017false100true score desc 2gaptrue5mapcontentxmltrue50object_type_i,object_type_i_lookup,coverage_period_mt,geographic_area_mt,geographic_coordinates_mt,author_role_mt,contributor_role_mt,org_id_mt,org_role_mt,supervisor_mt,supervisor_id_mi,supervisor_id_mi_lookup,fields_of_research_mi,fields_of_research_mi_lookup,display_type_i,display_type_i_lookup,seo_code_mi,seo_code_mi_lookup,copyright_i,license_i,license_i_lookup,oa_compliance_t,oa_notes_t,grant_id_t,funding_body_t,description_of_resource_t,software_required_t,project_description_t,keywords_mt,project_name_t,project_id_t,isdatasetof_mt,isdatasetof_mt_lookup,notes_t,date_dt,xsd_display_option_mi,xsd_display_option_mi_lookup,file_downloads_i,created_date_dt,updated_date_dt,research_program_mt,title_t,depositor_i,isderivationof_mt,assigned_user_id_mt,assigned_group_id_mi,assigned_group_id_mi_lookup,isdatacomponentof_mt,isannotationof_mt,author_id_mi,author_id_mi_lookup,alternative_title_mt,pid_t,publisher_t,author_mt,contributor_mt,contributor_id_mi,contributor_id_mi_lookup,refereed_i,series_t,journal_name_t,newspaper_t,conference_name_t,book_title_t,identifier_mt,edition_t,subject_mi,subject_mi_lookup,place_of_publication_t,start_page_t,end_page_t,chapter_number_t,issue_number_t,volume_number_t,conference_dates_t,conference_location_t,patent_number_t,country_of_issue_t,description_t,date_available_dt,language_mt,phonetic_title_t,language_of_title_mt,translated_title_t,phonetic_journal_name_t,translated_journal_name_t,phonetic_book_title_t,translated_book_title_t,phonetic_newspaper_t,file_attachment_name_mt,translated_newspaper_t,phonetic_conference_name_t,translated_conference_name_t,issn_mt,isbn_mt,isi_loc_t,prn_t,output_availability_t,na_explanation_t,sensitivity_explanation_t,file_attachment_content_mt,org_unit_name_t,org_name_t,report_number_t,sequence_i,genre_t,genre_type_t,formatted_title_t,formatted_abstract_t,parent_publication_t,convener_t,ismemberof_mt,ismemberof_mt_lookup,link_mt,link_description_mt,rights_t,views_i,scopus_id_t,thomson_citation_count_i,gs_citation_count_i,gs_cited_by_link_t,scopus_citation_count_i,status_i,status_i_lookup,first_author_in_document_derived_t,first_author_in_fez_derived_t,ands_collection_type_t,start_date_dt,end_date_dt,access_conditions_t,extent_t,contact_details_email_mt,contact_details_physical_mt,loc_subject_heading_mt,depositor_affiliation_i,surrounding_features_mt,condition_mt,style_mt,period_mt,category_mt,subcategory_mt,structural_systems_mt,adt_id_t,subtype_t,language_of_parent_title_t,proceedings_title_t,file_description_mt,herdc_code_i,herdc_code_i_lookup,herdc_status_i,herdc_status_i_lookup,institutional_status_i,institutional_status_i_lookup,herdc_notes_t,follow_up_flags_i,follow_up_flags_i_lookup,follow_up_flags_imu_i,follow_up_flags_imu_i_lookup,scopus_doc_type_t,scopus_doc_type_t_lookup,wok_doc_type_t,wok_doc_type_t_lookup,conference_id_i,total_chapters_t,publisher_id_i,translated_proceedings_title_t,native_script_title_t,roman_script_title_t,native_script_book_title_t,roman_script_book_title_t,native_script_journal_name_t,roman_script_journal_name_t,native_script_conference_name_t,roman_script_conference_name_t,total_pages_t,native_script_proceedings_title_t,roman_script_proceedings_title_t,language_of_book_title_mt,language_of_journal_name_mt,language_of_proceedings_title_mt,doi_t,author_count_t,collection_year_dt,location_mt,building_materials_mt,architectural_features_mt,interior_features_mt,sherpa_colour_t,ain_detail_t,rj_2010_rank_t,rj_2010_title_t,rj_2012_rank_t,rj_2012_title_t,rc_2010_rank_t,rc_2010_title_t,herdc_code_description_t,score,citation_t1true60 (dignidad AND status_i:(2)) 6display_type_idisplay_type_i_lookup_exactkeywords_mftdate_year_tauthor_id_miauthor_id_mi_lookup_exactauthor_mftjournal_name_t_ftsubject_misubject_mi_lookup_exactgenre_type_t_ftismemberof_mftismemberof_mt_lookup_exactsubtype_t_ftscopus_doc_type_t_ftscopus_doc_type_t_lookup_exact(_authlister_t:(1)) AND (status_i:(2)) 34232004-01-01T00:00:00Z3402017-05-23T23:03:06Z2017-05-23T23:04:50ZLa dignidad humana en las investigaciones biomédicasbibliuned:Aldaba-2004-32-708004322<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Martínez Morán, Narciso" href="/fez/list/author/Martínez Morán, Narciso/">Martínez Morán, Narciso</a> . (<span class="citation_date">2004</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : La dignidad humana en las investigaciones biomédicas" href="/fez/view/bibliuned:Aldaba-2004-32-7080">La dignidad humana en las investigaciones biomédicas</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Centro Asociado de MelillaMartínez Morán, Narciso1Aldababibliuned:Aldaba-2004-32-7080http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:Aldaba-2004-32-708016520632spaDignidad_humana.pdfpresmd_Dignidad_humana.xml0213-7925bibliuned:Aldaba-2004-32bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireAldaba : revista del Centro Asociado de la UNED de Melilla. Año 2004, n. 32Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsMartínez MoránAcceso abierto1.154604834232007-07-01T00:00:00Z12662009-02-18T22:44:08ZDignidad y laicidad: una defensa de la ética laicabibliuned:filopoli-2007-30-00040Doctoral Thesis4892<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Bovero, Michelangelo" href="/fez37/public/list/author/Bovero, Michelangelo/">Bovero, Michelangelo</a> . (<span class="citation_date">2007</span>) <a class="citation_title" title="Click to view : Dignidad y laicidad: una defensa de la ética laica" href="/fez37/public/view/bibliuned:filopoli-2007-30-0004">Dignidad y laicidad: una defensa de la ética laica</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/015164FilosofíaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España) y Universidad Autónoma MetropolitanaBovero, Michelangelobibliuned:filopoli-2007-30-0004http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:filopoli-2007-30-0004spaPDFbibliuned:filopoli-2007-numero30bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloRevista internacional de filosofía política. Año 2007, n. 30Set de openaireSet de artículoBoveroAcceso abierto1.122250734232015-07-01T00:00:00Z75952016-03-30T04:11:42Z2016-04-09T00:41:37ZLa violencia sexual como un atentado contra la dignidad de la mujerbibliuned:RDUNED-2015-17-5130La violencia sexual contra la mujer es la manifestación extrema de la desigualdad y del sometimiento en el que viven las mujeres en el mundo. Constituye un atentado contra el derecho a la vida, a la libertad, y la dignidad de las mujeres. Por tanto, para055592<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Gil, Maximiliana" href="/fez/list/author/Gil, Maximiliana/">Gil, Maximiliana</a> . (<span class="citation_date">2015</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : La violencia sexual como un atentado contra la dignidad de la mujer" href="/fez/view/bibliuned:RDUNED-2015-17-5130">La violencia sexual como un atentado contra la dignidad de la mujer</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoGil, MaximilianaRDUNED : revista de derecho UNEDbibliuned:RDUNED-2015-17-5130http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:RDUNED-2015-17-513081383217spaSexual violence as an outrage against woman’s dignityViolencia_sexual.pdfpresmd_Violencia_sexual.xmlEISSN: 2255-3436bibliuned:RDUNED-2015-17bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRDUNED : revista de derecho UNED. Año 2015, n. 17Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsGilAcceso abierto10.5944/rduned.17.2015.162961.047037634232015-01-01T00:00:00Z7572016-09-05T18:48:26Z2016-10-19T22:34:01ZLa cisma de Enrique VIII: ambición y dignidad. Catalina de Aragón y Ana Bolena en el imaginario de Calderón y Shakespearebibliuned:Epos-2015-31-5090El artículo tiene como finalidad comparar el tratamiento que dan Calderón y Shakespeare a sus personajes femeninos principales en La cisma de Ingalaterra y Enrique VIII, en torno a los conceptos de dignidad y ambición, que marcan su manera de ser y est05452<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Vallejo Mateo, María Luisa" href="/fez/list/author/Vallejo Mateo, María Luisa/">Vallejo Mateo, María Luisa</a> . (<span class="citation_date">2015</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : La cisma de Enrique VIII: ambición y dignidad. Catalina de Aragón y Ana Bolena en el imaginario de Calderón y Shakespeare" href="/fez/view/bibliuned:Epos-2015-31-5090">La cisma de Enrique VIII: ambición y dignidad. Catalina de Aragón y Ana Bolena en el imaginario de Calderón y Shakespeare</a>. RecordArtículo de revistaPublishedFilologíaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de FilologíaVallejo Mateo, María LuisaEpos : revista de filologíabibliuned:Epos-2015-31-5090http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:Epos-2015-31-509031332231spaCisma_EnriqueVIII.pdfpresmd_Cisma_EnriqueVIII.xml0213-201X, EISSN: 2255-3495bibliuned:Epos-2015-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireEpos : revista de filología.Año 2015, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsVallejo MateoAcceso abierto10.5944/epos.31.2015.173540.933122334232014-07-01T00:00:00Z1632015-02-20T04:05:14Z2015-02-20T04:06:37ZRESEÑA de : Fernando Rey Martínez. La dignidad humana en serio. Desafíos actuales de los derechos fundamentales. Porrúa, México, 2012.bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-34-514004662<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Vázquez Aonso, Víctor J." href="/fez/list/author/Vázquez Aonso, Víctor J./">Vázquez Aonso, Víctor J.</a> . (<span class="citation_date">2014</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : RESEÑA de : Fernando Rey Martínez. La dignidad humana en serio. Desafíos actuales de los derechos fundamentales. Porrúa, México, 2012." href="/fez/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-34-5140">RESEÑA de : Fernando Rey Martínez. La dignidad humana en serio. Desafíos actuales de los derechos fundamentales. Porrúa, México, 2012.</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoVázquez Aonso, Víctor J.bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-34-5140http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-34-5140spaResena_Fernando_Rey.pdfpresmd_Resena_Fernando_Rey.xml1139-5583, EISSN 2174-8950bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-34bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireTeoría y realidad constitucional. Año 2014, n. 34Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsVázquez AonsoAcceso abierto0.9249434534232006-01-01T00:00:00Z7442009-10-08T23:06:52ZRESEÑA de : Gutierrez Gutierrez, Ignacio. Dignidad y derechos fundamentales. Marcial Pons, 2005bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional2006-18-00280Doctoral Thesis5252<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Álvarez Álvarez, Leonardo" href="/fez37/public/list/author/Álvarez Álvarez, Leonardo/">Álvarez Álvarez, Leonardo</a> . (<span class="citation_date">2006</span>) <a class="citation_title" title="Click to view : RESEÑA de : Gutierrez Gutierrez, Ignacio. Dignidad y derechos fundamentales. Marcial Pons, 2005" href="/fez37/public/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional2006-18-0028">RESEÑA de : Gutierrez Gutierrez, Ignacio. Dignidad y derechos fundamentales. Marcial Pons, 2005</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/021523DerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Drecho. Departamento de Derecho PolíticoÁlvarez Álvarez, Leonardobibliuned:TeoriayRealidadConstitucional2006-18-0028http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional2006-18-0028spaPDFbibliuned:TeoriayRealidadConstitucional2006-18bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloTeoría y realidad constitucional. Año 2006, n. 18Set de openaireSet de artículoÁlvarez ÁlvarezAcceso abierto0.9249434534232004-01-01T00:00:00Z3572017-05-23T19:59:11Z2017-05-23T19:59:11ZLa invisibilidad del otro. Eutanasia y dignidad humanabibliuned:Aldaba-2004-32-707004512<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Ollero Tassara, Andrés" href="/fez/list/author/Ollero Tassara, Andrés/">Ollero Tassara, Andrés</a> . (<span class="citation_date">2004</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : La invisibilidad del otro. Eutanasia y dignidad humana" href="/fez/view/bibliuned:Aldaba-2004-32-7070">La invisibilidad del otro. Eutanasia y dignidad humana</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Centro Asociado de MelillaOllero Tassara, Andrés1Aldababibliuned:Aldaba-2004-32-7070http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:Aldaba-2004-32-707013916432spaInvisibilidad_otro.pdfpresmd_Invisibilidad_otro.xml0213-7925bibliuned:Aldaba-2004-32bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireAldaba : revista del Centro Asociado de la UNED de Melilla. Año 2004, n. 32Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsOllero TassaraAcceso abierto0.9249434534232012-01-01T00:00:00Z15282012-09-24T21:37:52ZEl reconocimiento de la dignidad
humana ante los avances de la genéticabibliuned:RDUNED-2012-10-51000Doctoral Thesis5842<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Giner Rommel, Gisela" href="/fez37/public/list/author/Giner Rommel, Gisela/">Giner Rommel, Gisela</a> . (<span class="citation_date">2012</span>) <a class="citation_title" title="Click to view : El reconocimiento de la dignidad
humana ante los avances de la genética" href="/fez37/public/view/bibliuned:RDUNED-2012-10-5100">El reconocimiento de la dignidad
humana ante los avances de la genética</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/021523DerechoUniversidad Nacional de Educacion a Distancia (España). Facultad de DerechoGiner Rommel, Giselahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:RDUNED-2012-10-5100bibliuned:RDUNED-2012-10-5100spaDocumento.pdfbibliuned:RDUNED-2012-10bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloRDUNED : revista de derecho UNED. Año 2012, n. 10Set de openaireSet de artículoGiner RommelAcceso abierto0.9249434534232004-01-01T00:00:00Z4252009-10-08T23:28:48ZLa dignidad quebradabibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2004-14-901000Doctoral Thesis3182<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Gutiérrez Gutiérrez, Antonio" href="/fez37/public/list/author/Gutiérrez Gutiérrez, Antonio/">Gutiérrez Gutiérrez, Antonio</a> . (<span class="citation_date">2004</span>) <a class="citation_title" title="Click to view : La dignidad quebrada" href="/fez37/public/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2004-14-90100">La dignidad quebrada</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/021523DerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Departamento de Derecho Político y Editorial Centro de Estudios Ramón ArecesGutiérrez Gutiérrez, Antoniobibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2004-14-90100htt://e-spacio.uned.es/fez/view.php?pid=bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2004-14-90100spaPDFbibliuned:TeoriayRealidadConstitucional2004-14bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloTeoría y realidad constitucional. Año 2004, n. 14Set de openaireSet de artículoGutiérrez GutiérrezAcceso abierto0.9249434534172015-10-23T00:00:00Z22492016-09-01T01:52:12Z2016-09-01T01:53:02ZLa violencia sexual como un atentado contra la dignidad de la mujertesisuned:Derecho-MgilLa violencia sexual contra la mujer es la manifestación extrema de la desigualdad y del sometimiento en el que viven las mujeres en el mundo. Constituye un atentado contra el derecho a la vida, a la seguridad, a la libertad, y la dignidad de las mujeres y por lo tanto, para comprender la magnitud del daño que causa la violencia sexual debe ser vista como un atentado de y para la dignidad humana de la mujer. La concepción de la dignidad como algo autónomo, propio del hombre en sí mismo, como cualidad fundamentada en lo humano, se desarrollará, en el Renacimiento. Luego Kant, considera que la idea de que lo digno es aquello que no tiene precio, que nadie puede ser tratado como un medio, o que la humanidad es en sí misma una dignidad. Los orígenes del concepto de dignidad humana son, desde luego, filosóficos, antes que jurídicos, como bien ha resaltado Peces-Barba, y tan antiguos que se confunden con los inicios de nuestra civilización. Indistintamente de la corriente de pensamiento o el enfoque (filosófico, teológico, sociológico, antropológico o jurídico) con el cual se pretenda explicar el concepto de Dignidad humana, todos convergen en un elemento común: La dignidad es un valor intrínseco del ser humano asociado a su capacidad innata de pensar, sentir y decidir (pensamiento, emociones y voluntad). La Violencia Sexual, cuyo bien jurídico tutelado en el derecho internacional y nacional es la Libertad Sexual y Reproductiva. No obstante, la problemática central generada por este tipo de delitos sufrido por la mujer no se limita a la violación de sus derechos o libertades, pues, la magnitud del daño trasciende la facultad que tiene la mujer de decidir responsable, voluntaria y libremente la forma de ejercer su sexualidad. Sin embargo, en los casos de este tipo de acciones antijurídicas, el daño suele delimitado solo en la vulneración de la libertad sexual, tal como solemos apreciarlo en las exposiciones de motivos de las legislaciones especializadas, en las sentencias y jurisprudencias. El propósito de esta tesis es estudiar la violencia sexual como un atentado contra la dignidad de la mujer. Porque la justificación de este estudio es la comprensión de la magnitud de daño causado por la violencia sexual en la mujer como ser humano, desde el enfoque jurídico, psicológico. La metodología es de tipo documental con un diseño crítico- analítico y la técnica utilizada fue la interpretación jurídica de los fundamentos establecidos en art 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, art 18 de la Declaración y Programa de Acciónn de Viena, art 1 de la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, art 271 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela , la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LODMVLV) y opiniones especializadas. Donde se evidencio que la violencia sexual trascienden a la vulneración de los derechos humanos atentando contra su libertad, su voluntad y capacidad de decidir, lo que deja a las víctimas en una condición de indefensión y revictimizacion. Los avances que se logran son: Propuesta de Reforma a la (LODMVLV) con la inclusión de artículo que declare la violencia sexual como un delito imprescriptible. Concienciar a las instituciones del estado y a la sociedad a través de un plan de atención a las mujeres víctimas de violencia sexual. Pon tanto, en Venezuela según el estudio realizado no existen lineamientos jurídicos tendientes a lograr la sanción de las acciones, sin importar el transcurso del tiempo, pues, tan prologando es el tiempo del daño ocasionado a la mujer, como debe ser la obligación del Estado de castigar al agresor, lo cual solo es posible a través del reconocimiento de la Imprescriptibilidad de la acción penal de los delitos de violencia sexual, por atentar contra la Dignidad Humana de la Mujer.0Doctoral Thesis25632<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Gil Millan, Maximiliana" href="/fez/list/author/Gil Millan, Maximiliana/">Gil Millan, Maximiliana</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La violencia sexual como un atentado contra la dignidad de la mujer" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Mgil">La violencia sexual como un atentado contra la dignidad de la mujer</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.Gil Millan, MaximilianaNúñez Rivero, José María Cayetanotesisuned:Derecho-Mgilhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-MgilspaGIL_MILLAN_Maximiliana_Tesis.pdfpresmd_GIL_MILLAN_Maximiliana_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Licencia de acceso Creative CommonsGil MillanAcceso abierto0.9249434534232012-06-01T00:00:00Z5052012-06-26T23:19:27ZRESEÑA de : Beristáin, Antonio. La dignidad de las macrovíctimas
transforma la Justicia y la convivencia. Colección Estudios de Criminología
y Política criminal. Madrid : Dykinson, 2010bibliuned:revistaDerechoPenalyCriminologia-2012-7-21200Doctoral Thesis5722<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Serrano Maíllo, Alfonso" href="/fez/list/author/Serrano Maíllo, Alfonso/">Serrano Maíllo, Alfonso</a> . (<span class="citation_date">2012</span>) <a class="citation_title" title="Click to view : RESEÑA de : Beristáin, Antonio. La dignidad de las macrovíctimas
transforma la Justicia y la convivencia. Colección Estudios de Criminología
y Política criminal. Madrid : Dykinson, 2010" href="/fez/view/bibliuned:revistaDerechoPenalyCriminologia-2012-7-2120">RESEÑA de : Beristáin, Antonio. La dignidad de las macrovíctimas
transforma la Justicia y la convivencia. Colección Estudios de Criminología
y Política criminal. Madrid : Dykinson, 2010</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/021523DerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoSerrano Maíllo, Alfonsobibliuned:revistaDerechoPenalyCriminologia-2012-7-2120http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:revistaDerechoPenalyCriminologia-2012-7-2120spaDocumento.pdfbibliuned:revistaDerechoPenalyCriminologia-2012-7bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloRevista de derecho penal y criminología. 3ª época, año 2012, n. 7Set de openaireSet de artículoSerrano MaílloAcceso abierto0.9249434534172023-01-01T00:00:00Z1092023-06-03T07:21:57Z2023-07-05T06:42:29ZProblemas ético-jurídicos que plantean las mejoras humanas en torno a la identidad personal y dignidadtesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Punhe0Doctoral Thesis1362<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Un He, Paik" href="/fez/list/author/Un He, Paik/">Un He, Paik</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Problemas ético-jurídicos que plantean las mejoras humanas en torno a la identidad personal y dignidad" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Punhe">Problemas ético-jurídicos que plantean las mejoras humanas en torno a la identidad personal y dignidad</a></i></b> . <span class="citation_date">2023</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias SocialesUn He, PaikJunquera de Estéfani, RafaelMiguel Beriain, Íñigotesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Punhehttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-PunhespaPAIK_Un_He_Tesis.pdfpresmd_PAIK_Un_He_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_DeryCSocbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Derecho y Ciencias Sociales (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsUn HeAcceso abierto0.9249434534232006-05-01T00:00:00Z18782009-02-24T22:21:25ZReconocimiento constitucional de la dignidad, individualidad y derechos de la personalidadbibliuned:Derechopolitico-2006-66-6B754A1F0Doctoral Thesis8602<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Alegre Martínez, Miguel Angel" href="/fez/list/author/Alegre Martínez, Miguel Angel/">Alegre Martínez, Miguel Angel</a> and <a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Mago Bendahán, Oscar" href="/fez/list/author/Mago Bendahán, Oscar/">Mago Bendahán, Oscar</a> . (<span class="citation_date">2006</span>) <a class="citation_title" title="Click to view : Reconocimiento constitucional de la dignidad, individualidad y derechos de la personalidad" href="/fez/view/bibliuned:Derechopolitico-2006-66-6B754A1F">Reconocimiento constitucional de la dignidad, individualidad y derechos de la personalidad</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/021523DerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Departamento de Derecho ConstitucionalAlegre Martínez, Miguel AngelMago Bendahán, Oscarhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:Derechopolitico-2006-66-6B754A1Fbibliuned:Derechopolitico-2006-66-6B754A1Fspareconocimiento.pdfbibliuned:DerechoPolitico-2006-numero66bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloRevista de derecho político. Año 2006, n. 66Set de openaireSet de artículoAlegre MartínezAcceso abierto0.9249434534232005-01-01T00:00:00Z48532009-05-18T23:16:30ZLa dignidad humana : fundamento del Derechobibliuned:BFD-2005-27-B68A6DC20Doctoral Thesis5502<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Miguel Beriain, Íñigo de" href="/fez/list/author/Miguel Beriain, Íñigo de/">Miguel Beriain, Íñigo de</a> . (<span class="citation_date">2005</span>) <a class="citation_title" title="Click to view : La dignidad humana : fundamento del Derecho" href="/fez/view/bibliuned:BFD-2005-27-B68A6DC2">La dignidad humana : fundamento del Derecho</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/021523DerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoMiguel Beriain, Íñigo dehttp://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:BFD-2005-27-B68A6DC2bibliuned:BFD-2005-27-B68A6DC2spaPDFbibliuned:BFD-2005-27bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloBoletín de la Facultad de Derecho. Año 2005 .Número 27Set de openaireSet de artículoMiguel BeriainAcceso abierto0.9249434534172016-02-01T00:00:00Z87912016-11-29T19:02:55Z2016-11-29T19:02:55ZDignidad humana y genéticatesisuned:Derecho-GginerAbordar la dignidad humana desde cualquier punto de partida ciertamente resulta un reto intelectual, condenado además, desde sus inicios, al trágico final de la controversia. Comenzando por la profunda paradoja que nos hace sentir el contrastar su significado más excelso con la triste realidad del acontecer humano. Es precisamente esta ambivalencia histórica, y aún incluso actual en la construcción de nuestro mundo, la que abre con toda crudeza las primeras páginas de esta tesis doctoral. El desánimo y el escepticismo se apoderan de nosotros, e igualmente inundan el panorama y la reflexión filosófica contemporánea: ¿Cómo es posible que, ante esta letanía de horrores, defendamos la dignidad a modo de un valor intrínseco e indisponible, indisolublemente unido a cada individuo humano? De este comienzo parece desprenderse de estas líneas cierto halo de posmodernidad filosófica y con él, una equivocada idea de nuestro posicionamiento en torno a la dignidad humana. Nada más lejos de nuestra intención: nuestra postura se vertebra bajo la firme convicción de que resulta necesario continuar apostando por la defensa de la dignidad y los Derechos Humanos de ella dimanantes, en una concepción humanista de lo que significa el hombre y su mundo. Sin embargo, también resulta cierto que como testigos de la realidad de nuestro tiempo, tampoco podemos seguir manteniendo una visión estática e inamovible y en este sentido "tradicional" de la dignidad humana. Ella precisamente se sostiene en una visión filosófica esencialista, dualista, racional y profundamente antropocéntrica que ha dominado nuestro panorama filosófico, imponiendo su hegemonía e iluminando las formas de organización social, política y económica de nuestra civilización occidental. A su lado y como bien comprobamos, surgen las grandes problemáticas a las que debemos enfrentarnos, tan graves como la propia pervivencia de nuestra especie: en un planeta prácticamente esquilmado, donde la mayoría de seres vivos, sean o no humanos, sufren una vida ciertamente indigna. Es precisamente por ello por lo que mantenemos una postura intermedia, con un pie en cada orilla filosófica, que nos lleva a determinar, junto a la defensa de la dignidad humana, la necesidad de repensar los parámetros en los que la misma ha sido construida y mantenida hasta hoy. Precisamente serán los dilemas y la profunda problemática generada por el desarrollo espectacular de las ciencias de la vida, concretamente la genética, y toda la tecnología creada en su seno la que, lejos de avocarnos a un nuevo reduccionismo en la comprensión de lo humano, nos brindará la oportunidad de confirmar tanto las conquistas éticas humanas como nuevas y renovadas formas de entendernos, precisamente en la dirección antes anunciada. La genética no sólo no pone en tela de juicio la dimensión libre y moral del hombre, imponiendo una visión biológica "todo explicativa" capaz de llegar hasta el último reducto de la realidad humana, sino que su carácter esencialmente abierto, maleable y flexible, nos permite seguir manteniendo la "humanidad" del hombre: su esencial libertad. Es ella la que sostiene esta condición bifronte, esta ambivalente dualidad de la naturaleza humana, siempre tensionada entre lo sublime, su dignidad, y su capacidad de maldad. Pero sólo así somos verdaderamente humanos. El reto de nuestro tiempo consiste en convertir la intensa y a veces sobrecogedora posibilidad de futuro que anuncian las nuevas biotecnologías, en una nueva oportunidad que permita al hombre conquistar mayores cotas de dignidad. Frente a un escenario fatalista en el que la biotecnología imponga frías formas de instrumentalización, cosificación y perfección de lo humano, con su punto álgido en la propuesta evolutiva transhumanista y su "robo sapiens", también cabe otra posibilidad, que oponemos a ella: la "rehumanización" de este proceso, su puesta al servicio del ideal humanista renovado y, con ella, la pervivencia del "homo humanus".0Doctoral Thesis9082<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Giner Rommel, Gisela" href="/fez/list/author/Giner Rommel, Gisela/">Giner Rommel, Gisela</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Dignidad humana y genética" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Gginer">Dignidad humana y genética</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Filosofía Jurídica</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Filosofía JurídicaGiner Rommel, GiselaJunquera de Estéfani, Rafaeltesisuned:Derecho-Gginerhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-GginerspaGINER_ROMMEL_Gisela_Tesis.pdfpresmd_GINER_ROMMEL_Gisela_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsGiner RommelAcceso abierto0.8913438334232013-07-01T00:00:00Z5092014-03-25T23:19:27ZDignidad y libre desarrollo de la personalidad en menores: daños en el ámbito de las nuevas tecnologías de la información = Dignity and free development of the personality in children: damage in the field of new information technologiesbibliuned:RDUNED-2013-13-60650Doctoral Thesis6532<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Sacristán Romero, Francisco" href="/fez37/public/list/author/Sacristán Romero, Francisco/">Sacristán Romero, Francisco</a> . (<span class="citation_date">2013</span>) <a class="citation_title" title="Click to view : Dignidad y libre desarrollo de la personalidad en menores: daños en el ámbito de las nuevas tecnologías de la información = Dignity and free development of the personality in children: damage in the field of new information technologies" href="/fez37/public/view/bibliuned:RDUNED-2013-13-6065">Dignidad y libre desarrollo de la personalidad en menores: daños en el ámbito de las nuevas tecnologías de la información = Dignity and free development of the personality in children: damage in the field of new information technologies</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/021523DerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoSacristán Romero, Franciscohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:RDUNED-2013-13-6065bibliuned:RDUNED-2013-13-6065esDocumento.pdfbibliuned:RDUNED-2013-13bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloRDUNED : revista de derecho UNED. Año 2013, n. 13Set de openaireSet de artículoSacristán RomeroAcceso abierto0.826289934231989-01-01T00:00:00Z18472008-04-02T06:37:19ZPugnas nobiliarias para el control de las dignidades de las órdenes militares en la Castilla bajomedieval : el caso de la Encomienda de Azuaga (1465-1478)bibliuned:ETF033A768E-C9A4-CB6D-925A-3804A4F5079F0Doctoral Thesis4472<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Calderón Ortega, José Manuel" href="/fez37/public/list/author/Calderón Ortega, José Manuel/">Calderón Ortega, José Manuel</a> . (<span class="citation_date">1989</span>) <a class="citation_title" title="Click to view : Pugnas nobiliarias para el control de las dignidades de las órdenes militares en la Castilla bajomedieval : el caso de la Encomienda de Azuaga (1465-1478)" href="/fez37/public/view/bibliuned:ETF033A768E-C9A4-CB6D-925A-3804A4F5079F">Pugnas nobiliarias para el control de las dignidades de las órdenes militares en la Castilla bajomedieval : el caso de la Encomienda de Azuaga (1465-1478)</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/068273HistoriaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Geografía e HistoriaCalderón Ortega, José Manuelbibliuned:ETF033A768E-C9A4-CB6D-925A-3804A4F5079Fhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:ETF033A768E-C9A4-CB6D-925A-3804A4F5079FspaDocumento.pdfbibliuned:ETFSerieIII1988bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloEspacio, tiempo y forma. Serie III, Historia medieval. Año 1988, n. 1Set de openaireSet de artículoCalderón OrtegaAcceso abierto0.826289934172019-01-01T00:00:00Z8862021-09-22T22:12:26Z2021-09-22T22:12:26ZIntimidad y dignidad bajo especial sujeción. Antecedentes y evolución. Desde los ancestrales pensamientos filosóficos a la inteligencia artificial del siglo XXI. Especial incidencia en la pena de prisión española dentro del marco europeo y la Constitución de 1978tesisuned:ED-Pg-UniEuro-Jemarques0Doctoral Thesis1992<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Marqués Suárez, José Emilio" href="/fez/list/author/Marqués Suárez, José Emilio/">Marqués Suárez, José Emilio</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Intimidad y dignidad bajo especial sujeción. Antecedentes y evolución. Desde los ancestrales pensamientos filosóficos a la inteligencia artificial del siglo XXI. Especial incidencia en la pena de prisión española dentro del marco europeo y la Constitución de 1978" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-Jemarques">Intimidad y dignidad bajo especial sujeción. Antecedentes y evolución. Desde los ancestrales pensamientos filosóficos a la inteligencia artificial del siglo XXI. Especial incidencia en la pena de prisión española dentro del marco europeo y la Constitución de 1978</a></i></b> . <span class="citation_date">2019</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaMarqués Suárez, José EmilioIbañez López-Pozas, Fernando Luistesisuned:ED-Pg-UniEuro-Jemarqueshttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-JemarquesspaMARQUEZ_SUAREZ_Emilio_Tesis.pdfpresmd_MARQUEZ_SUAREZ_Emilio_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_UniEurobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsMarqués SuárezAcceso abierto0.826289934172023-01-01T00:00:00Z452023-07-22T02:38:43Z2023-07-22T02:38:43ZVida humana embrionaria y biotecnología. La dignidad humana como límite último de las investigaciones biotecnológicastesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Lasanchez0Doctoral Thesis1322<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Sánchez Megía, Luis Alfonso" href="/fez/list/author/Sánchez Megía, Luis Alfonso/">Sánchez Megía, Luis Alfonso</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Vida humana embrionaria y biotecnología. La dignidad humana como límite último de las investigaciones biotecnológicas" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Lasanchez">Vida humana embrionaria y biotecnología. La dignidad humana como límite último de las investigaciones biotecnológicas</a></i></b> . <span class="citation_date">2023</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias SocialesSánchez Megía, Luis AlfonsoGómez García, Juan Antoniotesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Lasanchezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-LasanchezspaSANCHEZ_MEGIA_Luis_Alfonso_Tesis.pdfpresmd_SANCHEZ_MEGIA_Luis_Alfonso_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_DeryCSocbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Derecho y Ciencias Sociales (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsSánchez MegíaAcceso abierto0.826289934172015-09-24T00:00:00Z78382016-04-13T21:44:49Z2016-04-13T21:51:17ZEl respeto de la dignidad de la persona humana y el proceso de formación integral de los estudiantes de la Facultad de Educación y Humanidades de la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbotetesisuned:Educacion-JrrodriguezLa presente tesis doctoral titulada "El respeto de la dignidad de la persona humana y el proceso de formación integral de los estudiantes de la Facultad de Educación y Humanidades de la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote" se desarrolló bajo la modalidad de investigación no experimental del tipo descriptivo. Determina la relación entre el respeto de la dignidad de la persona humana y el proceso de formación integral de los estudiantes. Uno de los factores que motivó la decisión de investigar sobre el tema fue el hecho de conocer que a Jesucristo sus contemporáneos le llamaban Rabbi, "Maestro" (Marcos 6,7). Uno de los rasgos de la pedagogía que empleó Jesús en su enseñanza fue la perfecta adaptación a su auditorio. Jesús conocía a sus oyentes y se adaptaba a ellos utilizando las más variadas técnicas: comparaciones, imágenes, figuras, alegorías y sobre todo, parábolas. La enseñanza de Jesús tiene claras diferencias con los maestros judíos de aquella época. Él respetaba a la persona humana, sin hacer distinciones en su pensar, sentir y actuar, creada a imagen y semejanza de Dios. La tradición religiosa desarrolló su concepción sobre la dignidad a partir del concepto Imago Dei, sobre cuya base elaboró los rasgos universales y distintivos de la persona humana y fundamentó la obligación de respetarla dada su condición de intermediario entre el Creador y lo creado. Los profundos contenidos de su mensaje los reviste de sencillez y claridad. Los campesinos y aldeanos de Palestina de aquel tiempo disfrutaron del colorido, sencillez y vivacidad de la pedagogía de Jesús. Las parábolas de "El hijo pródigo" y "La oveja perdida" son muestras elocuentes de esta adaptación. Es claro que para Jesús sus oyentes aprendían de forma distinta. Jesús sabía que sus oyentes mostraban disposición a adoptar una nueva manera de aprender; a esto se le conoce, en la actualidad, como "formación integral de los estudiantes". El pensamiento filosófico contribuyó a desarrollar esa visión universal del hombre como merecedor del respeto de sí mismo y de los demás, que constituye una característica distintiva de su condición humana. Gracias a esta forma de pensar, las ciencias sociales actuales reconocen que la actitud de respeto hacia la persona humana tiene por base su dignidad, en la cual se originan los derechos humanos. Esta investigación, según su finalidad, es un estudio básico y el diseño es descriptivo correlacional. La investigación consta de seis capítulos orgánicamente concatenados. En el Capítulo I se describe el problema de investigación en el que se establece el planteamiento y formulación del problema que nos conducen a este trabajo de investigación, así como los antecedentes que han respaldado las variables estudiadas y los objetivos que guiaron nuestro accionar. El marco teórico, descrito en los Capítulos II y III, presenta los elementos teóricos que sustentan las variables, enmarcan y guían el problema e hipótesis formulados. En el Capítulo IV se diseña el marco metodológico en el que se describe la hipótesis, la definición conceptual y operacional de las variables, las dimensiones que sustentan a los indicadores, la metodología empleada con el tipo y diseño de estudio, la población- muestra de los estudiantes, el método de investigación que se ajusta a la necesidad de nuestro trabajo, así como la técnica e instrumento de recolección de datos y los métodos de análisis de datos. El Capítulo V presenta los resultados de la investigación, el análisis e interpretación y la discusión de los resultados. Finalmente el Capítulo VI establece las conclusiones que determinan la relación del respeto de la dignidad de la persona humana y el proceso de formación integral de los estudiantes, así como las sugerencias y referencia para ulteriores investigaciones. Se culmina con las referencias bibliográficas y la presentación de los anexos.0Doctoral Thesis17402<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Rodríguez Ruiz, Juan Roger" href="/fez/list/author/Rodríguez Ruiz, Juan Roger/">Rodríguez Ruiz, Juan Roger</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El respeto de la dignidad de la persona humana y el proceso de formación integral de los estudiantes de la Facultad de Educación y Humanidades de la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote" href="/fez/view/tesisuned:Educacion-Jrrodriguez">El respeto de la dignidad de la persona humana y el proceso de formación integral de los estudiantes de la Facultad de Educación y Humanidades de la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educacion a Distancia (España). Facultad de Educación. Departamento de Didáctica, Organización Escolar y Didácticas Especiales</span>RecordDoctoral ThesisPublishedEducaciónUniversidad Nacional de Educacion a Distancia (España). Facultad de Educación. Departamento de Didáctica, Organización Escolar y Didácticas EspecialesRodríguez Ruiz, Juan RogerCardona Andújar, Josétesisuned:Educacion-Jrrodriguezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Educacion-JrrodriguezspaRODRIGUEZ_RUIZ_Juan_Roger_Tesis.pdfpresmd_RODRIGUEZ_RUIZ_Juan_Roger_Tesis.xmltesisuned:Educacionbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Educación (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsRodríguez RuizAcceso abierto0.780117334172016-01-20T00:00:00Z26052016-12-09T20:56:10Z2016-12-09T20:56:10ZEl comportamiento sexual, el derecho y la dignidad: homosexualidad, transexualidad y otras conductas afinestesisuned:Derecho-JtorresAnalizar una cuestión tan delicada como la que constituye el objeto de la presente tesis doctoral, implica traer como punto de partida el hecho de que el hombre es y será siempre el fundamento o ratio essendi del Derecho y por ende su realidad jurídica primaria, entendiendo por Derecho no solamente un conjunto de normas que responden a la idea de un sistema ordenado, sino también un conjunto de principios y valores estructurales que lo fundamentan y que lo nutren. El Derecho, tiene la importante misión -y he aquí su razón de ser- de amparar y proteger a cualquier persona con independencia de su comportamiento sexual, y en pro de ello debe dar respuesta a la cuestión de la homosexualidad, bisexualidad, transexualidad y otras conductas directamente relacionadas con lo sexual. Es más, el rol que cada individuo asume consigo mismo desde la óptica sexual no se agota única y exclusivamente en los vocablos que se acaban de señalar, máxime cuando hoy día nos encontramos con la temática de la intersexualidad y transexualidad - y sobre todo a la luz de la importante Sentencia de la Alta Corte de Australia en el caso Norrie que reconoce ya no sólo la existencia de los sexos de hombre y mujer, sino también un tertium genus, identificado como sexo neutro o como específicamente dice la sentencia sexo "no especificado"-; y en análogo sentido el derecho alemán, extremo éste que podemos decir y apuntar, sin temor a equivocarnos, que es una auténtica manifestación del respeto a la dignidad humana y al libre desarrollo de la personalidad, y en un paso más adelante, y en una visión integral de la cuestión sexual, asistimos además a un concepto más amplio y unívoco que englobaría a todos, como lo es el concepto del respeto a la "identidad sexual". Es necesario, a mi entender, profundizar en la fundamentación que pueden tener los derechos de este colectivo en el nuevo contenido que se le puede otorgar al derecho al libre desarrollo de la personalidad y, sobre todo, cómo se puede configurar desde esta perspectiva el concepto, valor y fundamento de la dignidad humana.0Doctoral Thesis9032<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Torres Núñez, Jesús" href="/fez/list/author/Torres Núñez, Jesús/">Torres Núñez, Jesús</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El comportamiento sexual, el derecho y la dignidad: homosexualidad, transexualidad y otras conductas afines" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jtorres">El comportamiento sexual, el derecho y la dignidad: homosexualidad, transexualidad y otras conductas afines</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Filosofía Jurídica</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Filosofía JurídicaTorres Núñez, JesúsMarcos del Cano, Ana María (Directora)Suárez Villegas, Juan Carlos (Codirector)tesisuned:Derecho-Jtorreshttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JtorresspaTORRES_NUNEZ_Jesus_Tesis.pdfpresmd_TORRES_NUNEZ_Jesus_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsTorres NúñezAcceso abierto0.77252134232014-09-01T00:00:00Z1192014-12-19T23:19:27Z¿Innovación o continuidad?: dignidad humana y protección de la vida desde el momento de la concepción en la nueva Ley Fundamental húngara de 2011 = Innovation or continuity?: Human dignity and protection of life from conception in the new Hungarian Basic Law of 2011bibliuned:DerechoPolitico-2014-91-7060Según el artículo II de la nueva Ley Fundamental de Hungría, «La dignidad humana será inviolable. Todo ser humano tendrá el derecho a la vida y a la dignidad humana; la vida embrionaria y fetal estará sujeta a protección desde el momento de la concepción.». Es evidente que, a diferencia del texto constitucional anterior, se menciona expresamente la vida fetal y embrionaria, al igual que de modo también expreso se preceptúa que gozará de protección desde el momento de la concepción. Esta nueva regulación constitucional estaría para algunos, no estrictamente ampliando los titulares del derecho a la vida, pero sí al menos extendiendo el manto protector de la Constitución a la vida fetal y embrionaria desde su comienzo, lo que tendría por consecuencia excluir de plano la posibilidad de abortar legalmente en cualquier supuesto a voluntad de la mujer, suponiendo ello una ausencia de garantía para otros derechos fundamentales en juego de la madre.
La controversia en torno al art. II no sólo ha estado centrada en el supuesto enfoque más restrictivo del nuevo texto constitucional hacia el aborto, sino que se ha extendido a la propia concepción de derecho de la dignidad humana, que para cierta doctrina ha recibido una configuración distinta a la concepción predominante en el derecho europeo. Under Article II of Hungarian Basic Law «Human dignity shall be inviolable. Every human being shall have the right to life and human dignity; embryonic and foetal life shall be subject to protection from the moment of conception». It is evident that, unlike the previous Constitution, the Basic Law expressly mentions the fetal and embryonic life, as also expressly stipulates that it shall be protected from the moment of conception. This new constitutional provision would be for some scholars, not strictly expanding the holders of the right to life, but at least extending the protective cloak of the Constitution to fetal and embryonic life from its beginning, which would effectively exclude outright the possibility of legal abortion at discretion of woman in any event, implying an absence of constitutional guarantee for other mother’s fundamental rights at stake.
The controversy about art. II has been focused not only on the supposed more restrictive approach of the new constitution to abortion, but has reached to the very conception of the right to human dignity, that for some scholars has received a different configuration to the prevailing conception in European law.05962<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Ruiz Ruiz, Juan José" href="/fez/list/author/Ruiz Ruiz, Juan José/">Ruiz Ruiz, Juan José</a> . (<span class="citation_date">2014</span>) <a class="citation_title" title="Click to view : ¿Innovación o continuidad?: dignidad humana y protección de la vida desde el momento de la concepción en la nueva Ley Fundamental húngara de 2011 = Innovation or continuity?: Human dignity and protection of life from conception in the new Hungarian Basic Law of 2011" href="/fez/view/bibliuned:DerechoPolitico-2014-91-7060">¿Innovación o continuidad?: dignidad humana y protección de la vida desde el momento de la concepción en la nueva Ley Fundamental húngara de 2011 = Innovation or continuity?: Human dignity and protection of life from conception in the new Hungarian Basic Law of 2011</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/021523DerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho PolíticoRuiz Ruiz, Juan Josébibliuned:DerechoPolitico-2014-91-7060bibliuned:DerechoPolitico-2014-91-7060esDocumento.pdfbibliuned:DerechoPolitico-2014-91bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloRevista de derecho político. Año 2014, n. 91Set de openaireSet de artículohttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsRuiz RuizAcceso abierto0.6937837634172019-07-15T00:00:00Z12992019-09-03T23:16:43Z2019-09-03T23:16:43ZEl valor superior del ordenamiento jurídico. Problemática sobre su posicionamiento jurídico actual y en el contexto específico de la atribución de su titularidad a entidades diferentes a la persona físicatesisuned:ED-Pg-UniEuro-DsayagoPartiendo del contexto general que se desarrolla en nuestro ordenamiento, en el Derecho Constitucional Comparado y en el Derecho Internacional, y desde una perspectiva crítica y minuciosa, se aborda la conceptualización y el esclarecimiento de las prioridades axiológicas por las que la comunidad social opta actualmente y que se identifica, en su fundamento inicial, final y supremo, en el valor superior Dignidad. Asimismo, se analizan las categorías normativas que desarrollan y concretan ámbitos precisos del contenido del valor superior, tanto desde la perspectiva individual como en su proyección jurídica colectiva, dimensiones ambas que son imprescindibles en la complementación de la realización personal del ser humano. Todas estas cuestiones ahondan en la consolidación y desarrollo del Derecho más actual, desde una consideración que abarca todos sus niveles normativos. Para ello se ha utilizado una diversa metodología que ha sido necesaria para profundizar en los diferentes ámbitos en los que se desarrolla la investigación y que se ha definido a través del análisis lógico-formal, donde el estudio dogmático-jurídico, conceptual y teórico, desde una perspectiva sistemática y hermenéutica, han definido las conclusiones de forma relevante. Asimismo, la investigación ontológico-jurídica, en combinación con la deontológica y la axiológica han proporcionado ópticas fundamentales para el objeto de la tesis. No obstante, para abordar una institución de la envergadura del valor superior ha sido necesario que, junto al indispensable estudio comparativo de normas, instituciones y pronunciamientos dogmáticos y jurisprudenciales, se adopte un método de investigación jurídico-propositivo que proporcione una propuesta argumentada sobre el valor superior. Todo ello a partir del conocimiento adquirido tras el análisis de las diferentes fuentes jurídicas que constituyen la norma, la jurisprudencia y la doctrina, en combinación con la realidad social, con el fin de alcanzar respuestas certeras y aplicables en el entorno social actual. La tesis doctoral posiciona los valores superiores en el contexto jurídico actual, exponiendo el marco histórico-doctrinal que ha rodeado la categoría del valor y su problemática conceptualización. Se analizan sus diferencias con otras categorías normativas como los principios y las reglas, procediendo a definirlas y situarlas en el espectro material del valor. De esta manera, se aborda la naturaleza que singulariza a los valores superiores, el acierto o error en su encuadre, su formulación en el artículo 1.1 de nuestra Constitución, así como la inconveniencia constitucional de postergar la Dignidad al ulterior artículo 10.1. Asimismo, se estudia en profundidad la Dignidad humana argumentando su posición como Valor superior del ordenamiento jurídico y profundizando en las aportaciones filosóficas referentes a la aparente inabarcable aprehensión de su contenido, para pasar a investigar su posicionamiento en Derecho Comparado. Pormenorizadamente, se examina la Dignidad en el Derecho Constitucional Comparado, así como su tratamiento en nuestro constitucionalismo, desde una perspectiva crítica que la excluye como derecho fundamental o principio jurídico. Ciertamente, y contextualizándolo como valor superior, se ha expuesto su funcionalidad y su carácter de mínimum a tener en cuenta en la atribución de la titularidad de los derechos fundamentales, subrayando su condición de base, fuente y fundamento de éstos y abordando el estudio del abuso jurisprudencial en la aceptación del honor como sinónimo del valor Dignidad.0Doctoral Thesis14712<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Sayago Armas, Diana" href="/fez/list/author/Sayago Armas, Diana/">Sayago Armas, Diana</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El valor superior del ordenamiento jurídico. Problemática sobre su posicionamiento jurídico actual y en el contexto específico de la atribución de su titularidad a entidades diferentes a la persona física" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-Dsayago">El valor superior del ordenamiento jurídico. Problemática sobre su posicionamiento jurídico actual y en el contexto específico de la atribución de su titularidad a entidades diferentes a la persona física</a></i></b> . <span class="citation_date">2019</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaSayago Armas, DianaGonzález de la Garza, Luis MiguelTorres del Moral, Antoniotesisuned:ED-Pg-UniEuro-Dsayagohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-DsayagospaSAYAGO_ARMAS_Diana_Tesis.pdfpresmd_SAYAGO_ARMAS_Diana_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_UniEurobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsSayago ArmasAcceso abierto0.645159734232021-01-01T00:00:00Z52024-03-01T08:02:30Z2024-03-01T08:02:30ZAdaptation and validation into Spanish of the Workplace Dignity Scalebibliuned:DptoPSyO-FPSI-Articulos-Msainz-0013Resumen Introducción y objetivo: Los trabajadores pueden enfrentar muchas amenazas mientras realizan su rutina diaria que podrían socavar su dignidad, como comentarios denigrantes de supervisores o compañeros de trabajo. Negar la dignidad de los trab0312<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Sainz, Mario" href="/fez/list/author/Sainz, Mario/">Sainz, Mario</a>, <a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Lobato, Roberto M." href="/fez/list/author/Lobato, Roberto M./">Lobato, Roberto M.</a> y <a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Porras-Caballero, Frida" href="/fez/list/author/Porras-Caballero, Frida/">Porras-Caballero, Frida</a> . (<span class="citation_date">2021</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Adaptation and validation into Spanish of the Workplace Dignity Scale" href="/fez/view/bibliuned:DptoPSyO-FPSI-Articulos-Msainz-0013">Adaptation and validation into Spanish of the Workplace Dignity Scale</a>. RecordArtículo de revistaPublishedPsicologíaLa versión publicada de este artículo, publicado por primera vez en Revista Latinoamericana de Psicología, está disponible en línea en el sitio web del editor: Fundación Universitaria Konrad Lorenz, https://doi.org/10.14349/rlp.2021.v53.8Fundación Universitaria Konrad LorenzSainz, MarioLobato, Roberto M.Porras-Caballero, Frida1Revista Latinoamericana de Psicologíabibliuned:DptoPSyO-FPSI-Articulos-Msainz-0013http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:DptoPSyO-FPSI-Articulos-Msainz-0013647253engSainz_Martinez_Mario_Dignity_Workplace.pdfpresmd_Sainz_Martinez_Mario_Dignity_Workplace.xml0120-0534bibliuned:DptoPSyO-FPSI-Articulosbibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireDepartamento de Psicología Social y de las Organizaciones (UNED). ArtículosSet de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsSainzAcceso abiertohttps://doi.org/10.14349/rlp.2021.v53.80.6190166534232015-01-01T00:00:00Z2502015-09-04T03:17:16Z2015-09-30T07:00:24ZCuestiones fenomenológicas del desarrollo humano de las mujeres migrantesbibliuned:RDUNED-2015-16-7160Teniendo como fundamento al Derecho humano al Desarrollo, el Desarrollo humano, garantizará para todo ser humano en cualquier parte del mundo: libertad, bienestar y dignidad, en específico para la mujer migrante. En este trabajo se analizarán las cuest06932<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Ponce Esteban, María Enriqueta" href="/fez/list/author/Ponce Esteban, María Enriqueta/">Ponce Esteban, María Enriqueta</a> . (<span class="citation_date">2015</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Cuestiones fenomenológicas del desarrollo humano de las mujeres migrantes" href="/fez/view/bibliuned:RDUNED-2015-16-7160">Cuestiones fenomenológicas del desarrollo humano de las mujeres migrantes</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoPonce Esteban, María Enriqueta1RDUNED : revista de derecho UNEDbibliuned:RDUNED-2015-16-7160http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:RDUNED-2015-16-716056959216spaPhenomenological approaches to the human development of migrant womencuestiones_fenomenologicas.pdfpresmd_cuestiones_fenomenologicas.xmlEISSN: 2255-3436bibliuned:RDUNED-2015-16bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRDUNED : revista de derecho UNED. Año 2015, n. 16Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsPonce EstebanAcceso abierto10.5944/rduned.16.2015.152700.591376234172016-02-02T00:00:00Z110662016-10-28T18:47:48Z2016-10-28T18:48:53ZEl inicio de la vida humana: aspectos éticos y jurídicostesisuned:Derecho-GlpablosUna de las cuestiones fundamentales en la bioética es sin duda definir el concepto y la dimensión del embrión humano, los aspectos que giran en torno al mismo, y conocer, con la mayor exactitud cuándo podemos hablar de la gestación de una nueva vida humana y, por tanto, cuándo le son de aplicación los valores y derechos que le son propios como individuo. La interrupción del embarazo, los sistemas de reproducción humana existente, la investigación con células madre, etc. han puesto de relieve la importancia de las concepciones ontológicas y éticas del désarrollo de la vida humana en sus primeros estadios de formación. Es importante establecer el concepto de persona desde su origen para así poder delimitar algunas cuestiones científicas y jurídicas. En el capítulo I abordaremos los distintos conceptos del embrión humano. Exponemos los planteamientos sobre sí se trata de un ser humano pleno, si es un ser humano en potencia o si bien simplemente se trata de un mero conjunto de células en desarrollo desde los aspectos biológicos y genéticos del mismo. Todo ello al objeto de concretar el momento en el cual cabe formular la denominación de persona humana. La consideración ontológica de todos estos aspectos se establece en el capítulo Il, de marcado carácter filosófico, en el que se intentan explicar los distintos conceptos y definiciones respecto al individuo y su origen atendiendo a las diversas etapas históricas del momento. La filosofía y la ética son indiscutiblemente necesarias para ayudar a obtener una respuesta a la pregunta ¿cuándo se inicia la vida humana? y por ende, ¿Cuándo hablamos de la dignidad de esa vida humana?. Ni ética ni filosóficamente podemos hablar de los derechos del embrión humano ni "estatuto moral" del mismo cuando no es considerado como ser humano, o lo es considerado parcialmente. Entra aquí el aspecto jurídico en cuanto a la atribución de determinados marcos legales. Este aspecto es estudiado con profundidad en el capítulo III del presente trabajo, en el que, conforme a la normativa legal, nos encontramos con la diferenciación entre los conceptos de pre-embrión, embrión y post-embrión que, desde este aspecto jurídico, condiciona inexorablemente los términos filosóficos para poder aplicar un conjunto de valores o unos derechos que deben o pueden ser adquiridos por el embrión, entre ellos el valor que constituye el eje central de este estudio: la dignidad humana.0Doctoral Thesis28132<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Pablos Gil, Gemma Lucía de" href="/fez/list/author/Pablos Gil, Gemma Lucía de/">Pablos Gil, Gemma Lucía de</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El inicio de la vida humana: aspectos éticos y jurídicos" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Glpablos">El inicio de la vida humana: aspectos éticos y jurídicos</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Filosofía del Derecho</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Filosofía del DerechoPablos Gil, Gemma Lucía deJunquera de Estéfani, Rafaeltesisuned:Derecho-Glpabloshttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-GlpablosspaDE_PABLOS_GIL_GemmaLucia_Tesis.pdfpresmd_DE_PABLOS_GIL_GemmaLucia_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsPablos GilAcceso abierto0.5384663334172018-11-28T00:00:00Z19152019-04-26T19:40:07Z2022-01-27T17:28:47ZLos almirantes de Castilla en el siglo XVII: políticas artísticas y coleccionismo nobiliario en la España de los Austrias (Resumen)tesisuned:ED-Pg-HHAT-CagueroLos personajes centrales del presente trabajo son los tres últimos miembros del ilustre linaje de los Enríquez de Cabrera que ostentaron la dignidad del almirantazgo de Castilla. Nuestra investigación parte de la figura de Juan Alfonso Enríquez de Cabrera, IX almirante (1617- 1647), que renovó la colección familiar, aumentando de manera sobresaliente el número y calidad de las piezas en comparación con las que poseyó su padre el VIII almirante (1597- 1600), como hemos podido confirmar al localizar la testamentaría de este último (véase el apéndice documental, documento 1). Su hijo Juan Alfonso, X almirante (1647-1691), amplió la pinacoteca con adquisiciones en las almonedas madrileñas, sirviéndose asimismo de agentes para realizar compras en el mercado internacional, si bien la novedad más notable que introdujo fue la particular disposición de las pinturas en salas monográficas. El breve almirantazgo de su heredero Juan Tomás, XI y último almirante de Castilla (1691-1705), marcó el ocaso de los Enríquez de Cabrera, que perdieron el favor del monarca y la posición de privilegio de la que había gozado durante siglos a causa de la postura adoptada por el almirante en la Guerra de Sucesión. Como consecuencia de su huida a Portugal y de su decidida defensa de las aspiraciones al trono del archiduque Carlos, Juan Tomás fue juzgado y condenado y los bienes de la familia suprimidos, lo que condujo a la dispersión de la colección formada por sus antepasados y a la supresión de la dignidad del almirantazgo que los Enríquez de Cabrera habían ostentado desde comienzos del siglo XV.0Doctoral Thesis14022<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Agüero Carnerero, Cristina Isabel" href="/fez/list/author/Agüero Carnerero, Cristina Isabel/">Agüero Carnerero, Cristina Isabel</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Los almirantes de Castilla en el siglo XVII: políticas artísticas y coleccionismo nobiliario en la España de los Austrias (Resumen)" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-HHAT-Caguero">Los almirantes de Castilla en el siglo XVII: políticas artísticas y coleccionismo nobiliario en la España de los Austrias (Resumen)</a></i></b> . <span class="citation_date">2018</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Historia e Historia del Arte y Territorio</span>RecordDoctoral ThesisPublishedHistoria del ArteUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Historia e Historia del Arte y TerritorioAgüero Carnerero, Cristina IsabelUrquízar Herrera, Antoniotesisuned:ED-Pg-HHAT-Caguerohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-HHAT-CaguerospaAGUERO_CARNERERO_Cristina_Resumen.pdfpresmd_AGUERO_CARNERERO_Cristina_Resumen.xmltesisuned:ED_Pg_HHATbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Historia e Historia del Arte y Territorio (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsAgüero CarnereroAcceso cerrado0.5384663334232016-01-01T00:00:00Z5002016-10-20T01:48:03Z2016-10-27T03:11:22ZPara que serven un pintor e un etnógrafo en 1926? Unha posíbel resposta desde "A fiestra valdeira", con apostilas de "El Pueblo Gallego"bibliuned:Llcgv2016-5030A fiestra valdeira (1927) presenta un conflito persoal e social que é consecuencia da ascensión social da familia do protagonista. Tras emigrar ao Brasil e facer alí fortuna, D. Miguel e a súa familia enfróntanse ao reto de procurar unha dignidade so05542<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Allegue Leira, Alberto" href="/fez/list/author/Allegue Leira, Alberto/">Allegue Leira, Alberto</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Para que serven un pintor e un etnógrafo en 1926? Unha posíbel resposta desde &quot;A fiestra valdeira&quot;, con apostilas de &quot;El Pueblo Gallego&quot;" href="/fez/view/bibliuned:Llcgv2016-5030">Para que serven un pintor e un etnógrafo en 1926? Unha posíbel resposta desde "A fiestra valdeira", con apostilas de "El Pueblo Gallego"</a>. RecordArtículo de revistaPublishedFilologíaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de FilologíaAllegue Leira, AlbertoRevista de Lenguas y Literaturas Catalana, Gallega y Vascabibliuned:Llcgv2016-5030http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:Llcgv2016-503013915021glgWhat are an artist and an etnographer in 1926 for? A posibel answer from "A fiestra valdeira", with comments from "El Pueblo Gallego"Para_que_serven.pdfpresmd_Para_que_serven.xml1130-8508bibliuned:Llcgv2016bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de lenguas y literaturas catalana, gallega y vasca. Año 2016, vol. 21Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsAllegue LeiraAcceso abierto10.5944/rllcgv.vol.21.2016.174470.5344184634231997-07-01T00:00:00Z23622008-10-30T23:32:23ZLa mala fama de la políticabibliuned:filopoli-1997-10-1005En nuestros días asistimos al creciente desprestigio de la política, ya sea porque la práctica política ha estado asociada al escándalo y ha impregnado de corrupción o bien porque
las respuestas que ofrece se antojan insuficientes para entender los problemas que atacan a nuestras sociedades. Por ello, es ahora más que nunca impoitante reflexionar acerca de sus alcances y
límites, de sus condiciones de existencia, para localizar electivamente el territorio de su soberanía. De este modo, se plantea una revisión de la política no para exaltada por encima de cualquier
práctica, sino para hallar precisamente el horizonte de su necesidad social que es lo que puede darle sentido y otorgarle dignidad.04372<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Salazar Carrión, Luis" href="/fez/list/author/Salazar Carrión, Luis/">Salazar Carrión, Luis</a> . (<span class="citation_date">1997</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : La mala fama de la política" href="/fez/view/bibliuned:filopoli-1997-10-1005">La mala fama de la política</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/015164FilosofíaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España) y Universidad Autónoma MetropolitanaSalazar Carrión, Luisbibliuned:filopoli-1997-10-1005http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:filopoli-1997-10-1005spamala_fama.pdfbibliuned:filopoli-1997-numero10bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloRevista internacional de filosofía política. Año 1997, n. 10Set de openaireSet de artículohttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsSalazar CarriónAcceso abierto0.5344184634172019-12-13T00:00:00Z9902020-02-05T22:44:35Z2020-02-05T22:46:14ZBioderecho y soporte nutricional en la enfermedad terminaltesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-FrivasLa tesis se estructura en cuatro capítulos. En el capítulo I (Vida y Muerte) se estudia la importancia del derecho a la vida como derecho fundamental en su vertiente legislativa y su implicación con el concepto de autonomía. También se analiza la concepción de la muerte desde un plano filosófico y científico. Todo ello, sin olvidar las bases de las disciplinas relativas a la Bioética y el Bioderecho y su combinación para resolver dilemas bioéticos en la enfermedad terminal. Se incorpora en este capítulo el estudio de la dignidad humana desde la perspectiva conceptual y filosófica, así como los principales modelos utilizados en el ámbito clínico para el respeto de la dignidad. Es interesante profundizar en el estudio de la enfermedad terminal que permite contextualizar todo lo que la rodea. El capítulo II (Biomedicina, Bioderecho y Enfermedad Terminal) se centra en el análisis de las voluntades vitales anticipadas, autonomía y rechazo del tratamiento como presupuestos básicos a considerar por los enfermos terminales. Se estudian una serie de dilemas bioéticos generales, que aunque no son específicos del ámbito de la alimentación e hidratación, sí son típicos de una enfermedad terminal. Finalmente se analizan las distintas etapas del duelo, debido a que es un proceso que determina las decisiones y el estado emocional del paciente. Este capítulo pretende entremezclar y relacionar la implicación del Bioderecho y Bioética en las cuestiones de la enfermedad terminal. Por su parte, el capítulo III (Soporte Nutricional) profundiza en los distintos posicionamientos sobre el soporte nutricional y su consideración como tratamiento o cuidado básico, así como las distintas técnicas para administrar dicho soporte. Este capítulo justifica la importancia, desde el ámbito fisiológico, del papel que juega la alimentación e hidratación en casos de enfermedad terminal; no obstante, se realiza una consideración de los criterios que deben definirse en el soporte nutricional y se hace un extenso recorrido por los principales dilemas bioéticos específicos tales como autonomía, retirada, beneficios o perjuicios, los criterios que le afectan, el abordaje en la fase de agonía, cómo puede afectar a la dignidad humana y el papel de los profesionales sanitarios. Finalmente el capítulo IV (¿Cómo Actuar y Decidir?) procede del resto de capítulos, en los cuales se ha estudiado el problema y sus dilemas. De ahí que, este capítulo permita establecer las posibles herramientas para conocer cómo se puede actuar por parte de los profesionales, familiares y enfermo, para lo cual se hace una revisión de los criterios actuales de la práctica clínica. Se aborda el aspecto espiritual, muchas veces olvidado, por su relevancia, ya que muchos pacientes sienten un bienestar espiritual y emocional, cuando se mantiene el soporte nutricional, aunque éste no mejore el pronóstico de la enfermedad. Aparte de los capítulos resumidos anteriormente, se hace necesario indicar que la presente tesis aporta una serie de consideraciones que deberían establecerse para lograr un protocolo estandarizado para el abordaje del soporte nutricional en la enfermedad terminal, algo que podría evitar las dudas, dilemas e incertidumbres entre los profesionales y que les permitirían actuar con respecto a la alimentación e hidratación en una enfermedad terminal.0Doctoral Thesis8012<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Rivas Garcia, Francisco" href="/fez/list/author/Rivas Garcia, Francisco/">Rivas Garcia, Francisco</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Bioderecho y soporte nutricional en la enfermedad terminal" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Frivas">Bioderecho y soporte nutricional en la enfermedad terminal</a></i></b> . <span class="citation_date">2019</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias SocialesRivas Garcia, FranciscoGimenez Martinez, Rafael JesusJunquera De Estefani, Rafaeltesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Frivashttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-FrivasspaRIVAS_GARCIA_Francisco_Tesis.pdfpresmd_RIVAS_GARCIA_Francisco_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_DeryCSocbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Derecho y Ciencias Sociales (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsRivas GarciaAcceso abierto0.530329131982018-03-07T00:00:00Z3822018-04-12T00:30:56Z2018-04-12T00:30:56ZEl Qué del Quien. Un acercamiento multidisciplinar hacia el concepto de personabibliuned:masterFilosofiaFilosofiaPractica-BiturraldeEl concepto de persona y su interpretación ha resultado ser una de las preguntas fundamentales de la antropología filosófica, sobre todo en referencia a la moralidad y dignidad humana. Se trata de una categoría creada ya hace tiempo y que no ha cesado de evolucionar hasta llegar a la concepción actual, que resulta ser básicamente sinónimo de individuo humano. Sin embargo, detrás de este concepto peculiar existe un trasfondo muy complejo que influye en la manera en que cada individuo se comprende a sí mismo y comprende a los demás, teniendo efecto directo en los propios actos que realiza. En este trabajo, con la intención de desvelar lo que se oculta detrás de la persona, se realizará un triple análisis del concepto para de comprenderlo e interpretarlo así lo mejor posible. Se realizará en primer lugar un acercamiento histórico-cultural hacia el concepto de persona, después se centrará en las aportaciones realizadas desde la ciencia hacia aquel sujeto al que consideramos persona, esto es, el individuo humano y por último se dará paso a un análisis fenomenológico. Con las conclusiones derivadas de cada acercamiento, comparando las similitudes y diferencias que se encuentran entre ellas, se sacarán unas conclusiones con la intención de aclarar lo que realmente significa el concepto de persona y lo que supone.0Doctoral Thesis6962<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Iturralde Agirre, Beñat" href="/fez/list/author/Iturralde Agirre, Beñat/">Iturralde Agirre, Beñat</a>. (<span class="citation_date">2018</span>). <i><a class="citation_title" title="Click para ver : El Qué del Quien. Un acercamiento multidisciplinar hacia el concepto de persona" href="/fez/view/bibliuned:masterFilosofiaFilosofiaPractica-Biturralde">El Qué del Quien. Un acercamiento multidisciplinar hacia el concepto de persona</a></i> Master Thesis, <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Filosofía</span>Recordmaster TesisPublishedFilosofíaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de FilosofíaIturralde Agirre, BeñatSan Martín Sala, Javierbibliuned:masterFilosofiaFilosofiaPractica-Biturraldehttp://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:masterFilosofiaFilosofiaPractica-BiturraldespaIturralde_Benat_TFM.pdfpresmd_Iturralde_Benat_TFM.xmlbibliuned:masterFilosofiaFilosofiaPracticabibliuned:Settrabajosfindemasterbibliuned:SetopenaireMáster Universitario en Filosofía Teórica y Práctica (UNED). Especialidad Filosofía PrácticaSet de items trabajo fin de másterSet de openaireIturralde AgirreAcceso abierto0.4774608334231988-01-01T00:00:00Z114802008-04-06T22:09:42ZEl decoro : la invención de un concepto y su proyección artísticabibliuned:ETFSerieVII-12C730B7-4AA9-8940-2381-4670EC7201F9Quizás no haya en la teoría del arte un término más difícil e impreciso
que el del decoro. Son muchos los que han abordado el estudio de este
concepto resaltando los distintos matices que encierra y destacando, sobre
todo, la artificíosidad de su aplicación. Bialostocki, Bertelli, Rensselaer
y Blunt son algunos de los que han intentado aclarar los calificativos que
abarca el decoro y cuál ha sido su campo de acción, llegando a la conclusión
de que se trata de un vocablo que ha valido, más o menos, de cajón
de sastre en el que tenía cabida acepciones como conveniencia, dignidad,
honestidad, adecuación, además de otros muchos términos de semejante
carácter.010012<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Martínez-Burgos García, Palma" href="/fez/list/author/Martínez-Burgos García, Palma/">Martínez-Burgos García, Palma</a> . (<span class="citation_date">1988</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : El decoro : la invención de un concepto y su proyección artística" href="/fez/view/bibliuned:ETFSerieVII-12C730B7-4AA9-8940-2381-4670EC7201F9">El decoro : la invención de un concepto y su proyección artística</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/064676http://udcdata.info/068273http://udcdata.info/064754Historia del ArteUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Geografía e HistoriaMartínez-Burgos García, Palmabibliuned:ETFSerieVII-12C730B7-4AA9-8940-2381-4670EC7201F9http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:ETFSerieVII-12C730B7-4AA9-8940-2381-4670EC7201F9spaDocumento.pdfbibliuned:ETFSerieVII1988bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloEspacio, tiempo y forma. Serie VII, Historia del arte. Año 1988, n. 1Set de openaireSet de artículohttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsMartínez-Burgos GarcíaAcceso abierto0.4774608334172016-01-21T00:00:00Z28042016-04-14T18:21:10Z2016-04-14T18:21:10ZLa responsabilidad social universitaria. El caso de la UNED (España)tesisuned:Educacion-AicorreiaEn este trabajo se investiga la Responsabilidad Social Universitaria (RSU), específicamente su enfoque normativo y su propuesta en el caso de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) (España). En la primera parte, se realiza una aproximación al concepto de la responsabilidad, la Responsabilidad Social Corporativa y la RSU; se analiza en profundidad sobre la RSU, incluso sus enfoques normativo, gerencial y transformador. A continuación, se presenta información institucional sobre la UNED, seguido de la identificación y el análisis de las herramientas de RSU de la UNED, desde el 2008 hasta el 2011, considerándose el enfoque normativo el más desarrollado en esta universidad. La segunda parte está formada por la investigación empírica, en la que se estudia la aplicación práctica de los principios de la RSU en la UNED, según la percepción del Personal Docente e Investigador. Se adapta el cuestionario del proyecto chileno Universidad: Construye País, al contexto de la UNED, con un total de trece principios: I. Dignidad de la persona, II. Libertad, III. Ciudadanía, participación y democracia, IV. Sociabilidad y solidaridad, V. Bien común y equidad, VI. Medio ambiente y desarrollo sostenible, VII. Aceptación y aprecio de la diversidad, VIII. Compromiso con el conocimiento, IX. Integridad, X. Excelencia, XI. Interdependencia e interdisciplinaridad, XII. Utilidad y cercanía y XIII. Transparencia y rendición de cuentas. Después, se establecen las etapas metodológicas seguidas en el tratamiento estadístico de los datos y, finalmente, se presentan y analizan los datos y resultados del cuestionario. Debido a que esta aplicación del cuestionario se debe entender como una prueba piloto, no se establecen conclusiones definitivas o interpretaciones exhaustivas. Se perfilan diversas preguntas que estudios futuros podrán contestar, explicando en más profundidad los resultados obtenidos. Igualmente, se ofrecen algunas recomendaciones a la UNED, en relación con los principios de la RSU y su estrategia de responsabilidad social en general.0Doctoral Thesis7512<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Correia Mendes e Land, Ana Isabel" href="/fez/list/author/Correia Mendes e Land, Ana Isabel/">Correia Mendes e Land, Ana Isabel</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La responsabilidad social universitaria. El caso de la UNED (España)" href="/fez/view/tesisuned:Educacion-Aicorreia">La responsabilidad social universitaria. El caso de la UNED (España)</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Educación. Departamento de Teoría de la Educación y Pedagogía Social</span>RecordDoctoral ThesisPublishedEducaciónUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Educación. Departamento de Teoría de la Educación y Pedagogía SocialCorreia Mendes e Land, Ana IsabelRuiz Corbella, Marta (Directora)Bautista-Cerro Ruiz, María José (Codirectora)tesisuned:Educacion-Aicorreiahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Educacion-AicorreiaspaCORREIA_MENDES_E_LAND_Ana_Isabel_Tesis.pdfpresmd_CORREIA_MENDES_E_LAND_Ana_Isabel_Tesis.xmltesisuned:Educacionbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Educación (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsCorreia Mendes e LandAcceso abierto0.4205031434232014-01-01T00:00:00Z2412014-07-29T23:19:27ZLas encrucijadas de la Unión Europea : el riesgo de un nuevo rapto de Europa = The crossroads of European Union : the risk of a new rape of Europebibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-33-7110En la hora presente existe un cierto fatalismo sobre los problemas para abordar la crisis en la Unión Europea y sobre la estrategia para crecer en la integración de la Unión y abordar con una voz común las dificultades del entorno. No es ajena a esta dificultad las prácticas especulativas externas que se ciernen sobre la Unión que acrecientan el temor de un rapto al servicio de intereses foráneos. El intensificar la participación de la ciudadanía europea e incrementar su sentido de identidad pareciera la reacción más adecuada que sirva no sólo a los intereses europeos sino especialmente a los valores de democracia, dignidad de la persona y garantías de sus derechos y libertades que son fundamentales en la construcción europea.At the present times there is some kind of fatalism about the difficulties to approach the crisis in the European Union, about the possibility to approach the difficult environment with a single voice. Not strangers to these difficulties are external speculative practices that hover over the Union, increasing the fear of a kidnapping serving foreign interest. To intensify European citizens participation and to increase their sense of identity seem to be the most suitable reactions to serve, not only to the European interests but, specially, to the values of democracy and human dignity as well as to guarantee the rights and freedoms that are fudamental to European construction.05522<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Colomer Viadel, Antonio" href="/fez/list/author/Colomer Viadel, Antonio/">Colomer Viadel, Antonio</a> . (<span class="citation_date">2014</span>) <a class="citation_title" title="Click to view : Las encrucijadas de la Unión Europea : el riesgo de un nuevo rapto de Europa = The crossroads of European Union : the risk of a new rape of Europe" href="/fez/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-33-7110">Las encrucijadas de la Unión Europea : el riesgo de un nuevo rapto de Europa = The crossroads of European Union : the risk of a new rape of Europe</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/021523DerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoColomer Viadel, Antoniobibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-33-7110bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-33-7110esDocumento.pdfbibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-33bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloTeoría y realidad constitucional. Año 2014, n. 33Set de openaireSet de artículohttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsColomer ViadelAcceso abierto0.4205031434232012-01-01T00:00:00Z19292013-02-21T21:24:34ZTito Flavio Vespasiano y Júpiter Óptimo Máximo : la justificación propagandísticoreligiosa de una nueva dinastía imperial en Romabibliuned:ETFSerieII-2012-25-6110El ascenso a la dignidad imperial por parte de la dinastía Flavia se vio marcado profundamente por una grave crisis psicológica de la población, derivada de los diversos desastres acaecidos a lo largo de las guerras civiles enmarcadas en el denominado “Año de los cuatro emperadores” y la destrucción del templo de Júpiter. Las fuentes clásicas, la epigrafía y la iconografía numismática se convierten en este contexto en un medio de propaganda y justificación religiosa del poder político de Vespasiano y sus hijos. Vespasiano, como reconstructor del Capitolio, será identificado como el restaurador de la propia urbe, como el garante último de la voluntad de los dioses. En el siguiente trabajo trataremos, por tanto, de identificar las claves del sistema propagandístico flavio a partir de las fuentes del periodo e indagar en el modelo religioso creado expresamente para la identificación del emperador con el mantenimiento de la integridad del imperio bajo la égida de la principal divinidad del panteón romano: Júpiter Óptimo Máximo.The promotion to the imperial dignity by the Flavian dynasty was deeply marked by a severe psychological crisis of the population, derived from the various disasters that occurred during the civil wars framed in the “Year of the Four Emperors” and the destruction of the temple of Iuppiter. Classical sources, epigraphy and numismatic iconography were converted in this context in the propaganda media and religious legitimization of the political power of Vespasian and his sons. Vespasian, as rebuilder of the Capitol, will be identified as the restorer of the city itself, as the ultimate guarantor of the will of the gods. In this article we will try to identify the keys of the flavian propaganda system from the sources of the period and to investigate the religious model created specifically for the identifying the emperor with the maintaining of the integrity of the empire under the aegis of the main divinity of the Roman pantheon: Iuppiter Optimus Maximus.08172<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Escámez de Vera, Diego" href="/fez/list/author/Escámez de Vera, Diego/">Escámez de Vera, Diego</a> . (<span class="citation_date">2012</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Tito Flavio Vespasiano y Júpiter Óptimo Máximo : la justificación propagandísticoreligiosa de una nueva dinastía imperial en Roma" href="/fez/view/bibliuned:ETFSerieII-2012-25-6110">Tito Flavio Vespasiano y Júpiter Óptimo Máximo : la justificación propagandísticoreligiosa de una nueva dinastía imperial en Roma</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/068273HistoriaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Geografía e HistoriaEscámez de Vera, Diegobibliuned:ETFSerieII-2012-25-6110http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:ETFSerieII-2012-25-6110spaDocumento.pdfbibliuned:ETFSerieII-2012bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloEspacio, tiempo y forma. Serie II, Historia antigua. Año 2012, n. 25Set de openaireSet de artículohttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsEscámez de VeraAcceso abierto0.4205031434232014-01-01T00:00:00Z3512014-07-24T23:19:27ZLa Unión Europea como unión de valores y derechos : teoría y realidad = The European Union as a union of fundamental values and rights : theory and realitybibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-33-7020La UE se fundamenta en un conjunto de valores que son enunciados en el Art. 2 del TUE de manera explícita: el respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos. Valores que el mismo precepto considera que son comunes a todos los Estados miembros. Hasta ahora, la protección de estos valores fundamentales se encuentra en el mecanismo previsto en el Art. 7 del TUE. La existencia de este mecanismo no ha logrado, sin embargo, evitar la vulneración de los valores fundamentales de la UE por parte de varios de sus Estados miembros. En este sentido, este trabajo propone la formulación de un nuevo mecanismo —«mecanismo de Copenhague»— que sea capaz de hacer un seguimiento permanente de la actuación de los Estados para evitar que se produzcan esas vulneraciones, pero que sea capaz también de imponer las sanciones más graves a las vulneraciones de estos valores fundamentales, incluida la expulsión de la UE.The UE is founded on a set of values which are mentioned in an explicit manner in Art. 2 of the TEU: respect for human dignity, freedom, democracy, equality, the rule of law and respect for human rights. Values which the same article states that are common to the Member States. Until now, the protection of these fundamental values is based on the mechanism foreseen in Art. 7 of the TEU. The existence of this mechanism though has not prevented the violation of these fundamental values by several of the Member States from taking place. This is why this article proposes the establishing of a new mechanism - the «Copenhagen mechanism» - which would be able to monitor the performance of the Member States on a permanent basis in order to prevent the violations from taking place, but which would also be able to impose the most serious penalties to the most serious violations of these fundamental values, including the expulsion of the UE.06712<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Bar Cendón, Antonio" href="/fez/list/author/Bar Cendón, Antonio/">Bar Cendón, Antonio</a> . (<span class="citation_date">2014</span>) <a class="citation_title" title="Click to view : La Unión Europea como unión de valores y derechos : teoría y realidad = The European Union as a union of fundamental values and rights : theory and reality" href="/fez/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-33-7020">La Unión Europea como unión de valores y derechos : teoría y realidad = The European Union as a union of fundamental values and rights : theory and reality</a>. RecordArtículo de revistaPublishedhttp://udcdata.info/021523DerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoBar Cendón, Antoniobibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-33-7020bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-33-7020esDocumento.pdfbibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2014-33bibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloTeoría y realidad constitucional. Año 2014, n. 33Set de openaireSet de artículohttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsBar CendónAcceso abierto0.4205031434172017-11-24T00:00:00Z69942018-04-24T19:09:22Z2018-04-24T19:15:11ZEnvejecimiento y derechos humanos: otras perspectivas necesariastesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-MmartinLa presente investigación constituye la tesis doctoral titulada “Envejecimiento y Derechos Humanos: otras perspectivas necesarias”; su finalidad principal gira en torno a la necesidad de que tanto desde la investigación, como desde la teoría, como desde las políticas públicas, se realice un cambio de paradigma y el envejecimiento sea considerado como un asunto de los Derechos Humanos. Uno de los objetivos de la presente investigación, es perseverar contra la imperante definición/construcción social tecnocrática sobre las personas mayores, que reduce y acota el asunto de la edad a un problema demográfico, sanitario y económico; lo cual corresponde a equiparar y reducir a las personas mayores al papel de “ancianos-objeto”, como si de una mercancía o producto comercial se tratara. Es decir, el objetivo general de esta tesis es demostrar que las personas mayores tienen unos derechos humanos que deben ser reconocidos y respetados. De aquí los discursos vigentes que se empeñan en presentar la vejez como un gran germen de graves preocupaciones, tanto para el Estado como para la sociedad, que tendrán que hacer frente a los enormes gastos causados por el mantenimiento de una población mayor `inactiva e improductiva´ cada vez más numerosa. Esta es la razón esencial que justifica y fundamenta la necesidad de implantar un nuevo paradigma: las personas mayores no son mercancías ni productos, sino personas y sujetos titulares de derechos. Los derechos humanos nunca envejecen. El objetivo general se fundamenta en la investigación que se realiza donde se demuestra que los derechos de las personas mayores y su reconocimiento están ausentes de los discursos y narrativas dominantes en nuestra cultura. Para comprender las desigualdades sociales que se encuentran en el centro de uno de los fenómenos demográficos cruciales del presente siglo, una de las características novedosas de esta tesis, es que se aportan y analizan diferentes herramientas para la innovación de edad en la investigación científica, para ello, se presentan y desarrollan otras perspectivas necesarias tales como el enfoque metodológico basado en los derechos humanos y la introducción de la perspectiva de edad de forma transversal. La única y mejor respuesta contra la discriminación por motivos de edad es el fortalecimiento de los derechos humanos de las personas mayores. Los derechos humanos son derechos que tienen las personas simplemente porque son seres humanos, independientemente de su edad, nacionalidad, género, raza, origen étnico, idioma u orientación sexual. Cuando estos derechos son respetados, las personas pueden vivir con dignidad e igualdad, libres de discriminación.0Doctoral Thesis8782<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Martín García, Manuel" href="/fez/list/author/Martín García, Manuel/">Martín García, Manuel</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Envejecimiento y derechos humanos: otras perspectivas necesarias" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Mmartin">Envejecimiento y derechos humanos: otras perspectivas necesarias</a></i></b> . <span class="citation_date">2017</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias SocialesMartín García, ManuelAlemán Bracho, CarmenMunuera Gómez, María Pilartesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Mmartinhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-MmartinspaMARTIN_GARCIA_Manuel_Tesis.pdfpresmd_MARTIN_GARCIA_Manuel_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_DeryCSocbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Derecho y Ciencias Sociales (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsMartín GarcíaAcceso abierto0.4205031434172016-05-13T00:00:00Z41852017-03-23T00:28:42Z2017-03-23T00:28:42ZVoluntades anticipadas: optimización y gestión de su información en España y en la Unión Europeatesisuned:Derecho-AyguerraEn las últimas décadas ha tenido lugar una superación del paternalismo que caracterizaba tradicionalmente a la Medicina, en beneficio del auge de la autonomía del paciente, que interviene en mayor grado en las decisiones relativas a su salud Como consecuencia, actualmente se ofrecen al personal sanitario una serie de alternativas a fin de preservar el derecho autónomo del paciente que carece de la capacidad de expresar su voluntad Por una parte está la consulta a los familiares, tutores o representantes legales del paciente y, por otra, la apelación a un comité profesional. Sin embargo, existe una tercera vía, más respetuosa con la voluntad del paciente, que es la consideración de su voluntad manifestada previamente a la pérdida de la capacidad a través de sus voluntades anticipadas (en adelante, VVM). Por el documento de VVAA o instrucciones previas, tal y como las designa la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad, con objeto de que ésta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarlos personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos del mismo. El otorgante del documento puede designar, además, un representante para que, llegado el caso, sirva como interlocutor suyo con el médico o el equipo sanitario para procurar el cumplimiento de las instrucciones previas. En este sentido, la tesis doctoral tiene como objeto el examen de las VVAA a fin de elaborar Un planteamiento que permita optimizar la gestión de su información en España y en la Unión Europea. El trabajo parte de un enfoque filosófico-Jurídico que exige un examen de Derecho positivo, jurisprudencia y doctrina, incidiendo en los valores que están en liza. En el capítulo introductorio se incluye la motivación y causas de la realización de la investigación y su importancia, así como el contexto de la cuestión y la explicación de la metodología seguida. El segundo capitulo analiza el concepto y origen de las VVAA. Para llegar al concepto es necesario acudir tanto a la legislación como a la doctrina. En el caso del origen histórico, antes de remitirnos al momento en que surgen en España, hemos considerado necesario hacer una remisión al caso de los EEUU cuna de la institución. Para dilucidar el concepto, en este capítulo distinguimos dos figuras afines: el CI y la planificación anticipada. El tercer capítulo plantea los criterios para valorar las VVAA. Partimos de un análisis filosófico jurídico de la autonomía y la libertad. Continuamos con el examen de la vida humana y la integridad personal, planteando el derecho del paciente a rechazar tratamientos médicos que puede plasmarse en las VVAA. A continuación, estudiamos la dignidad y el derecho a la intimidad, finalizando con un análisis del derecho a la protección de la salud. El cuarto capítulo analiza,, en esencia, la figura de las VVAA desde sus elementos personales, reales y formales, sus límites, la modificación y revocación del mismo y el procedimiento registral. El análisis se plantea desde el derecho positivo y finaliza con el planteamiento de la problemática que rodea a las VVAA. En el quinto capítulo tratamos las VVAA desde el Derecho comparado. En un primer momento, veremos el desarrollo global de la normativa europea relativa a cuestiones colindantes con las VVAA. Posteriormente, examinaremos los casos de los países europeos de nuestro entorno, haciendo especial hincapié en los casos de Suecia e Italia. Finalmente, en las conclusiones sintetizamos las cuestiones más relevantes en torno a las VVAA, las ventajas y desventajas del documento y proponiendo una serie de medidas con el objeto de dar solución a los problemas planteados a lo largo de la tesis.0Doctoral Thesis11412<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Guerra Vaquero, Ana Ylenia" href="/fez/list/author/Guerra Vaquero, Ana Ylenia/">Guerra Vaquero, Ana Ylenia</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Voluntades anticipadas: optimización y gestión de su información en España y en la Unión Europea" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Ayguerra">Voluntades anticipadas: optimización y gestión de su información en España y en la Unión Europea</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Filosofía Jurídica</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Filosofía JurídicaGuerra Vaquero, Ana YleniaMarcos del Cano, Ana María (Directora)Torres del Moral, Antonio (Codirector)tesisuned:Derecho-Ayguerrahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-AyguerraspaGUERRA_VAQUERO_AnaYlenia_Tesis.pdfpresmd_GUERRA_VAQUERO_AnaYlenia_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Licencia Creative CommonsGuerra Vaquero0.3635454834172016-01-01T00:00:00Z9602017-04-19T21:36:48Z2017-08-31T21:19:57ZManaging migrations in Europe’s southern border. The cases of Spain, Italy and Portugaltesisuned:IUGM-SrsousaEn el sistema internacional, las migraciones internacionales tienen que ser reguladas y gestionadas por los Estados, con el fin de garantizar el impacto positivo de los migrantes en los países de acogida y su integración, así como asegurar que los migrantes que entran sean tratados con dignidad y vean reconocidos sus derechos. Sin embargo, la experiencia indica que este ideal no siempre se produce y los Estados pueden ver como una amenaza los flujos migratorios, en particular los irregulares. Es en este sentido en el que enfocamos nuestro estudio sobre la gestión de los flujos migratorios en el Mediterráneo, desde la perspectiva de la seguridad internacional. La gestión de las migraciones en el Mediterráneo es uno de los principales retos que la Unión Europea (UE) enfrenta en la actualidad. Los intensos flujos migratorios que se han registrado durante el año 2015 y las tragedias en el mar Mediterráneo han puesto a prueba los mecanismos de las políticas de inmigración y asilo de la Unión y su capacidad de responder a las crisis humanitarias. Además, estos flujos de intensidades y geografías variadas pueden representar una amenaza para la seguridad interna de la Unión Europea y de sus Estados miembros. Asimismo, con el objetivo de garantizar la seguridad de sus fronteras externas, el enfoque de la UE se ha centrado en la dimensión de la seguridad con un énfasis en la definición de estrategias de gestión de las migraciones irregulares. En el contexto de la gestión de las migraciones en el Mediterráneo hemos elegido como estudio de caso tres países: España, Italia y Portugal, que nos permiten realizar un análisis comparativo entre la gestión de las rutas del África occidental y del Mediterráneo occidental y central. En particular, el caso portugués permite la observación de una realidad distinta en el ámbito europeo, por lo que resulta muy pertinente la realización de un trabajo sobre la gestión de fronteras en Portugal, tema muy poco trabajado a nivel académico. Constatamos que el éxito del modelo de gobernanza de las migraciones en el Mediterráneo resulta de la interdependencia entre los diferentes niveles de acción (bilateral, multilateral y regional) y los distintos actores y que, en la actualidad, prevalece la dimensión de deterrence (disuasión), a través de la gestión de las fronteras externas y la cooperación con países terceros, incluyendo la externalización de la frontera. Asimismo, partimos de la hipótesis de que la UE, por su incapacidad para adoptar e implementar una política común capaz de gestionar con eficacia los flujos migratorios en su frontera sur utiliza una estrategia disuasoria, basada en mínimos comunes denominadores.0Doctoral Thesis8112<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Sousa Ferreira, Susana Raquel de" href="/fez/list/author/Sousa Ferreira, Susana Raquel de/">Sousa Ferreira, Susana Raquel de</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Managing migrations in Europe’s southern border. The cases of Spain, Italy and Portugal" href="/fez/view/tesisuned:IUGM-Srsousa">Managing migrations in Europe’s southern border. The cases of Spain, Italy and Portugal</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Seguridad Internacional</span>RecordDoctoral ThesisPublishedPolíticaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Seguridad InternacionalSousa Ferreira, Susana Raquel deFerreira Rodrigues, TeresaGarcía Pérez, Rafaeltesisuned:IUGM-Srsousahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:IUGM-SrsousaengSOUSA_FERREIRA_SusanaRaquelde_Tesis.pdfpresmd_SOUSA_FERREIRA_SusanaRaquelde_Tesis.xmltesisuned:IUGMbibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairetesisuned:ED_Pg_SegIntTesis del Instituto Universitario Gutiérrez Mellado (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Seguridad Internacional (UNED)http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsSousa FerreiraAcceso abierto0.3635454834172015-05-18T00:00:00Z11982016-03-02T19:05:49Z2016-03-02T21:45:48ZDerecho de autor en el marco de los derechos humanos. Su consagración constitucional en Iberoaméricatesisuned:Derecho-GgomezI. JUSTIFICACIÓN: La evolución del derecho de autor y su innegable impacto en lo económico, tecnológico y comercial, como su consecuencia, no debe apartarnos de su razón de ser que no es otra que su fundamentación como derecho humano lo que se ve reflejado en diversos instrumentos jurídicos internacionales, como un reconocimiento legal expreso de los derechos morales y patrimoniales de los titulares del derecho de autor, con su posterior consagración en los estamentos constitucionales de los países, además de constituir un incentivo a la creatividad, base del desarrollo cultural de los pueblos, en el contexto de las diferentes políticas gubernamentales y al desarrollo e intercambio de nuestra diversidad cultural. Resulta notoria la tutela del derecho de autor a través del sistema internacional de los derechos humanos, hoy llamado Derecho Internacional de los Derechos Humanos, a pesar de que el enfoque económico que se le da en los sistemas de propiedad intelectual difiere grandemente de lo que se entiende como un derecho humano universal ya que frente a lo individual de la propiedad intelectual en su conjunto -derecho de autor y propiedad industrial-, la óptica de los derechos humanos toma en cuenta a los creadores en el marco de grupos o comunidades considerando su valor intrínseco como manifestación de la creatividad y de la dignidad del ser humano, condicionado a su aporte al bien común y a la sociedad en su conjunto. Ahora bien, a nivel nacional, otra es la situación. Pareciera no existir una vertiente normativa constitucional uniforme para el derecho de autor, consagrando su protección explícita como derecho humano o como derecho de propiedad o de manera implícita en el marco de otros derechos humanos fundamentales (como el de libertad de expresión; en este último caso, sin considerarlo entonces como derecho fundamental. Por ello y a falta de uniformidad de criterios doctrinarios a lo que se añade la escasez de literatura específica sobre el tema del derecho de autor como derecho humano, se pretende hacer un pequeño aporte académico, partiendo de las diferencias terminológicas entre lo que se entiende por un derecho humano y un derecho fundamental, para determinar en el Derecho constitucional comparado en Iberoamérica, la consagración del derecho de autor como uno u otro de estos derechos, lo que determinará tanto su incorporación sustantiva en el texto constitucional y el establecimiento de las garantías necesarias para su efectivo ejercicio, como la existencia o no, de una vertiente normativa constitucional y legal en los países iberoamericanos. II. PRESENTACIÓN: El estudio del tema, se presenta dividido en cuatro grandes núcleos o focos de investigación, el primero dedicado al Derecho de autor y sus límites; el segundo concentrado en los Derechos humanos y en el Derecho de autor en el marco de los derechos humanos; el tercero, enfocado en la Consagración Constitucional del Derecho de Autor en España y el cuarto, en la Consagración Constitucional del Derecho de Autor en los países iberoamericanos. III. CONCLUSIÓN: Queda clara la existencia de una vertiente normativa constitucional de protección al derecho de autor como derecho fundamental en el derecho constitucional y en las legislaciones iberoamericanas, recogiendo así los países en sus respectivas Cartas Constitucionales, lo consagrado y refrendado en el plano supranacional, a saber, en la Declaración Universal (art. 27.2), la Declaración Americana (art. 13.2), ambas de 1948; además del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU de 1966 (art. 15.1 c).0Doctoral Thesis9812<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Gómez Muci, Gileni" href="/fez/list/author/Gómez Muci, Gileni/">Gómez Muci, Gileni</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Derecho de autor en el marco de los derechos humanos. Su consagración constitucional en Iberoamérica" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Ggomez">Derecho de autor en el marco de los derechos humanos. Su consagración constitucional en Iberoamérica</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Administrativo</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho AdministrativoGómez Muci, GileniBondía Román, Fernando (Director)Prieto de Pedro, Jesús (Tutor)tesisuned:Derecho-Ggomezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-GgomezspaGOMEZ_MUCI_Gileni_Tesis.pdfpresmd_GOMEZ_MUCI_Gileni_Tesis.xmlbibliuned:Setthesistesisuned:Derechobibliuned:SetopenaireSet de Tesis Doctorales de la UNEDTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsGómez MuciAcceso abierto0.3635454834172015-05-06T00:00:00Z54782016-02-23T22:12:26Z2016-02-24T19:39:48ZFilosofía y política de los derechos humanos. Contribución a una teoría crítica de los derechos humanostesisuned:Derecho-JaariasLa tesis busca ser una intervención teórico-política en el debate actual de los derechos humanos (DH). Ha sido construida como un plexo-red de interacciones teóricas, políticas y socioculturales respecto de lo que se piensa actualmente de los mismos. El trabajo ensaya una lectura crítica e histórica a contrapelo de las interpretaciones progresivas de los DH con la intención de rearticularlo críticamente, ofreciendo un conjunto de líneas heurísticas de interpretación del movimiento y su discurso. En virtud de su especificación histórica contemporánea, el proceso de globalización, se establecen como imperativos de perspectiva para el discurso de los DH: la multidisciplinariedad, el multiculturalismo, la igualdad de género y la centralidad de la víctima. El punto de partida es la idea de la novedad radical del movimiento internacional de los DH y el registro utópico de su proyecto. Se refiere el modo de existencia práctico de los DH (su ethos), así como a la tensión teleológica de su dinámica en pos de reconocimiento (su telos). Como contexto discursivo, se propone un esquema típico ideal de los "modelos" de pensamiento que permite observar las orientaciones generales de la discusión acerca de los DH. A partir de un esbozo del itinerario teórico de los DH, se replantean algunos aspectos de la supuesta línea sucesiva filosófica que ha servido de fundamento a su concepción moderna dominante, para insistir en la revisión crítica de su desarrollo histórico "manifiesto", a la vista de los documentos canónicos del discurso ortodoxo de los DH: la "Declaración de Independencia" de los Estados Unidos, la "Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano", así como la "Declaración Universal de los DH". Instalados ya en la segunda mitad del siglo XX, se estudian las determinaciones políticas, económicas, sociales y culturales del proceso de globalización, que operan como matriz de la teoría y la práctica de los DH. Se observan las condiciones derivadas del proceso de globalización, mismas que han gestado una mutación teórica significativa en el estudio de los DH; se trata del desajuste que tiende a desplazar al derecho del centro hegemónico del discurso de los DH, con la complementaria irrupción revitalizada del conjunto de las ciencias sociales y la filosofía en la conformación y el desarrollo de los mismos. A continuación se problematiza la supuesta pretensión universalista y homogeneizadora de la cultura occidental, reforzada por el proceso de globalización, contrapuesta a la acrecentada pluralidad multicultural de identidades culturales reivindicadas por grupos étnicos, comunidades religiosas, minorías nacionales y lingüísticas. Se acude, también, al discurso feminista y las aportaciones de los estudios de género y la teoría queer con la intención de visibilizar la diferencia dentro del lenguaje universalista inherente al discurso dominante de los DH. Por otra parte, se reivindica la necesidad de una perspectiva crítica de la noción de víctima que responda con eficacia a las condiciones actuales. En ese sentido, la noción de víctima, críticamente deconstruida, puede y debe contribuir a una fundamentación ética y metodológica de los DH; tanto como mediación negativa con la noción de dignidad, así como vía epistemológica con diversas modalidades de violencia. Finalmente, se postula la idea del sentido político inmanente propio de los DH. Con esta interpretación se insiste en que el ethos material característico de los DH, con la multiplicidad de sus prácticas de resistencia y emancipación, está orientado por la búsqueda y las consecuentes luchas por el reconocimiento. Con ello se corrobora el carácter político instituyente que le es inherente a los DH.0Doctoral Thesis10582<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Arias Marín, Jesús Alán" href="/fez/list/author/Arias Marín, Jesús Alán/">Arias Marín, Jesús Alán</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Filosofía y política de los derechos humanos. Contribución a una teoría crítica de los derechos humanos" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jaarias">Filosofía y política de los derechos humanos. Contribución a una teoría crítica de los derechos humanos</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Historia del Derecho y de las Instituciones</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Historia del Derecho y de las InstitucionesArias Marín, Jesús AlánSanz Burgos, Raúl (Director)Bolaños Mejías, Carmen (Tutora)tesisuned:Derecho-Jaariashttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JaariasspaARIAS_MARIN_Jesus_Alan_Tesis.pdfpresmd_ARIAS_MARIN_Jesus_Alan_Tesis.xmlbibliuned:Setthesistesisuned:Derechobibliuned:SetopenaireSet de Tesis Doctorales de la UNEDTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsArias MarínAcceso abierto0.3635454834172018-09-26T00:00:00Z14402018-11-13T19:16:01Z2018-11-13T19:25:58ZLa historia y el pensamiento político en el teatro de Calderóntesisuned:ED-Pg-Filologia-ProsaA lo largo de su larga carrera como dramaturgo, don Pedro Calderón de la Barca escribió numerosas obras en las que sus personajes fueron hombres y mujeres con autoridad y en sus argumentos se producía un conflicto de poder. Si bien este hecho ha sido examinado por numerosos estudiosos del autor, no se han realizado análisis sistematizados sobre la posible relación entre los argumentos de estas obras de poder y los sucesos que estaban teniendo lugar en la Corona española, ni sobre el pensamiento político y social que se deriva de las mismas. Esta tesis presenta el objetivo de cubrir este vacío y para ello se han estudiado diecisiete de las obras de poder de Calderón escritas a lo largo de toda su vida, desde 1623 a 1680, y de todos los géneros que cultivó, utilizando para todos los textos la misma metodología de investigación. Antes de acometer este estudio pormenorizado, se analizaron las diferentes corrientes de pensamiento político desde la Grecia clásica hasta el siglo XVII español, así como el sistema de gobierno de los Augsburgo para poder conocer el ambiente en que se educó, vivió y escribió el autor. El corpus fundamental de la tesis está constituido por el análisis de cada una de las obras de Calderón considerando el argumento y los personajes; junto con los acontecimientos históricos que estaban acaeciendo en fechas cercanas a las que se escribió o representó la obra; y con las leyendas, hechos históricos y obras literarias en los que Calderón pudo inspirarse, con la finalidad de analizar las diferencias que introdujo y tratar de comprender los motivos de las mismas, desde un punto de vista político-social, no dramático. Este proceso ha permitido establecer la importancia de la historia contemporánea en los argumentos y personajes con poder de las obras estudiadas; eliminando dado el amplio número de estas la componente casual. Por otra parte, se ha investigado el pensamiento político y social que se deriva de los dramas y autos de Calderón, a través, básicamente, de la caracterización de los personajes y desde dos enfoques. El primero de ellos atemporal, es decir, valores independientes de una situación política o histórica concreta, como puede ser el dominio de las pasiones, la responsabilidad del hombre ante sus hechos debido a su libre albedrío o la dignidad de la mujer. El segundo tiene un carácter temporal relacionado con la realidad histórica del momento y busca aconsejar o advertir, en general, al rey para que sea un buen gobernante y sepa hacer frente a los acontecimientos del reino, en una línea que presenta ciertas similitudes con los grandes tratados para los príncipes de los siglos XVI y XVII.0Doctoral Thesis6522<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Rosa Delgado, Pilar de la" href="/fez/list/author/Rosa Delgado, Pilar de la/">Rosa Delgado, Pilar de la</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La historia y el pensamiento político en el teatro de Calderón" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-Filologia-Prosa">La historia y el pensamiento político en el teatro de Calderón</a></i></b> . <span class="citation_date">2018</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Filología: estudios lingüísticos y literarios</span>RecordDoctoral ThesisPublishedLiteraturaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Filología: estudios lingüísticos y literariosRosa Delgado, Pilar de laSuárez Miramón, Anatesisuned:ED-Pg-Filologia-Prosahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-Filologia-ProsaspaROSA_DELGADO__Pilar_de_la_Tesis.pdfpresmd_ROSA_DELGADO__Pilar_de_la_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_Filologiabibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Filología (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsRosa DelgadoAcceso abierto0.3635454834172017-10-02T00:00:00Z257562017-12-14T00:36:00Z2017-12-14T00:42:01ZDerechos fundamentales de los reclusostesisuned:Derecho-JpsanchaLas prisiones constituyen un fenómeno relativamente reciente, casi contemporáneo, al menos con la finalidad con la que la que conocemos hoy a los centros penitenciarios. Si originariamente su finalidad era la retención y custodia de los presos, aguardando su juicio o por mejor decir su castigo; la irrupción de las llamadas Escuelas penales supuso la atribución a las prisiones de lugar de cumplimiento de las penas privativas de libertad, ya en su función de castigo por el mal causado (doctrinas expiatorias o retribucionistas) ya en su función de prevenir la comisión de delitos por la sociedad en general (doctrinas de la prevención general) o por quien ya había delinquido (doctrinas de la prevención especial). La importancia de tales corrientes penalistas determinó en gran medida la finalidad de la pena privativa libertad y, por ende, al satisfacer ésta, el abanico de los derechos de los reclusos Se efectúa, asimismo, una reseña histórica de las normas que han jalonado nuestro derecho penitenciario, muy particularmente los diversos textos constitucionales con especial incidencia en nuestra querida Constitución de Cádiz de 1812, hasta llegar a la vigente Ley Orgánica General Penitenciaria y su Reglamento de desarrollo; pero sin olvidarnos como no podía ser otro modo, del precepto angular de nuestro trabajo, el artículo 25.2 de la Constitución española de 1978, así como el reflejo que en la citada “lex superior” ha tenido el proceso de internacionalización de los derechos, en el que ha tenido un trascendental relieve las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos adoptadas en el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente. A continuación se analiza profusamente la relación jurídico- penitenciaria, que surge de la comisión de los delitos y posterior condena a los reclusos, bajo el prisma de las llamadas relaciones de sujeción especial, por cuanto afecta al status del recluso en su relación con la Administración penitenciaria, que sigue siendo una cuestión muy controvertida en la doctrina constitucionalista, administrativista, penalista o penitenciaria, y que ha producido vacilaciones jurisprudenciales en materia constitucional. De la posición doctrinal que adoptemos sobre la naturaleza de tales relaciones de supremacía especial quedarán comprometidos en mayor o menor medida los derechos de los internos, produciéndose vulneraciones, a juicio de la doctrina, flagrantes de su status como ciudadano que sigue formando parte de la sociedad, y al que no se le puede privar sin más de tales derechos con fundamentación las polémicas relaciones de sujeción especial. En ese orden de cosas, se aborda el cuadro derechos y deberes de los reclusos ,tanto desde la perspectiva legal y reglamentaria, como a la luz de la jurisprudencia constitucional; sin desdeñar la importancia que supone la situación actual de los centros penitenciarios, que ha desembocado en una feroz crítica doctrinal sobre la necesidad de la existencia de estos últimos, dado el escaso poder resocializador (e incluso, si se permite, desocializador) de tales centros en las últimas décadas en nuestro país y en los restantes de Europa (muy especialmente en los pioneros en esta materia como fueron los países nórdicos). Por ello será conveniente hacernos eco de los distintos sistemas penitenciarios a lo largo de la evolución penitenciaria, para conocer mejor por qué se habla en la actualidad del posible fracaso de la finalidad resocializadora de las penas privativas de libertad. No obstante, el hecho de que la doctrina de forma generalizada venga reconociendo la más que palpable crisis de la ideología resocializadora en nuestro país, confiemos en que ello no suponga su abandono definitivo; toda vez que la finalidad reinsertadora de las penas privativas de libertad hunde sus raíces en la proclamación de España como Estado Social y Democrático de Derecho, que efectúa el artículo 1 de nuestra “norma normarum”. A lo que cabe añadir que el respeto a la dignidad humana se configura en ésta última como uno de los valores fundamentales de nuestro Ordenamiento jurídico, y por tanto del derecho que rige la vida cotidiana de los reclusos, el penitenciario. Nuestra Carta Magna se ha inclinado por reconocer una función resocializadora o de reintegración, alejada de las teorías puramente retribucionistas o expiatorias; aunque nuestro Alto Tribunal haya admitido que las penas privativas de libertad no sólo tienen como única finalidad legítima la reeducación o reinserción social, sino finalidades de prevención general e incluso de mero castigo. De lege data el mandato de resocialización contenido en el artículo 25.2 CE ha sido dignamente llevado a efecto, primero por la LOGP y La Exposición de Motivos de la LOGP en consonancia con el mandato resocializador contenido en nuestra Carta Magna, intentando impregnar todo su articulado, señala que “el penado no es un ser eliminado de la sociedad, sino una persona que continúa formando parte de la misma, incluso como miembro activo, si bien sometido a un particular régimen jurídico encaminado a preparar su vuelta a lmás tarde por su Reglamento Penitenciario de desarrollo. Lo que lleva a formularnos una cuestión de vital importancia en el desarrollo de este trabajo: ¿Quedan suficientemente garantizados los derechos de los reclusos en las cárceles españolas? Entiendo que así debiera ser a pesar las limitaciones recogidas en el mismo precepto constitucional: el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria; aunque, desgraciadamente, como tendremos ocasión de comprobar en el desarrollo esta tesis, de facto son múltiples las vulneraciones de los derechos fundamentales de los internos en nuestros centros penitenciarios. La legislación penitenciaria patria se encuentra a la vanguardia en los ordenamientos penitenciarios contemporáneos y es tributaria de las corrientes más avanzadas de la Ciencia penitenciaria. Una contribución fundamental en la situación actual de nuestra legislación penitenciaria se debe, sin duda, al proceso de internacionalización que ha sufrido los derechos fundamentales de los reclusos y a la posterior recepción de tales convenios y tratados internacionales en nuestro ordenamiento jurídico. Por otro lado, la obra del profesor Reviriego Picón , constituye una obra de obligada referencia. Muy especialmente el capítulo IV “Análisis específico de los derechos a la luz de la jurisprudencia constitucional” de su obra “Los derechos de los reclusos en la jurisprudencia constitucional”, por tratarse de una materia a la que la doctrina constitucional no había dispensado la atención necesaria. Procede ahora por tanto de forma pormenorizada abordar, con mayor minuciosidad, el análisis específico de cada uno de los derechos fundamentales que pueden verse afectados por el ingreso en prisión de una persona y en qué medida han sido sus límites perfilados por nuestro Alto Tribunal. Contribuye a la citada labor la jurisprudencia emanada de las resoluciones del TEDH, al interpretar el contenido y límites de los derechos consagrados y garantizados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, con la consiguiente repercusión en la aplicación que de tales preceptos efectúen los Estados Parte, hayan sido parte o no en el procedimiento en el que se hubiere dictado la sentencia. En definitiva, ha venido y viene desarrollando una labor que hemos calificado de “pretoriana”. Con todo se hace imprescindible conohestar la recepción en la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo con la nacida de nuestro Alto Tribunal. Tarea por lado nada exenta de dificultades como se acredita en el capítulo noveno en el que se aborda el estudio de la jurisprudencia del TEDH. Mas sin perjuicio de los enormes esfuerzos desplegados tanto desde la Administración penitenciaria como desde la doctrina para ofrecer métodos alternativos a la cárcel, máxime en los momentos que nos ha tocado vivir de crisis del “otrora intocable” Estado del Bienestar, se ha desembocado en la crisis de la ideología resocializadora. Por lo que se está produciendo, como consecuencia de la crisis de los sistemas penitenciarios, una más que posible vuelta a los fines puramente retributivos de las penas privativas de libertad. A pesar de tan preocupante afirmación llegaremos a la conclusión que frente a la crisis de la ideología resocializadora debemos reafirmarnos de un lado, en la defensa de un Derecho Penitenciario mínimo, basado en los derechos fundamentales reconocidos (y garantizados) a toda persona, incluidos los reclusos, por la Constitución española, y de otro, en el respeto a la dignidad humana, que debe impregnar nuestro ordenamiento jurídico. En esta dirección apunta la doctrina española más reciente ,proponiendo la que se ha calificado muy gráficamente como descarcelación , principios para una política pública de reducción de la cárcel, desde un garantismo radical, entendido como un programa, que sin incurrir en un abolicionismo del sistema penal, lo que por otro lado sería a vida libre en las mejores condiciones para ejercitar socialmente su libertad”. A lo largo de este trabajo comprobaremos si dicho mandato ha sido cumplido fielmente o es tan solo un desiderátum del constituyente. Reviriego Picón, F. “Los derechos fundamentales de los reclusos en la jurisprudencia constitucional”, niversitas, Madrid, 2008. Rivera Beiras,I., “Descarcelación. Principios de una política de reducción de la cárcel. (desde un garantismo raprácticamente imposible, permita de una forma gradual un abandono de la institución carcelaria; una vez que las pretendidas alternativas a la pena privativa de libertad se han demostrado ineficaces en gran medida como instrumento para luchar contra la criminalidad creciente. Convendrá, por otro lado, habida cuenta del fracaso, al menos en la praxis penitenciaria, aunque no sea una cuestión pacífica en la doctrina, como podrá apreciarse en el capítulo de la idea de resocialización, por las consideraciones que se van desgranando lo largo del presente trabajo, ahondar en el que constituye el verdadero reto, no solo de la Administración penitenciaria, sino de la sociedad en su conjunto, evitar una mayor “desocialización” del penado (amén de la que ya suele sufrir antes del ingreso en prisión), procurando no incrementar los efectos de lo que llamó Clemmer la “prisionización“, es decir, la adaptación del recluso a la subcultura carcelaria, o usos y costumbres que los demás internos imponen en los establecimientos carcelarios. El presente trabajo se completa con anexos relativos a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, así como sobre la jurisprudencia del TEDH (tanto relativa a España como al resto de países signatarios del CEDH) siguiendo un criterio cronológico y en razón del derecho invocado, que permitirán un análisis exhaustivo de los derechos de los internos recogidos en el CEDH. Nos parece acertado finalizar, esta sinopsis de lo que constituirá la tesis doctoral relativa a los derechos fundamentales de los reclusos, recordando el desiderátum del Tribunal Europeo de Derechos Humanos exigiendo que “la justicia no se detenga a la puerta de las prisiones“, en su Sentencia Campell y Fell v. Reino Unido, de 28 de junio de 1984, reproducido por nuestro Alto Tribunal por primera vez en la STC 2/1987, de 21 de enero, que debe presidir el análisis, estudio o formación de la materia penitenciaria y, por ende, del régimen jurídico de los reclusos.0Doctoral Thesis19522<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Sancha Diez, Jose Pablo" href="/fez/list/author/Sancha Diez, Jose Pablo/">Sancha Diez, Jose Pablo</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Derechos fundamentales de los reclusos" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jpsancha">Derechos fundamentales de los reclusos</a></i></b> . <span class="citation_date">2017</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho PolíticoSancha Diez, Jose PabloReviriego Picón, Fernandotesisuned:Derecho-Jpsanchahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JpsanchaspaSANCHA_DIEZ_JosePablo_Tesis.pdfpresmd_SANCHA_DIEZ_JosePablo_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Licencia de acceso Creative CommonsSancha DiezAcceso abierto0.3370905534172019-06-10T00:00:00Z39062019-09-03T19:45:00Z2019-09-03T19:45:00ZOpinión pública libre, opinión publicada. La libertad de comunicación pública y los medios de comunicacióntesisuned:ED-Pg-UniEuro-JsanchezEsta investigación se presenta en seis capítulos. En primer lugar, se enfoca la densidad axiológica de los derechos fundamentales del hombre, los valores innatos de la persona, como la dignidad y la libertad, y la posición del Estado bajo la luz de la globalización. Se parte de la deliberación de Suárez, Hobbes y Kant en torno a los derechos naturales subjetivos, fundamentalizados con el trascurrir del tiempo, que, en cuanto propios del ser humano, el Estado es quien debe protegerlos. En ese trascurrir del tiempo nos dirigimos al momento actual en el que el proceso globalizador (que no ha de terminar y que comenzó, se puede decir, desde el mismo momento en que el hombre fue consciente de ser hombre) está alterando, una vez más, el sentido axiológico real de los derechos fundamentales del hombre. En el segundo capítulo, avanzando desde la concepción kantiana, consolidada con las revoluciones liberales engendradoras de la libertad y del actual Estado democrático, se adentra en el mundo de la libertad fundamental a la libre expresión, surgido tras la necesidad de asegurar y facilitar la inherente libertad religiosa, y que hoy en día se configura como «libertad de libertades» protegida por el Estado democrático, del que se nutre, y viceversa, y a la que se denomina «libertad de comunicación pública». El Tribunal Constitucional español ha considerado que la libertad de expresión y la libertad de prensa son dos libertades autónomas, que van de la mano, eso sí. Si bien no ha sido así en la historia constitucional ni es actualmente en la mayoría de los países democráticos, el ordenamiento español (la doctrina más bien) las ha cualificado de diferente modo, pero esto no obsta para que exista confusión jurídica a la hora de su configuración y protección y defensa. El capítulo 3 se centra en la opinión pública libre, figura jurídica creada por el Alto Tribunal ya que no se encuentra recogido jurídicamente de un modo expreso en el texto constitucional, como sucede en otros países, figura, por otra parte, nada fácil de definir y delimitar. En este caso, se parte de la necesidad de una muy amplia libertad de comunicación sin la cual no se puede concebir que el público obtenga todo lo necesario para conformase una opinión. Ésta tiene su repercusión en el Estado y su sistema de derechos. Con ello se detenta y sustenta la tesis doctrinal según la cual la libertad de comunicación es conformadora de la opinión pública y ésta, a su vez, alimenta al Estado democrático del que parte la primera. Se valora en este capítulo la necesidad de someter la libertad comunicativa al mercado de las ideas o, por contrario, se somete al poder bajo el paraguas del derecho positivo. Se determinan los valores definitorios de la opinión pública libre, tales como el pluralismo, la búsqueda de la verdad, la justicia, su relación con la democracia y los regímenes autoritarios, describiendo su instrumentalización, tanto por aquélla como por éstos, y cómo se forma. El cuarto capítulo se adentra en el mundo de los medios de comunicación y su posición en el Estado democrático dada la necesidad de llevar a efecto la libertad de expresión por cualquier medio que se garantiza constitucionalmente como derecho innato al ser humano en el marco de un desarrollo personal digno. Tras una breve reseña histórica de la evolución de los medios, se detalla la relación existente entre la libertad de comunicación pública y la necesidad de los medios para su efectividad, y de éstos con la democracia. En este contexto se considera la construcción de la ciudadanía como un resultado-producto de los propios medios. Se distingue éste de las funciones que están llamados a desarrollar los medios en el contexto de un Estado democrático. No podía ser de otro modo, considerando de un lado la libertad de los individuos para formar su opinión y de otro la de los medios, se trae la histórica y constante polémica en torno a la publicidad de los medios. Con el trascurso del tiempo, gracias a los avances tecnológicos, la información necesaria para conformar opiniones no es limitada e inaccesible (o sí, considera una parte doctrinal, pues el rápido desarrollo de la tecnología comunicativa no se hace acorde al desarrollo social y económico), lo que hace preguntar, cada vez más, a la doctrina de la comunicación si un exceso de información no es, de alguna manera, un tipo encubierto de censura en un sistema, el democrático, que, a priori y formalmente, reprueba. Ello da pie a ahondar en el poder de los medios de comunicación, que se trata en el capítulo quinto. Nadie duda del papel que juegan los medios actuales en los estados democráticos actuales y la repercusión que esto conlleva en la formación de la opinión pública, no siendo ya únicamente reflejo de ésta sino, cada vez más, conformadora de ella. Es por ello por lo que se debe delinear cómo la formación de la opinión pública va de la mano del proceso de elaboración de la opinión publicada por los medios de comunicación de masas. Éstos son los encargados de establecer la agenda de temas a tratar, destacando unos sobre otros, y con los que el público formarse una opinión, en el sentido, además, que es enfocado por aquéllos desde los despachos de instancias superiores, valedores de diversos intereses (económicos y políticos, principalmente). En relación con las instancias superiores de los medios de comunicación, se trata el tema de la autorregulación. Si hay un asunto peliagudo en cuanto a la autorregulación, ese es el referido a los mecanismos de control para que se lleve a buen puerto una reglamentación propia. En el último capítulo se concretizan aspectos de la opinión pública y de la opinión publicada que pueden ser diferenciadores o no a la hora de entenderlas posiblemente como sinónimos. Se profundiza en la única Sentencia en la que el Tribunal Constitucional español trata la opinión publicada, si bien, ciertamente, no es sino un miembro de éste el que la trata con la finalidad de separar la opinión publicada de la opinión pública.0Doctoral Thesis9492<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Sánchez Lorenzo, Jesús" href="/fez/list/author/Sánchez Lorenzo, Jesús/">Sánchez Lorenzo, Jesús</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Opinión pública libre, opinión publicada. La libertad de comunicación pública y los medios de comunicación" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-Jsanchez">Opinión pública libre, opinión publicada. La libertad de comunicación pública y los medios de comunicación</a></i></b> . <span class="citation_date">2019</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaSánchez Lorenzo, JesúsVidal Prado, Carlostesisuned:ED-Pg-UniEuro-Jsanchezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-JsanchezspaSANCHEZ_LORENZO__Jesus_Tesis.pdfpresmd_SANCHEZ_LORENZO__Jesus_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_UniEurobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsSánchez LorenzoAcceso abierto0.3350666234172017-11-03T00:00:00Z45432018-05-03T23:20:12Z2018-05-04T19:08:06ZJosé Cornide: un historiador ilustradotesisuned:ED-Pg-HHAT-CpineiroEn este trabajo se publican, por primera vez, algunas de las obras de Cornide que permanecían inéditas. Como se podrá comprobar, se trata de varios estudios históricos sobre diversos temas, en donde se muestra a un autor enciclopédico, laborioso y solícito, aportando datos y planteamientos originales. Estoy convencido de que esta epifanía suscitará el interés de los lectores legos y, por descontado, de los avezados. El conjunto de este trabajo consta de cinco capítulos en total. En el primero se desarrolla una oportuna y completa biografía del autor, ahondando en sus orígenes y en el conjunto familiar, además de repasar la educación y formación cultural, valorando su preparación autodidacta. El capítulo segundo está dedicado a sus escritos sobre geografía y cartografía, un desempeño que, al igual que los trabajos sobre historia, ocuparían a nuestra autor durante todos sus años de vigor intelectual. Seguidamente, en el tercer capítulo, se aborda el análisis de la obra histórica de José Cornide. Principia con un estudio sobre la historiografía de los siglos anteriores, que precede a una trasformación de los métodos de investigación histórica en nuestro país, que singularizará toda la centuria. Herederos de los novatores, los historiadores dieciochescos, apoyados por las instituciones monárquicas y con el amparo y asesoramiento de la naciente Academia de la Historia, intentaron expurgar de fábulas y supersticiones a nuestra historia, empleando el realismo y objetividad en la investigación, creando sistemas y métodos que ayudasen a concretar una historia creíble, que instruyese en la certeza de los hechos y alejase de la ignorancia de historias ficticias. Modelo de estas características lo encontramos en la faceta científica y creadora de José Cornide. Es difícil encontrar a otro autor de su tiempo que reúna semejante capacidad para acometer el estudio de la historia bajo las nuevas directrices, cuya fidelidad a las mismas se demuestra en cada uno de sus autógrafos. Fue uno de los pioneros en el empleo de la epigrafía como fuente para la confección de su obra. Prueba de ello es el hecho de que Hübner utilizara numerosas transcripciones de Cornide para confeccionar su obra, primera en España sobre inscripciones romanas. Con respecto al uso de la bibliografía como fuente, solo indicar que uno de los investigadores actuales más prolijos en nuestro país, Juan Manuel Abascal, señala a Cornide como: “el mayor experto en la obra escrita por su generación, por encima incluso de Gregorio Mayans, y sin duda el mejor conocedor de los fondos manuscritos que albergaban las bibliotecas de España y Portugal”. Cornide fue uno de los iniciadores de la arqueología en España, y sin duda uno de los historiadores que más empleó los viajes literarios para sus investigaciones. Es insólito e inadmisible que, como se demuestra en la narración, siendo el historiador que mejor representa a la nueva historiografía del siglo XVIII, además de la importancia de su obra histórica, hoy sea un personaje secundario en el panorama historiográfico de su época. Para elucidar toda su producción, y al respecto de este menester, se profundiza en su obra a través del método de epítome y crítica de sus principales títulos. El título cuarto desarrolla una faceta de Cornide que estuvo presente en distintos períodos de su existencia, en la cual, basado en su designio como historiador, aborda una serie de trabajos de investigación impregnados de un sentido erudito, con el fin de buscar la explicación a los sucesos contemporáneos a través de los hechos pasados. En el quinto epígrafe nos ocupamos de los trabajos e informes que escribió para la Academia de la Historia, la mayoría de ellos fruto de sus numerosos y entusiastas viajes, obligado por los diversos cargos que ocupó dentro de ella. Se puede acreditar el prestigio y admiración que le profesaban los gobernantes y eruditos contemporáneos, corroborado a través del examen de su relación epistolar; con sus servicios a los arduos gobiernos y tareas que le fueron encomendados a lo largo de su arraigo en Galicia; atendiendo a su distinción como miembro de las Sociedades Económicas de Amigos del País de Santiago, Lugo y Vascongada, así como de la Real Academia de las Tres Nobles Artes de San Luis, en Zaragoza; otorgándole la dignidad de formar parte de la comisión encargada de elaborar el Diccionario de voces españolas de geografía e hidrografía y del Diccionario histórico-geográfico de España; valorando su designación, por parte del gobierno de España, para llevar a cabo una labor de espionaje con el fin de localizar el entramado defensivo del reino de Portugal, en aras a una posible confrontación bélica; sin olvidar la distinción que le fue otorgada por parte de los órganos de dirección de la Real Academia de la Historia, durante su breve estancia de trece años en esa institución, para ocupar los cargos de Revisor General, Presidente de la Sala de Antigüedades y Bibliotecario, convirtiéndose igualmente en el primer Secretario Perpetuo de esa corporación. Esta consideración, como uno de los eruditos más relevantes de nuestra cultura, communis opinio entre sus contemporáneos, le fue negada con el paso del tiempo, debido a que la mayor parte de sus escritos permanecen atados con leznas en legajos, empolvándose en los archivos, fruto de la incuria, la ignominia y la injusticia. La presentación de algunas de sus obras, hasta el día de hoy inéditas, que se incluyen en esta tesis, inspira un anhelo de confianza, dicho con cierta mesura, con el que aventar para que el polígrafo gallego sea dispuesto en el lugar que por su categoría y lustre le corresponde. La localización de numerosas ciudades antiguas, como el caso de Segóbriga; el asesoramiento histórico en la reconstrucción de monumentos, como se muestra en la actual franja en espiral de la vetusta y coruñesa Torre de Hércules, recuerdo de la rampa primitiva; el descubrimiento y transcripción de numerosas inscripciones de la antigüedad, algunas ya desaparecidas, que han permitido conformar episodios importantes de nuestra historia; la formación de mapas que describen la geografía histórica, modelo para autores de su época y posteriores; sus eruditas y argumentadas teorías, vigentes todavía en nuestro tiempo, de las que son ejemplo la identidad de los antiguos pobladores de Galicia o la situación de las famosas islas Casitérides; el mérito de ser uno de los primeros autores españoles que realizaron un estudio completo de la geografía e historia de otro país, como fue el Estado de Portugal en el año 1800, manual básico para los cronistas nativos; la elaboración, junto a Isidoro Bosarte y José Ortiz, de una de las primeras leyes europeas sobre la conservación de monumentos, la Real Cédula de 1803; son algunas de las aportaciones a la investigación histórica del ilustrado coruñés, quedando diferido el examen científico de la totalidad de su obra inédita. Basándose en lo expuesto, no parece extraño que este proyecto genere una humilde ambición, en estas líneas fundamentada, para que sirva de testimonio con el fin de situar a este autor, sin que parezca un paroxismo, entre los principales historiadores del siglo XVIII, pagando una deuda de gratitud, en todo caso merecida. Nihil obstat, pues es de justicia, impetrar para el egregio José Cornide, la nombradía que le corresponde entre los más extraordinarios eruditos de la ilustración, y, probablemente, el más eminente y prolijo historiador de la centuria.0Doctoral Thesis6102<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Piñeiro Rivas, Carlos" href="/fez/list/author/Piñeiro Rivas, Carlos/">Piñeiro Rivas, Carlos</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : José Cornide: un historiador ilustrado" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-HHAT-Cpineiro">José Cornide: un historiador ilustrado</a></i></b> . <span class="citation_date">2017</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Historia e Historia del Arte y Territorio</span>RecordDoctoral ThesisPublishedHistoriaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Historia e Historia del Arte y TerritorioPiñeiro Rivas, CarlosSánchez Belén, Juan Antoniotesisuned:ED-Pg-HHAT-Cpineirohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-HHAT-CpineirospaPINEIRO_RIVAS_Carlos_Tesis.pdfpresmd_PINEIRO_RIVAS_Carlos_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_HHATbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Historia e Historia del Arte y Territorio (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsPiñeiro RivasAcceso abierto0.306587834172016-07-28T00:00:00Z77092017-04-20T21:31:03Z2017-07-10T22:02:33ZPraxis de la inmigración irregular en la España del siglo XXI. Metodología de las migraciones irregulares y su afloramiento hacia la permanencia legal. Un estudio desde las perspectivas sociológica y jurídicatesisuned:Derecho-JmcerezoEl trabajo de investigación se gestó prácticamente desde 2005, un reto que se constituía para marcar los tiempos para poder recoger información y gestionar de primera mano, los procesos migratorios en general y, en particular, el que trataba de ser un ejemplo dinamizador de la gestión de los procesos que canalizaban las migraciones irregulares hacia la permanencia legal. Hacia la conocida y controvertida figura del arraigo. 2006, fue el año de comienzo de la andadura del arraigo, prácticamente tal y como lo conocemos hoy día. A la figura arraigular se la denominó regulación permanente. El afloramiento masivo español, desde el no derecho que se hace derecho. Ese año marcó la línea de salida del Proyecto de Investigación que hoy toma el nombre de PRAXIS DE LA INMIGRACIÓN IRREGULAR EN LA ESPAÑA DEL SIGLO XXI, pues cualquier empleado público que haya tratado el tema; cualquier profesional del Derecho; cualquier persona que haya investigado sobre el controvertido dilema del arraigo, no ha podido quedar impasible ante las causas y consecuencias de su gestación, gestión, casuística e impacto en la sociedad española. Más de 800.000 solicitudes le avalan. De modo que el trabajo se ha llevado a cabo tratando el proceso desde 2006 hasta 2014, debido principalmente a la necesidad de acotar el análisis desde las dos perspectivas principales: la Sociología, por un lado, donde se ha analizado el fenómeno partiendo no solo desde las migraciones con permanencia irregular en España y sus repercusiones, sino también desde el mismo momento en que se pierda la permanencia legal por las causas establecidas en la Ley. Es decir, desde la irregularidad estructural y desde la irregularidad sobrevenida, como agrupaciones de focos de atracción de una parte de las migraciones nacionales españolas. Por ello, desde la identificación de los hechos, el tratamiento de la información y su interpretación sociológica, el Derecho Social de la Inmigración Extranjera, constituye el otro eje principal que ha sostenido los cimientos de este Proyecto. El trabajo de investigación consta de 8 Capítulos divididos en índices y subíndices, donde se formula el problema de investigación; la justificación de la investigación y se analizan en profundidad los elementos y factores esenciales de la misma: el Proceso Extraordinario de Normalización y las figuras del Arraigo en sus tres formas: Laboral; Social y Familiar. Un total de 451 páginas ocupan la totalidad del trabajo, incluyendo la Bibliografía consultada. El punto de partida del arraigo –previsiblemente lo contrario a un prócer jurídico que no es nuevo en España-, se sostenía prácticamente desde los albores de la regulación de la inmigración en España, que los investigadores situaron a partir de la Ley Orgánica 7/1985. Quizás reconozcamos que la palabra “arraigo” se corresponda con soluciones inspiradas en los procesos extraordinarios de regulación, pero en determinado tiempo no fue solo así. Existen precedentes anteriores a 2005 donde el arraigo ya se trataba de regular. Un ejemplo lo tenemos en el Real Decreto 864/2001, donde se articulaba el arraigo desde la incorporación al mercado de trabajo y la justificación de vínculos familiares. En España la regulación de las migraciones, a partir de 2005, cobrara connotaciones polarizadas entre los tiempos cronológicos y los tiempos sociales del momento. Esa polaridad estaba sentada previsiblemente sobre una especie de círculos concéntricos que exponían el control migratorio a determinadas circulaciones que abrían o cerraban las agujas mecanizadas para dirigir los hechos migratorios hacia vías muertas o hacia un camino férreo no exento de trabas y apeaderos en marcha con las consecuencias que hoy día tenemos desde el pasado, horadando el presente con escasez en las aspiraciones a un modelo de gestión de la inmigración, basado en intereses económicos, pasando en ese lapso de tiempo a una economía con visos de prosperidad, a una economía calificable como maltrecha. Esta fue la apreciación que se exhalaba desde el momento de comenzar un largo camino hacia la comprensión de la regulación de los procesos migratorios. Y la visión estaba familiarizada en una realidad tangible: que los vagones se representaban amontonados en las puertas de las instituciones, con largas colas aspirando a ser atendidos en condiciones muy precarias, porque la precariedad viene discurriendo sobre estos apeaderos temporales, no solo a las individualidades y agrupaciones que aspiran a los derechos fundamentales de la persona, sino también a los empleados públicos competentes en esta visión holista de un mecanismo con varias locomotoras que producen efectos de aceleración o frenada en ilusiones y sin promesa de destino final. Esa constatación parecía sostenerse sobre el favorecimiento de la inmigración irregular sostenida sobre preceptos que contienen figuras indeterminadas, que pueden lesionar derechos de los migrantes y presentaban la dificultad en discernir si se castiga la solidaridad de quienes ayudan o promueven el proyecto de migrar de forma desinteresada o, lo que verdaderamente resultaba complejo, tratar de identificar a quienes con ánimo de lucro favorecen la inmigración, persiguiendo un efecto contrario a la norma que ampara la regulación en España. Así que la propuesta del Proyecto ha consistido en analizar desde dentro de las Instituciones que gestionan el fenómeno migratorio en España, recogiendo muestras, analizando cada espectro social que se cromatizaba en las Oficinas de Extranjería, para tratar de comprender y discernir el fenómeno de la inmigración irregular. La Ciencia es parca en definiciones y rigurosa en conceptos. Por consiguiente, resultaba necesario establecer y acotar en el tiempo el impacto en la sociedad española, de la regulación del fenómeno que venía acaeciendo desde 2006, con la nueva andadura gestora de los flujos y el afloramiento de la irregularidad migratoria. No de las personas irregulares; no de los invisibles –que por supuesto constituyen una evidencia-; no de los ilegales porque no transgreden más que la necesidad de sobrevivir en muchas ocasiones. En otras palabras, este es el reto del análisis, ilustrar, además, en el favorecimiento del fenómeno, induciendo formas de realización ilícita; aprovechando los recovecos de la ley y de las intenciones reguladoras del legislador, para obtener pingües dividendos. Desde la propia regulación en sí. Y esta indeterminación jurídico-social, deriva en malversar la gestión de la entrada, permanencia y salida. Este es el hecho. Ahora bien, para poder elaborar un Proyecto de esta envergadura, que se torna inacabado y previsiblemente en la entrada luces y sombras, Evaluar empíricamente la magnitud de los flujos migratorios irregulares, su correlación con el Ordenamiento jurídico de las migraciones en España, acentuados entre los años 2006 a 2014, así como los posibles efectos de las oscilaciones migratorias de las reformas legislativas operadas en esa acotación. Desde el comienzo del trabajo de investigación, se han venido conectando además de las dos áreas de conocimiento –Sociología y Derecho-, otras transversales como la Geografía Humana, la Economía Laboral y la Antropología. Se han practicado los análisis de manera bidireccional, es decir, desde las tendencias de los hechos hacia la regulación jurídica o respuesta jurídica. Pero, en igual sentido, nos ha resultado muy revelador, realizar la dirección analítica contraria, desde la regulación del fenómeno migratorio, hacia su repercusión en los hechos que se contemplan desde la perspectiva sociológica. De esta manera, hemos tratado de plantear la perspectiva teórica, partiendo de las investigaciones de autores de prestigio en el campo de las migraciones, tratando de responder a los métodos y criterios que deben ser combinados de manera inextricable. Así pues, para instrumentar las técnicas empleadas en el proceso cognitivo, hemos utilizado el análisis de datos y su interpretación empírica, identificando y analizando las variables que se han disociado con el fenómeno social de la irregularidad migratoria, así entendida en la opacidad que representan las entradas y permanencias irregulares en un territorio determinado. Por consiguiente, el análisis se ha centrado en tres focos fundamentales: a)La observación del fenómeno migratorio actual en general y de la permanencia irregular en particular, conceptualizando la irregularidad estructural y la irregularidad sobrevenida, como elementos partícipes de la inmigración clandestina y de la trata de seres humanos. b)Con la inestimable ayuda de la literatura científica sólida nos hemos apoyado para delimitar el campo de acción de la permanencia irregular y su deriva desde 2006, año en que se comienza con la aceptación de solicitudes de residencia temporal por arraigo, hasta 2014, dada la densidad de los datos, el tratamiento e interpretación de los mismos. c)Una vez alcanzadas las fases necesarias, propias de la investigación cualitativa y cuantitativa, hemos podido extraer los resultados obtenidos en el periplo investigador. Las miradas sociológica y jurídica han permitido aportar las herramientas teórico-empíricas, necesarias para conocer, contextualizar, analizar y comprender el fenómeno de la inmigración irregular. Como ya se sostenía inicialmente, la incertidumbre se viene ciñendo como sesgo en la interpretación de los elementos y factores determinativos del proceso migratorio irregular, redundando de manera tozuda y repetitiva, la consideración del problema de investigación. El arraigo se ha consolidado desde 2006, una vez finalizado el proceso de Normalización de 2005, como el corolario que apoya la necesidad de contar con una salida a la inmigración irregular, tanto la estructural, como la sobrevenida. España con esa regulación excepcional, muy exclusiva en la Unión Europea, ha venido sosteniendo una necesidad positivista de cara al afloramiento de este tipo de inmigración “no deseada”. 2.- EL DESARROLLO DEL PROYECTO. La arquitectura de la investigación se ha diseñado, bajo los argumentos y expositores esenciales que ofrecen la Sociología y el Derecho. Una vez formulado el problema de investigación, había que consolidar y justificar lo que se estaba haciendo. Así, desde el plano de fijación de los objetivos generales, posicionándonos en el modelo Weberiano de la interpretación: entender el objetivo de los actos; la magnitud del propósito y la intención de la acción migratoria irregular (Corbetta, 2007: 21), hemos fijado como objetivos generales: 1. Conocer el plano teórico, a través del conjunto de proposiciones relacionadas con las migraciones irregulares, más allá de las expresiones empíricas concretas, observando a través de la datación, los hechos que se producen con regularidad en figura del acceso estable que permite aflorar la inmigración irregular, hacia canales de legalización ordinaria. 2. Concretado el conocimiento teórico, el objetivo siguiente consistirá en expresar mediante hipótesis específicas, destinadas a relacionar conceptos, con niveles inferiores de abstracción y permitir que las tendencias sobre las que discurren las autorizaciones de regularización permanente (Arraigo), se traduzcan en prueba empíricas. 3. Secuencialmente, las hipótesis explicativas permitirán traducir significados en forma de variables, con la finalidad de detectar los errores y establecer la fiabilidad y validez de la investigación, tratando de confirmar la causa, para demostrar empíricamente la relación causal. Con ello pretendemos identificar las distintas formas de dar respuesta a los mecanismos que producen la presencia legal en general y el arraigo en particular, que parte desde la inmigración irregular estructural y sobrevenida. La comprensión en el sentido weberiano se establece buscando las motivaciones que son directamente accesibles con el método de construcción de los hechos, a partir de información procedente de las fuentes oficiales: 1. Conformar el mapa de inmigración irregular, basado en la realización del mapa de arraigo en España, conociendo los datos de las personas que han obtenido autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales. 2.- Se han podido identificar las distintas formas de dar respuesta a los mecanismos que producen la presencia legal en general y el arraigo en particular. 2.1.- Se ha realizado un análisis técnico-jurídico de la figura de las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales, no solo del arraigo, sino además, de otras composiciones que permiten obtener desde la esfera de la excepcionalidad, la necesaria autorización temporal de residencia –que en unos casos puede conllevar autorización para trabajar-. Se trata de un tema que plantea modificaciones legales, reglamentarias e interpretativas por la Jurisprudencia, 2.2.- En igual sentido, se ha realizado una exhaustiva recopilación de resoluciones judiciales, principalmente desde la jurisdicción contencioso-administrativa (Juzgados, Tribunales Superiores de Justicia, Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional y Tribunal de Justicia de la Unión Europea), enfocada la documentación obtenida, en la figura del arraigo. 3. Se han justificado los conceptos de integración institucional, integración social y co-inclusión societal. La integración institucional posee connotaciones legalistas, agrupadas por procesos de visibilidad reglada (empadronamiento en un municipio; formalizar un contrato de trabajo; obtener un informe de inserción social en una determinada comunidad), auspiciada por la indeterminación jurídica. La integración social donde se construye nuestra “teogonía social”, con referencia a nuestra propia forma de entender la sociedad y la reacción frente a los presentes ausentes, se regula a través de la construcción del inmigrante extranjero, dentro del proceso de construcción social, La irregularidad migratoria se estructura a través del proceso de percepción social y de factores psicosociales demográficos; de ideología política; de percepción de amenaza social o cultural y del nivel de contacto con los inmigrantes (Igartua et al, 2014: 4). En la regulación de la inmigración encontramos vinculaciones entre riesgo, interés y uso de la fuerza, que conllevan contradicciones, incoherencias o disfunciones en la terminología jurídica. Ahora bien, como toda investigación, la mirada hacia los planteamientos hipotéticos, resultan de calado para poder inferir respuestas. Y las hipótesis sobre las que, de partida queremos trabajar, responden a las siguientes incógnitas: a) PRIMERA HIPÓTESIS. Existe una relación causal de la inmigración irregular (estructural y sobrevenida), con las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales. En concreto, con la figura del arraigo en sus tres modalidades: Laboral, Social y Familiar. b) SEGUNDA HIPÓTESIS. Las regularizaciones extraordinarias y la regulación permanente, presentan expectativas migratorias divergentes. c) TERCERA HIPÓTESIS. Existe confirmación empírica de la relación causal entre arraigo, fraude de ley y tráfico ilegal de personas. d) CUARTA HIPÓTESIS. Consecuencias del fenómeno observado debidas a la reforma de la regulación normativa; en concreto, los preceptos que contienen los requisitos de arraigo. Se plantea, ante las evidencias empíricas, la eliminación de la figura del arraigo. Para llevar a cabo las transformaciones teóricas y conceptuales a las hipótesis, tendremos que adentrarnos en si el modelo de gestión del arraigo, desde una perspectiva micro, planteando el trabajo de investigación desde dentro, es decir, desde la base empírica de la gestión de los procesos que conllevan el arraigo. Partimos reconociendo que el arraigo puede ser una figura necesaria, en el proceso de integración institucional y, por ende, aunque no necesariamente, en el proceso de integración social. Para finalizar, desde estos planteamientos hipotéticos, también reflexionamos sobre las consecuencias de no alcanzar u obtener la residencia temporal arraigular . La práctica nos ilustra sobre la continuidad en la permanencia irregular, que atañe, además, a la suma de los que intentan conseguir reunir los requisitos descritos anteriormente. Se trata de un camino empedrado de obstáculos, pero que se suaviza con la inducción, promoción, favorecimiento o facilitación de la inmigración clandestina, que se cuestiona dicotómicamente, sobre las ayudas que las redes sociales realizan a estas personas necesitadas. De manera individual o mediante asociaciones, se suelen prestar servicios y ayudas sociales, con lo cual, la complejidad técnico-jurídica se centraría en poder separar el trigo de la paja como conocemos por estas tierras, para contrarrestar los efectos del tráfico ilegal de inmigrantes. Partiendo de la acepción Weberiana, respecto del tipo-ideal, el trabajo de investigación ha establecido una percepción unilateral, con varios puntos de vista, desde una abstracción que nace del reconocimiento empírico de la irregularidad migratoria. La observación de los procesos de irregularidad estructural en España, se encuentra presente, en mayor o menor medida, en el marco conceptual de las migraciones que fijan el tránsito o la residencia temporal, o de larga duración en nuestro país. De modo que la confirmación empírica de la relación causal de la irregularidad migratoria en España, proviene de la distinción de las observaciones y del análisis jurídico, que se van a analizar en la investigación, sobre el Arraigo y sus formas arraigulares, por un lado, como variable que condiciona a la irregularidad migratoria y, por contrario, la irregularidad migratoria que condiciona al Arraigo y sus tipos. En la síntesis explicativa, la formulación de variables dependientes e independientes, entendiendo por tales, las que influyen sobre la que recibe la influencia. Si desde las hipótesis que hemos formulado, la dependencia es de tipo causal, será la causa la irregularidad migratoria y el efecto la configuración jurídica del Arraigo. Pero será la aspiración a demostrar esa dependencia, la que nos ha animado a llevar a cabo este Proyecto. Para reforzar esta hipótesis de la irregularidad migratoria que pervive sobre canales fraudulentos o amparados en la fuerza de la ley, habrá que partir del análisis de los hechos y de los fundamentos legales que lo sostienen y materializan, tratando de posicionarnos en el mundo de los conceptos y de las reflexiones teóricas que sostenemos, migrando al mundo de la experiencia, trasluciendo la teoría a la experiencia. 2.1. El Proceso de Normalización de 2005. En este proceso, posiblemente más realista que los anteriores, pero insuficiente por las consecuencias que se dieron, ya se vislumbraba que la inmigración irregular no podía ser contrarrestada a través de estrictos controles fronterizos, ni tampoco mediante la aplicación de medidas de identificación de orden público, o de simples criterios formalistas para poder reunir los requisitos legales que se traducirían en una residencia legal. España se vio reflejada en una escasa capacidad para controlar los flujos económicos, de tal manera, que nada más empezar el Proceso Extraordinario que analizamos, el resultado parecía prevenir que debía reiniciarse de nuevo, a modo de bucle, entre la irregularidad estructural y la sobrevenida, dejando entre medias, el margen que otorgó la residencia temporal por esa vía. El proceso posterior, plasmado en la regulación permanente de la inmigración extranjera irregular, previsiblemente, con matices, parece derivar en resultados mejores, pero insuficientes. En resumen, el denominado Proceso Extraordinario de Normalización llevado a cabo entre Marzo y Diciembre de 2005, tuvo que afrontar un reto en la grabación y formalización de las solicitudes –que se aceptaban entre el 7 de marzo y el 7 de mayo de 2005-; un rompecabezas en la comprobación de la documentación aportada, que tenía relevancia respecto de la acreditación de una fecha determinada; la promesa de trabajo manifestada en ofertas o contratos de trabajo y en otros requisitos formales que vamos a analizar en la parte jurídica. El Proceso de Normalización cumple con el tipo experimental, adaptado a los cánones jurídicos de los procesos anteriores, pero modificado con matices integradores. Durante la instrucción del proceso, hubo personas que podían reunir los requisitos para poder contar, igualmente, con la residencia temporal por arraigo, pero los elementos circunstanciales de cumplimiento con la normativa, se alejaron en tanto en cuanto, no se pudiera conseguir la formalización de un contrato de trabajo. La observación simultánea objetivable, declinó en el problema de la permanencia irregular causal, motivada por la imposibilidad de acceso a la formalidad de la Ley, dilatando las expectativas. Esta situación de hecho, se agrupa en la persistencia del fenómeno estructural. 3.2. El Arraigo Laboral. El arraigo laboral arrastra la impotencia de la incomprensión del que entra en nuestro país y necesita subsistir en él y rescata su dignidad amparándose en el que perpetra el ilícito de facilitarle un empleo fuera de la ley. Para la ley, aunque en diferentes planos de responsabilidad administrativa o penal, ambas partes han sido conscientes de esa transgresión de la norma, pero en la práctica se presenta como un sacrificio necesario para obtener el preciado reconocimiento legal de una permanencia regulada, sometida al imperio de la ley. Aunque la categorización nos imbuye en una realidad testimonial, que reconoce a unos como villanos, a los otros –los inmigrantes- son reconocidos como víctimas. Estos son los hechos. Ahora bien, en el transcurso del estudio, hemos podido aproximarnos a fundamentar que la escasez de solicitudes de arraigo laboral, también trae consecuencia en la elección del tipo de arraigo, prevaleciendo el arraigo social, respecto del arraigo laboral, por los siguientes motivos: 1. En el arraigo laboral, el empresario infractor puede ser sancionado El trabajador puede ser sancionado por encontrarse trabajando en nuestro país, sin haber obtenido autorización de trabajo, cuando no cuente con autorización de residencia válida. El componente principal del arraigo estriba en justificar una relación laboral ilegal, durante un mínimo de seis meses. 2. En el arraigo social, la relación laboral que se plantea entre el empresario y el trabajador inmigrante extranjero es futura y no se relaciona con los trabajos realizados en el pasado. No existen infracciones y el trabajador inmigrante extranjero, es el sujeto legitimado y responsable de aportar la documentación. La cuestión se centra, en esperar un año más para solicitar arraigo social –tres años en vez de dos-, pues en la elección del social, el empresario no es responsable ante la Administración, si ésta deniega las solicitudes de arraigo social, a no ser que medie fraude de ley o indicios de falsedad en el contrato de trabajo o se trate de una simulación laboral. La promesa de trabajo decente se construye a través del propio empresario, a no ser que el trabajador denuncie una actividad laboral anterior a la solicitud de arraigo o que la Administración pueda constatar por los órganos inspectores, la existencia de esa relación de trabajo por cuenta ajena. Esta demostración permite despejar la duda y centra el esfuerzo del no derecho que se hace derecho, en el arraigo social. 3.3. El Arraigo Social. El arraigo social es el vórtice de las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales y, como no decirlo, el más dinamizador por la repercusión en cuanto a la gestión completa de los procesos se refiere. La confluencia de la irregularidad estructural o sobrevenida desemboca en esta figura de arraigo. Así, por antonomasia, se construyen soluciones legales no solo a quiénes realmente son “capaces” de reunir los requisitos para su otorgamiento –para conseguir una autorización de permanencia legal por esta vía-, sino que desgraciadamente su uso ha recibido un perturbador número de solicitudes que no guardan relación con una auténtica integración –perspectiva estática-, sino que se fabrican soluciones a la carta, creando empresas ficticias; contrataciones irregulares o ilegales; informes de arraigo sin acreditar ese concepto e incluso falsificando documentación o, más grave aún, incluso la identidad misma. Los hechos migratorios evidencian análisis multidisciplinares que canalicen respuestas plausibles, que traten de equilibrar realidad social y cronológica, con la realidad de la regulación y en esa palmaria visión la ciencia se responsabiliza y trata de interpretar, colegir y responder a las variables migratorias que se van a contextualizar y mutar en función de las soluciones que se aporten en el momento dado. La regulación siempre quedará en entredicho por múltiples razones y una de las principales podría estar en la puesta en común –en la metodología principalmente- para alcanzar una regulación consensuada. Es donde partimos en relación al arraigo social. El arraigo social representa el 92% de las solicitudes totales de Arraigo en el período 2006-2014. Es decir, que de los datos absolutos registrados por la Administración en ese lapso de tiempo, de las 747.685 solicitudes, más de 687.000 han sido de arraigo social, lo que implica el peso estadístico mayoritario respecto de los tres tipos de arraigo. La permanencia en la situación irregular es contradictoria, en principio, porque se aleja de la ordenación jurídica, conculcando determinados derechos que se limitan a su acceso, mientras que incluso en esa situación de presencia ausente, también posee en nuestra sociedad, unos derechos inalienables, que no pueden ser legítimamente negados a cualquier persona y que nuestra Constitución recoge en el elenco de Derechos Fundamentales de la Sección Primera del Título I. Pero ¿Qué ocurre cuando esas condiciones legalmente fijadas para modificar la situación de la permanencia irregular en residencia temporal, son utilizadas en fraude de ley, al amparo de la norma que regula el arraigo social? Y en ese devenir temporal, la Ley crea estructuras migratorias diferenciadas en procesos legales de regulación migratoria. Concretamente, esas estructuras se asientan sobre los siguientes hechos jurídico-sociales: - La norma que desarrolla a la Ley, obliga a la permanencia irregular mínima de tres años, que se acentúa temporalmente por los factores endógenos que incluye como requisitos de acceso a la permanencia legal. En la práctica, los factores exógenos como aquéllos favorecedores de la inmigración clandestina, se sentirán atraídos por la construcción del precepto de arraigo social. - Los factores endógenos de la regulación del arraigo social, una vez cumplido el primer objetivo de la permanencia irregular sometida a término, promueve mecanismos implementadores de la integración legal, como el empadronamiento, que tiene su proceso temporal y su proceso social –además del legalmente establecido-; como el proceso de reconocimiento social que se sienta sobre la figura del contrato de trabajo, como elemento subjetivo, disforme, obligatorio y sometido, principalmente, al imperio de la forma legal, lejano pues, en gran medida, de la cuestión material de las relaciones sinalagmáticas. Y por último, la integración legal se tiene que sostener sobre la figura del informe de inserción social, mecanismo necesario, obligatorio y observador de cada particularidad migratoria irregular, además de descriptor de los condicionantes mínimos y estáticos de la integración formal, posiblemente muy lejos de la co-inclusión social, que habrá transcurrido en numerosas ocasiones, con anterioridad a esa manifestación integradora, plasmada expresamente. - Estos hechos diferenciales del arraigo social en particular, establecen variables de estímulo y respuesta, donde el tratamiento de la irregularidad migratoria en España –que se corresponde con la variable causal- produce una reacción al estímulo legal –propia de las variables que producen el efecto-, estableciendo una covariación entre esas dos variables –regulación normativa del arraigo- e inmigración irregular susceptible de arraigo. Con ello, se construyen puentes que favorecen la inmigración clandestina, que se sostienen sobre pilares de la inducción, promoción, favorecimiento y facilitación de la inmigración clandestina. El arraigo, en gran medida, se ha constituido en una meta de favorecimiento de la irregularidad estructural. Entendemos que debemos cuestionarnos el mecanismo de retroalimentación que se infiere con la irregularidad estructural, como causa del arraigo social y la irregularidad sobrevenida, como consecuencia de la pérdida del arraigo social. La regulación establece un bucle por el que circula la irregularidad migratoria, desde una u otra posibilidad y, por otro lado, la crisis acentúa la espera para poder reunir los requisitos vigentes para poder solicitar el arraigo social. Existen personas que, actualmente, llegan a tardar unos diez años desde que entraron en España por primera vez, permaneciendo en situación administrativa irregular, pues no han conseguido una contratación laboral seria, que le otorgue el estatus de migrante legal en España. En esta resonancia social, la co-inclusión resulta un hecho, pero la integración social institucional, no se consuma para alcanzar el objetivo de la regulación deseada. Las migraciones de tránsito se transforman en trasuntos donde la realidad social, más pronta en la percepción, sigue lejos de la realidad legal. Seguimos intentando compaginar los tiempos sociales a los tiempos jurídicos. 3.3.- El Arraigo Familiar. En el arraigo familiar parece que prevalece la necesidad de ser distintos del resto de la masa de datos que compone el grupo del arraigo en general, pues para ser diferente al arraigo laboral y al arraigo social, la característica que impregna el legislador se presiona sobre el entorno familiar. Hijos de padre o madre originariamente españoles o cuando se trate de padre o madre de un menor de nacionalidad española. Y en el viaje del autodescubrimiento de esta figura, con entorno derivado de los derechos de familia –con la connotación de la inmigración extranjera-, se realizan evidentes procesos que permiten obtener la tan ansiada autorización legal de residencia temporal. Al igual que en los otros dos tipos de arraigo, es la temporalidad el elemento común, pero no los demás, pues ser diferentes para encajar con desesperación soluciones a un contexto socio-legal migratorio basado en la escasez de remedios, produce para exasperación del investigador, que el reconocimiento de un subepígrafe discurre a través de una aporía que se contradice de forma insoluble con la sociedad de acogida. Qué duda cabe que la finalidad de esta figura es tratar de encajar las piezas individuales de un puzle migratorio, donde han quedado fuera del otorgamiento de la ciudadanía a través de la nacionalidad española y, por ende, constituirse en la cualidad basada en la singularidad de los que no pueden –de momento- acceder a ser español o incluso a recuperar la nacionalidad supuestamente perdida. Y es que la interpretación legislativa a través de los contextos en los que se establecen, se sientan sobre los usos sociales del momento. El tratamiento afectivo-valorativo de esta figura, supuestamente familiar, no pretende sino mitigar las contradicciones de la política migratoria con elementos heterónomos tratando de aportar cierta armonía a la descomposición del marco legal español. Y a esta sustracción entre excepcionalidad, ausencia de justificación de acceso al mercado laboral, unido a la caracterización por la identidad familiar, se enfrenta a la transgresión de la identidad de procedencia, que se difumina con la identidad nacional. O lo que es lo mismo, que la nacionalidad de procedencia queda al margen de la transgresión de la norma, en tanto en cuanto, que lo fundamental es justificar un vínculo jurídico con el país de origen –España-. Así pues, se identifican dos escalas extremas en la regulación de los flujos migratorios, bajo el amparo del arraigo familiar: la imposibilidad temporal de acceso a la reagrupación familiar, utilizando esa concreta vía y la necesidad de contar con la incertidumbre documental que justifica contextualmente, el concepto de nacionalidad española de origen, donde la recomposición de las experiencias vitales de los nuevos migrantes en un complejo entramado de escalas imbricadas no se compadece, en efecto, con este planteamiento dicotómico (Barañano, 2005: 446), que se torna fluido e inestable multidireccional. Esta ausencia de fiabilidad está marcada por la plasmación de un concepto jurídico indeterminado, flexible y maleable, favorecedor de la irregularidad migratoria, catalizando de manera multifuncional el fraude en la regulación y sosteniendo una ruta migratoria que se aprovecha por individuos y grupos organizados, creando un vínculo direccional perfectamente identificado con la figura del arraigo familiar. Por consiguiente, como presupuesto de hecho para poder acceder a este tipo de solicitudes de arraigo familiar, no se requiere un período mínimo de permanencia en nuestro país; no se requiere acreditar si cuentan o no con contrato de trabajo; no se requiere justificar con un informe de inserción social, que tienen perspectivas de integración en una determinada localidad. Desde la perspectiva de la irregularidad estructural, es como dar por hecho que transgredir las normas de entrada, permanencia o salida voluntaria u obligatoria de España, para el caso que nos ocupa –y también para el resto de autorizaciones de arraigo- conlleva la posibilidad de obtener permanencia legal ilimitada. Un bucle retroalimentador favorecedor de la inmigración clandestina. Esta dificultad no afecta a la Administración encargada de realizar los actos de admisión, instrucción y terminación de las solicitudes, sino también de los Tribunales, constituyendo una de las principales premisas que determinan la indeterminación jurídica, basada en la consistencia probatoria, sino también en los razonamientos jurídicos, quizás más proclives a plasmar en la ratio decidendi conjeturas, que otros Tribunales lo invertirán con refutaciones. El orden de los factores a la hora de nombrar a los países implicados, no altera el producto de su fracaso. El eco de la españolidad de origen, suena a una solución de trastienda, como si España tuviera la obligación de aceptar como nacionales a todos los habitantes de ese territorio. Todos los habitantes que deseen ejercer ese derecho. Pero el Derecho regula la nacionalidad de origen de los españoles y es donde habrá que estar a la hora de discernir a las personas que potencialmente pueden acogerse a ese privilegio. Toda posible tendencia a buscar soluciones, trata de naufragar dadas las contradicciones que se ciñen en la forma de interpretar los hechos y sus regulaciones, que se sostienen sobre recelos y la indeterminación política de las partes implicadas. Con ello, a la ausencia de respuesta del proceso de autodeterminación del territorio que en su día se denominó Sahara español, es la españolidad –la nacionalidad española originaria- el plus que conlleva un segmento de la población, atraída por la posibilidad de obtener residencia en España e incluso alcanzar la nacionalidad española. 3.- CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. Toda esa distorsión legislativa, entendemos que se centra en los sesgos que promueven la irregularidad estructural: - Una deficiente regulación del arraigo, que, ante la falta de concreción discurre sobre una legislación confusa, oscura e incompleta, lo que, en palabras del Tribunal Constitucional: “En este orden de exigencias no cabe subestimar la importancia que para la certeza del Derecho y la seguridad jurídica tiene el empleo de una depurada técnica jurídica en el proceso de elaboración de las normas”, que podemos hacer extensiva a la normativa sobre la Inmigración Extranjera, la carencia de una depurada técnica jurídica puede socavar “la certeza del Derecho y la confianza de los ciudadanos…puede terminar por empañar el valor de la justicia”. Aunque el Alto Tribunal interpreta el Principio de Seguridad Jurídica y en esa ciencia jurídica se posiciona en clarificar que “Sólo si, en el contexto ordinamental en que se inserta y teniendo en cuenta las reglas de interpretación admisibles en Derecho, el contenido o las omisiones de un texto normativo produjeran confusión o dudas que generaran en sus destinatarios una incertidumbre razonablemente insuperable acerca de la conducta exigible para su cumplimiento o sobre la previsibilidad de sus efectos, podría concluirse que la norma en cuestión infringe el principio de seguridad jurídica” . El Arraigo es la piedra angular de procesos de convivencia en la permanencia irregular: a) La reagrupación familiar fallida, dejando al albur de la regulación arraigular, los medios económicos, la vivienda digna y la protección de los menores. Entendemos que no puede situarse en el mismo plano la reagrupación familiar considerada con los requisitos que conlleva, que el hecho de que el arraigo pretenda suplir esos condicionantes de la vida en familia, por la justificación de la permanencia irregular y los vínculos familiares. Con esa medida, se han reagrupado familias enteras –que han superado 7 hijos o más-, simplemente porque los padres accedieron al arraigo, contando con medios económicos en su país, pero quedando al margen de los requisitos necesarios. La consecuencia: la cobertura diferencial de los medios de subsistencia de la familia, con ayudas sociales. b) Del trabajo informal y de la economía sumergida. Constituyen los baluartes de la inmigración clandestina en la totalidad de los países acogedores. El inmigrante extranjero es consciente de que primero hay que subsistir en empleos o en no-empleos; en trabajo, sin remuneración; en horas de tareas interminables y en actividades penosas, peligrosas e insalubres. ¿Cómo se puede obtener una promesa de trabajo (contrato de trabajo sometido a condición suspensiva), con un paro registrado de semejante envergadura en España? O suprimimos ese requisito o la práctica de la investigación nos ha desvelado un hecho preocupante: el contrato de Arraigo, en realidad es una relación laboral fallida; el contrato de Arraigo en gran parte, contribuye a generar pérdidas y ganancias económicas y sociales, dependiendo del lado del empleador o empresario, del captador y todo, a costa del trabajador inmigrante extranjero. ¿Es ese el canon que hay que sostener para obtener una residencia temporal? c) De fuente de circulación de documentos de dudosa legalidad; sin garantías en muchas ocasiones; de especialistas en falsificación de documentos. Se mejora constantemente la calidad de los documentos falsos y producen un tráfico jurídico ilegal, que se mezcla fácilmente con el resto de documentación auténtica. Además, resulta de suma facilidad legalizar documentos falsificados. d) De entradas irregulares, con títulos de viaje y pasaportes, provistos de visado de estancia; visados uniformes o de validez territorial limitada, cuyos titulares han simulado una permanencia legal con obligación de retorno a sus países de origen o de residencia. En la práctica, resulta una forma de acceso a los canales de tráfico de personas y de favorecimiento de la inmigración clandestina. Detrás, en la trastienda, quedan las víctimas de trata, que cuentan con una protección integral encomiable, con un gran despliegue de medios materiales y personales. Pero la dificultad estriba en que las víctimas denuncien esa condición de explotación o, en su caso, que las autoridades puedan demostrar esa lacra social. Se deberían detectar los visados que han caducado y que los autorizados a la permanencia en régimen de estancia temporal de corta duración, estén obligados a comunicar su regreso. e) La permanencia irregular comporta la apertura de un procedimiento sancionador y que pueda decretarse la expulsión del territorio nacional. El proceso no es automático y requiere de las máximas garantías jurídico-administrativas. La concurrencia de la solicitud de arraigo, si se reúnen los requisitos establecidos, puede conllevar dejar sin efecto la expulsión, aunque sea firme. En la práctica, la ejecución de la expulsión también puede ser dirimida por la Jurisdicción Contenciosa. f) El Arraigo ha superado las expectativas de la inmigración gestionada a través de la contratación en origen y, en mayor medida, de la contratación en origen, pero individual. Apenas existen contrataciones en origen por parte de los empresarios españoles; apenas los empleadores y empresarios españoles o extranjeros, solicitan contratar a trabajadores inmigrantes extranjeros que se encuentran en sus países de origen. En la contratación reglada y formalizada, prima la formación ocupacional y la selección que llevan a cabo las Consejerías Laborales adscritas a nuestras Embajadas. Es más fácil y menos costoso aprestarse a realizar contratos de trabajo a trabajadores inmigrantes extranjeros, que se encuentran en España en situación irregular. Nos queda la esperanza de la inversión a través de emprendedores. Pero esa es otra investigación que habría que realizar. ¿Debería suprimirse el Arraigo en la regulación de las migraciones asentadas irregularmente en España? O quizás sería más aconsejable una reforma en la regulación del mismo. Pero las reformas de la Ley, resultan parches de las vías migratorias, que discurren por los hechos; se adaptan al Derecho y el no derecho que se hace derecho, seguirá constituyendo una perspectiva para solucionar la irregularidad estructural, pero una quimera en la realidad. Para finalizar, la investigación arroja unos resultados preocupantes. La regulación jurídico-administrativa del Arraigo a lo largo del tiempo se ha convertido, en un proceso ordinario que mantiene un efecto retroalimentador de la irregularidad en la permanencia, con clara finalidad de eludir, en lo posible, los procedimientos sancionadores por la comisión de determinadas infracciones graves. Una vez que se produce la entrada, la permanencia irregular contrarresta los mecanismos de la ley para luchar contra la inmigración clandestina, creando los instrumentos necesarios para cumplir con los requisitos formales. Una vez conseguida la residencia temporal por arraigo, será la irregularidad sobrevenida la que se haga cargo de las personas que no puedan llevar la secuencia normal de las autorizaciones de residencia temporal, hacia la residencia permanente. En su caso, la pérdida de la residencia permanente, por los requisitos legales establecidos, también conlleva el agrupamiento en la irregularidad sobrevenida. El proceso se retroalimenta, pasando a su vez, por la reunión de los requisitos necesarios para solicitar de nuevo la residencia temporal por Arraigo. Y se vuelve a comenzar el proceso. Con estos planteamientos, nos debemos a reflexionar y debatir sobre esta particular regulación que nos plantean las incógnitas que hemos intentado constatar. Con las regularizaciones permanentes, su regulación promueve incorporaciones en la economía informal. No se puede vivir en España un mínimo de dos años para poder solicitar Arraigo Laboral y un mínimo de tres para poder solicitar Arraigo Social, sin trabajar de manera informal. Esto es un hecho. Desde esta perspectiva, parte de los nacionales de países limítrofes, principalmente de Marruecos, Mauritania y Senegal, suelen residir en sus países de origen o en países europeos de habla francófona –Francia o Bélgica, principalmente-, en aquellos períodos donde no encuentran trabajo en España. Es decir, que la regularización permanente ha planteado otras formas de desplazamientos internos –entre Comunidades Autónomas- y externos, entre países limítrofes. Se trata, en definitiva, de una práctica común cuando ya se accede a la residencia temporal, bien inicial por un año; en renovaciones de la misma, cada dos años, hasta alcanzar con cinco años continuados la residencia de larga duración. Y por supuesto, la práctica de residir fuera de España, marca otra tendencia ascendiente en estos últimos años, en la residencia de larga duración. Así pues, el tránsito de personas con autorización de residencia legal, es un hecho consustancial de las migraciones económicas actuales. En la inmigración irregular, los factores de inducir, promover y facilitar el tránsito y la permanencia de personas no nacionales, se ciñen a los instrumentos de la regulación, representados en la Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento de desarrollo, como figuras típicas de los cauces y procesos administrativos de la permanencia legal. El tema principal, como en toda transformación de la teoría a la práctica, se centra en identificar esos canales fraudulentos y tratar de contrarrestar sus efectos. Por la igualdad y la convivencia entre pueblos y culturas. Tenemos la obligación de hacer un mundo más acogedor, pues lo contrario es el presente.0Doctoral Thesis12762<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Cerezo Mariscal, José Manuel" href="/fez/list/author/Cerezo Mariscal, José Manuel/">Cerezo Mariscal, José Manuel</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Praxis de la inmigración irregular en la España del siglo XXI. Metodología de las migraciones irregulares y su afloramiento hacia la permanencia legal. Un estudio desde las perspectivas sociológica y jurídica" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jmcerezo">Praxis de la inmigración irregular en la España del siglo XXI. Metodología de las migraciones irregulares y su afloramiento hacia la permanencia legal. Un estudio desde las perspectivas sociológica y jurídica</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias SocialesCerezo Mariscal, José ManuelGoig Martínez, Juan ManuelMorente Mejías, Felipetesisuned:Derecho-Jmcerezohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JmcerezospaCEREZO_MARISCAL_JoseManuel_Tesis.pdfpresmd_CEREZO_MARISCAL_JoseManuel_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairetesisuned:ED_Pg_DeryCSocTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Derecho y Ciencias Sociales (UNED)https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsCerezo MariscalAcceso abierto0.22115126232223223110333874432224623229546232295