sobre la situación de residencia (irregular) de sus progenitores nacionales de un tercer país. Si hasta ahora era cierta la premisa según la cual “sería necesario cruzar la frontera” para ser beneficiario del Derecho comunitario, la sentencia Ruiz Zambrano viene a cuestionar este presupuesto al amparar una situación “puramente interna” bajo el paraguas protector del estatuto de ciudadano y extender el ámbito de aplicación del derecho comunitario. Esta sentencia nos sugiere una revisión de uno de los tópicos preferidos por los académicos -la noción de ciudadanía- para, desde una perspectiva distinta, reflexionar acerca de la incidencia del estatuto de ciudadano de la Unión en el ámbito de aplicación del Derecho comunitario.
  • Publicación
    Vecindad civil de la mujer casada. Nuevas reflexiones en torno a la inconstitucionalidad sobrevenida del artículo 14.4 del Código Civil y la retroactividad de la Constitución española en relación a los modos de adquisición de su vecindad civil
    (Universidad Carlos III de Madrid, 2011-10-01) Abarca Junco, Paloma; Vargas Gómez, Marina Amalia
    Las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 3 de marzo de 1994, de la Audiencia Provincial de Barcelona de 4 de noviembre de 2003 y del Tribunal Supremo de 14 de septiembre de 2009 permiten una nueva reflexión acerca de la determinación de la vecindad civil de la mujer casada -adquirida antes de la Constitución Española- en relación a la ley aplicable a la sucesión. El TSJ de Navarra confirma la vecindad civil navarra del marido -adquirida en 1965- si bien ajustando el resultado material del supuesto mediante la aplicación de otra ley (la catalana) en atención a la especificidad del caso. La AP de Barcelona niega la aplicación del derecho navarro a la sucesión de la esposa e interpreta aplicable el derecho catalán por entender que la vinculación de la mujer casada a la vecindad civil del esposo dejó de tener efectos una vez vigente la Constitución Española, aplicando retroactivamente la misma para negar eficacia al artículo 14.4 del Código civil (en su redacción vigente en ese momento). El Tribunal Supremo confirma esta última sentencia con fundamento en la inconstitucionalidad sobrevenida del mencionado artículo del Código civil, que argumenta en base a la STC de 14 de febrero de 2002. El presente trabajo pretende poner de relieve algunos problemas y elaborar una propuesta de solución no necesariamente acorde con los fundamentos jurídicos de las sentencias comentadas.