025false100true score desc 2gaptrue5mapcontentxmltrue50object_type_i,object_type_i_lookup,coverage_period_mt,geographic_area_mt,geographic_coordinates_mt,author_role_mt,contributor_role_mt,org_id_mt,org_role_mt,supervisor_mt,supervisor_id_mi,supervisor_id_mi_lookup,fields_of_research_mi,fields_of_research_mi_lookup,display_type_i,display_type_i_lookup,seo_code_mi,seo_code_mi_lookup,copyright_i,license_i,license_i_lookup,oa_compliance_t,oa_notes_t,grant_id_t,funding_body_t,description_of_resource_t,software_required_t,project_description_t,keywords_mt,project_name_t,project_id_t,isdatasetof_mt,isdatasetof_mt_lookup,notes_t,date_dt,xsd_display_option_mi,xsd_display_option_mi_lookup,file_downloads_i,created_date_dt,updated_date_dt,research_program_mt,title_t,depositor_i,isderivationof_mt,assigned_user_id_mt,assigned_group_id_mi,assigned_group_id_mi_lookup,isdatacomponentof_mt,isannotationof_mt,author_id_mi,author_id_mi_lookup,alternative_title_mt,pid_t,publisher_t,author_mt,contributor_mt,contributor_id_mi,contributor_id_mi_lookup,refereed_i,series_t,journal_name_t,newspaper_t,conference_name_t,book_title_t,identifier_mt,edition_t,subject_mi,subject_mi_lookup,place_of_publication_t,start_page_t,end_page_t,chapter_number_t,issue_number_t,volume_number_t,conference_dates_t,conference_location_t,patent_number_t,country_of_issue_t,description_t,date_available_dt,language_mt,phonetic_title_t,language_of_title_mt,translated_title_t,phonetic_journal_name_t,translated_journal_name_t,phonetic_book_title_t,translated_book_title_t,phonetic_newspaper_t,file_attachment_name_mt,translated_newspaper_t,phonetic_conference_name_t,translated_conference_name_t,issn_mt,isbn_mt,isi_loc_t,prn_t,output_availability_t,na_explanation_t,sensitivity_explanation_t,file_attachment_content_mt,org_unit_name_t,org_name_t,report_number_t,sequence_i,genre_t,genre_type_t,formatted_title_t,formatted_abstract_t,parent_publication_t,convener_t,ismemberof_mt,ismemberof_mt_lookup,link_mt,link_description_mt,rights_t,views_i,scopus_id_t,thomson_citation_count_i,gs_citation_count_i,gs_cited_by_link_t,scopus_citation_count_i,status_i,status_i_lookup,first_author_in_document_derived_t,first_author_in_fez_derived_t,ands_collection_type_t,start_date_dt,end_date_dt,access_conditions_t,extent_t,contact_details_email_mt,contact_details_physical_mt,loc_subject_heading_mt,depositor_affiliation_i,surrounding_features_mt,condition_mt,style_mt,period_mt,category_mt,subcategory_mt,structural_systems_mt,adt_id_t,subtype_t,language_of_parent_title_t,proceedings_title_t,file_description_mt,herdc_code_i,herdc_code_i_lookup,herdc_status_i,herdc_status_i_lookup,institutional_status_i,institutional_status_i_lookup,herdc_notes_t,follow_up_flags_i,follow_up_flags_i_lookup,follow_up_flags_imu_i,follow_up_flags_imu_i_lookup,scopus_doc_type_t,scopus_doc_type_t_lookup,wok_doc_type_t,wok_doc_type_t_lookup,conference_id_i,total_chapters_t,publisher_id_i,translated_proceedings_title_t,native_script_title_t,roman_script_title_t,native_script_book_title_t,roman_script_book_title_t,native_script_journal_name_t,roman_script_journal_name_t,native_script_conference_name_t,roman_script_conference_name_t,total_pages_t,native_script_proceedings_title_t,roman_script_proceedings_title_t,language_of_book_title_mt,language_of_journal_name_mt,language_of_proceedings_title_mt,doi_t,author_count_t,collection_year_dt,location_mt,building_materials_mt,architectural_features_mt,interior_features_mt,sherpa_colour_t,ain_detail_t,rj_2010_rank_t,rj_2010_title_t,rj_2012_rank_t,rj_2012_title_t,rc_2010_rank_t,rc_2010_title_t,herdc_code_description_t,score,citation_t1true60 (derecho de los ciudadanos AND display_type_i:417 AND status_i:(2)) 6display_type_idisplay_type_i_lookup_exactkeywords_mftdate_year_tauthor_id_miauthor_id_mi_lookup_exactauthor_mftjournal_name_t_ftsubject_misubject_mi_lookup_exactgenre_type_t_ftismemberof_mftismemberof_mt_lookup_exactsubtype_t_ftscopus_doc_type_t_ftscopus_doc_type_t_lookup_exact(_authlister_t:(1)) AND (status_i:(2)) 34172016-01-22T00:00:00Z23012016-11-29T20:44:53Z2019-03-18T21:29:52ZLos derechos políticos en el derecho internacional de los derechos humanos. Caso de estudio Venezuela en el periodo comprendido desde 1999-2015tesisuned:Derecho-CmherreraLos derechos humanos son el resultado de la evolución conceptual sobre libertades y derechos que han determinado el debate político de las naciones, para establecer pactos entre las autoridades y los ciudadanos, donde se garantice el reconocimiento mutuo y el respeto recíproco de las potestades y derechos que cada uno posee. El derecho de libre determinación de los ciudadanos para establecer su condición política y de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o a través de sus representantes es universal e inviolable. La participación política directa e indirecta conforma un grupo de derechos asistido por los mecanismos de participación en la Constitución venezolana. La investigación consiste en un enfoque filosófico, jurídico, político y empírico, tiene como objetivo el análisis de los Derechos Políticos como Derechos Humanos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos teniendo como caso de estudio la República Bolivariana de Venezuela durante el período comprendido de 1999 hasta 2015. La investigación asume como referencia los derechos políticos consagrados en el contexto internacional, interamericano y Constitucional venezolano. El tema es importante debido al desenvolvimiento del Estado venezolano con respecto a estos, al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y su doctrina y el impacto de los derechos políticos en la sociedad civil. Esta es una investigación documental, de carácter descriptivo. Entre las conclusiones se inscriben: Los derechos políticos los constituyen el conjunto de cualidades que posee cada ciudadano en el desenvolvimiento de las actividades políticas, participando libremente en la gestión de los asuntos públicos, ejerciendo la soberanía política en el sistema de gobierno democrático. Los derechos políticos consagrados en el Derecho Internacional están fundamentados en los principios y valores de las libertades individuales y colectivas de la sociedad civil, conforman el conjunto de compromisos internacionales del Estado venezolano basados en el principio pacta sunt servanda, al ius cogens y al carácter erga omnes, de allí que el incumplimiento de dichos compromisos generan responsabilidad internacional. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -1966-, tiene carácter vinculante para Venezuela. La Constitución venezolana establece nuevos mecanismos de participación directa en las políticas públicas y gestión pública. El derecho de participación en los asuntos públicos no está limitado a la elección de representantes que ocupan cargos en el Poder Público. El catálogo de derechos establecidos en la Constitución venezolana reconoce que los tratados internacionales suscritos ante los distintos organismos internacionales, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el derecho interno. El Poder Ejecutivo venezolano amparados en la Constitución y en las leyes del "poder popular" las cuales proponen a la sociedad civil, un modelo político único, limitando los derechos de participación a todos los ciudadanos venezolanos, al someter a los ciudadanos a los rigores de un Estado que mediante el grupo de leyes del "poder popular" orientadas a un "Estado comunal socialista". Las recomendaciones por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos políticos y civiles de Venezuela con la finalidad de generar optimas condiciones en el ejercicio de los derechos políticos a los ciudadanos y por otra parte, el Comité de Derechos Civiles y Políticos, las respectivas observaciones y recomendaciones a la República Bolivariana de Venezuela, medidas que debe adoptar el Estado venezolano, tienen escasas consecuencias positivas debido a la posición gubernamental de justificar cada una de las acciones del Estado denunciadas por los ciudadanos, y la consecuente justificación del Estado ante las acciones y medidas adoptadas con relación a los derechos políticos ante los organismos internacionales.0Doctoral Thesis11552<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Herrera Herrada, Carol Monserrat" href="/fez/list/author/Herrera Herrada, Carol Monserrat/">Herrera Herrada, Carol Monserrat</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Los derechos políticos en el derecho internacional de los derechos humanos. Caso de estudio Venezuela en el periodo comprendido desde 1999-2015" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Cmherrera">Los derechos políticos en el derecho internacional de los derechos humanos. Caso de estudio Venezuela en el periodo comprendido desde 1999-2015</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional Público</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional PúblicoHerrera Herrada, Carol MonserratTrillo de Martín-Pinillos, Eduardo (Director)Castro-Rial Garrone, Fanny (Codirectora)tesisuned:Derecho-Cmherrerahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-CmherreraspaHERRERA_HERRADA_CarolMonserrat_Tesis.pdfpresmd_HERRERA_HERRADA_CarolMonserrat_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairebibliuned:DptoDIP-FDER-TesisTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireDepartamento de Derecho Internacional Público (UNED). Tesishttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsHerrera HerradaAcceso abierto2.273760834172021-01-01T00:00:00Z1632021-07-07T21:40:54Z2021-07-07T21:40:54ZLa conciencia crítica del Estado al servicio de los ciudadanos: el Defensor del Pueblotesisuned:ED-Pg-UniEuro-Lhernandez0Doctoral Thesis2512<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Hernández Márquez, Lorenzo" href="/fez/list/author/Hernández Márquez, Lorenzo/">Hernández Márquez, Lorenzo</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La conciencia crítica del Estado al servicio de los ciudadanos: el Defensor del Pueblo" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-Lhernandez">La conciencia crítica del Estado al servicio de los ciudadanos: el Defensor del Pueblo</a></i></b> . <span class="citation_date">2021</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaHernández Márquez, LorenzoGonzález de la Garza, Luis MiguelTorres del Moral, Antoniotesisuned:ED-Pg-UniEuro-Lhernandezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-LhernandezspaHERNANDEZ_MARQUEZ_Lorenzo_Tesis.pdfpresmd_HERNANDEZ_MARQUEZ_Lorenzo_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_UniEurobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsHernández MárquezAcceso abierto2.208931434172014-06-26T00:00:00Z27882014-11-21T20:38:10ZLa participación ciudadana en la República de Colombia : el Cabildo Abiertotesisuned:Derecho-AmalvaradoEl tema de esta Tesis sobre participación ciudadana en la República de Colombia, concretamente el mecanismo de .participación el Cabildo Abierto, reconocido en la Constitución Política de Colombia de •1991 la cual tiene un gran sentido democrático, y posteriormente desarrollado en la Ley 134 de 1994reguhÍdora de los mecanismos de participación, (arts.9, 81 y siguientes) se basa en la unión y participación de un grupo de. ciudadanos que de manera
organizada Soliciten la realización de un Cabildo Abierto a uno de los diferentes entes territoriales con esta competencia , los concejos municipales o distritales o las juntas administradoras locales, los cuales dentro de su periodo deben realizar al menos dos sesiones a esta petición de Cabildo Abierto que hacen los ciudadanos, para sean escuchadas sus inquietudes y problemas que son de interés para la comunidad que lo solicita y puedan ser-debatidas.
La Constitución Política de Colombia de 1991, dio un paso más para la participación de los ciudadanos en la vida política; esta se dio por hi necesidad del pueblo, permitiendo un acercamiento entre ciudadanos:-Estado,- ya que les proporciona mecanismos con los cuales poder optar a una mayor participación, y poder intervenir en las decisiones que los afecten, para la resolución de- conflictos entre Estado y sociedad, en las decisiones políticas del país,
combatiendo así el poco sentido de pertenencia de los ciudadanos y por lo tanto profundizando en, el proceso democrático en Colombia,•- los constituyentes hicieron de la participación un punto primordial, que debía ser avalado-_ por el Estado~ por lo tanto se creó la Ley 134,de 1994 "Ley de participación ciudadana" reguladora de estos mecanismos
Esta figura de Cabildo a lo largo de la historia se ha ido, transformando, inicialmente fue una institución de representación, que dio paso al origen de las
revueltas que culminaron en la independencia;' sobresaliendo la unión del pueblo, que fue lo que a la postre produjo (la unión por intereses comunes) que se
diera el Cabildo Abierto, por lo tanto siempre ha tenido caracteres democráticos (hoy en día la unión de parte de los ciudadanos es uno de los requisitos para
poder realizar un Cabildo Abierto)
Con esta investigación dividida en cuatro capítulos, el primero dedicado a la parte histórica, comenzando por el origen del Cabildo; la gestación de este en España y posteriormente en América, el segundo capítulo trata sobre la Democracia Participativa, exponiendo unos apartes sobre el origen de la misma, para
luego entrar a hablar de esta en Colombia, su concepto y sus características.,- el tercer capítulo lo dedicamos al Cabildo Abierto, hablamos de su
transformación de institución a mecanismo de. participación, damos su concepto actual, luego definimos, y especificamos sus. fundamentos tanto
democráticos, como jurídicos, en el cuarto y último capítulo' entramos al análisis de las actas de ios Cabildos Abiertos realizados por el Concejo de Bogotá en
el periodo de estudio, primero las nombramos por número de actas,• especificamos, el tema, el sector y los promotores de la mismas, luego pasamos a revisar
los requisitos exigidos para llevar a cabo un Cabildo Abierto, contenidos en la Ley' 134 de 1994 y a la par exponiendo diferentes apartes de las actas en las
cuales vemos la realidad •de un Cabildo .Abierto, los pros y los contras con los que se encuentran los ciudadanos a la hora de querer iniciarlo. y en el desarrollo
del mismo. Este capítulo nos suscita interrogantes a la hora de examinar la ley, nos surgen propuestas de mejora para este valioso mecanismo.
Después de destacar la importancia que le dio la actual Constitución Colombiana a la participación ciudadana y examinar a fondo el Cabildo Abierto, es importante saber que podría llegar' a tener gran importancia, pero aún falta mucho por avanzar tanto en su desarrollo normativo, como en el afianzamiento de
este entre los ciudadanos, para que llegue a ser verdaderamente efectivo entre la población.0Doctoral Thesis8312<a class="citation_author_name" title="Browse by Author Name for Alvarado Beltrán, Ángela María" href="/fez/list/author/Alvarado Beltrán, Ángela María/">Alvarado Beltrán, Ángela María</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click to view : La participación ciudadana en la República de Colombia : el Cabildo Abierto" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Amalvarado">La participación ciudadana en la República de Colombia : el Cabildo Abierto</a></i></b> . <span class="citation_date">2014</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.</span>RecordDoctoral ThesisPublishedhttp://udcdata.info/021523DerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.Alvarado Beltrán, Ángela MaríaNuñez Rivero, José María Cayetano (Director de Tesis)Núñez Martínez, María Acracia, Jesús Ángel (Codirectora de Tesis)http://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-Amalvaradotesisuned:Derecho-AmalvaradoesDocumento.pdfbibliuned:Setthesistesisuned:Derechobibliuned:Setopenairebibliuned:SetarticuloSet de Tesis Doctorales de la UNEDTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de openaireSet de artículoAlvarado BeltránAcceso abierto2.172237434172015-12-18T00:00:00Z4902016-06-24T01:19:59Z2016-06-24T01:19:59ZProtección jurídica de extranjeros en fronteratesisuned:Derecho-ScuadronLa investigación desarrollada aborda la cuestión de los derechos de los extranjeros que se encuentran afectados en un espacio y momentos determinados, esto es, en el espacio fronterizo y cuando tratan de acceder a territorio nacional. Los derechos que interactúan, además del propio derecho reconocido en el artículo 19 de la CE son principalmente, el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a la libertad individual. El posicionamiento de Europa y por ende, de España, es claro: la creación de un espacio común a todos los países europeos, donde la seguridad es lo que debe prevalecer conlleva necesariamente el desarrollo de una política migratoria restrictiva y de control en la llegada de extranjeros aun a costa de que tal proceder pueda menoscabar los derechos de los ciudadanos extranjeros si con ello se consigue, bien impedir su entrada bien alejar de sus fronteras o de su territorio a aquellos que se encuentren en situación irregular. Este es precisamente el objeto de estudio de estas tesis: poner de relieve cómo en aras a la preservación de tales intereses y con una aparente legalidad se lesionan los derechos de estos ciudadanos. Planteamos el estudio desde la perspectiva de la defensa jurídica y jurisdiccional de los derechos de los extranjeros, tomando la experiencia más directa desde la práctica profesional de la abogacía toda vez que el ejercicio de la profesión como abogado litigante de quien defiende esta tesis, es una atalaya privilegiada que permite comprobar de primera mano cómo de forma sistemática se viene tratando a los extranjeros como ciudadanos de tercera clase, hurtándoles, en muchas ocasiones, de los instrumentos adecuados para hacer valer sus derechos frente a actuaciones claramente arbitrarias.0Doctoral Thesis6632<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Cuadron Ambite, Susana" href="/fez/list/author/Cuadron Ambite, Susana/">Cuadron Ambite, Susana</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Protección jurídica de extranjeros en frontera" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Scuadron">Protección jurídica de extranjeros en frontera</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.Cuadron Ambite, SusanaGoig Martinez, Juan Manuel (Director)Vargas Gómez-Urrutia, Marina (Codirectora)tesisuned:Derecho-Scuadronhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-ScuadronspaCUADRON_AMBITE_Susana_Tesis.pdfpresmd_CUADRON_AMBITE_Susana_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Licencia de acceso Creative CommonsCuadron AmbiteAcceso abierto2.13913534172016-01-14T00:00:00Z19692016-09-30T20:45:26Z2016-09-30T20:45:26ZEl derecho a un recurso efectivo en materia administrativa en México. Recepción del corpus juris del sistema interamericano y asignaturas pendientestesisuned:Derecho-MedavilaPara que un derecho sea respetado no basta que se encuentre contenido en una constitución, legislación o declaración de derechos, sino que es necesario un marco legal de protección a esos derechos y libertades que incluya los instrumentos para hacerlos efectivos. Así, la correcta instrumentación del Derecho a un Recurso Efectivo resulta de gran trascendencia en cuanto constriñe al Estado a desarrollar todas aquellas condiciones para asegurar una adecuada defensa de los ciudadanos, cuyos derechos pueden ser afectados por una decisión del poder público. El presente trabajo analiza el Derecho a un Recurso Efectivo desde distintas aristas: como derivación de las obligación de adoptar disposiciones de orden interno a in de hacer respetar los derechos humanos; la diferencia en la formulación consagrada en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; así como su desarrollo histórico y conceptual a in de estar en posibilidades de comprender su importancia. La adopción de los tratados internacionales en diversas materias y, en específico, de derechos humanos, así como los pronunciamientos y sentencias emitidas por los organismos y tribunales internacionales han influido significativamente en las legislaciones internas de los Estados. En el continente americano, el contenido de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en concreto de los artículos 1° y 2° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, obliga a respetar los derechos humanos consagrados en los diversos instrumentos internacionales, garantizar su pleno y libre ejercicio y adoptar medidas internas para hacerlos efectivos. La obligación de adoptar disposiciones de derecho interno conlleva a que el Estado adecúe su normativa interna de conformidad con las disposiciones convencionales. Esta obligación de adecuar el derecho interno a las disposiciones convencionales cobra gran relevancia en Estados que, como México, continúan sosteniendo como principio jurídico máximo el de la supremacía constitucional. El derecho a un recurso efectivo se encuentra contenido en diversos instrumentos internacionales, tanto del sistema universal como de los sistemas regionales. El derecho a un recurso efectivo previsto en el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos ha sido materia de frecuentes pronunciamientos por parte de la Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos. Los estándares internacionales facilitan el trabajo del juzgador al momento de aplicar las disposiciones de los tratados a casos específicos y a fin de salvaguardar la convencionalidad del derecho interno. Esta jurisprudencia conviene que sea sistematizada para establecer los requisitos mínimos con los que debería contar un recurso para que pueda ser considerado efectivo para la protección de los derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Al realizar un test de convencionalidad del Juicio Contencioso Administrativo en México (y de cualquier otro instrumento que pretenda proteger derechos fundamentales) se concluye que éste no cumple con los estándares del Sistema Interamericano del Derecho a un Recurso Efectivo pues debería proporcionar una mayor apertura para el acceso a la jurisdicción contencioso administrativa; el diseño normativo del recurso también debe procurar el respeto al principio de igualdad de partes en el proceso y proveer los medios necesarios para lograr una debida reparación del daño. Por último, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa debe contar con las facultades necesarias para ejecutar sus resoluciones.0Doctoral Thesis8622<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Dávila Pérez, Martha Elba" href="/fez/list/author/Dávila Pérez, Martha Elba/">Dávila Pérez, Martha Elba</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El derecho a un recurso efectivo en materia administrativa en México. Recepción del corpus juris del sistema interamericano y asignaturas pendientes" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Medavila">El derecho a un recurso efectivo en materia administrativa en México. Recepción del corpus juris del sistema interamericano y asignaturas pendientes</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Historia del Derecho y de las Instituciones</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Historia del Derecho y de las InstitucionesDávila Pérez, Martha ElbaSanz Burgos, Raúl (Director)Bolaños Mejías, Carmen (Tutora)tesisuned:Derecho-Medavilahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-MedavilaspaDAVILA_PEREZ_MarthaElba_Tesis.pdfpresmd_DAVILA_PEREZ_MarthaElba_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsDávila PérezAcceso abierto2.046477334172018-09-25T00:00:00Z4952018-11-06T19:44:07Z2018-11-06T19:44:07ZLa participación de miembros de la sociedad civil en los procesos de paz. La Comisión Nacional de Intermediación (1994-1998)tesisuned:ED-Pg-UniEuro-PromoEl trabajo que aborda esta tesis esta centrado de dos grandes rutas, la paz como derecho humano y el derecho en concreto de los individuos de intervenir en los conflictos para hacer posible la paz. Es imprescindible demostrar que la paz es un derecho humano para poder justificar la presencia de ciudadanos/as en procesos de paz. En la primera parte se pretende responder a las preguntas que genera la paz. Primero dando un panorama de la paz y sus conceptos. Se plantea ¿Por qué no existe una declaración universal del derecho a la paz? ¿Será que la paz no es un derecho humano y más bien es un fin de los derechos en su conjunto? ¿La paz es un ideal imposible de codificar? ¿Existe un derecho a la paz que no quieren reconocer las grandes potencias? ¿Será que no es posible declarar a la paz como derecho porque es imposible aún garantizarla? El recorrido que hace el trabajo recupera las reflexiones de escuelas de paz contemporáneas y su evolución. Existen grandes dificultades no de carácter teórico sino más bien político en asumir la paz como derecho humano. La tesis hace un estudio de caso sobre la intervención de ciudadanos en la mediación del conflicto armado entre el Estado Mexicano y el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (1994–1998). La investigación concluye con la afirmación categórica que la paz es un derecho humano y toda persona humana tiene el derecho de intervenir en procesos de conflictividad para transformarlos positivamente. La paz en su amplio espectro es un anhelo reivindicable y concreto.0Doctoral Thesis6242<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Romo Cedano, Pablo" href="/fez/list/author/Romo Cedano, Pablo/">Romo Cedano, Pablo</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La participación de miembros de la sociedad civil en los procesos de paz. La Comisión Nacional de Intermediación (1994-1998)" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-Promo">La participación de miembros de la sociedad civil en los procesos de paz. La Comisión Nacional de Intermediación (1994-1998)</a></i></b> . <span class="citation_date">2018</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaRomo Cedano, PabloSanz Burgos, Raúltesisuned:ED-Pg-UniEuro-Promohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-PromospaROMO_CEDANO__Pablo_Tesis.pdfpresmd_ROMO_CEDANO__Pablo_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_UniEurobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsRomo CedanoAcceso abierto2.02824634172018-11-23T00:00:00Z8762019-04-08T23:03:42Z2019-05-09T19:40:16ZLos Derechos Humanos antes y después del Tratado de Lisboatesisuned:ED-Pg-UniEuro-CdelgadoLos Derechos Humanos son una parte crucial del Derecho. A lo largo de la historia hay hitos en la materia que representan un antes y un después en el reconocimiento, respeto, tutela, y protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales. El propósito de la presente investigación es confirmar si el Tratado de Lisboa es uno de esos grandes hitos universales. El mérito de la investigación consiste en verificar si la integración de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales en la misión de la Unión Europea resulta comprensible, comprobar si se consigue acercar las instituciones europeas, y ratificar si el ciudadano europeo es consciente de la repercusión en su vida. La metodología de la investigación jurídica empleada tiene por objeto de estudio la Historia, la Normatividad y, los Valores y Principios generales del Derecho. Las fuentes son documentales, estadísticas y propias del derecho.0Doctoral Thesis4932<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Delgado Fernández, Cristina" href="/fez/list/author/Delgado Fernández, Cristina/">Delgado Fernández, Cristina</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Los Derechos Humanos antes y después del Tratado de Lisboa" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-Cdelgado">Los Derechos Humanos antes y después del Tratado de Lisboa</a></i></b> . <span class="citation_date">2018</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaDelgado Fernández, CristinaCastro Rial Garrone, Fannytesisuned:ED-Pg-UniEuro-Cdelgadohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-CdelgadospaDELGADO_FERNANDEZ_Cristina_Tesis.pdfpresmd_DELGADO_FERNANDEZ_Cristina_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_UniEurobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsDelgado FernándezAcceso abierto2.016066334172016-01-29T00:00:00Z26462016-12-02T20:58:29Z2016-12-02T20:58:29ZIgualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública docente no universitariatesisuned:Derecho-JsanchezEl objeto de esta tesis doctoral es el análisis del derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a la función pública junto a los principios de mérito y capacidad, a los que el citado derecho está indisociablemente unido, proyectando dicho análisis en un ámbito concreto, que es el de la función pública docente no universitaria. Es indiscutible que estamos ante uno de los pilares sobre los que se asienta el Estado de Derecho en todos los regímenes democráticos, pues recoge, no sólo un derecho subjetivo fundamental a la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública, sino también la garantía de una administración pública, que como proclama la Constitución, sirva con objetividad a los intereses generales. En España la mayor parte de la enseñanza primaria y secundaria descansa en un sistema público integrado por miles de funcionarios, que son los encargados de la trascendental tarea de instruir y educar a los futuros ciudadanos. No es por ello superfluo resaltar la importancia que para este país tiene que los procesos de selección en este ámbito concreto se hagan con un escrupuloso respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, pues de ello no sólo depende la calidad y eficacia de una educación cada vez más trascendental en el devenir de este país, sino los derechos y esperanzas de miles de personas que aspiran a ingresar en la función pública docente. La tesis se estructura en dos partes claramente diferenciadas. La primera está dedicada a la igualdad, mérito y capacidad en la Constitución Española, analizado, por un lado, el derecho fundamental consagrado en el art. 23.2 de la Constitución y, por otro, los principios de mérito y capacidad que han de presidir los procesos de acceso a la función pública, de acuerdo con el art. 103.3 del texto constitucional. La segunda parte está dedicada a examinar si el acceso en concreto a la función pública docente no universitaria se realiza conforme a las exigencias constitucionales. En ella se analiza la organización del sistema educativo, la regulación del régimen de acceso a la función pública docente, y se enjuicia dicho régimen, tanto el sistema general de acceso, como los distintos sistemas excepcionales que se han establecido.0Doctoral Thesis8782<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Sánchez Piquero, Javier" href="/fez/list/author/Sánchez Piquero, Javier/">Sánchez Piquero, Javier</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública docente no universitaria" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jsanchez">Igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública docente no universitaria</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho PolíticoSánchez Piquero, JavierSalvador Martínez, Maríatesisuned:Derecho-Jsanchezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JsanchezspaSANCHEZ_PIQUERO_Javier_Tesis.pdfpresmd_SANCHEZ_PIQUERO_Javier_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsSánchez PiqueroAcceso abierto2.002026634172015-10-21T00:00:00Z32082016-06-16T21:28:12Z2016-06-16T21:41:13ZLa inconstitucionalidad del procedimiento ordinario en el Código de Procedimiento Civil vigentetesisuned:Derecho-MrrinconEl presente trabajo tiene como objetivo principal determinar la inconstitucionalidad del procedimiento ordinario establecido en el Código de Procedimiento Civil vigente, en virtud de que el procedimiento como parte del proceso, involucra el Derecho a la Defensa, que como Derecho Fundamental, el Estado está obligado a garantizar a todo individuo que pueda acudir ante los órganos jurisdiccionales a dirigir sus peticiones para la solución de los conflictos. La entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, trajo importantes cambios dentro del ordenamiento jurídico, los cuales repercutieron de forma especial en el ámbito procesal civil, por cuanto anterior a dicha promulgación los principios procesales estaban consagrados en la ley adjetiva y a partir de la Constitución de 1999, se les otorgó rango constitucional, por consiguiente pasaron a ser principios fundamentales que deben ser respectados y acatados por los órganos de los Poderes Públicos y los ciudadanos. Esta situación lleva a considerar la superioridad de la Constitución como máxima norma que está por encima del resto de las leyes que conforman el sistema nacional de leyes. Esta superioridad constitucional constituye el lineamiento principal que propende al estudio y análisis de la constitucionalidad de determinados aspectos jurídicos, que muestran un frontal contrariedad constitucional, los cuáles deben estar acodes a los postulados constitucionales, cuya finalidad es lograr que las leyes que conforman el sistema legal del Estado estén en concordancia con la Carta Magna como ley suprema, debido a su orden jerárquico y valor normativo, por cuanto cada postulado constitucional debe ser desarrollado en una ley. Los referidos cambios por disposición constitucional abarcan todos los aspectos legales del sistema jurídico venezolano, en particular en el ámbito procesal civil, en las leyes adjetivas, en el sentido de que, la Norma Suprema le impone al legislador procesal que el proceso adopte un procedimiento acorde a los postulados constitucionales.0Doctoral Thesis5672<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Rincón de Parra, Milagros Rafaela" href="/fez/list/author/Rincón de Parra, Milagros Rafaela/">Rincón de Parra, Milagros Rafaela</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La inconstitucionalidad del procedimiento ordinario en el Código de Procedimiento Civil vigente" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Mrrincon">La inconstitucionalidad del procedimiento ordinario en el Código de Procedimiento Civil vigente</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educacion a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educacion a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho PolíticoRincón de Parra, Milagros RafaelaGoig Martínez, Juan Manuel (Director)Luaces Gutiérrez, Ana Isabel (Co-Directora)tesisuned:Derecho-Mrrinconhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-MrrinconspaRINCON_DE_PARRA_Milagros_Rafaela_Tesis.pdfpresmd_RINCON_DE_PARRA_Milagros_Rafaela_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsRincón de ParraAcceso abierto1.976501334172013-12-19T00:00:00Z9082014-04-21T12:38:10Z2020-10-08T18:50:59ZLa Directiva europea sobre conservación de datos de las comunicaciones electrónicas y su trasposición en el Derecho españoltesisuned:Derecho-LfrodriguezEsta tesis introduce por primera vez en la doctrina española un completo estudio de la legislación española y europea sobre conservación de datos de las comunicaciones electrónicas y su compatibilidad con el sistema de derechos fundamentales de la Unión Europea y de la Constitución española. La tesis se divide en cinco bloques más unas conclusiones, una bibliografía y varios anexos. La primera contribución de la obra se halla en las partes primera y tercera, que ofrecen un análisis organizado, exhaustivo y contextualizado de las legislaciones europea y española sobre conservación de datos. Las circunstancias políticas, jurídicas e históricas que rodearon la aprobación de la directiva son estudiadas en gran detalle desde la perspectiva del Derecho procesal penal, el Derecho administrativo y el Derecho constitucional. Tal estudio, con las razones para entender los defectos de la normativa, es el más completo en la doctrina jurídica hasta la fecha. Las partes segunda y cuarta se ocupan de la injerencia de la directiva y su trasposición nacional en el sistema de derechos fundamentales. Las medidas de conservación de datos de las comunicaciones electrónicas limitan derechos fundamentales que los ciudadanos ejercen diariamente, tales como la protección de datos de carácter personal, el secreto de las comunicaciones y la intimidad. La compatibilidad de la actual legislación con estos derechos es cuestionada por el autor. Finalmente, la quinta parte estudia la constitucionalidad del régimen de los servicios de telefonía mediante tarjetas prepago, creado por el legislador español sin base en la directiva. Este régimen presenta numerosas fallas legales y constitucionales.0Doctoral Thesis7812<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Rodríguez García, Luis Fernando" href="/fez/list/author/Rodríguez García, Luis Fernando/">Rodríguez García, Luis Fernando</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La Directiva europea sobre conservación de datos de las comunicaciones electrónicas y su trasposición en el Derecho español" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Lfrodriguez">La Directiva europea sobre conservación de datos de las comunicaciones electrónicas y su trasposición en el Derecho español</a></i></b> . <span class="citation_date">2013</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Constitucional</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho ConstitucionalRodríguez García, Luis FernandoGómez Sánchez, María Yolandahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-Lfrodrigueztesisuned:Derecho-LfrodriguezspaThe European Directive on Electronic Communications Data Retention and its Implementation in SpainDocumento.pdfbibliuned:Setthesistesisuned:Derechobibliuned:SetopenaireSet de Tesis Doctorales de la UNEDTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsRodríguez GarcíaAcceso abierto1.97459134172015-05-06T00:00:00Z54772016-02-23T22:12:26Z2016-02-24T19:39:48ZFilosofía y política de los derechos humanos. Contribución a una teoría crítica de los derechos humanostesisuned:Derecho-JaariasLa tesis busca ser una intervención teórico-política en el debate actual de los derechos humanos (DH). Ha sido construida como un plexo-red de interacciones teóricas, políticas y socioculturales respecto de lo que se piensa actualmente de los mismos. El trabajo ensaya una lectura crítica e histórica a contrapelo de las interpretaciones progresivas de los DH con la intención de rearticularlo críticamente, ofreciendo un conjunto de líneas heurísticas de interpretación del movimiento y su discurso. En virtud de su especificación histórica contemporánea, el proceso de globalización, se establecen como imperativos de perspectiva para el discurso de los DH: la multidisciplinariedad, el multiculturalismo, la igualdad de género y la centralidad de la víctima. El punto de partida es la idea de la novedad radical del movimiento internacional de los DH y el registro utópico de su proyecto. Se refiere el modo de existencia práctico de los DH (su ethos), así como a la tensión teleológica de su dinámica en pos de reconocimiento (su telos). Como contexto discursivo, se propone un esquema típico ideal de los "modelos" de pensamiento que permite observar las orientaciones generales de la discusión acerca de los DH. A partir de un esbozo del itinerario teórico de los DH, se replantean algunos aspectos de la supuesta línea sucesiva filosófica que ha servido de fundamento a su concepción moderna dominante, para insistir en la revisión crítica de su desarrollo histórico "manifiesto", a la vista de los documentos canónicos del discurso ortodoxo de los DH: la "Declaración de Independencia" de los Estados Unidos, la "Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano", así como la "Declaración Universal de los DH". Instalados ya en la segunda mitad del siglo XX, se estudian las determinaciones políticas, económicas, sociales y culturales del proceso de globalización, que operan como matriz de la teoría y la práctica de los DH. Se observan las condiciones derivadas del proceso de globalización, mismas que han gestado una mutación teórica significativa en el estudio de los DH; se trata del desajuste que tiende a desplazar al derecho del centro hegemónico del discurso de los DH, con la complementaria irrupción revitalizada del conjunto de las ciencias sociales y la filosofía en la conformación y el desarrollo de los mismos. A continuación se problematiza la supuesta pretensión universalista y homogeneizadora de la cultura occidental, reforzada por el proceso de globalización, contrapuesta a la acrecentada pluralidad multicultural de identidades culturales reivindicadas por grupos étnicos, comunidades religiosas, minorías nacionales y lingüísticas. Se acude, también, al discurso feminista y las aportaciones de los estudios de género y la teoría queer con la intención de visibilizar la diferencia dentro del lenguaje universalista inherente al discurso dominante de los DH. Por otra parte, se reivindica la necesidad de una perspectiva crítica de la noción de víctima que responda con eficacia a las condiciones actuales. En ese sentido, la noción de víctima, críticamente deconstruida, puede y debe contribuir a una fundamentación ética y metodológica de los DH; tanto como mediación negativa con la noción de dignidad, así como vía epistemológica con diversas modalidades de violencia. Finalmente, se postula la idea del sentido político inmanente propio de los DH. Con esta interpretación se insiste en que el ethos material característico de los DH, con la multiplicidad de sus prácticas de resistencia y emancipación, está orientado por la búsqueda y las consecuentes luchas por el reconocimiento. Con ello se corrobora el carácter político instituyente que le es inherente a los DH.0Doctoral Thesis10582<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Arias Marín, Jesús Alán" href="/fez/list/author/Arias Marín, Jesús Alán/">Arias Marín, Jesús Alán</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Filosofía y política de los derechos humanos. Contribución a una teoría crítica de los derechos humanos" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jaarias">Filosofía y política de los derechos humanos. Contribución a una teoría crítica de los derechos humanos</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Historia del Derecho y de las Instituciones</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Historia del Derecho y de las InstitucionesArias Marín, Jesús AlánSanz Burgos, Raúl (Director)Bolaños Mejías, Carmen (Tutora)tesisuned:Derecho-Jaariashttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JaariasspaARIAS_MARIN_Jesus_Alan_Tesis.pdfpresmd_ARIAS_MARIN_Jesus_Alan_Tesis.xmlbibliuned:Setthesistesisuned:Derechobibliuned:SetopenaireSet de Tesis Doctorales de la UNEDTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsArias MarínAcceso abierto1.969391834172015-11-04T00:00:00Z41872016-08-26T21:22:35Z2016-08-26T21:22:35ZLa autonomía judicial en el constitucionalismo españoltesisuned:Derecho-JlgrandaEn este resumen se recopilan los aspectos novedosos de la tesis, donde partiendo del concepto finalista y práctico de la Justicia como "la síntesis de la razón y la verdad", de la existencia de una sola organización judicial que comprende al TC y al CGPJ, y del concepto de autonomía judicial, que carece de reconocimiento expreso en nuestro ordenamiento jurídico - pero sí implícito -como "la potestad de la justicia para gestionar sus intereses con respeto a los principios de división de poderes y de soberanía popular"; se llegan a las siguientes conclusiones: 1ª) El constitucionalismo español históricamente, pese a los principios solemnes recogidos en sucesivas constituciones, no ha logrado en la práctica consolidar un auténtico Poder judicial autónomo e independiente. 2ª) La Constitución española de 1978 supone un punto de inflexión para lograr un Poder judicial autónomo del resto de poderes del Estado, sin embargo su desarrollo en la propia Carta Magna y en la normativa de rango inferior nos ha conducido a una oportunidad perdida, ya que han abierto las puertas para que aquellos órganos constitucionales sean colonizados por los demás poderes del Estado y para que la descentralización política en la esfera judicial se haya realizado en sentido inverso, es decir, de forma vertical y no horizontal - como sería recomendable -. 3ª) La sentencia del Tribunal Constitucional 108/86, de 29 de julio, reconoce dos cuestiones fundamentales: primera, en la elección de los vocales judiciales del CGPJ a parte de su elección por los propios jueces o por las Cortes Generales, pueden articularse otros procedimientos siempre que no sean arbitrarios y sean compatibles con la naturaleza del Consejo; y segunda, lo que consagra la Constitución no es el autogobierno de los jueces, sino un gobierno autónomo de los demás poderes del Estado con el fin de garantizar su independencia. 4ª) La reforma constitucional de los arts. 159.1 y 122.3 de la CE, con el objeto de que los magistrados del TC y los vocales del CGPJ respectivamente, sean elegidos por los ciudadanos a través de la representación de las asociaciones judiciales y fiscales, colegios profesionales y universidades en unas elecciones democráticas, reforzaría la autonomía judicial y permitiría la exigencia de responsabilidad política.0Doctoral Thesis6092<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Granda Alonso, José Luis" href="/fez/list/author/Granda Alonso, José Luis/">Granda Alonso, José Luis</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La autonomía judicial en el constitucionalismo español" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jlgranda">La autonomía judicial en el constitucionalismo español</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.Granda Alonso, José LuisNúñez Rivero, Cayetano (Director)Núñez Martínez, María (Codirectora)tesisuned:Derecho-Jlgrandahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JlgrandaspaGRANDA_ALONSO_JoseLuis_Tesis.pdfpresmd_GRANDA_ALONSO_JoseLuis_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsGranda AlonsoAcceso abierto1.967038934172017-01-01T00:00:00Z7652018-06-06T19:26:21Z2018-06-06T19:26:21ZLas ayudas públicas a los estudiantes y el derecho fundamental a la educación. Fundamento y principios constitucionales del Sistema Estatal de Becas y Ayudas al Estudiotesisuned:ED-Pg-UniEuro-JcanalEl objeto de este trabajo es determinar si el derecho fundamental a la educación constitucionalmente reconocido comprende un derecho subjetivo a la obtención de ayudas individuales para el acceso y prosecución de estudios y, en este caso, cuáles serían los elementos esenciales que condicionarían su configuración jurídica. La abundante literatura científica sobre el tratamiento jurídico de la educación hace necesario establecer, con carácter previo, un marco conceptual que sirva de referencia al trabajo y que debe comprender, al menos, tres aspectos concretos: - En primer lugar, es preciso describir con precisión qué debe entenderse por educación y enseñanza, conceptos básicos sobre los que gira el tratamiento jurídico de la materia educativa en el Derecho internacional, en el constitucionalismo comparado y en el ordenamiento jurídico español. - En segundo lugar, debe delimitarse el concepto de derecho fundamental y, dentro del mismo, las diferencias entre libertades públicas y derechos sociales, ya que ambas categorías se utilizan para hacer referencia a las facultades de los ciudadanos frente a los podres públicos en materia de educación y enseñanza. - En tercer lugar, y como conclusión al proceso de definición del marco conceptual, debe precisarse el significado de la expresión que resulta de la aplicación de las categorías jurídicas de derecho (social) y libertad (pública) a los conceptos de educación y enseñanza.0Doctoral Thesis5252<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Canal Muñoz, José" href="/fez/list/author/Canal Muñoz, José/">Canal Muñoz, José</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Las ayudas públicas a los estudiantes y el derecho fundamental a la educación. Fundamento y principios constitucionales del Sistema Estatal de Becas y Ayudas al Estudio" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-Jcanal">Las ayudas públicas a los estudiantes y el derecho fundamental a la educación. Fundamento y principios constitucionales del Sistema Estatal de Becas y Ayudas al Estudio</a></i></b> . <span class="citation_date">2017</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaCanal Muñoz, JoséVidal Prado, CarlosTorres del Moral, Antoniotesisuned:ED-Pg-UniEuro-Jcanalhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-JcanalspaCANAL_MUNOZ_Jose_Tesis.pdfpresmd_CANAL_MUNOZ_Jose_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_UniEurobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsCanal MuñozAcceso abierto1.947290134172016-02-05T00:00:00Z9672016-12-16T00:43:17Z2019-03-18T21:28:24ZLos Balcanes occidentales, la Unión Europea y los derechos humanos: dos procesos paralelostesisuned:Derecho-AsantillanLa Unión Europea (UE) ha ido construyéndose en paralelo a la disolución yugoslava. Mientras se negociaba y aprobaba el Tratado de Maastricht los conflictos en Eslovenia y Croacia explotaban; y mientras se negociaba Lisboa, Kosovo se declaraba independiente. Durante este tiempo, los derechos humanos (DDHH) se han convertido en eje primordial de las políticas de la UE, incluyendo en Política Exterior y de Seguridad Común (PESC). Y aunque esta tesis no es exclusivamente un estudio de la PESC, las acciones emprendidas en aquellos años han condicionado las posteriores actuaciones en todo el mundo. De hecho, el análisis de la ejecución práctica de las obligaciones legales de la UE en los Balcanes Occidentales forma parte de los elementos innovadores de este estudio, que recoge desde el nacimiento de la DG ECHO hasta la creación de las primeras misiones Petersberg, pasando por el actuar de la UE y sus Estados miembros, o sus reacciones frente a graves violaciones del derecho internacional humanitario (DIH), en un recorrido histórico de 20 años (1989/2009). Desde el punto de vista metodológico, la investigación desarrollada es de carácter mixto (descriptiva y explicativa). Se parte de la hipótesis de que el proceso de desarrollo de los DDHH dentro de la UE será influenciado por las situaciones que se dan en la antigua Yugoslavia; y que a su vez, de manera paralela, el marco que se desarrolla dentro de la UE para la protección de estos DDHH tiene su reflejo en el accionar europeo sobre el terreno. Así, el trabajo está dividido en dos partes, recogiendo la primera titulada "De Maastricht a Dayton", en cuatro capítulos, qué se entiende por conceptos como DDHH, DIH o acción humanitaria en la UE, para posteriormente observar su influencia en el accionar europeo en Eslovenia y, particularmente, en Croacia y Bosnia-Herzegovina. Y una segunda, titulada "De Maastricht a Dayton", que en tres capítulos va desde Ámsterdam a Lisboa, centrada en el conflicto de Kosovo, incluyendo las actuaciones efectuadas en otros sub-conflictos o conflictos menores. De hecho, la inclusión de todos ellos en un único trabajo también puede considerarse novedoso, por el carácter poco habitual del mismo. El carácter descriptivo del estudio, sin embargo, ha de ser matizado pues casi todos los capítulos presentarán puntos de carácter explicativo, donde no solamente se buscará narrar qué ocurrió, sino también el por qué y el cómo. Finalizando con un Capítulo VIII sobre "Lecciones Aprendidas", una serie de Conclusiones y un Epílogo. Conclusiones: I. Las políticas europeas en materia de DDHH se desarrollan, efectivamente, en paralelo a los conflictos balcánicos. No obstante, recordemos, que líneas paralelas son aquellas que se hallan en un mismo plano y no se intersectan por más que se prolonguen; II. Así, las Acciones Humanitarias que se llevaron a cabo en los Balcanes Occidentales más bien responderían a un concepto de solidaridad basado en el apoyo a la víctima, que a una respuesta centrada en la reivindicación de los ciudadanos de la antigua Yugoslavia como sujetos de derecho; III. Adicionalmente, hay que conocer mejor el contexto, reconocer que es cambiante, que el verdugo de ayer puede ser la víctima de hoy, y viceversa; IV. La desvalorización de los DDHH es un riesgo para la estabilidad internacional; V. Hay que recordar para no repetir. Hay que revertir la situación en base a lo ocurrido y procurar colocar las bases para que nunca más se repitan los hechos; VI. Hay que centrarse en las razones de fondo del conflicto en su totalidad, volver a los orígenes y defender la interrelación entre los Derechos Civiles y Políticos, con los Económicos, Sociales y Culturales; VII. Si alguien cree que la situación en los Balcanes Occidentales, y especialmente en relación al ultranacionalismo está solucionada, se equivoca; y VIII. La Unión Europea debe reforzar en la práctica la obligación recogida en los tratados de ser Coherente.0Doctoral Thesis5932<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Santillán Luzuriaga, Asier" href="/fez/list/author/Santillán Luzuriaga, Asier/">Santillán Luzuriaga, Asier</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Los Balcanes occidentales, la Unión Europea y los derechos humanos: dos procesos paralelos" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Asantillan">Los Balcanes occidentales, la Unión Europea y los derechos humanos: dos procesos paralelos</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional Público</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional PúblicoSantillán Luzuriaga, AsierCastro Sánchez, Claribel detesisuned:Derecho-Asantillanhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-AsantillanspaSANTILLAN_LUZURIAGA_Asier_Tesis.pdfpresmd_SANTILLAN_LUZURIAGA_Asier_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairebibliuned:DptoDIP-FDER-TesisTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireDepartamento de Derecho Internacional Público (UNED). Tesishttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsSantillán LuzuriagaAcceso abierto1.940726434172015-07-10T00:00:00Z12342016-03-08T23:39:01Z2016-03-08T23:43:49ZAnálisis jurídico-político de la Iniciativa Ciudadana Europea en el contexto de un equilibrio institucional complejo: posibles efectos dinamizadores de la democracia a partir de la introducción de la iniciativa ciudadana en la Unión Europeatesisuned:Derecho-IbaezEn el marco de una aparente creciente demanda en favor de una mayor transparencia y participación en la esfera política, se impone en la agenda europea un instrumento de democracia directa destinado a solventar ese déficit democrático a nivel europeo. De ahí la introducción de la Iniciativa Ciudadana Europea (ICE). El objetivo de este estudio es comprobar hasta qué punto la ICE puede dar respuesta a las demandas democratizadores de los ciudadanos y, en consecuencia, hasta qué punto esto puede alterar el equilibrio institucional de la UE. La hipótesis de este estudio es que, contrariamente a lo que se ha defendido, la ICE no va a suponer ningún cambio significativo en el equilibrio institucional de la UE. A través de una perspectiva histórica, un análisis comparado de ordenamientos jurídicos similares y el escrutinio del proceso legislativo que llevó a la conclusión de la ICE se aventura el posible impacto de la ICE. Finalmente, a partir de la introducción de la ICE, se analizan también las contribuciones del Derecho y la Ciencia Política sobre les posibles efectos dinamizadores de la democracia. La conclusión alcanzada en esta tesis es que, pese a las esperanzas depositadas en este instrumento de democracia directa, la verdad es que la ICE no cambiará nada. En consecuencia, se concluye que la ICE se acumulará a la lista de instrumentos participativos ya existentes pero infrautilizados. Debido, sobre todo, al desinterés de la ciudadanía, a unas disposiciones normativas limitadoras y a un marco político que si bien favorable no resulta suficiente para modificar el equilibrio institucional europeo, tal y como originalmente se pretendió.0Doctoral Thesis8482<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Báez Lechuga, Isabel" href="/fez/list/author/Báez Lechuga, Isabel/">Báez Lechuga, Isabel</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Análisis jurídico-político de la Iniciativa Ciudadana Europea en el contexto de un equilibrio institucional complejo: posibles efectos dinamizadores de la democracia a partir de la introducción de la iniciativa ciudadana en la Unión Europea" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Ibaez">Análisis jurídico-político de la Iniciativa Ciudadana Europea en el contexto de un equilibrio institucional complejo: posibles efectos dinamizadores de la democracia a partir de la introducción de la iniciativa ciudadana en la Unión Europea</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Constitucional</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho ConstitucionalBáez Lechuga, IsabelElías Méndez, Cristinatesisuned:Derecho-Ibaezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-IbaezspaBAEZ_LECHUGA_Isabel_Tesis.pdfpresmd_BAEZ_LECHUGA_Isabel_Tesis.xmlbibliuned:Setthesistesisuned:Derechobibliuned:SetopenaireSet de Tesis Doctorales de la UNEDTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsBáez LechugaAcceso abierto1.919613834172014-11-12T00:00:00Z12952015-01-13T19:50:14Z2017-05-12T20:19:35ZSegregación espacial, redes de solidaridad y procesos de reasentamiento en un barrio de migrantes forzosos de Bogotá (Colombia)tesisuned:Filosofia-IgonzalezEl objetivo del trabajo de tesis es analizar los mecanismos generadores del mapa urbano altamente segregado de la periferia de Bogotá en concreto aquellos que determinan y afectan a las trayectorias residenciales y los procesos de reasentamiento de los emigrantes forzosos que se asientan en el municipio de Soacha en los barrios informales de Altos de Cazucá. . En la primera parte del trabajo se plantea el hecho de que en el discurso público se han invisibilizado los conflictos por la tierra como generadores de desplazamiento y migración forzosa por un lado; y se interpreta la consolidación de los barrios infornales como la consolidación de las prácticas informales de los que allí residen. En la segunda parte del trabajo, a través del análisis de la ruta de atención a la población desplazada diseñada para atender a esta población, tanto de jure como de facto, se pretende mostrar la distribución desigual de los derechos entre distintas categorías de ciudadanos y el hecho de que, a través del discurso y la práctica institucional, se excluye a los emigrantes de los sectores formales de empleo y vivienda, al tiempo que se condena dicha informalidad. Finalmente, en la última parte del trabajo, a través de los mecanismos de microsegregación interna de los barrios informales estudiados, se mostrará cómo la diferenciación residencial ha sustituido en Colombia a la conciencia de clase en los mecanismos de reivindicación de derechos de ciudadanía por parte de los sectores más desfavorecidos, y el rol de la segregación residencial en la reproducción social de un determinado sistema de desigualdades.0Doctoral Thesis6772<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de González Enríquez, Isabel" href="/fez/list/author/González Enríquez, Isabel/">González Enríquez, Isabel</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Segregación espacial, redes de solidaridad y procesos de reasentamiento en un barrio de migrantes forzosos de Bogotá (Colombia)" href="/fez/view/tesisuned:Filosofia-Igonzalez">Segregación espacial, redes de solidaridad y procesos de reasentamiento en un barrio de migrantes forzosos de Bogotá (Colombia)</a></i></b> . <span class="citation_date">2014</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Filosofía. Departamento de Antropología Social y Cultural.</span>RecordDoctoral ThesisPublishedFilosofíaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Filosofía. Departamento de Antropología Social y Cultural.González Enríquez, IsabelMartínez Veiga, Ubialdo (Director de Tesis)Moreno Feliú, Paz (Codirectora de Tesis)1tesisuned:Filosofia-IgonzalezspaGONZALEZ_ENRIQUEZ_Isabel_Tesis.pdfpresmd_GEIsabel_Tesis.xmlpresmd_GONZALEZ_ENRIQUEZ_Isabel_Tesis.xmltesisuned:Filosofiabibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairebibliuned:500383-TesisTesis Facultad de Filosofía (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireDepartamento de Antropología Social y Cultural (UNED). Tesishttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Licencia de acceso Creative CommonsGonzález EnríquezAcceso abierto1.917830634172016-02-03T00:00:00Z11842016-11-17T02:46:30Z2016-11-17T02:47:18ZMujeres inmigrantes en Mallorca: análisis del ejercicio de ciudadanía desde la teoría poscolonialtesisuned:CiencPolSoc-MtrisquezLa presente investigación se inscribe en el debate de la definición del concepto de ciudadanía y la necesidad de un análisis teórico que incluya las complejidades de la situación mundial de principios del siglo XXI. Dentro de éste debate, nos interesa la discusión sobre el ejercicio de los derechos ciudadanos de la población femenina migrante. Teniendo en cuenta que la condición cívica sigue siendo el eje de la vinculación del individuo a la comunidad política, de la pertenencia plena a la misma y del consiguiente disfrute de los derechos de ciudadanía (Peña, 2008), el análisis que se hace desde la perspectiva teórica poscolonial donde se escogen aportaciones de los llamados feminismos periféricos (Rodriguez, 2006), nos permite detectar que los procesos que experimentan las mujeres migrantes presentan importantes limitaciones frente al concepto de ciudadanía imperante. Esta tesis doctoral parte de la insistencia en la necesidad, tal como lo propone Floya Anthias (2005) de situar la teoría y el pensamiento, en las prácticas cotidianas de las mujeres e intenta situarnos ante nuevas posibilidades de reflexión política y social sobre la feminización de las migraciones y las nuevas formas de ciudadanía que genera la presencia plural y cultural de las mujeres migrantes en las sociedades europeas. La tesis utiliza una metodología cualitativa con una visión feminista (Harding,1991) y se basa en el registro y análisis de 43 entrevistas en profundidad y una entrevista grupal a mujeres latinoamericanas de 18 a 65 años con distintos perfiles y con más de 5 años de permanencia en Mallorca-España, realizadas en los años 2010 a 2012. Los objetivos específicos que planteamos en la investigación buscan, en un intento por enraizar la teoría en las experiencias de las mujeres, explicar y analizar sus experiencias y prácticas de ejercicio de derechos en tres ámbitos vitales: el trabajo, la vida cotidiana y la participación social. Concretamente, se profundiza en lo qué hacen, dónde lo hacen, en qué espacios se mueven, con quién y como se relacionan, a qué dificultades se enfrentan y qué tipo de agencia desarrollan, con el fin de que esta información nos permita reconstruir la lógica ciudadana, propia de este grupo social y a partir de esta lógica reconstruida explicar el tipo de ciudadanía que van construyendo como migrantes en un nuevo contexto vital. A través de los conceptos de interseccionalidad, subalternidad y experiencia situada de la teoría poscolonial y de la perspectiva epistemológica feminista, logramos confirmar que las mujeres migrantes son parte de los actores políticos que hoy basculan entre el "ser parte de" y "estar fuera de" (Delgado Parra, 2012) y de que están ubicadas en "los márgenes" (Spivak, 2003). Por lo tanto, el ejercicio de ciudadanía de las mujeres migrantes queda determinado por su posición de subalternas y por las interseccionalidades que las atraviesan. Sin embargo, creemos que es desde esos márgenes que construyen una forma de estar presentes y de resistir a la exclusión y a la permanencia en la periferia y es allí, donde van ejerciendo derechos ciudadanos en distintos niveles y ritmos (Sassen, 2003). Es así como intentamos resignificar el concepto de ciudadanía a través del hallazgo de dos grandes procesos vitales y paralelos que estas mujeres protagonizan en los márgenes: la construcción de la subalternidad de la mujer migrante y un tipo de ciudadanía que generan sus prácticas y que en esta tesis doctoral se ha denominado: ciudadanías de resistencia. Creemos que una investigación como la realizada puede enriquecer el debate tanto de la teoría política como de la teoría feminista en general.0Doctoral Thesis5992<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Rísquez Buonaffina, Marielva de la Trinidad" href="/fez/list/author/Rísquez Buonaffina, Marielva de la Trinidad/">Rísquez Buonaffina, Marielva de la Trinidad</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Mujeres inmigrantes en Mallorca: análisis del ejercicio de ciudadanía desde la teoría poscolonial" href="/fez/view/tesisuned:CiencPolSoc-Mtrisquez">Mujeres inmigrantes en Mallorca: análisis del ejercicio de ciudadanía desde la teoría poscolonial</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad de Educacion a Distancia (España). Facultad de Ciencias Políticas y Sociología. Departamento de Sociología III</span>RecordDoctoral ThesisPublishedSociologíaUniversidad de Educacion a Distancia (España). Facultad de Ciencias Políticas y Sociología. Departamento de Sociología IIIRísquez Buonaffina, Marielva de la TrinidadDíaz Martínez, José Antonio (Director)Vázquez Laba, Vanesa (Codirectora)tesisuned:CiencPolSoc-Mtrisquezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:CiencPolSoc-MtrisquezspaRISQUEZ_BUONAFFINA_Marielva_Tesis.pdfpresmd_RISQUEZ_BUONAFFINA_Marielva_Tesis.xmltesisuned:CiencPolSocbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Licencia de acceso Creative CommonsRísquez BuonaffinaAcceso abierto1.916279434172016-01-20T00:00:00Z51442016-10-17T23:01:40Z2016-10-17T23:01:40ZEl sistema arbitral de consumotesisuned:Derecho-ElabordaLa tesis estudia el arbitraje como sistema jurisdiccional extrajudicial de resolución de conflictos entre empresarios y consumidores, examinando la doctrina y jurisprudencia sobre los sistemas heterocompositivos y autocompositivos. La creciente preocupación por el bienestar de los ciudadanos, ha hecho que la protección de los consumidores y usuarios, sea una de las materias que más ha evolucionado desde el punto de vista jurídico en tiempos recientes, surgiendo el Consumo como una nueva rama del derecho desgajada del derecho civil, mercantil o procesal que a todos nos afecta. El desarrollo legislativo iniciado en las dos últimas décadas, presenta un elemento notorio, referido a la proliferación de normas concebidas para configurar como disciplina especial, materias que se hallaban reguladas por el Código Civil. Esta tendencia, se ha incrementado por la influencia de la Unión Europea sobre cuestiones contractuales y actividad empresarial que, sobre tutela de los consumidores está conformada por un cuerpo jurídico multidisciplinar. La transformación del Derecho nacional obedece, en la práctica totalidad de los supuestos, a la necesidad de transponer e incorporar a la normativa interna las iniciativas de la Unión Europea. Por ello se estudia el desarrollo del marco legal de protección de los consumidores, en cuanto concierne al establecimiento de procedimientos eficaces que garanticen su defensa, mandato recogido en el arts. 51 CE y 31 de la LGDCU, desarrollado por la normativa reguladora del procedimiento arbitral, como sistema de carácter voluntario que resuelva las controversias entre comerciantes y consumidores con carácter vinculante y ejecutivo, que produce los mismos efectos que una sentencia, equiparado por el TC como equivalente jurisdiccional que constituye una vía alternativa a la acción judicial, de sometimiento voluntario, estableciendo un principio de protección preferente del consumidor, de aplicación a aquellas relaciones jurídicas que tuvieran por objeto productos o servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado, sin olvido de la mediación, como "alternativa de la alternativa" que facilita las reclamaciones para los intereses de los consumidores, y que se encuentra en clara expansión como método de resolución de conflictos, siguiendo las Recomendaciones de la UE relativas a los principios aplicables a los órganos responsables de la solución extrajudicial de los litigios en materia de consumo, que reconocen ambos mecanismos -arbitraje y mediación- como idóneos, para finalizar con la novedad, que ya se empieza a vislumbrar, denominada justicia restaurativa, que pronto se verá materializada. La tesis consta de 636 páginas, y está dividida en cuatro partes y estas a su vez en capítulos. La primera parte trata de los antecedentes históricos, la perspectiva constitucional del arbitraje de consumo, el marco normativo en la Unión Europea, la protección del consumidor por cláusulas abusivas, con examen de las competencias de la Unión Europea, las Estatales y las de las Comunidades Autónomas en materia de consumo. La segunda parte trata la sucesiva configuración jurídica del sistema arbitral de consumo español, el procedimiento arbitral y los arbitrajes especiales colectivo y electrónico. La tercera analiza otros arbitrajes sectoriales y sus similitudes con el de consumo, como el de arrendamientos urbanos, transporte terrestre de mercancías, de seguro de vehículos a motor, de sanidad y de construcción. La cuarta parte, estudia comparativamente la heterocomposición y la autocomposición, abordando la mediación en el espacio judicial europeo y sus similitudes con el arbitraje de consumo, y en el capitulo segundo el concepto de mediación penal y justicia restaurativa, finalizando con las conclusiones.0Doctoral Thesis9752<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Laborda Valle, Emilio" href="/fez/list/author/Laborda Valle, Emilio/">Laborda Valle, Emilio</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El sistema arbitral de consumo" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Elaborda">El sistema arbitral de consumo</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Civil</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho CivilLaborda Valle, EmilioLasarte Álvarez, Carlos (Director)Moreton Sanz, María Fernanda (Codirectora)tesisuned:Derecho-Elabordahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-ElabordaspaLABORDA_VALLE_Emilio_Tesis.pdfpresmd_LABORDA_VALLE_Emilio_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsLaborda ValleAcceso abierto1.910511434172016-04-19T00:00:00Z30382016-10-28T19:45:20Z2016-10-28T19:45:20ZTextos y discursos en la formación del derecho colombiano 1777-1820. La Real Biblioteca de Santafé y sus aportes a la cultura jurídicatesisuned:Derecho-MpfortichA lo largo de la presente tesis doctoral se revisaron algunas de nuestras hip6tesis de trabajo y se validaron a través de los ejercicios de revisión de información documental y archivística para poder establecer que la Real Biblioteca de Santafé se constituyó en un espacio esencial para la reproducción de los textos y discursos ilustrados en el Nuevo Reino de Granada en el periodo preindependentista, es decir desde su fundación 1777 y hasta 1820. El estudio de los textos y discursos contenidos en !as obras jurídicas de finales del siglo XVIII y comienzos del XIX, y particularmente los libros que contenía la primera Biblioteca Publica de Colombia (Real Biblioteca Publica de Santafé) es una tarea que esta en proceso, y que requiere un abordaje sistemático para reconfigurar la cultura jurídica colombiana, y la identidad del derecho nacional y latinoamericano. Es necesario avanzar en la consolidación de un corpus cuantitativo de los inventarios de libros antiguos, para avanzar en una caracterización cualitativa de sus influencias y de su impacto en la cultura jurídica nacional. Se pudo establecer que a pesar de las tensiones entre un discurso regalista y otro americanista, la Real Biblioteca de Santafé contribuyó con la difusión del conocimiento y de algunas expresiones del pensamiento ilustrado a consolidar las bases para la identidad del derecho en !as primeras etapas de formación de la República, en el periodo comprendido entre 1777 y 1820. Que a través de los textos y discursos sobre el derecho, otros de política o historia que eran objeto de consulta publica en la Real Biblioteca de Santafé, se sigue la linea del pensamiento de la tradición italo-canónico y del derecho continental europeo, pero desde la labor de la tertulias y periódicos que se desarrollaron en su seno, se concreto la discusión y avance de temas de corte americanista con los que la preocupación de los americanos por su propio destino, actuó como germen del proceso de independencia neogranadina. Que mas allá, y aunque no se pudo documentar plenamente, en el periodo preindependentista donde inaugura la Real Biblioteca existió por fuera de la real Biblioteca una circulación clandestina de los textos y discursos jurídico-políticos, que marcaron el rumbo de los procesos ilustrados revolucionarios, tampoco se pudo establecer con elementos materiales mas sólidos la organización de un discurso abiertamente revolucionario, por la natural presión ejercida por la autoridades virreinales para conjurar los intentos de deslegitimación del gobierno monárquico Español. Hay que trabajar de manera mas profunda para revisar la circulación de un discurso revolucionario clandestino, con clave en los textos de autores nacionales de la época. En la tesis se analizó la importancia de los textos y discursos contenidos en el acervo bibliográfico presente en la Nueva Granada y que fueron esenciales en la configuración de una literatura jurídica nacional propia y una cultura del libro para la formación del derecho colombiano en !as primeras etapas de su formación republicana, con algunas limitaciones para abordar de forma sistemática una revisión y descripción de su contenido y un análisis sabre sus implicaciones para la juridicidad republicana, es claro que este tema, por !as limitaciones del acceso a !as fuentes sigue vigente para futuros estudios. La ambivalencia de una cosmovisión regalista enfrentada con una nueva visión del mundo producto de la contraposición discursiva, se va reflejar en la determinación de los criollos neogranadinos en su expresión como ciudadanos y en la responsabilidad de organizar !as instituciones sociales, económicas y jurídicas de la naciente república sin haber asimilado los cambios y con el peso de una tradición cultural que en la mayoría de sus expresiones textuales y discursivas (lengua, religiosidad, hábitos cotidianos, etc.), estaba intimada ligada a la madre patria y a su proyecto de control colonial. Finalmente, vale destacar que el transito personal de Manuel del Socorro, es representativo del transito colectivo que experimentaba la sociedad neogranadina, y las naciones hispanoamericanas en procesos de independencia frente al dominio monárquico español. La Real Biblioteca de Santafé ofrece una oportunidad de primer orden para aproximamos a las corrientes de pensamiento revolucionario francés y norteamericano, así como al ideario científico (y mas adelante político) de la ilustración y con ello la consolidación de un pensamiento sabre lo propio nutrido de la tradición europea. La labor de custodia de los textos y discursos contenidos en los libros de la Real Biblioteca, constituye un escenario propicio para la formación cultural de los neogranadinos, ello sumado a la Tertulia y a los diarios que creo y puso en circulación Manuel del Socorro, permitieron un ambiente de lectura y reflexión, como podría observarse en una revisión mas detenida de los contenidos de cada una de las entregas, y sin lugar a dudas, dichos contenidos en sus variadas expresiones, encontraron un germen importante para una cultura política y jurídica entre los lectores y contertulios neogranadinos.0Doctoral Thesis5792<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Fortich Navarro, Mónica Patricia" href="/fez/list/author/Fortich Navarro, Mónica Patricia/">Fortich Navarro, Mónica Patricia</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Textos y discursos en la formación del derecho colombiano 1777-1820. La Real Biblioteca de Santafé y sus aportes a la cultura jurídica" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Mpfortich">Textos y discursos en la formación del derecho colombiano 1777-1820. La Real Biblioteca de Santafé y sus aportes a la cultura jurídica</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.Fortich Navarro, Mónica PatriciaNuñez Rivero, Cayetanotesisuned:Derecho-Mpfortichhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-MpfortichspaFORTICH_NAVARRO_MonicaPatricia_Tesis.pdfpresmd_FORTICH_NAVARRO_MonicaPatricia_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsFortich NavarroAcceso abierto1.901812634172019-07-09T00:00:00Z17962019-07-25T22:10:42Z2020-10-28T20:11:35ZDesde el aprendizaje de lo cotidiano al actual sistema de bienestar: El desarrollo educativo como limitador de la exclusión socialtesisuned:ED-Pg-AnaProSoc-PmartinezDesde el aprendizaje de lo cotidiano de las primeras civilizaciones al actual Sistema del Bienestar Social, tanto en España como en el resto de Europa, han tenido que pasar miles de años. Es más, habrá que esperar hasta el último cuarto del siglo XVIII como punto de partida del desarrollo de los derechos civiles de la ciudadanía, y, más adelante, durante el siglo XIX, con la implementación del Estado Liberal, de los primeros sistemas de protección social. Aun así, no será hasta la conclusión de la II Guerra Mundial en 1945 cuando la democracia se extienda por el occidente europeo y se ponga en marcha el Estado del Bienestar en esos países, modelo que funcionará hasta la década de los setenta, momento en el cual se someterá a una profunda redefinición. No obstante, España quedará al margen de esa moderna sociedad a consecuencia de la dictadura franquista. Habrá que esperar hasta la vuelta de la democracia en 1975 y la aprobación de la Constitución de 1978, culminando la inmersión en la esfera europea a partir de 1986, tras el ingreso en la Comunidad Europea, alcanzando paulatinamente un nivel de calidad de vida muy similar al de sus socios comunitarios. La sociedad del bienestar estará condicionada a la necesaria implementación de una Seguridad Social que garantice las coberturas de los ciudadanos, un eficaz servicio sanitario que llegue a todos, unos servicios sociales que atiendan las demandas de los más necesitados y un moderno sistema educativo que avale el futuro de las generaciones más jóvenes, perfilándose en su conjunto como los pilares básicos del desarrollo. Será desde ese momento cuando el país se contagie de los métodos neoliberales que invadían Europa como herramientas justificadoras para preservar el Estado del Bienestar y, por ende, su economía. Sin embargo, en el caso concreto del sistema educativo, en ocasiones se cuestionará el actual Estado Social y Democrático de Derecho Español en base al modelo implementado, donde los altos niveles de fracaso y abandono escolar son una realidad, no actuando el sistema educativo como herramienta ante la inequidad, dados los altos niveles de pobreza y exclusión social.0Doctoral Thesis6352<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Martinez de Oporto, Pablo" href="/fez/list/author/Martinez de Oporto, Pablo/">Martinez de Oporto, Pablo</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Desde el aprendizaje de lo cotidiano al actual sistema de bienestar: El desarrollo educativo como limitador de la exclusión social" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-AnaProSoc-Pmartinez">Desde el aprendizaje de lo cotidiano al actual sistema de bienestar: El desarrollo educativo como limitador de la exclusión social</a></i></b> . <span class="citation_date">2019</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Análisis de Problemas Sociales</span>RecordDoctoral ThesisPublishedSociologíaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Análisis de Problemas SocialesMartinez de Oporto, PabloSanchez Morales, María Rosariotesisuned:ED-Pg-AnaProSoc-Pmartinezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-AnaProSoc-PmartinezspaMARTINEZ_DE_OPORTO__Pablo_Tesis.pdfpresmd_MARTINEZ_DE_OPORTO__Pablo_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_AnaProSocbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Análisis de Problemas Sociales (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsMartinez de OportoAcceso abierto1.900345334172014-10-20T00:00:00Z47382017-05-29T21:17:56Z2017-05-29T21:39:16ZTupamaros: derrota militar, doble metamorfosis política y victoria judicial y electoraltesisuned:Derecho-JbordasLa presente Tesis tiene por objeto esclarecer algunos hechos históricos y criminológicos ocurridos en Uruguay desde 1958 y relacionados con el Movimiento de Liberación Nacional-Tupamaros. El interés por el tema de esta investigación aumentó cuando resultaron elegidos para los más altos cargos de Uruguay un grupo de políticos Tupamaros, que habían sido derrotados y cuya dirección permaneció trece años encarcelada durante la dictadura. Después de la dictadura los tupamaros, que se habían conservado en una especie de cápsula simbólica con la aureola de "rehenes", experimentaron una doble metamorfosis política basada en el abandono de las armas "sin cartas en la manga", como manifestó Sendic, y en el aplazamiento sine die de su programa político, tal y como aceptó Mujica, Rosencof y Fernández Huidobro. Como miembros del Frente Amplio de Liber Seregni y previa derrota judicial de la dictadura, consiguieron ganar las elecciones de 2009 pacífica y democráticamente. Para comprender este fenómeno hemos utilizado tres fuentes. a) La bibliografía más especializada en el MLN-T. b) La documentación original de los tupamaros, de la dictadura cívico-militar y varias sentencias. c) Nueve entrevistas en profundidad. Principales conclusiones: - El MLN- Tupamaros no se organizó para evitar un golpe de Estado ni para emular la Revolución Cubana, se organizó como un partido político armado con la intención de defender los derechos laborales de los cañeros y conquistar el poder por procedimientos no democráticos, utilizando tácticas como la "propaganda armada" o el "foquismo", para implantar un gobierno revolucionario con dos objetivos fundamentales: - Realizar la reforma agraria. - Realizar una nueva "liberación nacional", esta vez no respecto de España o Brasil, sino respecto de Estados Unidos a quien consideraban su potencia colonizadora. - Estaban organizados en columnas, con una estructura mercurial bastante plana y alto grado de discrecionalidad y su ideología estaba influida por Rosa Luxemburgo, Sorel, Mariategui y Bolívar. - La lucha armada no era meramente instrumental ni defensiva, era una seña de identidad fundamental de los tupamaros y dieron el salto al terrorismo con la incorporación de estudiantes de Montevideo y como reacción a la represión de Pacheco. - Tanto los Tupamaros como los Escuadrones de la Muerte se comportaron como organizaciones terroristas formando parte de una asociación ilícita cuyas acciones violentas alteraban gravemente la paz social, con la intención de subvertir el orden constitucional antidemocráticamente. - Los militares ganaron en menos de un año porque detuvieron a 20.000 uruguayos, torturaron y asesinaron a muchos ciudadanos, fomentaron la traición y porque detuvieron, en calidad de "rehenes" a los 9 dirigentes tupamaros. - Al final de la dictadura Sendic comunicó el abandono de las armas "sin cartas en la manga". - Diez años después del restablecimiento de la democracia los Tupamaros mantuvieron una estructura armada clandestina. - El frentegrandismo de Sendic fue calando, hasta que Mujica planteo la necesidad de renunciar al horizonte utópico para ganar las elecciones. - Los tupamaros fueron amnistiados por la ley 15.737. - La ley de caducidad de la pretensión punitiva del estado 15.848 no se aplicó a los actores de la dictadura por las excepciones establecidas por Tabaré Vázquez. - Los actores de la dictadura fueron condenados por atentado contra la constitución y por homicidio muy especialmente agravado, considerando que sus crímenes no habían prescrito. - El MPP de Mujica ganó las elecciones de 2009 porque participaban en el Frente Amplio, porque abandonaron la lucha armada, abandonaron sus reivindicaciones más radicales, incorporaron a tecnócratas de clase alta como Astori y porque Mujica es un magnífico comunicador.0Doctoral Thesis7972<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Bordas Martínez, Julio" href="/fez/list/author/Bordas Martínez, Julio/">Bordas Martínez, Julio</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Tupamaros: derrota militar, doble metamorfosis política y victoria judicial y electoral" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jbordas">Tupamaros: derrota militar, doble metamorfosis política y victoria judicial y electoral</a></i></b> . <span class="citation_date">2014</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Penal y Criminología</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Penal y CriminologíaBordas Martínez, JulioSerrano Maíllo, Alfonsotesisuned:Derecho-Jbordashttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JbordasspaBORDAS_MARTINEZ_Julio.pdfpresmd_BORDAS_MARTINEZ_Julio.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsBordas MartínezAcceso abierto1.89947734172014-12-18T00:00:00Z27292015-01-30T11:38:10Z2019-10-31T22:48:39ZLa cooperación judicial en la Unión Europea. Eurojust y sus principales desafíos frente a la delincuencia transnacional gravetesisuned:Derecho-GperezLa globalización, como ya pusiera de manifiesto Jürgen HABERMAS, supone un creciente desafío para la economía, la democracia, la ciudadanía, el Estado-nación e incluso para la idea de Europa. En el contexto actual, se comprueba que los Estados no pueden, únicamente por sí mismos, hacer frente a las consecuencias de los actos ilícitos que se generan más allá de sus fronteras y que amenazan la seguridad de sus ciudadanos y la salvaguarda de los derechos fundamentales. La delincuencia organizada adquiere la característica de transnacional y el clásico concepto de frontera queda difuminado determinando la dificultad de perseguir este fenómeno criminogeno. En este contexto, se explica la necesidad del establecimiento de la Unidad de Cooperación Judicial de la Unión Europea Eurojust a la que se dedica la presente tesis doctoral creada para ayudar a superar de manera ágil y eficaz los tradicionales obstáculos al auxilio judicial internacional clásico caracterizados por la lentitud y la ausencia de respuestas prácticas a la especificidad de la delincuencia transnacional grave. DESARROLLO TEÓRICO: En el Capítulo I que se presenta a modo de introducción, se examina la necesidad de establecer una definición común de la denominada "delincuencia organizada transnacional", prestando atención al instrumento jurídico de referencia: la Convención de de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional (2000), inspirada por los jueces antimafia FALCONE y BORSELLINO, en cuya instrucción del Maxiprocesso di Palermo encontramos un antecedente remoto de Eurojust y de la cooperación judicial y finaliza estudiando las premisas establecidas durante su creación por parte de las instituciones europeas. En el Capítulo II, se realiza un recorrido del proceso de integración de la cooperación en materia penal visto específicamente a través de Eurojust en su misión en la lucha contra la delincuencia transnacional grave, demostrando que por su flexibilidad y configuración sui generis, constituye un instrumentos eficaz para eliminar las barreras del auxilio judicial clásico. Además, se realiza una valoración crítica de la incidencia que tendría en Eurojust la Propuesta de Reglamento 2013 de la Comisión. Asimismo, se incluye una aproximación valorativa del funcionamiento de la delegación española en Eurojust y de la desigual implementación de sus instrumentos jurídicos en España. En el Capítulo III, se sostiene que el intercambio de información entre los Estados Miembros y Eurojust, con base en su paradigmático Sistema de Gestión de Casos (CMS), constituye uno de los elementos fundamentales para combatir eficazmente la delincuencia transnacional. El intercambio de información tiene una importante incidencia en la esfera de los derechos fundamentales que debe de ser tratada adecuadamente y, en ese contexto, se analizan los aspectos generales de la protección de datos en la esfera de Eurojust. Finalmente, en el Capítulo IV, se abordan los retos institucionales de Eurojust ante las amenazas de la delincuencia organizada transnacional, en la nueva arquitectura institucional derivada del Tratado de Lisboa, prestando particular atención a las figuras del Responsable de Protección de Datos y de la Autoridad Común de Control, para finalizar con los principales interrogantes del proyecto de creación de una fiscalía europea en relación con Eurojust, con base en el artículo 86 del TFUE.0Doctoral Thesis7052<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Pérez Souto, Gema" href="/fez/list/author/Pérez Souto, Gema/">Pérez Souto, Gema</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La cooperación judicial en la Unión Europea. Eurojust y sus principales desafíos frente a la delincuencia transnacional grave" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Gperez">La cooperación judicial en la Unión Europea. Eurojust y sus principales desafíos frente a la delincuencia transnacional grave</a></i></b> . <span class="citation_date">2014</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional Público</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional PúblicoPérez Souto, GemaQuesada Alcalá, Carmen1tesisuned:Derecho-Gperezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-GperezspaPEREZ_SOUTO_Gema_Tesis.pdfpresmd_PEREZ_SOUTO_Gema_Tesis.xmlbibliuned:Setthesistesisuned:Derechobibliuned:SetopenaireSet de Tesis Doctorales de la UNEDTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Licencia de acceso Creative CommonsPérez SoutoAcceso abierto1.899349334172017-01-01T00:00:00Z99722018-04-20T21:39:56Z2018-04-20T21:39:56ZDelitos por omisión y atribución de autoría por omisión, como componentes esenciales de la teoría del delitotesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-LframirezEn los conflictos armados internos e internacionales se cometen atrocidades y crímenes masivos, por miembros de las fuerzas del Estado o por su omisión del deber de garantizar los derechos de todos sus ciudadanos, así como por organizaciones ilícitas con connivencia de las autoridades. En los últimos tiempos están comenzando a ser sometidos al juzgamiento ordinario o por justicia transicional, por cortes que no cuentan con una teoría penal sólidamente preestablecida y aceptada, adecuada para abordar esos fenómenos colectivos, como se anuncia que próximamente se aplicará en Colombia al poner fin a una guerra interna de más de cincuenta años. El derecho penal se ha construido para delitos individuales de autores individuales o de pequeños grupos y una o pocas víctimas, y por eso los conceptos de autoría y participación son muy insuficientes a esos propósitos. En este trabajo se busca definir cómo la teoría penal de la autoría debe ampliarse para recoger tanto esa acción criminal como la omisión del deber de garantía, en la forma de coautoría indirecta o mediata, incluida la que se comete a través de Aparatos Organizados de Poder. Para ello se hace necesario hacer previamente un breve recorrido sobre algunos principios y conceptos básicos de la doctrina penal sobre esta materia.0Doctoral Thesis11582<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Ramírez Contreras, Luis Fernando" href="/fez/list/author/Ramírez Contreras, Luis Fernando/">Ramírez Contreras, Luis Fernando</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Delitos por omisión y atribución de autoría por omisión, como componentes esenciales de la teoría del delito" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Lframirez">Delitos por omisión y atribución de autoría por omisión, como componentes esenciales de la teoría del delito</a></i></b> . <span class="citation_date">2017</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias SocialesRamírez Contreras, Luis FernandoSerrano Maíllo, Alfonsotesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Lframirezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-LframirezspaRAMIREZ_CONTRERAS_LuisFernando_Tesis.pdfpresmd_RAMIREZ_CONTRERAS_LuisFernando_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_DeryCSocbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Derecho y Ciencias Sociales (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsRamírez ContrerasAcceso abierto1.896876634172019-12-03T00:00:00Z9172020-01-31T23:04:50Z2020-01-31T23:04:50ZUn desafío al control público: modelo de evaluación aplicable a las políticas y programas de gasto de un organismo públicotesisuned:ED-Pg-SegInt-BmerinoLa evaluación ha sido concebida como una técnica de análisis dentro de la esfera privada en lo que a priori parece ser una herramienta poco aplicable a la Administración Pública. El control económico financiero permanente y la auditoría, entendidos en un contexto de control interno y externo aplicado a políticas públicas, arrojan datos cuantificables en un momento posterior a su entrada en funcionamiento. El hecho de poder aplicar técnicas evaluativas a esas políticas y ver los efectos y los resultados de las mismas antes de que se puedan poner en práctica, podrían dar respuestas a la necesidad de rendición de cuentas en la inversión pública y en la investigación social. En este contexto nace la idea de evaluación encaminada a una evaluación de políticas y acciones públicas, de forma conjunta con las ideas de racionalización y modernización de los sistemas públicos; la sociedad avanza y con ella los métodos para obtener resultados probabilísticos antes de poner en marcha las políticas públicas. Asociada a los procesos de racionalización de las decisiones presupuestarias y al uso de métodos de management (gestión) en las grandes empresas, la evaluación es un acto político esencialmente democrático, necesario para mejorar la eficacia del Estado, logrando una mejor asignación de los recursos y, por ende, consiguiendo economías públicas. De esta manera, junto con el denominado principio de economía de medios y eficacia en la asignación y utilización de los recursos públicos, se une el principio básico del servicio público y se recoge el derecho que tiene el ciudadano a la calidad en la prestación de los servicios públicos, estableciéndose un límite fundamental a la posibilidad del gestor de minimizar el coste de los mismos. El hecho de considerar el término calidad al evaluar las políticas públicas introduce una serie de complicaciones de cálculo que no se contemplan en la contabilidad analítica poniéndose de manifiesto cómo la Administración se encuentra obligada a evaluar tanto la consecución de los objetivos asignados presupuestariamente a los gestores de los distintos programas de gasto, como a la eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos presupuestarios establecidos para ello. Considerando que evaluar es establecer un juicio de valor sobre una política, programa o servicio público, la evaluación puede ser un aspecto central del proceso de políticas, programas y servicios. Podremos decir que es un aspecto crucial por razones utilitarias, ya que proporciona a los que toman decisiones algún tipo de valoración acerca de hasta qué punto los programas que han diseñado y llevado a cabo han alcanzado o están alcanzando los objetivos deseados, contribuyendo a mejorarlos, ayudando a decidir si es conveniente continuarlos, revisarlos o crear otros nuevos que posibiliten la consecución de los resultados deseados. La presente tesis pretende analizar la existencia de una nueva técnica para cotejar resultados y ampliar el horizonte del control combinando el reto impuesto por los análisis del siglo XXI de establecer modelos mixtos de evaluación (cuantitativos y cualitativos) con el objetivo fundamental de entender “qué efectos”, el “porqué” y el “cómo”, lo que viene denominándose innovation journey. Desarrollar un modelo de evaluación propio, permitiría disponer de un estándar representativo con carácter institucional, permitiría identificar mejoras y diseñar los planes con los que poder conseguir las mismas, compararía los resultados obtenidos, no sólo a nivel institucional sino a nivel de la esfera privada, apoyaría la certificación de la calidad del servicio prestado, facilitaría la autoevaluación y la evaluación externa más allá del control ejercicio por la Intervención General del Estado o el Tribunal de Cuentas, fortalecería con evidencias tangibles la consecución de esos resultados y sopesaría que las mejoras introducidas en los procedimientos evaluativos arrojan mejores resultados que sus predecesores. Además de todas estas singularidades, permitiría integrar los resultados del proceso evaluativo con la planificación de mejora continua y mostraría a la ciudadanía la evidencia de que los recursos económicos detraídos de sus ahorros han tenido el fin que se propuso desde el comienzo de la gestión. Y aun cuando la evaluación no debiera verse afectada por la financiación, lo cierto es que los resultados del control y la evaluación pueden aspirar a ser un factor importante pero no el único a tener en cuenta en el proceso presupuestario. La utilidad de los sistemas de control y evaluación se verá potenciada en el proceso presupuestario en la medida en que el Ministerio afectado desarrolle su capacidad para confrontar y gestionar con eficacia los conflictos que surjan al identificar necesidades y para reasignar recursos a nuevas prioridades. La integración de la evaluación en el control del proceso presupuestario puede proporcionar grandes resultados, incluso en términos de reducción del déficit, en la medida en que incorpore como criterios de éxito la adaptación y el aprendizaje en el diseño de las políticas públicas. El verdadero valor de los sistemas de evaluación reside en el proceso de valoración más que en sus resultados, entendido como un proceso interactivo y abierto al aprendizaje por parte del controlador o evaluador o del gestor. Este proceso de evaluación podría orientarse a la consolidación de los canales de comunicación e interacción entre decisores, participantes y grupos de interés (stake holders) en general de la política o programa presupuestario en cuestión. Esto aumentaría la coherencia interna del presupuesto ya que permitiría reducir la incertidumbre innecesaria o perfectamente evitable que se plantea en todo proceso de asignación de recursos, máxime en un escenario de recesión económica como es el analizado. Es necesario que este sistema de control funcione con la independencia suficiente y se le otorguen los medios, personal y recursos económicos necesarios para su implementación asignándole funciones, al organismo encargado de la evaluación, que puedan favorece las labores de control y evaluación de los servicios públicos, y de los recursos correspondientes, tanto en términos de control financiero, como de calidad para poder dar respuesta a las exigencias de una sociedad avanzada y democrática como la nuestra. Para poder abarcar los objetivos que marcarán esta consecución de referentes de eficacia, eficiencia y productividad debemos determinar los indicadores de una matriz de evaluación junto con unos mecanismos de control que son necesarios en todo procedimiento de gestión de recursos públicos. Adicionalmente se analizan las debilidades encontradas y las posibles modificaciones realizadas por el gestor para su fin. Los resultados obtenidos marcarán el rumbo de ese programa político en un sentido positivo o negativo, es decir, se constituirán como programas capaces de reflejar unos resultados deseables o, por el contrario, marcarán unas deficiencias tan insalvables que pueden llegar a producir el abandono de ese programa público antes de ser ejecutado. En definitiva, es una comparación con un patrón deseable que atiende a dimensiones vinculadas con objetivos o con capacidades como por ejemplo, tener la capacidad de anticiparse a errores futuros analizando los presentes, marcar el medio en el que nuestro programa pudiera verse afectado, cambiar gestores participantes en el programa. Lo que es evidente, es que la evaluación se mueve en unos parámetros donde es posible analizar la incertidumbre y las dependencias entre programas, de la misma manera que es factible analizar objetivos a corto, medio y largo plazo determinando diferentes escenarios presupuestarios. La máxima que surge en todo el proceso de evaluación de un programa público es que existe la posibilidad de definir objetivos habiendo antes obtenido evidencias que nos permitirán juzgar la consecución de los mismos; y esa tarea de evaluación puede ser aplicada ex ante (antes de), concomitante (durante), y ex post (después de) de las actividades desarrolladas. Y es, en este desarrollo, donde hemos descrito un modelo teórico de Informe de Evaluación, susceptible de ser elaborado por personal independiente al órgano evaluado; donde se confeccionarán las diferentes áreas seleccionadas que constituirán la matriz de la evaluación, a la par que se determinarán los indicadores aplicables a esos criterios. De la recogida de datos y su posterior análisis, derivará un informe sobre el que se realizarán las alegaciones pertinentes en caso de existencia de discrepancias y servirá como soporte básico para regular necesidades presentes y futuras, para gestionar de manera eficiente un crédito cada vez más limitado en este Ministerio y, en definitiva, para dar a conocer al evaluado cuanta información sea necesaria de cara a la optimización de su gestión. La evaluación debe ser una herramienta al servicio de la transparencia, la disposición y la mejora de la calidad democrática de las instituciones, útil para medir los impactos de las decisiones públicas facilitando la rendición de cuentas, la apertura de los procesos de gestión, fortaleciendo la posición de los ciudadanos, a título individual, pero también colectivo, como sociedad y otorgando la visión de la claridad en la esfera pública donde el ciudadano disponga de toda la información que requiera en el momento que la requiera y el órgano gestor sea capaz de racionalizar sus actuaciones y obtener unos resultados con unos ratios de éxito cada vez más superiores.0Doctoral Thesis6362<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Merino García, Beatriz" href="/fez/list/author/Merino García, Beatriz/">Merino García, Beatriz</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Un desafío al control público: modelo de evaluación aplicable a las políticas y programas de gasto de un organismo público" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-SegInt-Bmerino">Un desafío al control público: modelo de evaluación aplicable a las políticas y programas de gasto de un organismo público</a></i></b> . <span class="citation_date">2019</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Seguridad Internacional</span>RecordDoctoral ThesisPublishedEconomíaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Seguridad InternacionalMerino García, BeatrizPerdices Mañas, Jesus Albertotesisuned:ED-Pg-SegInt-Bmerinohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-SegInt-BmerinospaMERINO_GARCIA_Beatriz_Tesis.pdfpresmd_MERINO_GARCIA_Beatriz_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_SegInttesisuned:IUGMbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Seguridad Internacional (UNED)Tesis del Instituto Universitario Gutiérrez Mellado (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsMerino GarcíaAcceso abierto1.895703734172015-10-21T00:00:00Z37972016-08-26T19:04:48Z2016-08-26T19:04:48ZEl control jurisdiccional de la constitucionalidad y la política en Venezuela: estudio sobre la sala constitucional (2000-2010)tesisuned:Derecho-JaberriosLa configuración del sistema de justicia constitucional es un instrumento de la Sala Constitucional para potenciar su incidencia en la política con ocasión del control jurisdiccional de la constitucionalidad. Esta configuración es una de las formas de manifestación de la política judicial. Quizás sea más común apreciarla en la resolución de cuestiones materiales (controversias sobre derechos constitucionales, conflictos entre entidades territoriales, políticas públicas, etc.) que en el modo en cómo la Sala busca instrumentar sus decisiones. Esto lo ha logrado configurando el sistema de justicia constitucional, ampliando o reduciendo el alcance de su potestad jurisdiccional con el objeto de decidir un conflicto concreto, aunque pretendiendo que sus resoluciones trasciendan ese caso. La actividad de la Sala, entonces, ha supuesto una reordenación de las relaciones políticas entre las diversas instituciones del Estado. Y esta circunstancia ha conducido al desarrollo de los fenómenos de la politización de la justicia y la judicialización de la política. El análisis parte de la premisa de que la Sala Constitucional actúa con racionalidad, dependiendo del contexto político venezolano. De allí que se propone el estudio de ciertas sentencias seleccionadas porque contienen criterios que han servido para configurar el sistema de justicia constitucional, y además, por su trascendencia jurídica y política, que viene dada por las circunstancias en que fueron dictadas, y porque han servido como referente jurisprudencial o porque en ellas se ha reiterado o modificado un criterio anterior. De acuerdo con lo anterior, el objetivo general de esta tesis consiste en analizar la incidencia política del ejercicio del control jurisdiccional de la constitucionalidad por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela durante el período 2000-2010, e incluso de otras decisiones que después de esta época han seguido ciertos desarrollos jurisprudenciales. Para lograr este objetivo general, es preciso (i) analizar la evolución de la interpretación de la Sala Constitucional sobre el contenido y el alcance de sus atribuciones y del resto de los órganos jurisdiccionales del sistema venezolano de justicia constitucional; (ii) analizar el contexto político y las reacciones a las decisiones de la Sala Constitucional en las que ha configurado el sistema venezolano de justicia constitucional, y (iii) analizar las consecuencias en las instituciones y los derechos de los ciudadanos, de las decisiones de la Sala Constitucional en las que ha configurado el sistema venezolano de justicia constitucional. Se concluye que la evolución de la interpretación por parte de la Sala Constitucional sobre el contenido y el alcance de sus atribuciones y del resto de los órganos jurisdiccionales del sistema venezolano de justicia constitucional ha conducido a una inusitada concentración de poder jurisdiccional. La Sala ha gestionado su poder, en el sentido de que en ciertos casos ha procedido de manera activista o conservadora para alcanzar ciertos objetivos políticos, afectando la premisa del control jurisdiccional de los actos del Estado y la protección de los derechos de todas las personas. Las reacciones políticas y las consecuencias institucionales de las decisiones de la Sala Constitucional en las que ha configurado el sistema venezolano de justicia constitucional pueden reducirse a lo siguiente: la Sala aparenta ser un órgano fuerte, porque parece imponer su voluntad, pero la realidad indica que sólo es fuerte porque ha instrumentado su potestad jurisdiccional -configurándolo y reconfigurándolo- para mantener el status quo, y en específico, para garantizar la permanencia en el poder de quienes han dominado la escena política venezolana.0Doctoral Thesis7592<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Berríos Ortigoza, Juan Alberto" href="/fez/list/author/Berríos Ortigoza, Juan Alberto/">Berríos Ortigoza, Juan Alberto</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El control jurisdiccional de la constitucionalidad y la política en Venezuela: estudio sobre la sala constitucional (2000-2010)" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jaberrios">El control jurisdiccional de la constitucionalidad y la política en Venezuela: estudio sobre la sala constitucional (2000-2010)</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político.Berríos Ortigoza, Juan AlbertoGoig Martinez, Juan Manueltesisuned:Derecho-Jaberrioshttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JaberriosspaBERRIOS_ORTIGOZA_JuanAlberto_Tesis.pdfpresmd_BERRIOS_ORTIGOZA_JuanAlberto_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsBerríos OrtigozaAcceso abierto1.892710734172019-11-22T00:00:00Z18532019-12-12T22:06:08Z2019-12-12T22:06:08ZEl abogado. Marco jurídicotesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-JtobioLa profesión liberal de la abogacía, tal y como la conocemos hoy en día, como actividad de marcado carácter intelectual, libre, independiente y que cumple un fin público, dado que los que la ejercen deben actuar como cooperadores en la ardua tarea de administrar justicia, tiene su origen en la Roma antigua, sobre todo en aquella práctica forense de orden público del Bajo Imperio, cuando al advocatus se le requiere, como requisito sine qua non, la acreditación de amplios conocimientos en Derecho para poder proceder, tanto a la defensa técnica de sus asistidos o clientes ante los distintos órganos jurisdiccionales, como al correcto asesoramiento de los mismos para la confección y materialización de cualquier negocio jurídico concreto, a través de haber cursado estudios, con contenido teórico y práctico, por los que se demuestre el dominio de la lex artis que rige su ámbito del saber. La abogacía, como actividad ancestral, y como no podía ser de otra forma, ha seguido la tradición romanística a lo largo de los siglos, a través del tracto sucesivo en las distintas épocas históricas de los principios rectores que la rigen desde la Roma antigua, así como del contenido esencial de la regulación que de la misma se llevó a cabo en esta civilización por medio de iura y leges, con la correspondiente adaptación a las realidades políticas, sociales y económicas del momento histórico concreto. Por todo ello, ha de entenderse que no es posible optimizar el desarrollo del ejercicio forense en la actualidad sin tener presente nuestra tradición jurídica, dado que la misma contribuye, en altísimo grado, a cimentar los pilares de la institución de la abogacía, lo que, a su vez, conlleva a salvaguardar con mayor rigor los derechos e interés de los ciudadanos y por ende a cooperar, de la mejor manera posible, en la ardua tarea de administrar justicia. Así, el presente trabajo tiene dos finalidades estrechamente relacionadas. La primera no es otra que la de concienciar a los poderes públicos, y en mayor grado al legislador, tanto a nivel nacional como supranacional, de que el Derecho Romano, aunque no sea como Derecho positivo en sentido estricto, sigue vigente de una u otra forma en la actualidad, lo que debe llevarnos a la conclusión de que este ordenamiento ha de estar presente e informar la regulación de cualquier institución jurídica contemporánea, de Derecho Público o Privado, en aras de intentar lograr el mayor rigor y la más perfecta técnica jurídica posible a la hora de proceder a su articulación positiva, tanto desde la perspectiva formal como en cuanto al fondo o contenido, lo que traerá consigo un alto grado de pervivencia de la norma concreta por su depurada configuración, que, a su vez, evitará contradicciones y vulgarizaciones innecesarias y, en consecuencia, un gran respeto a la misma por parte de los miembros de la comunidad. Y es que tal grado de perfección normativa no es posible alcanzarlo dando la espalda a la tradición jurídica, que se erige en el elemento esencial de todo sistema jurídico. En el caso de la abogacía no puede ser de otra forma, ya que hunde sus raíces en la mayor tradición jurídica romanista, que la regula y dota de unos principios rectores y estructurales que han mantenido su esencia a lo largo de la historia. La segunda finalidad es la de proporcionar a todo jurista, sobremanera a los que se dediquen a la práctica forense, así como a los estudiantes de Derecho, una visión integral de la profesión, al facilitarles un análisis pormenorizado y sistemático de los principios rectores y estructurales de la misma, que vienen perviviendo en nuestro sistema jurídico desde su configuración en el Derecho Romano, para que, al margen de que extraigan sus propias conclusiones al respecto, entiendan la necesidad e importancia de tener presentes tales aspectos y la forma de proceder de los defensores técnicos de las causas a lo largo de la historia, para, tanto en el momento actual como en un futuro próximo, dotar a la profesión de cimientos sólidos y estables en su tratamiento y desarrollo práctico. A su vez, en tal sentido, el presente trabajo persigue varios objetivos. En primer orden, se pretende llevar a cabo un análisis exhaustivo de la actividad forense en la Roma antigua al exponer la evolución que sufre esta actividad a lo largo de las distintas etapas en las que transcurre dicha civilización, tanto desde la perspectiva de las formas de gobierno como de las distintas etapas del Derecho, proceso del que se extraen los principios rectores y estructurales de la misma, que se consagran en tal civilización y que se transmiten a lo largo de la historia. En segundo orden, hallar y contextualizar dichos principios rectores y estructurales en las legislaciones medievales y modernas de mayor relevancia, que son informadas por la tradición romanística, a través del ius commune, estudiado y difundido desde las universidades del bajomedievo. En tercer orden, desarrollar una exposición analítica de la regulación de los parámetros más relevantes de la profesión de la abogacía tras el proceso codificador y en la actualidad, a fin de deducir los puntos de conexión con tradición romanística. En cuarto orden, ofrecer una visión integral de la situación de la actividad forense en la actualidad, haciendo especial incapié en sus principios rectores, su estructura y su regulación. En quinto orden y, por último, proponer, en algunas aspectos, criterios y fórmulas para optimizar la práctica forense en nuestros tiempos. Como puede observarse, el desarrollo histórico de la profesión que se plasma en el presente trabajo, lejos de ser una mera trasposición de la normativa reguladora de la profesión que nos ocupa en cada época, pretende hacer un seguimiento lo más pormenorizado posible respecto a la pervivencia y mantenimiento de los principios rectores y estructurales que rigen la actividad forense desde que se configura como tal en el Derecho Romano, sin obviar la evolución que han sufrido los mismos, al deber adaptarse a las realidades políticas, económicas y sociales de cada momento. Metodológicamente, se sigue una línea común a la hora de abordar, de manera independiente, cada uno de los parámetros más relevantes que integran la profesión de la abogacía. En la mayor parte de los epígrafes o apartados en los que se analizan tales aspectos, se comienza por abordar la cuestión en las diversas etapas evolutivas de la Roma antigua, para, posteriormente, desarrollar el particular en las épocas medieval y moderna, hasta, tras pasar por el proceso codificador decimonónico, llegar a la actualidad.0Doctoral Thesis13562<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Tobío Fernández, Jonatan" href="/fez/list/author/Tobío Fernández, Jonatan/">Tobío Fernández, Jonatan</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El abogado. Marco jurídico" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Jtobio">El abogado. Marco jurídico</a></i></b> . <span class="citation_date">2019</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias SocialesTobío Fernández, JonatanMartín Minguijón, Ana RosaGómez Garzas, Jesústesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-Jtobiohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-DeryCSoc-JtobiospaTOBIO_FERNANDEZ__Jonatan_Tesis.pdfpresmd_TOBIO_FERNANDEZ__Jonatan_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_DeryCSocbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Derecho y Ciencias Sociales (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsTobío FernándezAcceso abierto1.886855534172017-07-14T00:00:00Z10382018-05-07T22:56:12Z2018-05-07T22:56:12ZLa planificación centrada en la persona aplicada al colectivo de personas sin hogar: el caso de la ciudad de Lleidatesisuned:ED-Pg-MCyS-EmbenitoLa imagen más severa de la exclusión social son las Personas Sin Hogar (PSH), personas que por diferentes motivos, no disponen de una vivienda estable y adecuada y se encuentran incapaces de ejercer de forma plena sus derechos y deberes como ciudadanos. La preocupación por el colectivo de PSH en Europa se manifiesta en diferentes iniciativas políticas y administrativas a nivel europeo, como la Estrategia de Lisboa (2000), que tienen por objetivo, entre otros, mejorar la Calidad de Vida (CV) de las personas en situación de exclusión social. Para poder conseguirlo, se desarrollan una serie de estrategias locales en los países europeos que fomentan la promoción del empleo y de la vivienda. Sin embargo, mejorar la CV de las PSH no supone únicamente dotar de bienes o derechos materiales a los ciudadanos, debe fomentar el bienestar psicológico, la autodeterminación o el ejercicio de los derechos fundamentales. Para poder hacerlo, es preciso planificar intervenciones que vayan más allá de la cobertura de necesidades básicas. Las dificultades aparecen a la hora de planificar estas intervenciones, ya que la escasa fundamentación teórica provoca limitaciones en la práctica diaria de aquellas instituciones u organizaciones que trabajan habitualmente con personas sin hogar. Una de las metodologías más apropiadas para intervenir en la CV de personas sin hogar es la Planificación Centrada en la Persona (PCP), ya que se fundamenta en la mejora de la CV y en la participación plena de la persona en su proceso de inclusión social, elementos considerados clave en la intervención con PSH. Las experiencias de adaptación y aplicación de esta metodología en el colectivo sin hogar se producen fundamentalmente en países anglosajones y muestran resultados muy positivos. En estas experiencias se utiliza este tipo de planificación en programas de inclusión laboral y residencial sobretodo. La presente tesis tiene una estructura que se inicia con una exposición de los elementos más importantes sobre las PSH, para lo cual se diferencian entre conceptos relacionados como son la pobreza, la exclusión social y las PSH. Continúa recogiendo las características más importantes del colectivo en la ciudad de Lleida, lugar donde se desarrolla el trabajo. A continuación se exponen los elementos definitorios de la PCP basando la explicación en la autodeterminación y la CV. La explicación del Modelo de Calidad de Vida de Schalock y Verdugo (2002; 2003; 2004) sirve de punto de partida de la exposición sobre las principales investigaciones que relacionan CV, PCP y PSH. La segunda parte presenta los resultados empíricos en base a dos artículos publicados en revistas científicas producto del análisis de los datos obtenidos mediante el proceso investigador realizado a lo largo de estos años. El primero de ellos utiliza el paradigma de la PCP y su preocupación por el fomento de la CV y adapta sus preceptos a las características del colectivo de PSH de la ciudad de Lleida para analizar las propiedades psicométricas de uno de los instrumentos más destacados para analizar la CV de las personas usuarias de Servicios Sociales, la Escala GENCATde Calidad de Vida (Verdugo, Arias, Gómez y Schalock, 2008). La principal aportación de la tesis es que la muestra escogida para ello son 72 PSH de la ciudad de Lleida. Y lo es porque la escala no está destinada de forma explícita al colectivo, pese a ser destinatario de la intervención de servicios sociales. Los resultados ponen de manifiesto la adecuación del instrumento para la medición de resultados personales ligados a la CV. Además de esta aportación, la tesis muestra las valoraciones que los profesionales de servicios sociales de la ciudad de Lleida realizan acerca de la PCP mostradas mediante el segundo de los artículos presentados. Los resultados ofrecen claridad y conocimiento acerca de las posibilidades de la metodología en el desarrollo de la labor profesional. La elección del paradigma y su metodología se basa en la coincidencia con los principios teóricos que fundamentan la intervención con PSH y los adecuados resultados de diferentes experiencias en diferentes países. La tercera parte muestra las principales conclusiones del trabajo, así como las aportaciones más importantes realizadas y las limitaciones presentadas en las investigaciones desarrolladas. Las dos últimas partes de la tesis recogen por un lado las referencias utilizadas tanto en la elaboración del documento como en los artículos presentados y, por otro los anexos necesarios para ilustrar el contenido del documento. Entre estos últimos se encuentran las aportaciones realizadas en diferentes congresos y jornadas en las cuales se ha colaborado y que han posibilitado compartir los conocimientos adquiridos en el proceso de elaboración de la tesis.0Doctoral Thesis9172<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Benito Herráez, Eva María" href="/fez/list/author/Benito Herráez, Eva María/">Benito Herráez, Eva María</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La planificación centrada en la persona aplicada al colectivo de personas sin hogar: el caso de la ciudad de Lleida" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-MCyS-Embenito">La planificación centrada en la persona aplicada al colectivo de personas sin hogar: el caso de la ciudad de Lleida</a></i></b> . <span class="citation_date">2017</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Metodología del Comportamiento y la Salud</span>RecordDoctoral ThesisPublishedPsicologíaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Metodología del Comportamiento y la SaludBenito Herráez, Eva MaríaMaciá Antón, AraceliAlsinet i Mora, Carlestesisuned:ED-Pg-MCyS-Embenitohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-MCyS-EmbenitospaBENITO_HERRAEZ_EvaMaria_Tesis.pdfpresmd_BENITO_HERRAEZ_EvaMaria_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_MCySbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Metodología del Comportamiento y la Salud (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsBenito HerráezAcceso abierto1.88435834172017-05-29T00:00:00Z98432017-06-27T22:59:37Z2019-03-18T19:52:54ZDatos de geolocalización como medida de investigación. Avances en el sistema jurídico procesal penaltesisuned:Derecho-LmcabelloEsta tesis se configura como investigación jurídica teórico-práctica, que tiene por objeto hallar soluciones jurídicas adecuadas a los problemas que plantea socialmente la evolución, el uso y la aplicación de las nuevas tecnologías a la geolocalización de las personas. Actualmente contamos con sistemas GPS como dispositivos autónomos y como parte integrante de nuestro dispositivo de comunicación móvil, redes WiFi que transmiten información de nuestra localización más allá de la que el ciudadano voluntariamente desea, archivos Exif en nuestras fotos que integran datos de la ubicación, estaciones base de telefonía que recogen de manera constante nuestra situación espacial ... múltiples variantes que merecen ser analizadas ante la laguna jurídica existente. Se valora el hecho del desarrollo de la técnica y de las comunicaciones desde un punto de vista objetivo, determinando qué instrumentos, existentes en la actualidad, nos sirven para informar de la ubicación de una persona, con la consiguiente utilidad que ello reporta a la investigación de los ilícitos penales por las unidades policiales. A este hecho, se le vincula un posicionamiento doctrinal al respecto, una jurisprudencia avanzada con respecto a la norma, y por fin, aunque de modo incompleto, una legislación relacionada con esta materia que requiere de interpretación, la cual busca como objetivo rellenar el patente vacío legal. Más concretamente, el planteamiento inicial se basa en un estudio objetivo y real, dentro del Capítulo I de la situación de facto de los datos de geolocalización, especificando no solo su tipología desde el punto de vista de la técnica, sino el abanico de normas existentes al respecto. Tras ello, usando un tipo de saber reflexivo, y tras estar en posesión consciente de la realidad geolocativa, se emiten, en el Capítulo II juicios explicativos, comprensivos y demostrables, que traen fundamento de la doctrina y la jurisprudencia, sin olvidarnos de la interpretación de la escasa norma, en relación con la obtención y/o intervención de los datos de localización dentro del marco de una investigación penal. Posteriormente, y ya en el Capítulo III se presenta la utilidad procesal de dichos datos; usando un método deductivo se alcanzan conclusiones en relación al posible peso probatorio en el proceso penal de esta nueva información lograda tras un proceso de desarrollo de la tecnología. La tesis logra dar una visión clara y completa de los datos de geolocalización, de su tipología, de su naturaleza jurídica, la legislación aplicable a cada supuesto y su modo de introducción en el proceso penal, dejando atrás el éntramado complejo y confuso que conforman las escasas disposiciones expresas que regulan esta materia, y la dispersa jurisprudencia dictada a la luz de casos concretos. Los datos de geolocalización como hecho dejarán de ser desconocidos y, como concepto jurídico, encontrarán su ubicación en las distintas y diseminadas normas, dependiendo siempre de su variable naturaleza jurídica. Se le reconocerá su innegable peso como medida de investigación, faente de prueba y en su caso, medio de prueba, quedando delimitados los. márgenes legales entre los que se desarrolla esta iriformación sobre la ubicación de las personas.0Doctoral Thesis20792<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Cabello Gil, Laura María" href="/fez/list/author/Cabello Gil, Laura María/">Cabello Gil, Laura María</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Datos de geolocalización como medida de investigación. Avances en el sistema jurídico procesal penal" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Lmcabello">Datos de geolocalización como medida de investigación. Avances en el sistema jurídico procesal penal</a></i></b> . <span class="citation_date">2017</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional Público</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional PúblicoCabello Gil, Laura MaríaMoure Colón, FernandoCastro-Rial Garrone, Fannytesisuned:Derecho-Lmcabellohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-LmcabellospaCABELLO_GIL_LauraMaria_Tesis.pdfpresmd_CABELLO_GIL_LauraMaria_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairebibliuned:DptoDIP-FDER-TesisTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireDepartamento de Derecho Internacional Público (UNED). Tesishttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsCabello GilAcceso abierto1.88242634172017-10-02T00:00:00Z257562017-12-14T00:36:00Z2017-12-14T00:42:01ZDerechos fundamentales de los reclusostesisuned:Derecho-JpsanchaLas prisiones constituyen un fenómeno relativamente reciente, casi contemporáneo, al menos con la finalidad con la que la que conocemos hoy a los centros penitenciarios. Si originariamente su finalidad era la retención y custodia de los presos, aguardando su juicio o por mejor decir su castigo; la irrupción de las llamadas Escuelas penales supuso la atribución a las prisiones de lugar de cumplimiento de las penas privativas de libertad, ya en su función de castigo por el mal causado (doctrinas expiatorias o retribucionistas) ya en su función de prevenir la comisión de delitos por la sociedad en general (doctrinas de la prevención general) o por quien ya había delinquido (doctrinas de la prevención especial). La importancia de tales corrientes penalistas determinó en gran medida la finalidad de la pena privativa libertad y, por ende, al satisfacer ésta, el abanico de los derechos de los reclusos Se efectúa, asimismo, una reseña histórica de las normas que han jalonado nuestro derecho penitenciario, muy particularmente los diversos textos constitucionales con especial incidencia en nuestra querida Constitución de Cádiz de 1812, hasta llegar a la vigente Ley Orgánica General Penitenciaria y su Reglamento de desarrollo; pero sin olvidarnos como no podía ser otro modo, del precepto angular de nuestro trabajo, el artículo 25.2 de la Constitución española de 1978, así como el reflejo que en la citada “lex superior” ha tenido el proceso de internacionalización de los derechos, en el que ha tenido un trascendental relieve las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos adoptadas en el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente. A continuación se analiza profusamente la relación jurídico- penitenciaria, que surge de la comisión de los delitos y posterior condena a los reclusos, bajo el prisma de las llamadas relaciones de sujeción especial, por cuanto afecta al status del recluso en su relación con la Administración penitenciaria, que sigue siendo una cuestión muy controvertida en la doctrina constitucionalista, administrativista, penalista o penitenciaria, y que ha producido vacilaciones jurisprudenciales en materia constitucional. De la posición doctrinal que adoptemos sobre la naturaleza de tales relaciones de supremacía especial quedarán comprometidos en mayor o menor medida los derechos de los internos, produciéndose vulneraciones, a juicio de la doctrina, flagrantes de su status como ciudadano que sigue formando parte de la sociedad, y al que no se le puede privar sin más de tales derechos con fundamentación las polémicas relaciones de sujeción especial. En ese orden de cosas, se aborda el cuadro derechos y deberes de los reclusos ,tanto desde la perspectiva legal y reglamentaria, como a la luz de la jurisprudencia constitucional; sin desdeñar la importancia que supone la situación actual de los centros penitenciarios, que ha desembocado en una feroz crítica doctrinal sobre la necesidad de la existencia de estos últimos, dado el escaso poder resocializador (e incluso, si se permite, desocializador) de tales centros en las últimas décadas en nuestro país y en los restantes de Europa (muy especialmente en los pioneros en esta materia como fueron los países nórdicos). Por ello será conveniente hacernos eco de los distintos sistemas penitenciarios a lo largo de la evolución penitenciaria, para conocer mejor por qué se habla en la actualidad del posible fracaso de la finalidad resocializadora de las penas privativas de libertad. No obstante, el hecho de que la doctrina de forma generalizada venga reconociendo la más que palpable crisis de la ideología resocializadora en nuestro país, confiemos en que ello no suponga su abandono definitivo; toda vez que la finalidad reinsertadora de las penas privativas de libertad hunde sus raíces en la proclamación de España como Estado Social y Democrático de Derecho, que efectúa el artículo 1 de nuestra “norma normarum”. A lo que cabe añadir que el respeto a la dignidad humana se configura en ésta última como uno de los valores fundamentales de nuestro Ordenamiento jurídico, y por tanto del derecho que rige la vida cotidiana de los reclusos, el penitenciario. Nuestra Carta Magna se ha inclinado por reconocer una función resocializadora o de reintegración, alejada de las teorías puramente retribucionistas o expiatorias; aunque nuestro Alto Tribunal haya admitido que las penas privativas de libertad no sólo tienen como única finalidad legítima la reeducación o reinserción social, sino finalidades de prevención general e incluso de mero castigo. De lege data el mandato de resocialización contenido en el artículo 25.2 CE ha sido dignamente llevado a efecto, primero por la LOGP y La Exposición de Motivos de la LOGP en consonancia con el mandato resocializador contenido en nuestra Carta Magna, intentando impregnar todo su articulado, señala que “el penado no es un ser eliminado de la sociedad, sino una persona que continúa formando parte de la misma, incluso como miembro activo, si bien sometido a un particular régimen jurídico encaminado a preparar su vuelta a lmás tarde por su Reglamento Penitenciario de desarrollo. Lo que lleva a formularnos una cuestión de vital importancia en el desarrollo de este trabajo: ¿Quedan suficientemente garantizados los derechos de los reclusos en las cárceles españolas? Entiendo que así debiera ser a pesar las limitaciones recogidas en el mismo precepto constitucional: el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria; aunque, desgraciadamente, como tendremos ocasión de comprobar en el desarrollo esta tesis, de facto son múltiples las vulneraciones de los derechos fundamentales de los internos en nuestros centros penitenciarios. La legislación penitenciaria patria se encuentra a la vanguardia en los ordenamientos penitenciarios contemporáneos y es tributaria de las corrientes más avanzadas de la Ciencia penitenciaria. Una contribución fundamental en la situación actual de nuestra legislación penitenciaria se debe, sin duda, al proceso de internacionalización que ha sufrido los derechos fundamentales de los reclusos y a la posterior recepción de tales convenios y tratados internacionales en nuestro ordenamiento jurídico. Por otro lado, la obra del profesor Reviriego Picón , constituye una obra de obligada referencia. Muy especialmente el capítulo IV “Análisis específico de los derechos a la luz de la jurisprudencia constitucional” de su obra “Los derechos de los reclusos en la jurisprudencia constitucional”, por tratarse de una materia a la que la doctrina constitucional no había dispensado la atención necesaria. Procede ahora por tanto de forma pormenorizada abordar, con mayor minuciosidad, el análisis específico de cada uno de los derechos fundamentales que pueden verse afectados por el ingreso en prisión de una persona y en qué medida han sido sus límites perfilados por nuestro Alto Tribunal. Contribuye a la citada labor la jurisprudencia emanada de las resoluciones del TEDH, al interpretar el contenido y límites de los derechos consagrados y garantizados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, con la consiguiente repercusión en la aplicación que de tales preceptos efectúen los Estados Parte, hayan sido parte o no en el procedimiento en el que se hubiere dictado la sentencia. En definitiva, ha venido y viene desarrollando una labor que hemos calificado de “pretoriana”. Con todo se hace imprescindible conohestar la recepción en la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo con la nacida de nuestro Alto Tribunal. Tarea por lado nada exenta de dificultades como se acredita en el capítulo noveno en el que se aborda el estudio de la jurisprudencia del TEDH. Mas sin perjuicio de los enormes esfuerzos desplegados tanto desde la Administración penitenciaria como desde la doctrina para ofrecer métodos alternativos a la cárcel, máxime en los momentos que nos ha tocado vivir de crisis del “otrora intocable” Estado del Bienestar, se ha desembocado en la crisis de la ideología resocializadora. Por lo que se está produciendo, como consecuencia de la crisis de los sistemas penitenciarios, una más que posible vuelta a los fines puramente retributivos de las penas privativas de libertad. A pesar de tan preocupante afirmación llegaremos a la conclusión que frente a la crisis de la ideología resocializadora debemos reafirmarnos de un lado, en la defensa de un Derecho Penitenciario mínimo, basado en los derechos fundamentales reconocidos (y garantizados) a toda persona, incluidos los reclusos, por la Constitución española, y de otro, en el respeto a la dignidad humana, que debe impregnar nuestro ordenamiento jurídico. En esta dirección apunta la doctrina española más reciente ,proponiendo la que se ha calificado muy gráficamente como descarcelación , principios para una política pública de reducción de la cárcel, desde un garantismo radical, entendido como un programa, que sin incurrir en un abolicionismo del sistema penal, lo que por otro lado sería a vida libre en las mejores condiciones para ejercitar socialmente su libertad”. A lo largo de este trabajo comprobaremos si dicho mandato ha sido cumplido fielmente o es tan solo un desiderátum del constituyente. Reviriego Picón, F. “Los derechos fundamentales de los reclusos en la jurisprudencia constitucional”, niversitas, Madrid, 2008. Rivera Beiras,I., “Descarcelación. Principios de una política de reducción de la cárcel. (desde un garantismo raprácticamente imposible, permita de una forma gradual un abandono de la institución carcelaria; una vez que las pretendidas alternativas a la pena privativa de libertad se han demostrado ineficaces en gran medida como instrumento para luchar contra la criminalidad creciente. Convendrá, por otro lado, habida cuenta del fracaso, al menos en la praxis penitenciaria, aunque no sea una cuestión pacífica en la doctrina, como podrá apreciarse en el capítulo de la idea de resocialización, por las consideraciones que se van desgranando lo largo del presente trabajo, ahondar en el que constituye el verdadero reto, no solo de la Administración penitenciaria, sino de la sociedad en su conjunto, evitar una mayor “desocialización” del penado (amén de la que ya suele sufrir antes del ingreso en prisión), procurando no incrementar los efectos de lo que llamó Clemmer la “prisionización“, es decir, la adaptación del recluso a la subcultura carcelaria, o usos y costumbres que los demás internos imponen en los establecimientos carcelarios. El presente trabajo se completa con anexos relativos a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, así como sobre la jurisprudencia del TEDH (tanto relativa a España como al resto de países signatarios del CEDH) siguiendo un criterio cronológico y en razón del derecho invocado, que permitirán un análisis exhaustivo de los derechos de los internos recogidos en el CEDH. Nos parece acertado finalizar, esta sinopsis de lo que constituirá la tesis doctoral relativa a los derechos fundamentales de los reclusos, recordando el desiderátum del Tribunal Europeo de Derechos Humanos exigiendo que “la justicia no se detenga a la puerta de las prisiones“, en su Sentencia Campell y Fell v. Reino Unido, de 28 de junio de 1984, reproducido por nuestro Alto Tribunal por primera vez en la STC 2/1987, de 21 de enero, que debe presidir el análisis, estudio o formación de la materia penitenciaria y, por ende, del régimen jurídico de los reclusos.0Doctoral Thesis19522<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Sancha Diez, Jose Pablo" href="/fez/list/author/Sancha Diez, Jose Pablo/">Sancha Diez, Jose Pablo</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Derechos fundamentales de los reclusos" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jpsancha">Derechos fundamentales de los reclusos</a></i></b> . <span class="citation_date">2017</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Político</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho PolíticoSancha Diez, Jose PabloReviriego Picón, Fernandotesisuned:Derecho-Jpsanchahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JpsanchaspaSANCHA_DIEZ_JosePablo_Tesis.pdfpresmd_SANCHA_DIEZ_JosePablo_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Licencia de acceso Creative CommonsSancha DiezAcceso abierto1.875198834172018-06-11T00:00:00Z13102018-07-24T18:25:59Z2018-07-24T18:26:40ZEl papel del Consejo Europeo en la crisis económica y el modelo social europeotesisuned:ED-Pg-UniEuro-OmcalatravaEl trabajo realizado tiene tres objetivos fundamentales: en primer lugar, profundizar sobre la figura del Consejo Europeo que adquiere un mayor protagonismo tras el Tratado de Lisboa, que le otorga el status de institución y amplía sus competencias en beneficio del principio intergubernamental, para compensar los avances del principio supranacional a través del incremento de las funciones del Parlamento Europeo. Se trata de conocer si las decisiones adoptadas por el Consejo Europeo en el contexto de la crisis económica son oportunas y adecuadas; si evitarán crisis futuras y si avanzan en la consecución de un nuevo proyecto europeo. En segundo lugar, conocer si Europa tiene un modelo social europeo, si apuesta por la dimensión social, y si los instrumentos que tenemos son los adecuados. En tercer lugar, analizar las consecuencias sociales de los países rescatados, si las medidas poco convencionales adoptadas por la Unión (MEDE, MOU, etc) han ayudado a estos países a salir de la crisis y si se han vulnerado los derechos fundamentales y sociales. En relación con el primer objetivo, se deduce que al institucionalizar el Consejo Europeo se le otorga un mayor protagonismo en su papel de impulsor de las políticas de la Unión. El Consejo Europeo ha tenido un papel crucial en la crisis económica. Se han adoptado medidas tan importantes como: el Semestre Europeo, el Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE); el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria (o también llamado pacto fiscal) que promovía la disciplina presupuestaria y establecía la exigencia de reformas constitucionales para imponer a cada país la “regla de oro”, el Pacto por el Crecimiento y Empleo, la unión bancaria, la Iniciativa de Empleo Juvenil o el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas. En cuanto al modelo social europeo, se concluye que es esencial renovarlo, apostar por fórmulas de políticas flexibles como las soft law, y en concreto, el MAC como un nuevo instrumento de construcción de la Europa social. En este sentido el Pilar Europeo de Derechos sociales parece una buena oportunidad para desarrollar la dimensión social Europea y garantizar los derechos de los ciudadanos. También se concluye la necesidad de que Europa se adhiera a la Carta Social Europea de modo que deje de ser considerada la hermana pobre del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El TJUE ha tenido un papel muy integrador y pro europeo, defendiendo el MEDE y los MOU, en detrimento de los derechos fundamentales y sociales. Sin embargo, a raíz del caso Ledra Advertising, parece que esta posición va a ir moviéndose para equilibrar lo económico y lo social. Por último, se constata como las medidas extraordinarias de gestión de la crisis han debilitado los sistemas de protección social de los países rescatados y la capacidad de decisión de los Estados miembros frente a la UE. Sin embargo, las reformas estructurales han sido positivas a la larga, porque han modernizado las estructuras administrativas y económicas, lo que dará estabilidad a estos países y estarán mejor preparados para futuras crisis.0Doctoral Thesis6902<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Calatrava Lesmes, Olga Maria" href="/fez/list/author/Calatrava Lesmes, Olga Maria/">Calatrava Lesmes, Olga Maria</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El papel del Consejo Europeo en la crisis económica y el modelo social europeo" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-Omcalatrava">El papel del Consejo Europeo en la crisis económica y el modelo social europeo</a></i></b> . <span class="citation_date">2018</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaCalatrava Lesmes, Olga MariaVidal Prado, Carlostesisuned:ED-Pg-UniEuro-Omcalatravahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-OmcalatravaspaCALATRAVA_LESMES_OlgaMaria_Tesis.pdfpresmd_CALATRAVA_LESMES_OlgaMaria_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_UniEurobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsCalatrava LesmesAcceso abierto1.866196334172018-09-27T00:00:00Z16172018-11-06T19:20:11Z2018-11-06T19:20:11ZDel castigo justo y necesario a la utopia de la reinserción socialtesisuned:ED-Pg-UniEuro-DisuarezLas dos concepciones antagónicas sobre el fin del castigo, han sido lideradas por Kant y el idealismo alemán, cuyo fundamento se encuentra en los valores supremos de Justicia absoluta, lo merecido y lo justo, aunque la pena no sirva para nada, teoría que fue el fundamento del retribucionismo. Y, por otra parte, el realismo crítico que representa al Juez de Chesterton, para quién el problema del castigo no es moral, ni ético, sino estrictamente legal, “la pena justa no es la pena prescrita por la ley”. La exigencia de una pena justa y merecida en consonancia con la gravedad del delito y la culpabilidad del autor, encuentra relación con los principios de proporcionalidad y de responsabilidad subjetiva. Va encaminada a la resocialización del castigo, que afecta al proceso de cumplimiento y ejecución de la pena impuesta, con un tratamiento correctamente prescrito y ejecutado con arreglo a cada grupo. Este es el único momento en que, el castigo, puede obtener un efecto bienhechor en el penado, si bien, dependerá de otras variables como la edad, la personalidad, el delito cometido y el tratamiento impuesto. La búsqueda del origen de un comportamiento desviado ha hecho correr ríos de tinta, incluso se ha relacionado el comportamiento delictivo con una serie de déficits y carencias en los procesos cognitivos de la población reclusa que empíricamente no ha podido demostrarse, al existir población con estos déficits que no delinquen. El Estado social se encamina hacia la ejecución y cumplimiento de una pena que debe servir positivamente para el penado y para ello crea estructuras del hábitat penitenciario debidamente ordenadas, oferta terapias de mejora cognitivas, familiares, profesionales y sociales para los internos, que en cualquier caso deben suponer una mejora personal, siempre que sea una decisión voluntaria del interno su participación. Existe una indudable relación entre la criminalidad y el funcionamiento de la sociedad en la que vivimos, sus crisis, valores y conflictos, que afectan de manera diferente a cada ciudadano.0Doctoral Thesis7332<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Suárez Collía, Diana Isabel" href="/fez/list/author/Suárez Collía, Diana Isabel/">Suárez Collía, Diana Isabel</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Del castigo justo y necesario a la utopia de la reinserción social" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-Disuarez">Del castigo justo y necesario a la utopia de la reinserción social</a></i></b> . <span class="citation_date">2018</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaSuárez Collía, Diana IsabelSerrano Tárraga, María Dolorestesisuned:ED-Pg-UniEuro-Disuarezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-DisuarezspaSU__REZ_COLL__A__Diana_Isabel_Tesis.pdfpresmd_SU__REZ_COLL__A__Diana_Isabel_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_UniEurobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsSuárez CollíaAcceso abierto1.850875334172015-12-15T00:00:00Z129582016-09-15T01:01:03Z2017-05-18T21:02:34ZEstrategias competitivas de las empresas del sector de la energía eólica en Españatesisuned:CiencEcoEmp-DmorenoLa tesis tiene por objeto formular una propuesta relativa a estrategias competitivas de las empresas del sector de la energía eólica en España. En la última década, las energías renovables han tenido una cada vez más relevante importancia debido a las consecuencias negativas en el medio ambiente derivadas del uso excesivo de las fuentes de energía convencionales, que están produciendo efectos negativos en el conocido cambio climático. La política energética europea se enfrenta a la necesidad, cada vez más acuciante, de garantizar a todos los ciudadanos una energía segura, sostenible, asequible y competitiva. A diferencia de otras tecnologías de generación eléctrica con potencial de crecimiento, la energía eólica ha demostrado en los últimos años un importante desarrollo y madurez tecnológica que permite reducir la elevada dependencia energética al no requerir la importación de combustibles, y puede suponer importantes ahorros correspondientes a la menor adquisición de derechos de emisión de CO2 para cumplir los compromisos de la Directiva Europea de comercio de emisiones derivada del Protocolo de Kioto y de los nuevos compromisos que se acuerden en el Protocolo de París de finales de 2015. En la investigación se identifican los elementos clave del sector energético en España relacionados con la generación de energías renovables y específicamente la energía eólica, sus ventajas y posición competitiva. Mediante la aplicación de una metodología analítica se realiza un análisis estratégico del sector eólico español en el último decenio, por medio de un completo análisis externo e interno: el entorno general, que consta de varios elementos en los ámbitos político, económico, social, tecnológico, ecológico y legal; el entorno sectorial o entorno competitivo, que se encuentra más cercano a las empresas del sector y que está compuesto por los competidores y otras organizaciones que pueden amenazar el éxito de los productos y servicios de la empresa; el análisis interno, que ayuda a identificar las debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades que determinan el éxito del sector eólico español; y, por último, la cadena de valor del sector eólico, como medio de descubrir las fuentes potenciales de ventaja competitiva. Tras el análisis estratégico, se procede a formular la propuesta de estrategias competitivas de las empresas del sector de la energía eólica en España. Para la definición de las estrategias se utilizan como herramientas de trabajo, la matriz de crecimiento-participación, y la matriz de crecimiento de Ansoff. Se sigue con las estrategias competitivas genéricas de Porter: liderazgo en costes, diferenciación y especialización. Y se finaliza con las estrategias funcionales. Se concluye la tesis con la propuesta de estrategias competitivas de las empresas del sector de la energía eólica en España: ventaja competitiva de liderazgo en costes, crecimiento de expansión mediante inversiones en el exterior, crecimiento de diversificación en eólica marina y minieólica, inversiones para incrementar la eficiencia de los aerogeneradores, ampliación de las interconexiones eléctricas con el resto de Europa, inversión y repotenciación del recurso eólico y fomento del uso de las tecnologías de almacenamiento y del autoconsumo energético.0Doctoral Thesis16752<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Moreno Casas, David" href="/fez/list/author/Moreno Casas, David/">Moreno Casas, David</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Estrategias competitivas de las empresas del sector de la energía eólica en España" href="/fez/view/tesisuned:CiencEcoEmp-Dmoreno">Estrategias competitivas de las empresas del sector de la energía eólica en España</a></i></b> . <span class="citation_date">2015</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales. Departamento de Organización de Empresas</span>RecordDoctoral ThesisPublishedEmpresaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales. Departamento de Organización de EmpresasMoreno Casas, DavidRodrigo Moya, Beatriztesisuned:CiencEcoEmp-Dmorenohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:CiencEcoEmp-DmorenospaMORENO_CASAS_David_Tesis.pdfpresmd_MORENO_CASAS_David_Tesis.xmltesisuned:CiencEcoEmpbibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairebibliuned:DptoOE-FECO-TesisTesis de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireDepartamento de Organización de Empresas (UNED). Tesishttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Licencia de acceso Creative CommonsMoreno CasasAcceso abierto1.82417734172016-07-28T00:00:00Z77092017-04-20T21:31:03Z2017-07-10T22:02:33ZPraxis de la inmigración irregular en la España del siglo XXI. Metodología de las migraciones irregulares y su afloramiento hacia la permanencia legal. Un estudio desde las perspectivas sociológica y jurídicatesisuned:Derecho-JmcerezoEl trabajo de investigación se gestó prácticamente desde 2005, un reto que se constituía para marcar los tiempos para poder recoger información y gestionar de primera mano, los procesos migratorios en general y, en particular, el que trataba de ser un ejemplo dinamizador de la gestión de los procesos que canalizaban las migraciones irregulares hacia la permanencia legal. Hacia la conocida y controvertida figura del arraigo. 2006, fue el año de comienzo de la andadura del arraigo, prácticamente tal y como lo conocemos hoy día. A la figura arraigular se la denominó regulación permanente. El afloramiento masivo español, desde el no derecho que se hace derecho. Ese año marcó la línea de salida del Proyecto de Investigación que hoy toma el nombre de PRAXIS DE LA INMIGRACIÓN IRREGULAR EN LA ESPAÑA DEL SIGLO XXI, pues cualquier empleado público que haya tratado el tema; cualquier profesional del Derecho; cualquier persona que haya investigado sobre el controvertido dilema del arraigo, no ha podido quedar impasible ante las causas y consecuencias de su gestación, gestión, casuística e impacto en la sociedad española. Más de 800.000 solicitudes le avalan. De modo que el trabajo se ha llevado a cabo tratando el proceso desde 2006 hasta 2014, debido principalmente a la necesidad de acotar el análisis desde las dos perspectivas principales: la Sociología, por un lado, donde se ha analizado el fenómeno partiendo no solo desde las migraciones con permanencia irregular en España y sus repercusiones, sino también desde el mismo momento en que se pierda la permanencia legal por las causas establecidas en la Ley. Es decir, desde la irregularidad estructural y desde la irregularidad sobrevenida, como agrupaciones de focos de atracción de una parte de las migraciones nacionales españolas. Por ello, desde la identificación de los hechos, el tratamiento de la información y su interpretación sociológica, el Derecho Social de la Inmigración Extranjera, constituye el otro eje principal que ha sostenido los cimientos de este Proyecto. El trabajo de investigación consta de 8 Capítulos divididos en índices y subíndices, donde se formula el problema de investigación; la justificación de la investigación y se analizan en profundidad los elementos y factores esenciales de la misma: el Proceso Extraordinario de Normalización y las figuras del Arraigo en sus tres formas: Laboral; Social y Familiar. Un total de 451 páginas ocupan la totalidad del trabajo, incluyendo la Bibliografía consultada. El punto de partida del arraigo –previsiblemente lo contrario a un prócer jurídico que no es nuevo en España-, se sostenía prácticamente desde los albores de la regulación de la inmigración en España, que los investigadores situaron a partir de la Ley Orgánica 7/1985. Quizás reconozcamos que la palabra “arraigo” se corresponda con soluciones inspiradas en los procesos extraordinarios de regulación, pero en determinado tiempo no fue solo así. Existen precedentes anteriores a 2005 donde el arraigo ya se trataba de regular. Un ejemplo lo tenemos en el Real Decreto 864/2001, donde se articulaba el arraigo desde la incorporación al mercado de trabajo y la justificación de vínculos familiares. En España la regulación de las migraciones, a partir de 2005, cobrara connotaciones polarizadas entre los tiempos cronológicos y los tiempos sociales del momento. Esa polaridad estaba sentada previsiblemente sobre una especie de círculos concéntricos que exponían el control migratorio a determinadas circulaciones que abrían o cerraban las agujas mecanizadas para dirigir los hechos migratorios hacia vías muertas o hacia un camino férreo no exento de trabas y apeaderos en marcha con las consecuencias que hoy día tenemos desde el pasado, horadando el presente con escasez en las aspiraciones a un modelo de gestión de la inmigración, basado en intereses económicos, pasando en ese lapso de tiempo a una economía con visos de prosperidad, a una economía calificable como maltrecha. Esta fue la apreciación que se exhalaba desde el momento de comenzar un largo camino hacia la comprensión de la regulación de los procesos migratorios. Y la visión estaba familiarizada en una realidad tangible: que los vagones se representaban amontonados en las puertas de las instituciones, con largas colas aspirando a ser atendidos en condiciones muy precarias, porque la precariedad viene discurriendo sobre estos apeaderos temporales, no solo a las individualidades y agrupaciones que aspiran a los derechos fundamentales de la persona, sino también a los empleados públicos competentes en esta visión holista de un mecanismo con varias locomotoras que producen efectos de aceleración o frenada en ilusiones y sin promesa de destino final. Esa constatación parecía sostenerse sobre el favorecimiento de la inmigración irregular sostenida sobre preceptos que contienen figuras indeterminadas, que pueden lesionar derechos de los migrantes y presentaban la dificultad en discernir si se castiga la solidaridad de quienes ayudan o promueven el proyecto de migrar de forma desinteresada o, lo que verdaderamente resultaba complejo, tratar de identificar a quienes con ánimo de lucro favorecen la inmigración, persiguiendo un efecto contrario a la norma que ampara la regulación en España. Así que la propuesta del Proyecto ha consistido en analizar desde dentro de las Instituciones que gestionan el fenómeno migratorio en España, recogiendo muestras, analizando cada espectro social que se cromatizaba en las Oficinas de Extranjería, para tratar de comprender y discernir el fenómeno de la inmigración irregular. La Ciencia es parca en definiciones y rigurosa en conceptos. Por consiguiente, resultaba necesario establecer y acotar en el tiempo el impacto en la sociedad española, de la regulación del fenómeno que venía acaeciendo desde 2006, con la nueva andadura gestora de los flujos y el afloramiento de la irregularidad migratoria. No de las personas irregulares; no de los invisibles –que por supuesto constituyen una evidencia-; no de los ilegales porque no transgreden más que la necesidad de sobrevivir en muchas ocasiones. En otras palabras, este es el reto del análisis, ilustrar, además, en el favorecimiento del fenómeno, induciendo formas de realización ilícita; aprovechando los recovecos de la ley y de las intenciones reguladoras del legislador, para obtener pingües dividendos. Desde la propia regulación en sí. Y esta indeterminación jurídico-social, deriva en malversar la gestión de la entrada, permanencia y salida. Este es el hecho. Ahora bien, para poder elaborar un Proyecto de esta envergadura, que se torna inacabado y previsiblemente en la entrada luces y sombras, Evaluar empíricamente la magnitud de los flujos migratorios irregulares, su correlación con el Ordenamiento jurídico de las migraciones en España, acentuados entre los años 2006 a 2014, así como los posibles efectos de las oscilaciones migratorias de las reformas legislativas operadas en esa acotación. Desde el comienzo del trabajo de investigación, se han venido conectando además de las dos áreas de conocimiento –Sociología y Derecho-, otras transversales como la Geografía Humana, la Economía Laboral y la Antropología. Se han practicado los análisis de manera bidireccional, es decir, desde las tendencias de los hechos hacia la regulación jurídica o respuesta jurídica. Pero, en igual sentido, nos ha resultado muy revelador, realizar la dirección analítica contraria, desde la regulación del fenómeno migratorio, hacia su repercusión en los hechos que se contemplan desde la perspectiva sociológica. De esta manera, hemos tratado de plantear la perspectiva teórica, partiendo de las investigaciones de autores de prestigio en el campo de las migraciones, tratando de responder a los métodos y criterios que deben ser combinados de manera inextricable. Así pues, para instrumentar las técnicas empleadas en el proceso cognitivo, hemos utilizado el análisis de datos y su interpretación empírica, identificando y analizando las variables que se han disociado con el fenómeno social de la irregularidad migratoria, así entendida en la opacidad que representan las entradas y permanencias irregulares en un territorio determinado. Por consiguiente, el análisis se ha centrado en tres focos fundamentales: a)La observación del fenómeno migratorio actual en general y de la permanencia irregular en particular, conceptualizando la irregularidad estructural y la irregularidad sobrevenida, como elementos partícipes de la inmigración clandestina y de la trata de seres humanos. b)Con la inestimable ayuda de la literatura científica sólida nos hemos apoyado para delimitar el campo de acción de la permanencia irregular y su deriva desde 2006, año en que se comienza con la aceptación de solicitudes de residencia temporal por arraigo, hasta 2014, dada la densidad de los datos, el tratamiento e interpretación de los mismos. c)Una vez alcanzadas las fases necesarias, propias de la investigación cualitativa y cuantitativa, hemos podido extraer los resultados obtenidos en el periplo investigador. Las miradas sociológica y jurídica han permitido aportar las herramientas teórico-empíricas, necesarias para conocer, contextualizar, analizar y comprender el fenómeno de la inmigración irregular. Como ya se sostenía inicialmente, la incertidumbre se viene ciñendo como sesgo en la interpretación de los elementos y factores determinativos del proceso migratorio irregular, redundando de manera tozuda y repetitiva, la consideración del problema de investigación. El arraigo se ha consolidado desde 2006, una vez finalizado el proceso de Normalización de 2005, como el corolario que apoya la necesidad de contar con una salida a la inmigración irregular, tanto la estructural, como la sobrevenida. España con esa regulación excepcional, muy exclusiva en la Unión Europea, ha venido sosteniendo una necesidad positivista de cara al afloramiento de este tipo de inmigración “no deseada”. 2.- EL DESARROLLO DEL PROYECTO. La arquitectura de la investigación se ha diseñado, bajo los argumentos y expositores esenciales que ofrecen la Sociología y el Derecho. Una vez formulado el problema de investigación, había que consolidar y justificar lo que se estaba haciendo. Así, desde el plano de fijación de los objetivos generales, posicionándonos en el modelo Weberiano de la interpretación: entender el objetivo de los actos; la magnitud del propósito y la intención de la acción migratoria irregular (Corbetta, 2007: 21), hemos fijado como objetivos generales: 1. Conocer el plano teórico, a través del conjunto de proposiciones relacionadas con las migraciones irregulares, más allá de las expresiones empíricas concretas, observando a través de la datación, los hechos que se producen con regularidad en figura del acceso estable que permite aflorar la inmigración irregular, hacia canales de legalización ordinaria. 2. Concretado el conocimiento teórico, el objetivo siguiente consistirá en expresar mediante hipótesis específicas, destinadas a relacionar conceptos, con niveles inferiores de abstracción y permitir que las tendencias sobre las que discurren las autorizaciones de regularización permanente (Arraigo), se traduzcan en prueba empíricas. 3. Secuencialmente, las hipótesis explicativas permitirán traducir significados en forma de variables, con la finalidad de detectar los errores y establecer la fiabilidad y validez de la investigación, tratando de confirmar la causa, para demostrar empíricamente la relación causal. Con ello pretendemos identificar las distintas formas de dar respuesta a los mecanismos que producen la presencia legal en general y el arraigo en particular, que parte desde la inmigración irregular estructural y sobrevenida. La comprensión en el sentido weberiano se establece buscando las motivaciones que son directamente accesibles con el método de construcción de los hechos, a partir de información procedente de las fuentes oficiales: 1. Conformar el mapa de inmigración irregular, basado en la realización del mapa de arraigo en España, conociendo los datos de las personas que han obtenido autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales. 2.- Se han podido identificar las distintas formas de dar respuesta a los mecanismos que producen la presencia legal en general y el arraigo en particular. 2.1.- Se ha realizado un análisis técnico-jurídico de la figura de las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales, no solo del arraigo, sino además, de otras composiciones que permiten obtener desde la esfera de la excepcionalidad, la necesaria autorización temporal de residencia –que en unos casos puede conllevar autorización para trabajar-. Se trata de un tema que plantea modificaciones legales, reglamentarias e interpretativas por la Jurisprudencia, 2.2.- En igual sentido, se ha realizado una exhaustiva recopilación de resoluciones judiciales, principalmente desde la jurisdicción contencioso-administrativa (Juzgados, Tribunales Superiores de Justicia, Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional y Tribunal de Justicia de la Unión Europea), enfocada la documentación obtenida, en la figura del arraigo. 3. Se han justificado los conceptos de integración institucional, integración social y co-inclusión societal. La integración institucional posee connotaciones legalistas, agrupadas por procesos de visibilidad reglada (empadronamiento en un municipio; formalizar un contrato de trabajo; obtener un informe de inserción social en una determinada comunidad), auspiciada por la indeterminación jurídica. La integración social donde se construye nuestra “teogonía social”, con referencia a nuestra propia forma de entender la sociedad y la reacción frente a los presentes ausentes, se regula a través de la construcción del inmigrante extranjero, dentro del proceso de construcción social, La irregularidad migratoria se estructura a través del proceso de percepción social y de factores psicosociales demográficos; de ideología política; de percepción de amenaza social o cultural y del nivel de contacto con los inmigrantes (Igartua et al, 2014: 4). En la regulación de la inmigración encontramos vinculaciones entre riesgo, interés y uso de la fuerza, que conllevan contradicciones, incoherencias o disfunciones en la terminología jurídica. Ahora bien, como toda investigación, la mirada hacia los planteamientos hipotéticos, resultan de calado para poder inferir respuestas. Y las hipótesis sobre las que, de partida queremos trabajar, responden a las siguientes incógnitas: a) PRIMERA HIPÓTESIS. Existe una relación causal de la inmigración irregular (estructural y sobrevenida), con las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales. En concreto, con la figura del arraigo en sus tres modalidades: Laboral, Social y Familiar. b) SEGUNDA HIPÓTESIS. Las regularizaciones extraordinarias y la regulación permanente, presentan expectativas migratorias divergentes. c) TERCERA HIPÓTESIS. Existe confirmación empírica de la relación causal entre arraigo, fraude de ley y tráfico ilegal de personas. d) CUARTA HIPÓTESIS. Consecuencias del fenómeno observado debidas a la reforma de la regulación normativa; en concreto, los preceptos que contienen los requisitos de arraigo. Se plantea, ante las evidencias empíricas, la eliminación de la figura del arraigo. Para llevar a cabo las transformaciones teóricas y conceptuales a las hipótesis, tendremos que adentrarnos en si el modelo de gestión del arraigo, desde una perspectiva micro, planteando el trabajo de investigación desde dentro, es decir, desde la base empírica de la gestión de los procesos que conllevan el arraigo. Partimos reconociendo que el arraigo puede ser una figura necesaria, en el proceso de integración institucional y, por ende, aunque no necesariamente, en el proceso de integración social. Para finalizar, desde estos planteamientos hipotéticos, también reflexionamos sobre las consecuencias de no alcanzar u obtener la residencia temporal arraigular . La práctica nos ilustra sobre la continuidad en la permanencia irregular, que atañe, además, a la suma de los que intentan conseguir reunir los requisitos descritos anteriormente. Se trata de un camino empedrado de obstáculos, pero que se suaviza con la inducción, promoción, favorecimiento o facilitación de la inmigración clandestina, que se cuestiona dicotómicamente, sobre las ayudas que las redes sociales realizan a estas personas necesitadas. De manera individual o mediante asociaciones, se suelen prestar servicios y ayudas sociales, con lo cual, la complejidad técnico-jurídica se centraría en poder separar el trigo de la paja como conocemos por estas tierras, para contrarrestar los efectos del tráfico ilegal de inmigrantes. Partiendo de la acepción Weberiana, respecto del tipo-ideal, el trabajo de investigación ha establecido una percepción unilateral, con varios puntos de vista, desde una abstracción que nace del reconocimiento empírico de la irregularidad migratoria. La observación de los procesos de irregularidad estructural en España, se encuentra presente, en mayor o menor medida, en el marco conceptual de las migraciones que fijan el tránsito o la residencia temporal, o de larga duración en nuestro país. De modo que la confirmación empírica de la relación causal de la irregularidad migratoria en España, proviene de la distinción de las observaciones y del análisis jurídico, que se van a analizar en la investigación, sobre el Arraigo y sus formas arraigulares, por un lado, como variable que condiciona a la irregularidad migratoria y, por contrario, la irregularidad migratoria que condiciona al Arraigo y sus tipos. En la síntesis explicativa, la formulación de variables dependientes e independientes, entendiendo por tales, las que influyen sobre la que recibe la influencia. Si desde las hipótesis que hemos formulado, la dependencia es de tipo causal, será la causa la irregularidad migratoria y el efecto la configuración jurídica del Arraigo. Pero será la aspiración a demostrar esa dependencia, la que nos ha animado a llevar a cabo este Proyecto. Para reforzar esta hipótesis de la irregularidad migratoria que pervive sobre canales fraudulentos o amparados en la fuerza de la ley, habrá que partir del análisis de los hechos y de los fundamentos legales que lo sostienen y materializan, tratando de posicionarnos en el mundo de los conceptos y de las reflexiones teóricas que sostenemos, migrando al mundo de la experiencia, trasluciendo la teoría a la experiencia. 2.1. El Proceso de Normalización de 2005. En este proceso, posiblemente más realista que los anteriores, pero insuficiente por las consecuencias que se dieron, ya se vislumbraba que la inmigración irregular no podía ser contrarrestada a través de estrictos controles fronterizos, ni tampoco mediante la aplicación de medidas de identificación de orden público, o de simples criterios formalistas para poder reunir los requisitos legales que se traducirían en una residencia legal. España se vio reflejada en una escasa capacidad para controlar los flujos económicos, de tal manera, que nada más empezar el Proceso Extraordinario que analizamos, el resultado parecía prevenir que debía reiniciarse de nuevo, a modo de bucle, entre la irregularidad estructural y la sobrevenida, dejando entre medias, el margen que otorgó la residencia temporal por esa vía. El proceso posterior, plasmado en la regulación permanente de la inmigración extranjera irregular, previsiblemente, con matices, parece derivar en resultados mejores, pero insuficientes. En resumen, el denominado Proceso Extraordinario de Normalización llevado a cabo entre Marzo y Diciembre de 2005, tuvo que afrontar un reto en la grabación y formalización de las solicitudes –que se aceptaban entre el 7 de marzo y el 7 de mayo de 2005-; un rompecabezas en la comprobación de la documentación aportada, que tenía relevancia respecto de la acreditación de una fecha determinada; la promesa de trabajo manifestada en ofertas o contratos de trabajo y en otros requisitos formales que vamos a analizar en la parte jurídica. El Proceso de Normalización cumple con el tipo experimental, adaptado a los cánones jurídicos de los procesos anteriores, pero modificado con matices integradores. Durante la instrucción del proceso, hubo personas que podían reunir los requisitos para poder contar, igualmente, con la residencia temporal por arraigo, pero los elementos circunstanciales de cumplimiento con la normativa, se alejaron en tanto en cuanto, no se pudiera conseguir la formalización de un contrato de trabajo. La observación simultánea objetivable, declinó en el problema de la permanencia irregular causal, motivada por la imposibilidad de acceso a la formalidad de la Ley, dilatando las expectativas. Esta situación de hecho, se agrupa en la persistencia del fenómeno estructural. 3.2. El Arraigo Laboral. El arraigo laboral arrastra la impotencia de la incomprensión del que entra en nuestro país y necesita subsistir en él y rescata su dignidad amparándose en el que perpetra el ilícito de facilitarle un empleo fuera de la ley. Para la ley, aunque en diferentes planos de responsabilidad administrativa o penal, ambas partes han sido conscientes de esa transgresión de la norma, pero en la práctica se presenta como un sacrificio necesario para obtener el preciado reconocimiento legal de una permanencia regulada, sometida al imperio de la ley. Aunque la categorización nos imbuye en una realidad testimonial, que reconoce a unos como villanos, a los otros –los inmigrantes- son reconocidos como víctimas. Estos son los hechos. Ahora bien, en el transcurso del estudio, hemos podido aproximarnos a fundamentar que la escasez de solicitudes de arraigo laboral, también trae consecuencia en la elección del tipo de arraigo, prevaleciendo el arraigo social, respecto del arraigo laboral, por los siguientes motivos: 1. En el arraigo laboral, el empresario infractor puede ser sancionado El trabajador puede ser sancionado por encontrarse trabajando en nuestro país, sin haber obtenido autorización de trabajo, cuando no cuente con autorización de residencia válida. El componente principal del arraigo estriba en justificar una relación laboral ilegal, durante un mínimo de seis meses. 2. En el arraigo social, la relación laboral que se plantea entre el empresario y el trabajador inmigrante extranjero es futura y no se relaciona con los trabajos realizados en el pasado. No existen infracciones y el trabajador inmigrante extranjero, es el sujeto legitimado y responsable de aportar la documentación. La cuestión se centra, en esperar un año más para solicitar arraigo social –tres años en vez de dos-, pues en la elección del social, el empresario no es responsable ante la Administración, si ésta deniega las solicitudes de arraigo social, a no ser que medie fraude de ley o indicios de falsedad en el contrato de trabajo o se trate de una simulación laboral. La promesa de trabajo decente se construye a través del propio empresario, a no ser que el trabajador denuncie una actividad laboral anterior a la solicitud de arraigo o que la Administración pueda constatar por los órganos inspectores, la existencia de esa relación de trabajo por cuenta ajena. Esta demostración permite despejar la duda y centra el esfuerzo del no derecho que se hace derecho, en el arraigo social. 3.3. El Arraigo Social. El arraigo social es el vórtice de las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales y, como no decirlo, el más dinamizador por la repercusión en cuanto a la gestión completa de los procesos se refiere. La confluencia de la irregularidad estructural o sobrevenida desemboca en esta figura de arraigo. Así, por antonomasia, se construyen soluciones legales no solo a quiénes realmente son “capaces” de reunir los requisitos para su otorgamiento –para conseguir una autorización de permanencia legal por esta vía-, sino que desgraciadamente su uso ha recibido un perturbador número de solicitudes que no guardan relación con una auténtica integración –perspectiva estática-, sino que se fabrican soluciones a la carta, creando empresas ficticias; contrataciones irregulares o ilegales; informes de arraigo sin acreditar ese concepto e incluso falsificando documentación o, más grave aún, incluso la identidad misma. Los hechos migratorios evidencian análisis multidisciplinares que canalicen respuestas plausibles, que traten de equilibrar realidad social y cronológica, con la realidad de la regulación y en esa palmaria visión la ciencia se responsabiliza y trata de interpretar, colegir y responder a las variables migratorias que se van a contextualizar y mutar en función de las soluciones que se aporten en el momento dado. La regulación siempre quedará en entredicho por múltiples razones y una de las principales podría estar en la puesta en común –en la metodología principalmente- para alcanzar una regulación consensuada. Es donde partimos en relación al arraigo social. El arraigo social representa el 92% de las solicitudes totales de Arraigo en el período 2006-2014. Es decir, que de los datos absolutos registrados por la Administración en ese lapso de tiempo, de las 747.685 solicitudes, más de 687.000 han sido de arraigo social, lo que implica el peso estadístico mayoritario respecto de los tres tipos de arraigo. La permanencia en la situación irregular es contradictoria, en principio, porque se aleja de la ordenación jurídica, conculcando determinados derechos que se limitan a su acceso, mientras que incluso en esa situación de presencia ausente, también posee en nuestra sociedad, unos derechos inalienables, que no pueden ser legítimamente negados a cualquier persona y que nuestra Constitución recoge en el elenco de Derechos Fundamentales de la Sección Primera del Título I. Pero ¿Qué ocurre cuando esas condiciones legalmente fijadas para modificar la situación de la permanencia irregular en residencia temporal, son utilizadas en fraude de ley, al amparo de la norma que regula el arraigo social? Y en ese devenir temporal, la Ley crea estructuras migratorias diferenciadas en procesos legales de regulación migratoria. Concretamente, esas estructuras se asientan sobre los siguientes hechos jurídico-sociales: - La norma que desarrolla a la Ley, obliga a la permanencia irregular mínima de tres años, que se acentúa temporalmente por los factores endógenos que incluye como requisitos de acceso a la permanencia legal. En la práctica, los factores exógenos como aquéllos favorecedores de la inmigración clandestina, se sentirán atraídos por la construcción del precepto de arraigo social. - Los factores endógenos de la regulación del arraigo social, una vez cumplido el primer objetivo de la permanencia irregular sometida a término, promueve mecanismos implementadores de la integración legal, como el empadronamiento, que tiene su proceso temporal y su proceso social –además del legalmente establecido-; como el proceso de reconocimiento social que se sienta sobre la figura del contrato de trabajo, como elemento subjetivo, disforme, obligatorio y sometido, principalmente, al imperio de la forma legal, lejano pues, en gran medida, de la cuestión material de las relaciones sinalagmáticas. Y por último, la integración legal se tiene que sostener sobre la figura del informe de inserción social, mecanismo necesario, obligatorio y observador de cada particularidad migratoria irregular, además de descriptor de los condicionantes mínimos y estáticos de la integración formal, posiblemente muy lejos de la co-inclusión social, que habrá transcurrido en numerosas ocasiones, con anterioridad a esa manifestación integradora, plasmada expresamente. - Estos hechos diferenciales del arraigo social en particular, establecen variables de estímulo y respuesta, donde el tratamiento de la irregularidad migratoria en España –que se corresponde con la variable causal- produce una reacción al estímulo legal –propia de las variables que producen el efecto-, estableciendo una covariación entre esas dos variables –regulación normativa del arraigo- e inmigración irregular susceptible de arraigo. Con ello, se construyen puentes que favorecen la inmigración clandestina, que se sostienen sobre pilares de la inducción, promoción, favorecimiento y facilitación de la inmigración clandestina. El arraigo, en gran medida, se ha constituido en una meta de favorecimiento de la irregularidad estructural. Entendemos que debemos cuestionarnos el mecanismo de retroalimentación que se infiere con la irregularidad estructural, como causa del arraigo social y la irregularidad sobrevenida, como consecuencia de la pérdida del arraigo social. La regulación establece un bucle por el que circula la irregularidad migratoria, desde una u otra posibilidad y, por otro lado, la crisis acentúa la espera para poder reunir los requisitos vigentes para poder solicitar el arraigo social. Existen personas que, actualmente, llegan a tardar unos diez años desde que entraron en España por primera vez, permaneciendo en situación administrativa irregular, pues no han conseguido una contratación laboral seria, que le otorgue el estatus de migrante legal en España. En esta resonancia social, la co-inclusión resulta un hecho, pero la integración social institucional, no se consuma para alcanzar el objetivo de la regulación deseada. Las migraciones de tránsito se transforman en trasuntos donde la realidad social, más pronta en la percepción, sigue lejos de la realidad legal. Seguimos intentando compaginar los tiempos sociales a los tiempos jurídicos. 3.3.- El Arraigo Familiar. En el arraigo familiar parece que prevalece la necesidad de ser distintos del resto de la masa de datos que compone el grupo del arraigo en general, pues para ser diferente al arraigo laboral y al arraigo social, la característica que impregna el legislador se presiona sobre el entorno familiar. Hijos de padre o madre originariamente españoles o cuando se trate de padre o madre de un menor de nacionalidad española. Y en el viaje del autodescubrimiento de esta figura, con entorno derivado de los derechos de familia –con la connotación de la inmigración extranjera-, se realizan evidentes procesos que permiten obtener la tan ansiada autorización legal de residencia temporal. Al igual que en los otros dos tipos de arraigo, es la temporalidad el elemento común, pero no los demás, pues ser diferentes para encajar con desesperación soluciones a un contexto socio-legal migratorio basado en la escasez de remedios, produce para exasperación del investigador, que el reconocimiento de un subepígrafe discurre a través de una aporía que se contradice de forma insoluble con la sociedad de acogida. Qué duda cabe que la finalidad de esta figura es tratar de encajar las piezas individuales de un puzle migratorio, donde han quedado fuera del otorgamiento de la ciudadanía a través de la nacionalidad española y, por ende, constituirse en la cualidad basada en la singularidad de los que no pueden –de momento- acceder a ser español o incluso a recuperar la nacionalidad supuestamente perdida. Y es que la interpretación legislativa a través de los contextos en los que se establecen, se sientan sobre los usos sociales del momento. El tratamiento afectivo-valorativo de esta figura, supuestamente familiar, no pretende sino mitigar las contradicciones de la política migratoria con elementos heterónomos tratando de aportar cierta armonía a la descomposición del marco legal español. Y a esta sustracción entre excepcionalidad, ausencia de justificación de acceso al mercado laboral, unido a la caracterización por la identidad familiar, se enfrenta a la transgresión de la identidad de procedencia, que se difumina con la identidad nacional. O lo que es lo mismo, que la nacionalidad de procedencia queda al margen de la transgresión de la norma, en tanto en cuanto, que lo fundamental es justificar un vínculo jurídico con el país de origen –España-. Así pues, se identifican dos escalas extremas en la regulación de los flujos migratorios, bajo el amparo del arraigo familiar: la imposibilidad temporal de acceso a la reagrupación familiar, utilizando esa concreta vía y la necesidad de contar con la incertidumbre documental que justifica contextualmente, el concepto de nacionalidad española de origen, donde la recomposición de las experiencias vitales de los nuevos migrantes en un complejo entramado de escalas imbricadas no se compadece, en efecto, con este planteamiento dicotómico (Barañano, 2005: 446), que se torna fluido e inestable multidireccional. Esta ausencia de fiabilidad está marcada por la plasmación de un concepto jurídico indeterminado, flexible y maleable, favorecedor de la irregularidad migratoria, catalizando de manera multifuncional el fraude en la regulación y sosteniendo una ruta migratoria que se aprovecha por individuos y grupos organizados, creando un vínculo direccional perfectamente identificado con la figura del arraigo familiar. Por consiguiente, como presupuesto de hecho para poder acceder a este tipo de solicitudes de arraigo familiar, no se requiere un período mínimo de permanencia en nuestro país; no se requiere acreditar si cuentan o no con contrato de trabajo; no se requiere justificar con un informe de inserción social, que tienen perspectivas de integración en una determinada localidad. Desde la perspectiva de la irregularidad estructural, es como dar por hecho que transgredir las normas de entrada, permanencia o salida voluntaria u obligatoria de España, para el caso que nos ocupa –y también para el resto de autorizaciones de arraigo- conlleva la posibilidad de obtener permanencia legal ilimitada. Un bucle retroalimentador favorecedor de la inmigración clandestina. Esta dificultad no afecta a la Administración encargada de realizar los actos de admisión, instrucción y terminación de las solicitudes, sino también de los Tribunales, constituyendo una de las principales premisas que determinan la indeterminación jurídica, basada en la consistencia probatoria, sino también en los razonamientos jurídicos, quizás más proclives a plasmar en la ratio decidendi conjeturas, que otros Tribunales lo invertirán con refutaciones. El orden de los factores a la hora de nombrar a los países implicados, no altera el producto de su fracaso. El eco de la españolidad de origen, suena a una solución de trastienda, como si España tuviera la obligación de aceptar como nacionales a todos los habitantes de ese territorio. Todos los habitantes que deseen ejercer ese derecho. Pero el Derecho regula la nacionalidad de origen de los españoles y es donde habrá que estar a la hora de discernir a las personas que potencialmente pueden acogerse a ese privilegio. Toda posible tendencia a buscar soluciones, trata de naufragar dadas las contradicciones que se ciñen en la forma de interpretar los hechos y sus regulaciones, que se sostienen sobre recelos y la indeterminación política de las partes implicadas. Con ello, a la ausencia de respuesta del proceso de autodeterminación del territorio que en su día se denominó Sahara español, es la españolidad –la nacionalidad española originaria- el plus que conlleva un segmento de la población, atraída por la posibilidad de obtener residencia en España e incluso alcanzar la nacionalidad española. 3.- CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. Toda esa distorsión legislativa, entendemos que se centra en los sesgos que promueven la irregularidad estructural: - Una deficiente regulación del arraigo, que, ante la falta de concreción discurre sobre una legislación confusa, oscura e incompleta, lo que, en palabras del Tribunal Constitucional: “En este orden de exigencias no cabe subestimar la importancia que para la certeza del Derecho y la seguridad jurídica tiene el empleo de una depurada técnica jurídica en el proceso de elaboración de las normas”, que podemos hacer extensiva a la normativa sobre la Inmigración Extranjera, la carencia de una depurada técnica jurídica puede socavar “la certeza del Derecho y la confianza de los ciudadanos…puede terminar por empañar el valor de la justicia”. Aunque el Alto Tribunal interpreta el Principio de Seguridad Jurídica y en esa ciencia jurídica se posiciona en clarificar que “Sólo si, en el contexto ordinamental en que se inserta y teniendo en cuenta las reglas de interpretación admisibles en Derecho, el contenido o las omisiones de un texto normativo produjeran confusión o dudas que generaran en sus destinatarios una incertidumbre razonablemente insuperable acerca de la conducta exigible para su cumplimiento o sobre la previsibilidad de sus efectos, podría concluirse que la norma en cuestión infringe el principio de seguridad jurídica” . El Arraigo es la piedra angular de procesos de convivencia en la permanencia irregular: a) La reagrupación familiar fallida, dejando al albur de la regulación arraigular, los medios económicos, la vivienda digna y la protección de los menores. Entendemos que no puede situarse en el mismo plano la reagrupación familiar considerada con los requisitos que conlleva, que el hecho de que el arraigo pretenda suplir esos condicionantes de la vida en familia, por la justificación de la permanencia irregular y los vínculos familiares. Con esa medida, se han reagrupado familias enteras –que han superado 7 hijos o más-, simplemente porque los padres accedieron al arraigo, contando con medios económicos en su país, pero quedando al margen de los requisitos necesarios. La consecuencia: la cobertura diferencial de los medios de subsistencia de la familia, con ayudas sociales. b) Del trabajo informal y de la economía sumergida. Constituyen los baluartes de la inmigración clandestina en la totalidad de los países acogedores. El inmigrante extranjero es consciente de que primero hay que subsistir en empleos o en no-empleos; en trabajo, sin remuneración; en horas de tareas interminables y en actividades penosas, peligrosas e insalubres. ¿Cómo se puede obtener una promesa de trabajo (contrato de trabajo sometido a condición suspensiva), con un paro registrado de semejante envergadura en España? O suprimimos ese requisito o la práctica de la investigación nos ha desvelado un hecho preocupante: el contrato de Arraigo, en realidad es una relación laboral fallida; el contrato de Arraigo en gran parte, contribuye a generar pérdidas y ganancias económicas y sociales, dependiendo del lado del empleador o empresario, del captador y todo, a costa del trabajador inmigrante extranjero. ¿Es ese el canon que hay que sostener para obtener una residencia temporal? c) De fuente de circulación de documentos de dudosa legalidad; sin garantías en muchas ocasiones; de especialistas en falsificación de documentos. Se mejora constantemente la calidad de los documentos falsos y producen un tráfico jurídico ilegal, que se mezcla fácilmente con el resto de documentación auténtica. Además, resulta de suma facilidad legalizar documentos falsificados. d) De entradas irregulares, con títulos de viaje y pasaportes, provistos de visado de estancia; visados uniformes o de validez territorial limitada, cuyos titulares han simulado una permanencia legal con obligación de retorno a sus países de origen o de residencia. En la práctica, resulta una forma de acceso a los canales de tráfico de personas y de favorecimiento de la inmigración clandestina. Detrás, en la trastienda, quedan las víctimas de trata, que cuentan con una protección integral encomiable, con un gran despliegue de medios materiales y personales. Pero la dificultad estriba en que las víctimas denuncien esa condición de explotación o, en su caso, que las autoridades puedan demostrar esa lacra social. Se deberían detectar los visados que han caducado y que los autorizados a la permanencia en régimen de estancia temporal de corta duración, estén obligados a comunicar su regreso. e) La permanencia irregular comporta la apertura de un procedimiento sancionador y que pueda decretarse la expulsión del territorio nacional. El proceso no es automático y requiere de las máximas garantías jurídico-administrativas. La concurrencia de la solicitud de arraigo, si se reúnen los requisitos establecidos, puede conllevar dejar sin efecto la expulsión, aunque sea firme. En la práctica, la ejecución de la expulsión también puede ser dirimida por la Jurisdicción Contenciosa. f) El Arraigo ha superado las expectativas de la inmigración gestionada a través de la contratación en origen y, en mayor medida, de la contratación en origen, pero individual. Apenas existen contrataciones en origen por parte de los empresarios españoles; apenas los empleadores y empresarios españoles o extranjeros, solicitan contratar a trabajadores inmigrantes extranjeros que se encuentran en sus países de origen. En la contratación reglada y formalizada, prima la formación ocupacional y la selección que llevan a cabo las Consejerías Laborales adscritas a nuestras Embajadas. Es más fácil y menos costoso aprestarse a realizar contratos de trabajo a trabajadores inmigrantes extranjeros, que se encuentran en España en situación irregular. Nos queda la esperanza de la inversión a través de emprendedores. Pero esa es otra investigación que habría que realizar. ¿Debería suprimirse el Arraigo en la regulación de las migraciones asentadas irregularmente en España? O quizás sería más aconsejable una reforma en la regulación del mismo. Pero las reformas de la Ley, resultan parches de las vías migratorias, que discurren por los hechos; se adaptan al Derecho y el no derecho que se hace derecho, seguirá constituyendo una perspectiva para solucionar la irregularidad estructural, pero una quimera en la realidad. Para finalizar, la investigación arroja unos resultados preocupantes. La regulación jurídico-administrativa del Arraigo a lo largo del tiempo se ha convertido, en un proceso ordinario que mantiene un efecto retroalimentador de la irregularidad en la permanencia, con clara finalidad de eludir, en lo posible, los procedimientos sancionadores por la comisión de determinadas infracciones graves. Una vez que se produce la entrada, la permanencia irregular contrarresta los mecanismos de la ley para luchar contra la inmigración clandestina, creando los instrumentos necesarios para cumplir con los requisitos formales. Una vez conseguida la residencia temporal por arraigo, será la irregularidad sobrevenida la que se haga cargo de las personas que no puedan llevar la secuencia normal de las autorizaciones de residencia temporal, hacia la residencia permanente. En su caso, la pérdida de la residencia permanente, por los requisitos legales establecidos, también conlleva el agrupamiento en la irregularidad sobrevenida. El proceso se retroalimenta, pasando a su vez, por la reunión de los requisitos necesarios para solicitar de nuevo la residencia temporal por Arraigo. Y se vuelve a comenzar el proceso. Con estos planteamientos, nos debemos a reflexionar y debatir sobre esta particular regulación que nos plantean las incógnitas que hemos intentado constatar. Con las regularizaciones permanentes, su regulación promueve incorporaciones en la economía informal. No se puede vivir en España un mínimo de dos años para poder solicitar Arraigo Laboral y un mínimo de tres para poder solicitar Arraigo Social, sin trabajar de manera informal. Esto es un hecho. Desde esta perspectiva, parte de los nacionales de países limítrofes, principalmente de Marruecos, Mauritania y Senegal, suelen residir en sus países de origen o en países europeos de habla francófona –Francia o Bélgica, principalmente-, en aquellos períodos donde no encuentran trabajo en España. Es decir, que la regularización permanente ha planteado otras formas de desplazamientos internos –entre Comunidades Autónomas- y externos, entre países limítrofes. Se trata, en definitiva, de una práctica común cuando ya se accede a la residencia temporal, bien inicial por un año; en renovaciones de la misma, cada dos años, hasta alcanzar con cinco años continuados la residencia de larga duración. Y por supuesto, la práctica de residir fuera de España, marca otra tendencia ascendiente en estos últimos años, en la residencia de larga duración. Así pues, el tránsito de personas con autorización de residencia legal, es un hecho consustancial de las migraciones económicas actuales. En la inmigración irregular, los factores de inducir, promover y facilitar el tránsito y la permanencia de personas no nacionales, se ciñen a los instrumentos de la regulación, representados en la Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento de desarrollo, como figuras típicas de los cauces y procesos administrativos de la permanencia legal. El tema principal, como en toda transformación de la teoría a la práctica, se centra en identificar esos canales fraudulentos y tratar de contrarrestar sus efectos. Por la igualdad y la convivencia entre pueblos y culturas. Tenemos la obligación de hacer un mundo más acogedor, pues lo contrario es el presente.0Doctoral Thesis12762<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Cerezo Mariscal, José Manuel" href="/fez/list/author/Cerezo Mariscal, José Manuel/">Cerezo Mariscal, José Manuel</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Praxis de la inmigración irregular en la España del siglo XXI. Metodología de las migraciones irregulares y su afloramiento hacia la permanencia legal. Un estudio desde las perspectivas sociológica y jurídica" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jmcerezo">Praxis de la inmigración irregular en la España del siglo XXI. Metodología de las migraciones irregulares y su afloramiento hacia la permanencia legal. Un estudio desde las perspectivas sociológica y jurídica</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias SocialesCerezo Mariscal, José ManuelGoig Martínez, Juan ManuelMorente Mejías, Felipetesisuned:Derecho-Jmcerezohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JmcerezospaCEREZO_MARISCAL_JoseManuel_Tesis.pdfpresmd_CEREZO_MARISCAL_JoseManuel_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairetesisuned:ED_Pg_DeryCSocTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Derecho y Ciencias Sociales (UNED)https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsCerezo MariscalAcceso abierto1.7905253333272875443333196333331963