012false100true score desc 2gaptrue5mapcontentxmltrue50object_type_i,object_type_i_lookup,coverage_period_mt,geographic_area_mt,geographic_coordinates_mt,author_role_mt,contributor_role_mt,org_id_mt,org_role_mt,supervisor_mt,supervisor_id_mi,supervisor_id_mi_lookup,fields_of_research_mi,fields_of_research_mi_lookup,display_type_i,display_type_i_lookup,seo_code_mi,seo_code_mi_lookup,copyright_i,license_i,license_i_lookup,oa_compliance_t,oa_notes_t,grant_id_t,funding_body_t,description_of_resource_t,software_required_t,project_description_t,keywords_mt,project_name_t,project_id_t,isdatasetof_mt,isdatasetof_mt_lookup,notes_t,date_dt,xsd_display_option_mi,xsd_display_option_mi_lookup,file_downloads_i,created_date_dt,updated_date_dt,research_program_mt,title_t,depositor_i,isderivationof_mt,assigned_user_id_mt,assigned_group_id_mi,assigned_group_id_mi_lookup,isdatacomponentof_mt,isannotationof_mt,author_id_mi,author_id_mi_lookup,alternative_title_mt,pid_t,publisher_t,author_mt,contributor_mt,contributor_id_mi,contributor_id_mi_lookup,refereed_i,series_t,journal_name_t,newspaper_t,conference_name_t,book_title_t,identifier_mt,edition_t,subject_mi,subject_mi_lookup,place_of_publication_t,start_page_t,end_page_t,chapter_number_t,issue_number_t,volume_number_t,conference_dates_t,conference_location_t,patent_number_t,country_of_issue_t,description_t,date_available_dt,language_mt,phonetic_title_t,language_of_title_mt,translated_title_t,phonetic_journal_name_t,translated_journal_name_t,phonetic_book_title_t,translated_book_title_t,phonetic_newspaper_t,file_attachment_name_mt,translated_newspaper_t,phonetic_conference_name_t,translated_conference_name_t,issn_mt,isbn_mt,isi_loc_t,prn_t,output_availability_t,na_explanation_t,sensitivity_explanation_t,file_attachment_content_mt,org_unit_name_t,org_name_t,report_number_t,sequence_i,genre_t,genre_type_t,formatted_title_t,formatted_abstract_t,parent_publication_t,convener_t,ismemberof_mt,ismemberof_mt_lookup,link_mt,link_description_mt,rights_t,views_i,scopus_id_t,thomson_citation_count_i,gs_citation_count_i,gs_cited_by_link_t,scopus_citation_count_i,status_i,status_i_lookup,first_author_in_document_derived_t,first_author_in_fez_derived_t,ands_collection_type_t,start_date_dt,end_date_dt,access_conditions_t,extent_t,contact_details_email_mt,contact_details_physical_mt,loc_subject_heading_mt,depositor_affiliation_i,surrounding_features_mt,condition_mt,style_mt,period_mt,category_mt,subcategory_mt,structural_systems_mt,adt_id_t,subtype_t,language_of_parent_title_t,proceedings_title_t,file_description_mt,herdc_code_i,herdc_code_i_lookup,herdc_status_i,herdc_status_i_lookup,institutional_status_i,institutional_status_i_lookup,herdc_notes_t,follow_up_flags_i,follow_up_flags_i_lookup,follow_up_flags_imu_i,follow_up_flags_imu_i_lookup,scopus_doc_type_t,scopus_doc_type_t_lookup,wok_doc_type_t,wok_doc_type_t_lookup,conference_id_i,total_chapters_t,publisher_id_i,translated_proceedings_title_t,native_script_title_t,roman_script_title_t,native_script_book_title_t,roman_script_book_title_t,native_script_journal_name_t,roman_script_journal_name_t,native_script_conference_name_t,roman_script_conference_name_t,total_pages_t,native_script_proceedings_title_t,roman_script_proceedings_title_t,language_of_book_title_mt,language_of_journal_name_mt,language_of_proceedings_title_mt,doi_t,author_count_t,collection_year_dt,location_mt,building_materials_mt,architectural_features_mt,interior_features_mt,sherpa_colour_t,ain_detail_t,rj_2010_rank_t,rj_2010_title_t,rj_2012_rank_t,rj_2012_title_t,rc_2010_rank_t,rc_2010_title_t,herdc_code_description_t,score,citation_t1true60 (potestad AND ismemberof_mt:tesisuned\:Derecho AND status_i:(2)) 6display_type_idisplay_type_i_lookup_exactkeywords_mftdate_year_tauthor_id_miauthor_id_mi_lookup_exactauthor_mftjournal_name_t_ftsubject_misubject_mi_lookup_exactgenre_type_t_ftismemberof_mftismemberof_mt_lookup_exactsubtype_t_ftscopus_doc_type_t_ftscopus_doc_type_t_lookup_exact(_authlister_t:(1)) AND (status_i:(2)) 34172015-10-21T00:00:00Z37972016-08-26T19:04:48Z2016-08-26T19:04:48ZEl control jurisdiccional de la constitucionalidad y la política en Venezuela: estudio sobre la sala constitucional (2000-2010)tesisuned:Derecho-JaberriosLa configuración del sistema de justicia constitucional es un instrumento de la Sala Constitucional para potenciar su incidencia en la política con ocasión del control jurisdiccional de la constitucionalidad. Esta configuración es una de las formas de manifestación de la política judicial. Quizás sea más común apreciarla en la resolución de cuestiones materiales (controversias sobre derechos constitucionales, conflictos entre entidades territoriales, políticas públicas, etc.) que en el modo en cómo la Sala busca instrumentar sus decisiones. Esto lo ha logrado configurando el sistema de justicia constitucional, ampliando o reduciendo el alcance de su potestad jurisdiccional con el objeto de decidir un conflicto concreto, aunque pretendiendo que sus resoluciones trasciendan ese caso. La actividad de la Sala, entonces, ha supuesto una reordenación de las relaciones políticas entre las diversas instituciones del Estado. Y esta circunstancia ha conducido al desarrollo de los fenómenos de la politización de la justicia y la judicialización de la política. El análisis parte de la premisa de que la Sala Constitucional actúa con racionalidad, dependiendo del contexto político venezolano. De allí que se propone el estudio de ciertas sentencias seleccionadas porque contienen criterios que han servido para configurar el sistema de justicia constitucional, y además, por su trascendencia jurídica y política, que viene dada por las circunstancias en que fueron dictadas, y porque han servido como referente jurisprudencial o porque en ellas se ha reiterado o modificado un criterio anterior. De acuerdo con lo anterior, el objetivo general de esta tesis consiste en analizar la incidencia política del ejercicio del control jurisdiccional de la constitucionalidad por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela durante el período 2000-2010, e incluso de otras decisiones que después de esta época han seguido ciertos desarrollos jurisprudenciales. Para lograr este objetivo general, es preciso (i) analizar la evolución de la interpretación de la Sala Constitucional sobre el contenido y el alcance de sus atribuciones y del resto de los órganos jurisdiccionales del sistema venezolano de justicia constitucional; (ii) analizar el contexto político y las reacciones a las decisiones de la Sala Constitucional en las que ha configurado el sistema venezolano de justicia constitucional, y (iii) analizar las consecuencias en las instituciones y los derechos de los ciudadanos, de las decisiones de la Sala Constitucional en las que ha configurado el sistema venezolano de justicia constitucional. Se concluye que la evolución de la interpretación por parte de la Sala Constitucional sobre el contenido y el alcance de sus atribuciones y del resto de los órganos jurisdiccionales del sistema venezolano de justicia constitucional ha conducido a una inusitada concentración de poder jurisdiccional. La Sala ha gestionado su poder, en el sentido de que en ciertos casos ha procedido de manera activista o conservadora para alcanzar ciertos objetivos políticos, afectando la premisa del control jurisdiccional de los actos del Estado y la protección de los derechos de todas las personas. Las reacciones políticas y las consecuencias institucionales de las decisiones de la Sala Constitucional en las que ha configurado el sistema venezolano de justicia constitucional pueden reducirse a lo siguiente: la Sala aparenta ser un órgano fuerte, porque parece imponer su voluntad, pero la realidad indica que sólo es fuerte porque ha instrumentado su potestad jurisdiccional -configurándolo y reconfigurándolo- para mantener el status quo, y en específico, para garantizar la permanencia en el poder de quienes han dominado la escena política venezolana.0Doctoral Thesis7592<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Berríos Ortigoza, Juan Alberto" href="/fez/list/author/Berríos Ortigoza, Juan Alberto/">Berríos Ortigoza, Juan Alberto</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El control jurisdiccional de la constitucionalidad y la política en Venezuela: estudio sobre la sala constitucional (2000-2010)" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jaberrios">El control jurisdiccional de la constitucionalidad y la política en Venezuela: estudio sobre la sala constitucional (2000-2010)</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.Berríos Ortigoza, Juan AlbertoGoig Martinez, Juan Manueltesisuned:Derecho-Jaberrioshttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JaberriosspaBERRIOS_ORTIGOZA_JuanAlberto_Tesis.pdfpresmd_BERRIOS_ORTIGOZA_JuanAlberto_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsBerríos OrtigozaAcceso abierto1.787715934172015-10-05T00:00:00Z31282016-02-18T22:05:13Z2016-02-18T22:15:13ZEstudio histórico-canónico de la jurisdicción eclesiástica “nullius dioecesis" de las Ilmas. Sras. Abadesas del Monasterio de Cañastesisuned:Derecho-EmarcosA través de esta tesis he analizado el Monasterio de Cañas, comenzando por la implantación de la Orden del Cister en España, y de como es el día a día de las monjas, así como de la posición de la mujer en el periodo medieval, posteriormente realizo un repaso de todo el listado de las Abadesas del Monasterio de Santa María de Cañas, desde su fundación hasta hoy en día. En el desarrollo de la tesis se han alcanzado los objetivos inicialmente planteados en cuanto a: El estudio del dominio, empiezo por su actividad, en el periodo 1169-1474, a través de las donaciones, cambios o permutas, compras, arriendos, privilegios reales y papales; bulas, pleitos y conciliaciones, exenciones fiscales. La historia del crecimiento del Monasterio, que comienza con su fundación y el patronato de los López de Haro, a partir de ahí su formación y evolución. Las prestaciones señoriales, los derechos del señor sobre los vasallos, así como los malos usos y abusos señoriales, bastante habituales en dicho período y que dieron lugar a multitud de pleitos. El análisis y estudio de las fuentes de riqueza del señorío, agricultura principalmente, a la que se unen en menor medida, ganadería, salinas, molinos, ferrerías. La explotación de la tierra, tanto directa por el Monasterio, como de forma indirecta a través de arrendamientos, destacando las tierras señoriales explotadas en censo enfiteútico. La observación de cómo era la administración del señorío y su gobierno, y los derechos jurisdiccionales que ejerce el señorío, como la Abadesa administraba justicia sobre los vecinos del señorío, el denominado mero (criminal) y mixto imperio (civil). La abadesa nombrada los cargos judiciales de su señorío, ya fuese a los que administraban justicia 'juzgando'', (Alcaldes y Jueces); como los oficiales que colaboran con la administración de justicia "de fecho", (merinos, alguaciles, sayones, fieles, etc.). Defino y comparo también los impuestos, la fiscalidad en el Monasterio, tanto los de naturaleza jurídico-privada como los de naturaleza jurídico pública. Tras el estudio del señorío, mi análisis se centra en la autoridad de la Abadesa, sus funciones espirituales y cuasi-episcopales, observamos a la abadesa ejerciendo una jurisdicción cuasi episcopal “vere nullius” que le permitía actuar en su territorio separado como si fuese un Obispo en su diócesis. Ejerciendo una jurisdicción episcopal “contra legem”, basado en un único título legitimador la costumbre, revestida de su mitra, báculo, anillo abacial y estola, todos ellos con signos episcopales y abaciales. Se estudia también la facultad de sentarse en el Tribunal y ejercer justicia, tanto en las cortes civiles como criminales, como se llamaba en su época a la jurisdicción penal. Nombraba a los funcionarios relacionados con la Administración de Justicia, así nombraba los Alcaldes, Merinos, Corregidores y Alguaciles por ella nominados, de las villas y lugares de su Señorío, reservándose, el conocimiento de las causas en grado de apelación. A lo largo de la presente tesis, a través de la historia y el derecho, he seguido la figura de la Abadesa y de como ejerció una potestad espiritual, sin invadir la potestad de orden ejerciendo una jurisdicción eclesiástica a través de la costumbre. Espero que el trabajo desplegado en la lectura de legajos, documentos, textos y obras de autores de historia del derecho, le permitan hacer un recorrido por el Monasterio de Santa María de Cañas, y de sus nueve siglos de existencia así como de la figura de la Abadesa, como guía espiritual y material.0Doctoral Thesis8662<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Marcos Pascual, Enrique" href="/fez/list/author/Marcos Pascual, Enrique/">Marcos Pascual, Enrique</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Estudio histórico-canónico de la jurisdicción eclesiástica “nullius dioecesis&quot; de las Ilmas. Sras. Abadesas del Monasterio de Cañas" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Emarcos">Estudio histórico-canónico de la jurisdicción eclesiástica “nullius dioecesis" de las Ilmas. Sras. Abadesas del Monasterio de Cañas</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Eclesiástico del Estado</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Eclesiástico del EstadoMarcos Pascual, EnriqueRegueiro García, Teresa (Directora)Morán Martín, Remedios (Codirectora)tesisuned:Derecho-Emarcoshttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-EmarcosspaMARCOS_PASCUAL_Enrique_Tesis.pdfpresmd_MARCOS_PASCUAL_Enrique_Tesis.xmlbibliuned:Setthesistesisuned:Derechobibliuned:SetopenaireSet de Tesis Doctorales de la UNEDTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsMarcos PascualAcceso abierto1.787715934172015-11-04T00:00:00Z41872016-08-26T21:22:35Z2016-08-26T21:22:35ZLa autonomía judicial en el constitucionalismo españoltesisuned:Derecho-JlgrandaEn este resumen se recopilan los aspectos novedosos de la tesis, donde partiendo del concepto finalista y práctico de la Justicia como "la síntesis de la razón y la verdad", de la existencia de una sola organización judicial que comprende al TC y al CGPJ, y del concepto de autonomía judicial, que carece de reconocimiento expreso en nuestro ordenamiento jurídico - pero sí implícito -como "la potestad de la justicia para gestionar sus intereses con respeto a los principios de división de poderes y de soberanía popular"; se llegan a las siguientes conclusiones: 1ª) El constitucionalismo español históricamente, pese a los principios solemnes recogidos en sucesivas constituciones, no ha logrado en la práctica consolidar un auténtico Poder judicial autónomo e independiente. 2ª) La Constitución española de 1978 supone un punto de inflexión para lograr un Poder judicial autónomo del resto de poderes del Estado, sin embargo su desarrollo en la propia Carta Magna y en la normativa de rango inferior nos ha conducido a una oportunidad perdida, ya que han abierto las puertas para que aquellos órganos constitucionales sean colonizados por los demás poderes del Estado y para que la descentralización política en la esfera judicial se haya realizado en sentido inverso, es decir, de forma vertical y no horizontal - como sería recomendable -. 3ª) La sentencia del Tribunal Constitucional 108/86, de 29 de julio, reconoce dos cuestiones fundamentales: primera, en la elección de los vocales judiciales del CGPJ a parte de su elección por los propios jueces o por las Cortes Generales, pueden articularse otros procedimientos siempre que no sean arbitrarios y sean compatibles con la naturaleza del Consejo; y segunda, lo que consagra la Constitución no es el autogobierno de los jueces, sino un gobierno autónomo de los demás poderes del Estado con el fin de garantizar su independencia. 4ª) La reforma constitucional de los arts. 159.1 y 122.3 de la CE, con el objeto de que los magistrados del TC y los vocales del CGPJ respectivamente, sean elegidos por los ciudadanos a través de la representación de las asociaciones judiciales y fiscales, colegios profesionales y universidades en unas elecciones democráticas, reforzaría la autonomía judicial y permitiría la exigencia de responsabilidad política.0Doctoral Thesis6092<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Granda Alonso, José Luis" href="/fez/list/author/Granda Alonso, José Luis/">Granda Alonso, José Luis</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La autonomía judicial en el constitucionalismo español" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jlgranda">La autonomía judicial en el constitucionalismo español</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.Granda Alonso, José LuisNúñez Rivero, Cayetano (Director)Núñez Martínez, María (Codirectora)tesisuned:Derecho-Jlgrandahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JlgrandaspaGRANDA_ALONSO_JoseLuis_Tesis.pdfpresmd_GRANDA_ALONSO_JoseLuis_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsGranda AlonsoAcceso abierto1.756331234172015-05-19T00:00:00Z38962016-02-25T22:57:19Z2016-02-25T22:59:24ZAnálisis histórico-jurídico de la normativa de ceremonial y protocolo en las Cortes Generales Españolastesisuned:Derecho-McasadoLa presente investigación aborda el objetivo general de conocer, valorar y profundizar acerca de un especifico ceremonial y protocolo parlamentarios, como protocolo con entidad y singularidad propia dentro del protocolo institucional, amparado por el valor jurídico que le otorga principalmente la normativa emanada de las Cámaras en el ejercicio de la potestad autonormadora de las mismas, así como otras vías normativas o consuetudinarias con mayor o menor fuerza vinculante. En este sentido, una vez sentada la propia identidad del protocolo y ceremonial parlamentarios dentro del denominado protocolo oficial e institucional, se afirmará la juridicidad del mismo para conferirle valor jurídico y concluir con el axioma de que el protocoló es en primer lugar norma y, por tanto, Derecho. Por ello, desde un punto de vista estricto, y considerando que el conjunto de actos y ceremonias objeto de regulación serían únicamente los encuadrables dentro del protocolo oficial e institucional, se concluye con una definición de protocolo parlamentario como el «conjunto de normas, usos y costumbres jurídicas que determinan el orden de celebración de los actos oficiales, en el marco de actuación propia de las Cámaras, así como la regulación de los elementos que intervienen en dichos actos, con la finalidad de transmitir la imagen institucional del poder legislativo». En cuanto a la estructura de la tesis, se diferencian las siguientes partes: una primera parte, dedicada a la Introducción; una segunda o marco teórico nominado «II. Estado actual de la disciplina tratada por la tesis», subdividida en dos capítulos: un Capítulo Primero que nos aproximará a un concepto de protocolo, diferenciándolo de otros términos similares, como ceremonial y etiqueta; su encuadre histórico e influencias recibidas, así como las distintas «escuelas» surgidas como consecuencia de la adscripción del término a las distintas corrientes (comunicación, relaciones públicas, Derecho, etc.), y el carácter multidisciplinar del mismo; y un Capitulo II, dedicado al Derecho parlamentario, su origen; la naturaleza de los Reglamentos, destacando la importancia que la capacidad autonormadora de los Parlamentos, así como el papel que otras fuentes del Derecho parlamentario van a tener en la conformación de nuestro marco de referencia para el estudio del ceremonial y protocolo parlamentarios; III. Investigación: se toma como referencia la normativa parlamentaria protocolaria existente para dividir la presente investigación en cuatro periodos o capítulos, definidos en función de la identidad de elementos semióticos, proxémicos y de regulación, coincidentes en un periodo concreto. En este sentido, se comienza con un primer periodo inicial, concretado en un Capitulo III, que comprenderá desde la regulación de las Cortes de Cádiz (si bien arrancando desde 1808), hasta finalizar con el Trienio Liberal. A este “periodo inicial” le seguirá otro Capítulo IV, denominado como “periodo intermedio”, marcado fundamentalmente por la irrupción del modelo bicameral implantado por el Estatuto Real de 1834. “La consolidación” vendrá de la mano de un tercer y largo periodo, de casi un siglo de duración, aglutinado en un Capítulo V, cuyo referente más destacable será la aprobación de la “Ley de relaciones de los cuerpos colegisladores, de 19 de julio de 1937”, que condicionará toda la normativa protocolaria del periodo Isabelino y de la Restauración. Y, por último, un “periodo final”, Capítulo VI, que se aproximará a la regulación protocolaria desde el final de la dictadura de Primo de Rivera hasta el Régimen del general Franco. Un último Capítulo VII se dedicará al estudio y análisis del elemento personal en la normativa parlamentaria, abarcando el estudio de elementos concretos de representación simbólica de la soberanía, tales como la vestimenta, los tratamientos o la asistencia estática del público. Finaliza este trabajo con la presentación de: IV. Conclusiones, V. Bibliografía y VI. Apéndices documentales.0Doctoral Thesis12242<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Casado Trigo, Manuel" href="/fez/list/author/Casado Trigo, Manuel/">Casado Trigo, Manuel</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Análisis histórico-jurídico de la normativa de ceremonial y protocolo en las Cortes Generales Españolas" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Mcasado">Análisis histórico-jurídico de la normativa de ceremonial y protocolo en las Cortes Generales Españolas</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Historia del Derecho y de las Instituciones</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Historia del Derecho y de las InstitucionesCasado Trigo, ManuelSánchez González, Dolores del Martesisuned:Derecho-Mcasadohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-McasadospaCASADO_TRIGO_Manuel_Tesis.pdfpresmd_CASADO_TRIGO_Manuel_Tesis.xmlbibliuned:Setthesistesisuned:Derechobibliuned:SetopenaireSet de Tesis Doctorales de la UNEDTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsCasado TrigoAcceso abierto1.708550834172016-02-02T00:00:00Z42622016-12-02T18:55:02Z2016-12-02T18:55:02ZReconocimiento de los derechos a los pueblos indígenas en el marco constitucional de Venezuela, Bolovia y Ecuadortesisuned:Derecho-MequiveraEsta tesis doctoral, inserta en la línea de investigación Participación Social y Política, tuvo como motivación científica el gran impacto social que ha venido estableciendo el discurso de los movimientos indígenas que hacen vida en la geopolítica de los Estados a nivel mundial y específicamente, en el contexto latinoamericano de Colombia, Ecuador y Venezuela. Dicho discurso está destinado a alcanzar un vínculo cada vez más claro entre territorialidad, autogobierno y jurisdicción como expresiones del derecho a la libre autodeterminación. A pesar de la importancia que reviste este derecho constitucional se observa con preocupación que no todas las constituciones latinoamericanas reconocen de igual manera la existencia de sociedades pluriculturales en donde coexisten formas sociales diversas y convenciones particulares de entender y relacionarse con el mundo que las rodea (Morris, 2009). En consecuencia, la presente investigación se fijó como meta comparar la participación política, como derecho constitucional reconocido, de los pueblos indígenas antes mencionados. Para alcanzar dicha meta se sigue la metodología del derecho comparado, en el rango de la micro-comparación lo cual involucra identificar, describir, y explicar los sujetos comparados en términos de lo que estipulan sus constituciones con respecto a la representación proporcional de participación política. Se asumió como método la observación directa de la bibliografía relacionada con los tópicos de la investigación, empleándose como técnica la hermenéutica para el análisis del discurso contenido en los documentos consultados. La recopilación de los datos provenientes de esta observación se plasmó en una matriz que permitió identificar, describir y explicar las semejanzas y diferencias existentes en los instrumentos jurídicos analizados, correspondientes a Colombia, Ecuador y Venezuela. Esta investigación se estructuró en cinco capítulos. En el Capítulo I, se definen los conceptos relacionados con la participación política, como derecho constitucional reconocido. La descripción de las diferentes realidades sociológicas y supuestos de hecho, establecidos en las constituciones de Colombia, Ecuador y Venezuela para la solución legal de la participación indígena, se esboza por separado, en los Capítulos II, III y IV, respectivamente. Finalmente, en el Capitulo V se sistematizan las maneras en que las tres constituciones de Colombia, Ecuador y Venezuela refieren los derechos de la participación política de sus pueblos indígenas, sobre la base comparativa de los postulados del Convenio N°169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes (1989) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007). 3. Conclusiones El estudio realizado condujo a plantear reflexiones y sugerencias no consideradas como concluyentes, dado el carácter progresista observado en las constituciones estudiadas. A través de la incorporación en los textos constitucionales de varias reivindicaciones indígenas se ha logrado una acción colectiva efectiva para asegurar los derechos a la participación política. Queda en manos de la teoría jurídica concretar estos alcances, ofreciendo respuestas claras y evidencias prácticas a los destinatarios de las normas jurídicas indígenas. Los tres tipos de derechos, a saber, la consulta, el consentimiento libre, previo e informado, y la participación, aludidos en esta tesis, deberían otorgarles a los pueblos indígenas la potestad de intervenir en todas las fases del ciclo de diseño, ejecución y evaluación de planes, políticas, programas y proyectos de desarrollo que les puedan afectar. Con estas regulaciones, quedará asegurada la participación indígena en los países citados.0Doctoral Thesis6612<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Quivera, Martha Elena" href="/fez/list/author/Quivera, Martha Elena/">Quivera, Martha Elena</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Reconocimiento de los derechos a los pueblos indígenas en el marco constitucional de Venezuela, Bolovia y Ecuador" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Mequivera">Reconocimiento de los derechos a los pueblos indígenas en el marco constitucional de Venezuela, Bolovia y Ecuador</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia. Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia. Facultad de Derecho. Departamento de Derecho PolíticoQuivera, Martha ElenaNúñez Rivero, José María Cayetanotesisuned:Derecho-Mequiverahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-MequiveraspaQUIVERA_MarthaElena_Tesis.pdfpresmd_QUIVERA_MarthaElena_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsQuiveraAcceso abierto1.708550834172016-01-14T00:00:00Z53572016-12-02T18:19:34Z2016-12-02T18:19:34ZLos mecanismos de prevención y gestión de crisis bancariastesisuned:Derecho-SperniasLa crisis económica iniciada en 2007 puso de manifiesto notorias debilidades en el régimen regulatorio de las entidades de crédito y ha motivado que se hayan acometido, a nivel global, importantes reformas institucionales y legislativas, impulsadas por organismos internacionales (el Comité de Basilea y el Consejo de Estabilidad Financiera en especial), con un marcado sesgo hacia la prevención de futuras crisis bancarias. En la Unión Europea estas reformas han dado lugar a los mayores requerimientos derivados de Basilea III (de capital, liquidez, gobernanza,…), incorporados al ordenamiento comunitario mediante un Reglamento y una Directiva (CRR/CRDIV); a un nuevo marco de resolución de entidades de crédito; y a la formación de la Unión Bancaria, con el establecimiento de un Mecanismo Único de Supervisión (MUS) y un Mecanismo Único de Resolución (MUR) para las entidades de la zona euro. El objeto de la Tesis es la revisión sistemática del entramado regulatorio e institucional que, en la Unión Europea y en España, tiene por finalidad, directa o indirectamente, la prevención y, en su caso, la gestión de crisis bancarias. Tras repasar los elementos esenciales que definen la actividad típica bancaria y que justifican la existencia de la regulación prudencial de las entidades de crédito, los mecanismos de prevención y gestión de crisis se presentan agrupados en tres grandes apartados. En un primer apartado se incluyen los que podríamos calificar como mecanismos genéricos de prevención, es decir, el extenso conjunto de normas cuya finalidad no es expresamente preventiva, sino el adecuado funcionamiento de las entidades. Se trata, en su mayor parte, de controles establecidos a distintos niveles. En unos casos ejercidos por la Administración, que tiene como principales instrumentos de intervención el régimen autorizatorio para el acceso a la actividad, los requerimientos mínimos de capital (el Pilar 1 de Basilea) y, singularmente, la supervisión prudencial que, tras la entrada en funcionamiento del MUS, ha pasado a ser ejercida por el Banco Central Europeo, en colaboración con las autoridades nacionales de supervisión. En otros casos, se trata de controles internos, establecidos conforme a las normas de buen gobierno exigibles a las entidades y referidos a las funciones de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna. Otros, en fin, son controles externos, a cuyo fin se exige la recurrente auditoría legal de cuentas, la publicación de información financiera y la transparencia al mercado (el Pilar 3 de Basilea). Un segundo bloque lo forman los mecanismos específicos de prevención, referidos tanto a la planificación de la recuperación y la resolución, como a la adopción de medidas concretas, exigidas por el supervisor, crecientes en variedad e intensidad a medida que empeora la situación financiera de la entidad: las derivadas de la revisión supervisora (el Pilar 2 de Basilea) y las llamadas medidas de intervención temprana. El tercer apartado está referido a los mecanismos de gestión de crisis de entidades inviables. Junto al régimen concursal ordinario, que con ciertas especialidades continúa siendo de aplicación a los bancos, se ha regulado un nuevo procedimiento de resolución, de carácter administrativo, más expeditivo y preferible al concursal en presencia de un interés público que lo justifique, desarrollado por una autoridad de nueva creación (en la eurozona, la Junta Única de Resolución), investida de potestades que le permiten asignar pérdidas y disponer de los activos y pasivos de la entidad sin el consentimiento de accionistas y acreedores. Se trata, en suma, de un conjunto heterogéneo de medidas con las que se que intenta prevenir el surgimiento de situaciones de crisis y, en su caso, gestionar la resolución ordenada de las entidades inviables, preservando la estabilidad financiera, evitando el contagio y haciendo que los costes sean soportados por accionistas y acreedores antes que por los contribuyentes.0Doctoral Thesis9962<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Pernías Solera, Santiago" href="/fez/list/author/Pernías Solera, Santiago/">Pernías Solera, Santiago</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Los mecanismos de prevención y gestión de crisis bancarias" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Spernias">Los mecanismos de prevención y gestión de crisis bancarias</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Administrativo</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho AdministrativoPernías Solera, SantiagoLinde Paniagua, Enriquetesisuned:Derecho-Sperniashttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-SperniasspaPERNIAS_SOLERA_Santiago_Tesis.pdfpresmd_PERNIAS_SOLERA_Santiago_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsPernías SoleraAcceso abierto1.708550834172016-01-22T00:00:00Z23012016-11-29T20:44:53Z2019-03-18T21:29:52ZLos derechos políticos en el derecho internacional de los derechos humanos. Caso de estudio Venezuela en el periodo comprendido desde 1999-2015tesisuned:Derecho-CmherreraLos derechos humanos son el resultado de la evolución conceptual sobre libertades y derechos que han determinado el debate político de las naciones, para establecer pactos entre las autoridades y los ciudadanos, donde se garantice el reconocimiento mutuo y el respeto recíproco de las potestades y derechos que cada uno posee. El derecho de libre determinación de los ciudadanos para establecer su condición política y de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o a través de sus representantes es universal e inviolable. La participación política directa e indirecta conforma un grupo de derechos asistido por los mecanismos de participación en la Constitución venezolana. La investigación consiste en un enfoque filosófico, jurídico, político y empírico, tiene como objetivo el análisis de los Derechos Políticos como Derechos Humanos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos teniendo como caso de estudio la República Bolivariana de Venezuela durante el período comprendido de 1999 hasta 2015. La investigación asume como referencia los derechos políticos consagrados en el contexto internacional, interamericano y Constitucional venezolano. El tema es importante debido al desenvolvimiento del Estado venezolano con respecto a estos, al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y su doctrina y el impacto de los derechos políticos en la sociedad civil. Esta es una investigación documental, de carácter descriptivo. Entre las conclusiones se inscriben: Los derechos políticos los constituyen el conjunto de cualidades que posee cada ciudadano en el desenvolvimiento de las actividades políticas, participando libremente en la gestión de los asuntos públicos, ejerciendo la soberanía política en el sistema de gobierno democrático. Los derechos políticos consagrados en el Derecho Internacional están fundamentados en los principios y valores de las libertades individuales y colectivas de la sociedad civil, conforman el conjunto de compromisos internacionales del Estado venezolano basados en el principio pacta sunt servanda, al ius cogens y al carácter erga omnes, de allí que el incumplimiento de dichos compromisos generan responsabilidad internacional. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -1966-, tiene carácter vinculante para Venezuela. La Constitución venezolana establece nuevos mecanismos de participación directa en las políticas públicas y gestión pública. El derecho de participación en los asuntos públicos no está limitado a la elección de representantes que ocupan cargos en el Poder Público. El catálogo de derechos establecidos en la Constitución venezolana reconoce que los tratados internacionales suscritos ante los distintos organismos internacionales, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el derecho interno. El Poder Ejecutivo venezolano amparados en la Constitución y en las leyes del "poder popular" las cuales proponen a la sociedad civil, un modelo político único, limitando los derechos de participación a todos los ciudadanos venezolanos, al someter a los ciudadanos a los rigores de un Estado que mediante el grupo de leyes del "poder popular" orientadas a un "Estado comunal socialista". Las recomendaciones por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos políticos y civiles de Venezuela con la finalidad de generar optimas condiciones en el ejercicio de los derechos políticos a los ciudadanos y por otra parte, el Comité de Derechos Civiles y Políticos, las respectivas observaciones y recomendaciones a la República Bolivariana de Venezuela, medidas que debe adoptar el Estado venezolano, tienen escasas consecuencias positivas debido a la posición gubernamental de justificar cada una de las acciones del Estado denunciadas por los ciudadanos, y la consecuente justificación del Estado ante las acciones y medidas adoptadas con relación a los derechos políticos ante los organismos internacionales.0Doctoral Thesis11552<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Herrera Herrada, Carol Monserrat" href="/fez/list/author/Herrera Herrada, Carol Monserrat/">Herrera Herrada, Carol Monserrat</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Los derechos políticos en el derecho internacional de los derechos humanos. Caso de estudio Venezuela en el periodo comprendido desde 1999-2015" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Cmherrera">Los derechos políticos en el derecho internacional de los derechos humanos. Caso de estudio Venezuela en el periodo comprendido desde 1999-2015</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional Público</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional PúblicoHerrera Herrada, Carol MonserratTrillo de Martín-Pinillos, Eduardo (Director)Castro-Rial Garrone, Fanny (Codirectora)tesisuned:Derecho-Cmherrerahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-CmherreraspaHERRERA_HERRADA_CarolMonserrat_Tesis.pdfpresmd_HERRERA_HERRADA_CarolMonserrat_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairebibliuned:DptoDIP-FDER-TesisTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireDepartamento de Derecho Internacional Público (UNED). Tesishttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsHerrera HerradaAcceso abierto1.423814477743777777