019false100true score desc 2gaptrue5mapcontentxmltrue50object_type_i,object_type_i_lookup,coverage_period_mt,geographic_area_mt,geographic_coordinates_mt,author_role_mt,contributor_role_mt,org_id_mt,org_role_mt,supervisor_mt,supervisor_id_mi,supervisor_id_mi_lookup,fields_of_research_mi,fields_of_research_mi_lookup,display_type_i,display_type_i_lookup,seo_code_mi,seo_code_mi_lookup,copyright_i,license_i,license_i_lookup,oa_compliance_t,oa_notes_t,grant_id_t,funding_body_t,description_of_resource_t,software_required_t,project_description_t,keywords_mt,project_name_t,project_id_t,isdatasetof_mt,isdatasetof_mt_lookup,notes_t,date_dt,xsd_display_option_mi,xsd_display_option_mi_lookup,file_downloads_i,created_date_dt,updated_date_dt,research_program_mt,title_t,depositor_i,isderivationof_mt,assigned_user_id_mt,assigned_group_id_mi,assigned_group_id_mi_lookup,isdatacomponentof_mt,isannotationof_mt,author_id_mi,author_id_mi_lookup,alternative_title_mt,pid_t,publisher_t,author_mt,contributor_mt,contributor_id_mi,contributor_id_mi_lookup,refereed_i,series_t,journal_name_t,newspaper_t,conference_name_t,book_title_t,identifier_mt,edition_t,subject_mi,subject_mi_lookup,place_of_publication_t,start_page_t,end_page_t,chapter_number_t,issue_number_t,volume_number_t,conference_dates_t,conference_location_t,patent_number_t,country_of_issue_t,description_t,date_available_dt,language_mt,phonetic_title_t,language_of_title_mt,translated_title_t,phonetic_journal_name_t,translated_journal_name_t,phonetic_book_title_t,translated_book_title_t,phonetic_newspaper_t,file_attachment_name_mt,translated_newspaper_t,phonetic_conference_name_t,translated_conference_name_t,issn_mt,isbn_mt,isi_loc_t,prn_t,output_availability_t,na_explanation_t,sensitivity_explanation_t,file_attachment_content_mt,org_unit_name_t,org_name_t,report_number_t,sequence_i,genre_t,genre_type_t,formatted_title_t,formatted_abstract_t,parent_publication_t,convener_t,ismemberof_mt,ismemberof_mt_lookup,link_mt,link_description_mt,rights_t,views_i,scopus_id_t,thomson_citation_count_i,gs_citation_count_i,gs_cited_by_link_t,scopus_citation_count_i,status_i,status_i_lookup,first_author_in_document_derived_t,first_author_in_fez_derived_t,ands_collection_type_t,start_date_dt,end_date_dt,access_conditions_t,extent_t,contact_details_email_mt,contact_details_physical_mt,loc_subject_heading_mt,depositor_affiliation_i,surrounding_features_mt,condition_mt,style_mt,period_mt,category_mt,subcategory_mt,structural_systems_mt,adt_id_t,subtype_t,language_of_parent_title_t,proceedings_title_t,file_description_mt,herdc_code_i,herdc_code_i_lookup,herdc_status_i,herdc_status_i_lookup,institutional_status_i,institutional_status_i_lookup,herdc_notes_t,follow_up_flags_i,follow_up_flags_i_lookup,follow_up_flags_imu_i,follow_up_flags_imu_i_lookup,scopus_doc_type_t,scopus_doc_type_t_lookup,wok_doc_type_t,wok_doc_type_t_lookup,conference_id_i,total_chapters_t,publisher_id_i,translated_proceedings_title_t,native_script_title_t,roman_script_title_t,native_script_book_title_t,roman_script_book_title_t,native_script_journal_name_t,roman_script_journal_name_t,native_script_conference_name_t,roman_script_conference_name_t,total_pages_t,native_script_proceedings_title_t,roman_script_proceedings_title_t,language_of_book_title_mt,language_of_journal_name_mt,language_of_proceedings_title_mt,doi_t,author_count_t,collection_year_dt,location_mt,building_materials_mt,architectural_features_mt,interior_features_mt,sherpa_colour_t,ain_detail_t,rj_2010_rank_t,rj_2010_title_t,rj_2012_rank_t,rj_2012_title_t,rc_2010_rank_t,rc_2010_title_t,herdc_code_description_t,score,citation_t1true60 (derecho de la Unión Europea AND date_dt: [2016\-01\-01T00\:00\:00Z TO 2016\-12\-31T00\:00\:00Z] AND status_i:(2)) 6display_type_idisplay_type_i_lookup_exactkeywords_mftdate_year_tauthor_id_miauthor_id_mi_lookup_exactauthor_mftjournal_name_t_ftsubject_misubject_mi_lookup_exactgenre_type_t_ftismemberof_mftismemberof_mt_lookup_exactsubtype_t_ftscopus_doc_type_t_ftscopus_doc_type_t_lookup_exact(_authlister_t:(1)) AND (status_i:(2)) 34232016-01-01T00:00:00Z1572018-03-05T18:55:28Z2018-03-05T18:55:28ZEl presupuesto de la Unión Europea y el objetivo de la cohesión social: dos conceptos en cambiobibliuned:REDUE-2016-30-31-5060En este artículo se sostiene que el presupuesto de la UE está (lentamente) pasando de ser un presupuesto basado en la lógica de que los países prósperos de la UE ayudan a los países más pobres, a cambio de su compromiso con el proceso de integrac04992<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Kölling, Mario" href="/fez/list/author/Kölling, Mario/">Kölling, Mario</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : El presupuesto de la Unión Europea y el objetivo de la cohesión social: dos conceptos en cambio" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5060">El presupuesto de la Unión Europea y el objetivo de la cohesión social: dos conceptos en cambio</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoKölling, MarioRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5060http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-506031333430-31spaThe budget of the European Union and the objective of social cohesion: two concepts in exchangePresupuesto_Union_Europea.pdfpresmd_Presupuesto_Union_Europea.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsKöllingAcceso abierto1.225498834232016-01-01T00:00:00Z952018-03-02T21:12:40Z2018-03-02T21:12:40ZLos fundamentos de la constitución económica de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5005Este artículo revisa el concepto de Constitución económica aplicado a la Unión Europea. Para ello se analizan los conceptos de Constitución y Constitución económica aplicados a la realidad de la Unión Europea desde una perspectiva ordoliberal y04842<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Gordillo Pérez, Luis I." href="/fez/list/author/Gordillo Pérez, Luis I./">Gordillo Pérez, Luis I.</a> y <a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Canedo Arrillaga, José Ramón" href="/fez/list/author/Canedo Arrillaga, José Ramón/">Canedo Arrillaga, José Ramón</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Los fundamentos de la constitución económica de la Unión Europea" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5005">Los fundamentos de la constitución económica de la Unión Europea</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoGordillo Pérez, Luis I.Canedo Arrillaga, José RamónRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5005http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5005235630-31spaFounding elements of the economic constitution of the European UnionFundamentos_constitucion.pdfpresmd_Fundamentos_constitucion.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsGordillo PérezAcceso abierto1.224535334232016-01-01T00:00:00Z2072016-05-24T03:58:48Z2016-05-24T03:58:48ZLa Unión Europea, Cataluña y Escocia (Cuestiones jurídicas sobre las recientes tendencias secesionistas en los Estados Miembros de la UE)bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-37-5005Este estudio surge de los acontecimientos producidos en 2014 y 2015 en Escocia (referéndum sobre la independencia) y en Cataluña («consulta informal» y elecciones autonómicas). En ambos casos, los movimientos secesionistas deseaban que un nuevo Est06182<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Piris, Jean-Claude" href="/fez/list/author/Piris, Jean-Claude/">Piris, Jean-Claude</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : La Unión Europea, Cataluña y Escocia (Cuestiones jurídicas sobre las recientes tendencias secesionistas en los Estados Miembros de la UE)" href="/fez/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-37-5005">La Unión Europea, Cataluña y Escocia (Cuestiones jurídicas sobre las recientes tendencias secesionistas en los Estados Miembros de la UE)</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoPiris, Jean-ClaudeTeoría y realidad constitucionalbibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-37-5005http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-37-500510113437spaThe European Union, Catalonia and Scotland. Legal aspects of recent regional secessionist trends in EU Member StatesUnion_Europea_Cataluna.pdfpresmd_Union_Europea_Cataluna.xml1139-5583, EISSN: 2174-8950bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-37bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireTeoría y realidad constitucional. Año 2016, n. 37Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsPirisAcceso abierto1.122856634232016-01-01T00:00:00Z5822016-07-07T02:10:00Z2016-08-16T18:58:52ZDisfunciones de la democracia directa en la Unión Europea: corporativismo y ausencia de ciudadanía. El caso particular de la Iniciativa Ciudadana Europeabibliuned:RDUNED-2016-18-5025La crisis financiera que estalló en 2008 se convirtió rápidamente en una crisis económica y social que afectó al ámbito institucional de la política. La presión popular para un mayor control de sus gobernantes ha derivado en reformas institucional06972<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Báez Lechuga, Isabel" href="/fez/list/author/Báez Lechuga, Isabel/">Báez Lechuga, Isabel</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Disfunciones de la democracia directa en la Unión Europea: corporativismo y ausencia de ciudadanía. El caso particular de la Iniciativa Ciudadana Europea" href="/fez/view/bibliuned:RDUNED-2016-18-5025">Disfunciones de la democracia directa en la Unión Europea: corporativismo y ausencia de ciudadanía. El caso particular de la Iniciativa Ciudadana Europea</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoBáez Lechuga, IsabelRDUNED : revista de derecho UNEDbibliuned:RDUNED-2016-18-5025http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:RDUNED-2016-18-502515118918spaDysfunctions of direct democracy in the European Union: corporatism and lack of citizenship. The particular case of the European Citizens InitiativeDisfunciones_democracia.pdfpresmd_Disfunciones_democracia.xmlEISSN: 2255-3436bibliuned:RDUNED-2016-18bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRDUNED : revista de derecho UNED. Año 2016, n. 18Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsBáez LechugaAcceso abierto10.5944/rduned.18.2016.168911.107135334232016-01-01T00:00:00Z1222018-03-05T19:06:36Z2018-03-05T19:06:36ZLibre circulación de ciudadanos y prestaciones sociales en la Unión Europea: configuración legal y juicio de validez (el caso Dano analizado con moderado optimismo)bibliuned:REDUE-2016-30-31-5065Este trabajo analiza el contexto y las consecuencias del caso Dano tras el triunfo del Brexit en el Reino Unido y avanza algunas claves de lo que deberá ser el estatuto jurídico de los “emigrantes” y los límites al denominado “turismo social”05032<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Álvarez-Ossorio Micheo, Fernando" href="/fez/list/author/Álvarez-Ossorio Micheo, Fernando/">Álvarez-Ossorio Micheo, Fernando</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Libre circulación de ciudadanos y prestaciones sociales en la Unión Europea: configuración legal y juicio de validez (el caso Dano analizado con moderado optimismo)" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5065">Libre circulación de ciudadanos y prestaciones sociales en la Unión Europea: configuración legal y juicio de validez (el caso Dano analizado con moderado optimismo)</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoÁlvarez-Ossorio Micheo, FernandoRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5065http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-506533536230-31spaFree movement of citizens and social benefits in the European Union: legal configuration and validity judgment (the Dano case analyzed With moderate optimism)Libre_circulacion.pdfpresmd_Libre_circulacion.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsÁlvarez-Ossorio MicheoAcceso abierto1.059230734232016-07-01T00:00:00Z6242017-03-03T21:56:03Z2017-03-03T21:56:03ZLos derechos fundamentales en la encrucijada de la lucha contra el terrorismo yihadista. Lo que el constitucionalismo y el derecho de la Unión Europea pueden ofrecer en comúnbibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38-5075En la encrucijada de la lucha contra el terrorismo yihadista, numerosos derechos y libertades se han visto lamentablemente restringidos. Lo que se analiza en este trabajo es si, desde el marco de la UE, cabe establecer límites a esa capacidad individua07402<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Serra Cristóbal, Rosario" href="/fez/list/author/Serra Cristóbal, Rosario/">Serra Cristóbal, Rosario</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Los derechos fundamentales en la encrucijada de la lucha contra el terrorismo yihadista. Lo que el constitucionalismo y el derecho de la Unión Europea pueden ofrecer en común" href="/fez/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38-5075">Los derechos fundamentales en la encrucijada de la lucha contra el terrorismo yihadista. Lo que el constitucionalismo y el derecho de la Unión Europea pueden ofrecer en común</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoSerra Cristóbal, RosarioTeoría y realidad constitucionalbibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38-5075http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38-507548750338spaFundamental Rights at the Crossroads of the Fight against Jihadist Terrorism. What Constitutionalism and European Union Law may offer in commonRosario_Serra.pdfpresmd_Rosario_Serra.xml1139-5583, EISSN: 2174-8950bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireTeoría y realidad constitucional. Año 2016, n. 38Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsSerra CristóbalAcceso abierto1.057598634232016-07-01T00:00:00Z1662017-03-02T22:11:51Z2017-03-02T22:11:51ZEl régimen constitucional de los partidos políticos en el derecho de la Unión Europea: un equilibrio sui generisbibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38-5020El equilibrio en la regulación de los partidos políticos en las democracias contemporáneas se alcanza cuando la atribución a estos de funciones políticas relevantes se compensa con mecanismos de control. La aplicación de este principio a la regula05412<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Rodríguez, Ángel" href="/fez/list/author/Rodríguez, Ángel/">Rodríguez, Ángel</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : El régimen constitucional de los partidos políticos en el derecho de la Unión Europea: un equilibrio sui generis" href="/fez/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38-5020">El régimen constitucional de los partidos políticos en el derecho de la Unión Europea: un equilibrio sui generis</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoRodríguez, ÁngelTeoría y realidad constitucionalbibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38-5020http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38-502018720938spaThe constitutional regulation of Political Parties in the European Union: a sui generis balanceAngel_Rodriguez_Diaz.pdfpresmd_Angel_Rodriguez_Diaz.xml1139-5583, EISSN: 2174-8950bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireTeoría y realidad constitucional. Año 2016, n. 38Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsRodríguezAcceso abierto1.008552434172016-02-01T00:00:00Z22052016-12-16T21:39:45Z2019-03-18T19:56:40ZLa condicionalidad medioambiental en la acción exterior de la Unión Europeatesisuned:Derecho-AarodaLa Parte I (introductoria y general) consta de cinco capítulos y presenta la evolución y los rasgos más destacados del Derecho Internacional Público de Medio Ambiente (DIMA) y del Derecho Medioambiental de la Unión Europea (UE). Tras un breve recorrido histórico, nos referimos a los principios y límites del DIMA y a la evolución de la política y legislación medioambiental de la UE desde sus Tratados fundacionales hasta 2015, llegando a una valoración y reconociendo que el Tratado de Lisboa (TL) ha traído progresos indudables en MA. Se constata la seriedad del trabajo de todas las instituciones de la UE en el ámbito medioambiental y muy especialmente el papel precursor del Parlamento Europeo, la gestión y supervisión constante de la Comisión Europea, y la labor jurisprudencial del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que como garante final de la implementación del derecho comunitario medioambiental juega un papel fundamental en el desarrollo y consolidación de la política y normativa de MA de la Unión, tanto en el derecho comunitario interno como en sus repercusiones en la dimensión exterior (dado que los contenidos ambientales con los que se progresa en MA dentro de la Unión se vierten en la acción exterior comunitaria). Constatamos que la "internacionalización" reconocida en el TL en cuanto a protección medioambiental y la importancia de la lucha contra el cambio climático (CC) refuerza el liderazgo y la responsabilidad de la UE en los foros internacionales, especialmente en las Cumbres del Clima (en el contexto de la Convención Marco de NNUU para el CC (CMNUCC) y su Protocolo de Kioto). La Parte II (especializada) consta de siete capítulos que se refieren exclusivamente a la acción exterior de la UE en MA. El primer capítulo es introductorio y los seis siguientes analizan y valoran las relaciones exteriores de la Unión con todas las regiones del mundo. Observamos que el TL intensifica el papel de la Comisión como negociadora en el exterior, e instituye la figura del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, dando un nuevo impulso y mayor coherencia a la Unión como actora internacional. Los capítulos clave de esta Parte II son los referidos a los candidatos a Nuevos Estados miembros (NEM) y a la Política Europea de Vecindad (PEV). El análisis se realiza fundamentalmente a través de informes de seguimiento de la Comisión, documentos de estrategia (DE) por países y regiones, y planes de acción (PA), entre otros. Estudiamos las condiciones medioambientales de todas las regiones del globo, advirtiendo sus problemas básicos en MA y las principales dificultades para poder cumplir con la legislación de protección ambiental y adaptación y mitigación de los efectos del CC. Señalamos la clara influencia de la UE en este ámbito y el apoyo europeo desde su propia experiencia a través de los acuerdos de cooperación (AC) y acuerdos de asociación (AA), así como los PA que la Unión pacta con países y regiones. La Tesis alcanza conclusiones sobre la "condicionalidad medioambiental" que aplica la UE en sus relaciones, ratificando que la Unión promueve una armonización de altos estándares en el ámbito medioambiental internacional, aunque también señalamos que los principios comunitarios en ocasiones ven sacrificada su observancia por intereses geoestratégicos o de mercado. La vinculación de la protección medioambiental con el respeto a los derechos fundamentales, así como el concepto de desarrollo sostenible y la necesaria utilización de las energías renovables son contenidos que están presentes constantemente en esta Tesis. Consideramos probado que la UE es la organización regional más capacitada para seguir liderando la protección medioambiental mundial y la transformación de los modelos productivos, de consumo y energéticos.0Doctoral Thesis9152<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Roda Muñoz, Alicia de los Ángeles" href="/fez/list/author/Roda Muñoz, Alicia de los Ángeles/">Roda Muñoz, Alicia de los Ángeles</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La condicionalidad medioambiental en la acción exterior de la Unión Europea" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Aaroda">La condicionalidad medioambiental en la acción exterior de la Unión Europea</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional Público</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional PúblicoRoda Muñoz, Alicia de los ÁngelesCastro-Rial Garrone, Fanny (Directora)Soto-Trillo de Martín-Pinillos, Eduardo (Codirector)tesisuned:Derecho-Aarodahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-AarodaspaRODA_MUNOZ_AliciadelosAngeles_Tesis.pdfpresmd_RODA_MUNOZ_AliciadelosAngeles_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairebibliuned:DptoDIP-FDER-TesisTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireDepartamento de Derecho Internacional Público (UNED). Tesishttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsRoda MuñozAcceso abierto1.003137734172016-09-14T00:00:00Z10982016-11-22T21:45:25Z2017-08-31T19:01:04ZEl régimen político de la V República Francesa. Distintas formas de reparto del poder: texto constitucional, praxis, cohabitacióntesisuned:Derecho-Imcantos0Doctoral Thesis5742<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Cantos Padilla, Isabel María" href="/fez/list/author/Cantos Padilla, Isabel María/">Cantos Padilla, Isabel María</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El régimen político de la V República Francesa. Distintas formas de reparto del poder: texto constitucional, praxis, cohabitación" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Imcantos">El régimen político de la V República Francesa. Distintas formas de reparto del poder: texto constitucional, praxis, cohabitación</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaCantos Padilla, Isabel MaríaFernández-Miranda Campoamor, Carmentesisuned:Derecho-Imcantoshttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-ImcantosspaCANTOS_PADILLA_Tesis.pdfpresmd_CANTOS_PADILLA_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairetesisuned:ED_Pg_UniEuroTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsCantos PadillaAcceso abierto0.995275633492016-12-01T00:00:00Z1802017-02-01T20:51:40Z2017-02-01T21:41:48ZActualización de las cuestiones de Inmigración y Asilo en la Unión Europeabibliuned:DptoDEMP-FDER-DIP-Mvargas510documento4922<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Vargas Gómez-Urrutia, Marina" href="/fez/list/author/Vargas Gómez-Urrutia, Marina/">Vargas Gómez-Urrutia, Marina</a> . <span class="citation_date">2016</span> <i><b><a class="citation_title" title="Click para ver : Actualización de las cuestiones de Inmigración y Asilo en la Unión Europea" href="/fez/view/bibliuned:DptoDEMP-FDER-DIP-Mvargas51">Actualización de las cuestiones de Inmigración y Asilo en la Unión Europea</a></b></i>RecordDocumentoPublishedDerechoMarina Vargas Gómez-UrrutiaVargas Gómez-Urrutia, Marinabibliuned:DptoDEMP-FDER-DIP-Mvargas51http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:DptoDEMP-FDER-DIP-Mvargas51spabibliuned:DptoDEMP-FDER-DIPbibliuned:SetopenaireDepartamento de Derecho de la Empresa (UNED). Derecho Internacional PrivadoSet de openaireVargas Gómez-Urrutia0.956530634232016-03-10T00:00:00Z32024-02-23T09:21:29Z2024-02-24T06:59:12ZLas libertades fundamentales del mercado interno, su sinergia positiva con los derechos fundamentales en el derecho de la unión europea, y una anotación sobre el ámbito de aplicaciónbibliuned:DptoDCONST-FDER-Articulos-Jsarrion-0025Las relaciones de las libertades fundamentales del mercado interior (o libertades económicas) con los derechos fundamentales pueden ser tanto negativas (situaciones de conflicto) como positivas. Para estudiar precisamente las segundas, este trabajo se oc0292<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Sarrión Esteve, Joaquín" href="/fez/list/author/Sarrión Esteve, Joaquín/">Sarrión Esteve, Joaquín</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Las libertades fundamentales del mercado interno, su sinergia positiva con los derechos fundamentales en el derecho de la unión europea, y una anotación sobre el ámbito de aplicación" href="/fez/view/bibliuned:DptoDCONST-FDER-Articulos-Jsarrion-0025">Las libertades fundamentales del mercado interno, su sinergia positiva con los derechos fundamentales en el derecho de la unión europea, y una anotación sobre el ámbito de aplicación</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoThe registered version of this article, first published in Cuadernos de Derecho Transnacional 8(1), 260-270, is available online at the publisher's website: Universidad Carlos III, https://doi.org/10.18042/cepc/aijc.26.02Universidad Carlos III de MadridSarrión Esteve, Joaquín1Cuadernos de Derecho Transnacionalbibliuned:DptoDCONST-FDER-Articulos-Jsarrion-0025http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:DptoDCONST-FDER-Articulos-Jsarrion-002526027018spaInternal market freedoms and the positive synergy with fundamental rights in the european union law, and a note on the scope of applicationSarrion_Esteve_Joaquin_Liberfundam.pdfpresmd_Sarrion_Esteve_Joaquin_Liberfundam.xml2697-1631; e-ISSN 2697-2239bibliuned:DptoDCONST-FDER-Articulosbibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireDepartamento de Derecho Constitucional (UNED). ArtículosSet de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0License Creative CommonsSarrión EsteveAcceso abiertohttps://doi.org/10.51302/ceflegal.2018.101730.9301289334172016-01-01T00:00:00Z12902016-11-24T23:03:36Z2019-04-08T22:18:03ZHuman Rights Defenders. El derecho a promover y proteger los derechos humanostesisuned:Derecho-NsauraLa metodología empleada para la realización de esta tesis es una combinación de distintos métodos de investigación, derivados de la idiosincrasia del tema de esta tesis: el derecho a promover y proteger los derechos humanos y los human rights defenders, o defensores de los derechos humanos. Se trata de un ámbito jurídico sobre el que hay todavía muy poca bibliografía específica al respecto y, menos todavía, en el momento en que se empezó a escribir este trabajo de investigación. Sin embargo, de forma paralela a la evolución de esta investigación, se ha desarrollado un sistema jurídico multinivel de garantía del derecho a promover y proteger los derechos humanos y de protección de los defensores de los derechos humanos. Por ello, resulta un tema de necesaria investigación en la actualidad, puesto que conlleva importantes repercusiones a nivel jurídico, en todos los niveles, local, nacional, regional, internacional y supranacional.0Doctoral Thesis57432<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Saura Freixes, Nuria" href="/fez/list/author/Saura Freixes, Nuria/">Saura Freixes, Nuria</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Human Rights Defenders. El derecho a promover y proteger los derechos humanos" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Nsaura">Human Rights Defenders. El derecho a promover y proteger los derechos humanos</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaSaura Freixes, NuriaGómez Sánchez, Yolandatesisuned:Derecho-Nsaurahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-NsauraspaSAURA_FREIXES_Nuria_Tesis.pdfpresmd_SAURA_FREIXES_Nuria_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairetesisuned:ED_Pg_UniEuroTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Licencia de acceso Creative CommonsSaura FreixesAcceso abierto0.905108734232016-01-01T00:00:00Z20802016-07-05T21:27:06Z2016-08-16T18:46:50ZInmigración, asilo y refugio ante los retos actuales de la política exterior europeabibliuned:RDUNED-2016-18-5005La necesidad de adoptar una política común en materia migratoria, de asilo y refugio, determinada en los Tratados, y exigida reiteradamente, no ha sido adoptada todavía en la Unión Europea, debido a las reticencias que los diversos Estados miembros ha013922<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Goig Martínez, Juan Manuel" href="/fez/list/author/Goig Martínez, Juan Manuel/">Goig Martínez, Juan Manuel</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Inmigración, asilo y refugio ante los retos actuales de la política exterior europea" href="/fez/view/bibliuned:RDUNED-2016-18-5005">Inmigración, asilo y refugio ante los retos actuales de la política exterior europea</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoGoig Martínez, Juan ManuelRDUNED : revista de derecho UNEDbibliuned:RDUNED-2016-18-5005http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:RDUNED-2016-18-5005558418Immigration, asylum and refuge to the current challenges of European foreign policyInmigracion_asilo.pdfpresmd_Inmigracion_asilo.xmlEISSN: 2255-3436bibliuned:RDUNED-2016-18bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRDUNED : revista de derecho UNED. Año 2016, n. 18Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsGoig MartínezAcceso abierto10.5944/rduned.18.2016.168810.8893480334232016-01-01T00:00:00Z732018-03-05T18:35:20Z2018-03-05T18:35:20ZDerechos sociales vinculados a la libre circulación: de la última batalla de la Comisión al legado del Brexitbibliuned:REDUE-2016-30-31-5050En febrero de 2016 el Reino Unido llegó a un acuerdo con el resto de los socios europeos sobre las condiciones de su siempre incierta permanencia en la Unión. Un referéndum para decidir si los británicos seguían o no siendo “europeos” había si05042<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Rodríguez-Izquierdo Serrano, Miryam" href="/fez/list/author/Rodríguez-Izquierdo Serrano, Miryam/">Rodríguez-Izquierdo Serrano, Miryam</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Derechos sociales vinculados a la libre circulación: de la última batalla de la Comisión al legado del Brexit" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5050">Derechos sociales vinculados a la libre circulación: de la última batalla de la Comisión al legado del Brexit</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoRodríguez-Izquierdo Serrano, MiryamRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5050http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-505026329030-31spaSocial rights linked to freedom of movement: from the battles of the Commission to the Brexit legacyDerechos_sociales.pdfpresmd_Derechos_sociales.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsRodríguez-Izquierdo SerranoAcceso abierto0.885063334172016-02-05T00:00:00Z9692016-12-16T00:43:17Z2019-03-18T21:28:24ZLos Balcanes occidentales, la Unión Europea y los derechos humanos: dos procesos paralelostesisuned:Derecho-AsantillanLa Unión Europea (UE) ha ido construyéndose en paralelo a la disolución yugoslava. Mientras se negociaba y aprobaba el Tratado de Maastricht los conflictos en Eslovenia y Croacia explotaban; y mientras se negociaba Lisboa, Kosovo se declaraba independiente. Durante este tiempo, los derechos humanos (DDHH) se han convertido en eje primordial de las políticas de la UE, incluyendo en Política Exterior y de Seguridad Común (PESC). Y aunque esta tesis no es exclusivamente un estudio de la PESC, las acciones emprendidas en aquellos años han condicionado las posteriores actuaciones en todo el mundo. De hecho, el análisis de la ejecución práctica de las obligaciones legales de la UE en los Balcanes Occidentales forma parte de los elementos innovadores de este estudio, que recoge desde el nacimiento de la DG ECHO hasta la creación de las primeras misiones Petersberg, pasando por el actuar de la UE y sus Estados miembros, o sus reacciones frente a graves violaciones del derecho internacional humanitario (DIH), en un recorrido histórico de 20 años (1989/2009). Desde el punto de vista metodológico, la investigación desarrollada es de carácter mixto (descriptiva y explicativa). Se parte de la hipótesis de que el proceso de desarrollo de los DDHH dentro de la UE será influenciado por las situaciones que se dan en la antigua Yugoslavia; y que a su vez, de manera paralela, el marco que se desarrolla dentro de la UE para la protección de estos DDHH tiene su reflejo en el accionar europeo sobre el terreno. Así, el trabajo está dividido en dos partes, recogiendo la primera titulada "De Maastricht a Dayton", en cuatro capítulos, qué se entiende por conceptos como DDHH, DIH o acción humanitaria en la UE, para posteriormente observar su influencia en el accionar europeo en Eslovenia y, particularmente, en Croacia y Bosnia-Herzegovina. Y una segunda, titulada "De Maastricht a Dayton", que en tres capítulos va desde Ámsterdam a Lisboa, centrada en el conflicto de Kosovo, incluyendo las actuaciones efectuadas en otros sub-conflictos o conflictos menores. De hecho, la inclusión de todos ellos en un único trabajo también puede considerarse novedoso, por el carácter poco habitual del mismo. El carácter descriptivo del estudio, sin embargo, ha de ser matizado pues casi todos los capítulos presentarán puntos de carácter explicativo, donde no solamente se buscará narrar qué ocurrió, sino también el por qué y el cómo. Finalizando con un Capítulo VIII sobre "Lecciones Aprendidas", una serie de Conclusiones y un Epílogo. Conclusiones: I. Las políticas europeas en materia de DDHH se desarrollan, efectivamente, en paralelo a los conflictos balcánicos. No obstante, recordemos, que líneas paralelas son aquellas que se hallan en un mismo plano y no se intersectan por más que se prolonguen; II. Así, las Acciones Humanitarias que se llevaron a cabo en los Balcanes Occidentales más bien responderían a un concepto de solidaridad basado en el apoyo a la víctima, que a una respuesta centrada en la reivindicación de los ciudadanos de la antigua Yugoslavia como sujetos de derecho; III. Adicionalmente, hay que conocer mejor el contexto, reconocer que es cambiante, que el verdugo de ayer puede ser la víctima de hoy, y viceversa; IV. La desvalorización de los DDHH es un riesgo para la estabilidad internacional; V. Hay que recordar para no repetir. Hay que revertir la situación en base a lo ocurrido y procurar colocar las bases para que nunca más se repitan los hechos; VI. Hay que centrarse en las razones de fondo del conflicto en su totalidad, volver a los orígenes y defender la interrelación entre los Derechos Civiles y Políticos, con los Económicos, Sociales y Culturales; VII. Si alguien cree que la situación en los Balcanes Occidentales, y especialmente en relación al ultranacionalismo está solucionada, se equivoca; y VIII. La Unión Europea debe reforzar en la práctica la obligación recogida en los tratados de ser Coherente.0Doctoral Thesis5932<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Santillán Luzuriaga, Asier" href="/fez/list/author/Santillán Luzuriaga, Asier/">Santillán Luzuriaga, Asier</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Los Balcanes occidentales, la Unión Europea y los derechos humanos: dos procesos paralelos" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Asantillan">Los Balcanes occidentales, la Unión Europea y los derechos humanos: dos procesos paralelos</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional Público</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional PúblicoSantillán Luzuriaga, AsierCastro Sánchez, Claribel detesisuned:Derecho-Asantillanhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-AsantillanspaSANTILLAN_LUZURIAGA_Asier_Tesis.pdfpresmd_SANTILLAN_LUZURIAGA_Asier_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairebibliuned:DptoDIP-FDER-TesisTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireDepartamento de Derecho Internacional Público (UNED). Tesishttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsSantillán LuzuriagaAcceso abierto0.8772332734172016-05-31T00:00:00Z37472016-12-20T19:36:26Z2017-07-10T21:59:40ZDe Roma a Lisboa. Problemas histórico-jurídicos en la construcción de Europatesisuned:Derecho-AputinEl objeto de la investigación se centra en el estudio histórico-jurídico de los intentos de construcción europea. Desde la caída del Imperio Romano hasta nuestros días consideramos que ha habido otros tres intentos de reconstrucción política y jurídica de este espacio: el Jus commune y la difusión de conceptos jurídicos comunes a los distintos territorios de la Europa Occidental, el intento de Napoleón tanto de conquista como de difusión del Código civil y finalmente la construcción de la Comunidad europea, con sus diferentes pasos del económico al político. Se divide el estudio en tres partes, en las que se realiza un recorrido por los grandes hitos de la construcción de Europa como una unidad social, política y jurídica. En la primera parte, se analiza, a través de las fuentes, la trascendencia de la recopilación del derecho romano, la recepción del derecho comun, la monarquia católica, el código napoleonico y la creación de las comunidades europeas por parte de los padres fundadores. En la segunda parte se realiza un acercamiento a la realidad actual de la Unión Europea, su funcionamiento y sus dificultades, derivadas del esquema federalista y constitucionalista multinivel actual. Mediante el estudio de sus tratados, se sopesa su encuadre en el marco mundial, conformado por la ONU, la OTAN y el G-20. En la tercera parte se plantea el futuro de la Unión como actor global, con una exposición de su significado como modelo a seguir en los procesos de regionalización en marcha y su relevancia como protagonista principal del desarrollo jurídico y político mundial, a pesar de las crisis a las que se enfrenta en nuestros días y al imparable proceso globalizador. Finalmente se abordan los retos y los desafíos de la UE de cara al futuro, desde el punto de vista de la autora, introduciendo conceptos como smart democracy o cosmopolítica, y se ofrecen una serie de propuestas jurídico-políticas, orientadas a la superación de las crisis, a la lucha contra los endemismos de la democracia en auge (populismos, nacionalismos y radicalismos), a la sostenibilidad del sistema y a la mejor distribución de los recursos mundiales, ante los acuciantes desafíos de la globalización en curso.0Doctoral Thesis10002<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Putin, Alessia" href="/fez/list/author/Putin, Alessia/">Putin, Alessia</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : De Roma a Lisboa. Problemas histórico-jurídicos en la construcción de Europa" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Aputin">De Roma a Lisboa. Problemas histórico-jurídicos en la construcción de Europa</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias SocialesPutin, AlessiaMorán Martín, Remediostesisuned:Derecho-Aputinhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-AputinspaPUTIN_Alessia_Tesis.pdfpresmd_PUTIN_Alessia_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairetesisuned:ED_Pg_DeryCSocTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Derecho y Ciencias Sociales (UNED)https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsPutinAcceso abierto0.8706358734232016-01-01T00:00:00Z692018-03-02T22:02:18Z2018-03-02T22:02:18ZMarco jurídico y organizativo de la ejecución del derecho europeo de la competenciabibliuned:REDUE-2016-30-31-5015La ejecución del Derecho europeo de la Competencia se caracteriza, en primer lugar, por una distribución de competencias peculiar, originariamente centralizada en exclusiva en la Comisión y desde 2003 repartida entre la Administración europea y las04542<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Fuentetaja Pastor, Jesús Ángel" href="/fez/list/author/Fuentetaja Pastor, Jesús Ángel/">Fuentetaja Pastor, Jesús Ángel</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Marco jurídico y organizativo de la ejecución del derecho europeo de la competencia" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5015">Marco jurídico y organizativo de la ejecución del derecho europeo de la competencia</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoFuentetaja Pastor, Jesús ÁngelRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5015http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-50157910630-31spaLegal and organizational frame of the execution of the european right of competitionMarco_juridico.pdfpresmd_Marco_juridico.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsFuentetaja PastorAcceso abierto0.866990234232016-01-01T00:00:00Z3212018-03-05T17:48:26Z2018-03-05T17:48:26ZSobre el estado social y los derechos sociales en perspectiva contemporáneabibliuned:REDUE-2016-30-31-5040La evolución del modelo a comienzos del siglo XXI sigue marcando elementos de continuidad y dinamismo en materia de derechos sociales: los procesos de innovación y modernización social o tecnológica siguen suscitando la emergencia de nuevos valores04732<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Porras Nadales, Antonio" href="/fez/list/author/Porras Nadales, Antonio/">Porras Nadales, Antonio</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Sobre el estado social y los derechos sociales en perspectiva contemporánea" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5040">Sobre el estado social y los derechos sociales en perspectiva contemporánea</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoPorras Nadales, AntonioRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5040http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-504022324430-31spaOn the social state and the social rights in a contemporary perspectiveSobre_estado_social.pdfpresmd_Sobre_estado_social.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsPorras NadalesAcceso abierto0.8479528434232016-01-01T00:00:00Z1102018-03-05T18:00:11Z2018-03-05T18:01:21ZDiritti sociali e governance económica dell’Eurozonabibliuned:REDUE-2016-30-31-5045Este artículo se centra en la problemática de la protección de los derechos sociales y los nuevos paradigmas de la gobernanza económica de la eurozona. Como resultado de las reformas de los últimos años de los tratados y de las recientes modificacio04382<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Bilancia, Francesco" href="/fez/list/author/Bilancia, Francesco/">Bilancia, Francesco</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Diritti sociali e governance económica dell’Eurozona" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5045">Diritti sociali e governance económica dell’Eurozona</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoBilancia, FrancescoRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5045http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-504524526230-31itaDerechos sociales y gobernanza económica de la EurozonaDiritti_sociali.pdfpresmd_Diritti_sociali.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsBilanciaAcceso abierto0.843246134172016-05-13T00:00:00Z41852017-03-23T00:28:42Z2017-03-23T00:28:42ZVoluntades anticipadas: optimización y gestión de su información en España y en la Unión Europeatesisuned:Derecho-AyguerraEn las últimas décadas ha tenido lugar una superación del paternalismo que caracterizaba tradicionalmente a la Medicina, en beneficio del auge de la autonomía del paciente, que interviene en mayor grado en las decisiones relativas a su salud Como consecuencia, actualmente se ofrecen al personal sanitario una serie de alternativas a fin de preservar el derecho autónomo del paciente que carece de la capacidad de expresar su voluntad Por una parte está la consulta a los familiares, tutores o representantes legales del paciente y, por otra, la apelación a un comité profesional. Sin embargo, existe una tercera vía, más respetuosa con la voluntad del paciente, que es la consideración de su voluntad manifestada previamente a la pérdida de la capacidad a través de sus voluntades anticipadas (en adelante, VVM). Por el documento de VVAA o instrucciones previas, tal y como las designa la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad, con objeto de que ésta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarlos personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos del mismo. El otorgante del documento puede designar, además, un representante para que, llegado el caso, sirva como interlocutor suyo con el médico o el equipo sanitario para procurar el cumplimiento de las instrucciones previas. En este sentido, la tesis doctoral tiene como objeto el examen de las VVAA a fin de elaborar Un planteamiento que permita optimizar la gestión de su información en España y en la Unión Europea. El trabajo parte de un enfoque filosófico-Jurídico que exige un examen de Derecho positivo, jurisprudencia y doctrina, incidiendo en los valores que están en liza. En el capítulo introductorio se incluye la motivación y causas de la realización de la investigación y su importancia, así como el contexto de la cuestión y la explicación de la metodología seguida. El segundo capitulo analiza el concepto y origen de las VVAA. Para llegar al concepto es necesario acudir tanto a la legislación como a la doctrina. En el caso del origen histórico, antes de remitirnos al momento en que surgen en España, hemos considerado necesario hacer una remisión al caso de los EEUU cuna de la institución. Para dilucidar el concepto, en este capítulo distinguimos dos figuras afines: el CI y la planificación anticipada. El tercer capítulo plantea los criterios para valorar las VVAA. Partimos de un análisis filosófico jurídico de la autonomía y la libertad. Continuamos con el examen de la vida humana y la integridad personal, planteando el derecho del paciente a rechazar tratamientos médicos que puede plasmarse en las VVAA. A continuación, estudiamos la dignidad y el derecho a la intimidad, finalizando con un análisis del derecho a la protección de la salud. El cuarto capítulo analiza,, en esencia, la figura de las VVAA desde sus elementos personales, reales y formales, sus límites, la modificación y revocación del mismo y el procedimiento registral. El análisis se plantea desde el derecho positivo y finaliza con el planteamiento de la problemática que rodea a las VVAA. En el quinto capítulo tratamos las VVAA desde el Derecho comparado. En un primer momento, veremos el desarrollo global de la normativa europea relativa a cuestiones colindantes con las VVAA. Posteriormente, examinaremos los casos de los países europeos de nuestro entorno, haciendo especial hincapié en los casos de Suecia e Italia. Finalmente, en las conclusiones sintetizamos las cuestiones más relevantes en torno a las VVAA, las ventajas y desventajas del documento y proponiendo una serie de medidas con el objeto de dar solución a los problemas planteados a lo largo de la tesis.0Doctoral Thesis11412<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Guerra Vaquero, Ana Ylenia" href="/fez/list/author/Guerra Vaquero, Ana Ylenia/">Guerra Vaquero, Ana Ylenia</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Voluntades anticipadas: optimización y gestión de su información en España y en la Unión Europea" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Ayguerra">Voluntades anticipadas: optimización y gestión de su información en España y en la Unión Europea</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Filosofía Jurídica</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Filosofía JurídicaGuerra Vaquero, Ana YleniaMarcos del Cano, Ana María (Directora)Torres del Moral, Antonio (Codirector)tesisuned:Derecho-Ayguerrahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-AyguerraspaGUERRA_VAQUERO_AnaYlenia_Tesis.pdfpresmd_GUERRA_VAQUERO_AnaYlenia_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Licencia Creative CommonsGuerra Vaquero0.835768134172016-01-20T00:00:00Z51442016-10-17T23:01:40Z2016-10-17T23:01:40ZEl sistema arbitral de consumotesisuned:Derecho-ElabordaLa tesis estudia el arbitraje como sistema jurisdiccional extrajudicial de resolución de conflictos entre empresarios y consumidores, examinando la doctrina y jurisprudencia sobre los sistemas heterocompositivos y autocompositivos. La creciente preocupación por el bienestar de los ciudadanos, ha hecho que la protección de los consumidores y usuarios, sea una de las materias que más ha evolucionado desde el punto de vista jurídico en tiempos recientes, surgiendo el Consumo como una nueva rama del derecho desgajada del derecho civil, mercantil o procesal que a todos nos afecta. El desarrollo legislativo iniciado en las dos últimas décadas, presenta un elemento notorio, referido a la proliferación de normas concebidas para configurar como disciplina especial, materias que se hallaban reguladas por el Código Civil. Esta tendencia, se ha incrementado por la influencia de la Unión Europea sobre cuestiones contractuales y actividad empresarial que, sobre tutela de los consumidores está conformada por un cuerpo jurídico multidisciplinar. La transformación del Derecho nacional obedece, en la práctica totalidad de los supuestos, a la necesidad de transponer e incorporar a la normativa interna las iniciativas de la Unión Europea. Por ello se estudia el desarrollo del marco legal de protección de los consumidores, en cuanto concierne al establecimiento de procedimientos eficaces que garanticen su defensa, mandato recogido en el arts. 51 CE y 31 de la LGDCU, desarrollado por la normativa reguladora del procedimiento arbitral, como sistema de carácter voluntario que resuelva las controversias entre comerciantes y consumidores con carácter vinculante y ejecutivo, que produce los mismos efectos que una sentencia, equiparado por el TC como equivalente jurisdiccional que constituye una vía alternativa a la acción judicial, de sometimiento voluntario, estableciendo un principio de protección preferente del consumidor, de aplicación a aquellas relaciones jurídicas que tuvieran por objeto productos o servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado, sin olvido de la mediación, como "alternativa de la alternativa" que facilita las reclamaciones para los intereses de los consumidores, y que se encuentra en clara expansión como método de resolución de conflictos, siguiendo las Recomendaciones de la UE relativas a los principios aplicables a los órganos responsables de la solución extrajudicial de los litigios en materia de consumo, que reconocen ambos mecanismos -arbitraje y mediación- como idóneos, para finalizar con la novedad, que ya se empieza a vislumbrar, denominada justicia restaurativa, que pronto se verá materializada. La tesis consta de 636 páginas, y está dividida en cuatro partes y estas a su vez en capítulos. La primera parte trata de los antecedentes históricos, la perspectiva constitucional del arbitraje de consumo, el marco normativo en la Unión Europea, la protección del consumidor por cláusulas abusivas, con examen de las competencias de la Unión Europea, las Estatales y las de las Comunidades Autónomas en materia de consumo. La segunda parte trata la sucesiva configuración jurídica del sistema arbitral de consumo español, el procedimiento arbitral y los arbitrajes especiales colectivo y electrónico. La tercera analiza otros arbitrajes sectoriales y sus similitudes con el de consumo, como el de arrendamientos urbanos, transporte terrestre de mercancías, de seguro de vehículos a motor, de sanidad y de construcción. La cuarta parte, estudia comparativamente la heterocomposición y la autocomposición, abordando la mediación en el espacio judicial europeo y sus similitudes con el arbitraje de consumo, y en el capitulo segundo el concepto de mediación penal y justicia restaurativa, finalizando con las conclusiones.0Doctoral Thesis9752<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Laborda Valle, Emilio" href="/fez/list/author/Laborda Valle, Emilio/">Laborda Valle, Emilio</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El sistema arbitral de consumo" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Elaborda">El sistema arbitral de consumo</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Civil</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho CivilLaborda Valle, EmilioLasarte Álvarez, Carlos (Director)Moreton Sanz, María Fernanda (Codirectora)tesisuned:Derecho-Elabordahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-ElabordaspaLABORDA_VALLE_Emilio_Tesis.pdfpresmd_LABORDA_VALLE_Emilio_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsLaborda ValleAcceso abierto0.825182734232016-07-01T00:00:00Z4222017-03-03T21:40:16Z2017-03-03T21:40:16ZLos derechos fundamentales en Turquía, un claro retrocesobibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38-5070En enero de 2016 la policía turca detuvo a 22 profesores universitarios por criticar la violenta política del Gobierno turco en el sureste kurdo. El proceso de adhesión de Turquía a la Unión Europea está paralizado por la involución existente en07582<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Allué Buiza, Alfredo" href="/fez/list/author/Allué Buiza, Alfredo/">Allué Buiza, Alfredo</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Los derechos fundamentales en Turquía, un claro retroceso" href="/fez/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38-5070">Los derechos fundamentales en Turquía, un claro retroceso</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoAllué Buiza, AlfredoTeoría y realidad constitucionalbibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38-5070http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38-507047148538spaFundamental rights in turkey, signs of a clear setbackAlfredo_Allue.pdfpresmd_Alfredo_Allue.xml1139-5583, EISSN: 2174-8950bibliuned:TeoriayRealidadConstitucional-2016-38bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireTeoría y realidad constitucional. Año 2016, n. 38Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsAllué BuizaAcceso abierto0.82409834232016-01-01T00:00:00Z682018-03-02T22:33:54Z2018-03-02T22:33:54ZFinanciación de los organismos públicos de radiodifusión y Derecho europeo de la Competencia: el caso de la corporación Radiotelevisión Españolabibliuned:REDUE-2016-30-31-5030La financiación de las televisiones públicas y su compatibilidad con el Derecho Europeo de la Competencia es un tema que ha preocupado mucho a las autoridades públicas españolas, sobre todo, desde la publicación de la Comunicación de la Comisión04792<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Medina, Sara" href="/fez/list/author/Medina, Sara/">Medina, Sara</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Financiación de los organismos públicos de radiodifusión y Derecho europeo de la Competencia: el caso de la corporación Radiotelevisión Española" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5030">Financiación de los organismos públicos de radiodifusión y Derecho europeo de la Competencia: el caso de la corporación Radiotelevisión Española</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoMedina, SaraRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5030http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-503016520230-31spaFunding public broadcasting corporations and European Competition Law: The case of the Spanish Broadcasting CorporationFinanciacion_organismos.pdfpresmd_Financiacion_organismos.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsMedinaAcceso abierto0.814186634232016-01-01T00:00:00Z682018-03-05T18:45:52Z2018-03-05T18:45:52ZDiritti europei e non nazionali? Sullo statuto giuridico del migrante: il nodo degli standards sovranazionali comunibibliuned:REDUE-2016-30-31-5055La migración humana hacia el continente europeo es un fenómeno que caracteriza la historia europea de finales del siglo XX y principios del siglo XXI. En particular, esta situación provoca que convivan distintos estatutos jurídicos bajo una misma ju04252<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Cavasino, Elisa" href="/fez/list/author/Cavasino, Elisa/">Cavasino, Elisa</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Diritti europei e non nazionali? Sullo statuto giuridico del migrante: il nodo degli standards sovranazionali comuni" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5055">Diritti europei e non nazionali? Sullo statuto giuridico del migrante: il nodo degli standards sovranazionali comuni</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoCavasino, ElisaRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5055http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-505529131230-31ita¿Derechos europeos y no nacionales? Sobre el estatuto jurídico del migrante: el problema de los estándares supranacionales comunesDiritti_europei.pdfpresmd_Diritti_europei.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsCavasinoAcceso abierto0.8026473534232016-01-01T00:00:00Z712018-03-02T20:30:03Z2018-03-02T21:13:18ZPrólogobibliuned:REDUE-2016-30-31-500004222<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Linde Paniagua, Enrique" href="/fez/list/author/Linde Paniagua, Enrique/">Linde Paniagua, Enrique</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Prólogo" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5000">Prólogo</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoLinde Paniagua, EnriqueRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5000http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5000132030-31spaPrologo.pdfpresmd_Prologo.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsLinde PaniaguaAcceso abierto0.7755930434232016-04-08T00:00:00Z182024-01-11T07:51:47Z2024-01-11T07:53:15ZEl alcance territorial de una sentencia que no tenemos derecho a olvidar: una particular aproximación a Google Spainbibliuned:DptoDCONST-FDER-Articulos-Jsarrion-0018La Sentencia del TJUE de 13 de mayo de 2014, Google Spain (C-131/12) ha supuesto un hito muy relevante en el sistema de protección de derechos fundamentales de la Unión Europea, dando origen al derecho al olvido, y abriendo un camino del que queda mucho0472<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Sarrión Esteve, Joaquín" href="/fez/list/author/Sarrión Esteve, Joaquín/">Sarrión Esteve, Joaquín</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : El alcance territorial de una sentencia que no tenemos derecho a olvidar: una particular aproximación a Google Spain" href="/fez/view/bibliuned:DptoDCONST-FDER-Articulos-Jsarrion-0018">El alcance territorial de una sentencia que no tenemos derecho a olvidar: una particular aproximación a Google Spain</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoCentro de Estudios FinancierosSarrión Esteve, JoaquínCEFLegal, revista práctica de derechobibliuned:DptoDCONST-FDER-Articulos-Jsarrion-0018http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:DptoDCONST-FDER-Articulos-Jsarrion-00185372184The territorial scope of a judgement that we don't have the right to forget: a particular approach to Google SpainSarrion_Esteve_Joaquin_Olvido.pdfpresmd_Sarrion_Esteve_Joaquin_Olvido.xml2697-239bibliuned:DptoDCONST-FDER-Articulosbibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireDepartamento de Derecho Constitucional (UNED). ArtículosSet de artículoSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/deed.esLicencia Creative CommonsSarrión EsteveAcceso abierto10.51302/ceflegal.2016.108010.774142634232016-01-01T00:00:00Z1122018-03-02T22:11:47Z2018-03-02T22:11:47ZUna visión comparada de la descentralización en la aplicación de la normativa de competencia en Europabibliuned:REDUE-2016-30-31-5020El presente artículo presenta los principales elementos de los más relevantes sistemas descentralizados de aplicación de la normativa de competencia existentes en Europa. Estos regímenes optan por soluciones semejantes para conseguir incrementar la04292<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Canedo, María Pilar" href="/fez/list/author/Canedo, María Pilar/">Canedo, María Pilar</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Una visión comparada de la descentralización en la aplicación de la normativa de competencia en Europa" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5020">Una visión comparada de la descentralización en la aplicación de la normativa de competencia en Europa</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoCanedo, María PilarRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5020http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-502010714230-31spaA comparative approach to decentralized systems of antitrust enforcement in EuropeVision_comparada.pdfpresmd_Vision_comparada.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsCanedoAcceso abierto0.7651226534232016-01-01T00:00:00Z1122018-03-02T22:23:25Z2018-03-02T22:23:25ZEl entretenimiento como actividad económica sometida a la Ley de Defensa de la Competencia: una visión de las fiestas localesbibliuned:REDUE-2016-30-31-5025Las actividades económicas relacionadas con el ocio suponen una parte importante de la industria Española. Este trabajo analiza su sometimiento a la Ley de Defensa de la Competencia comenzando por los presupuestos necesarios para su aplicación. Se tr05022<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Goñi Urriza, Natividad" href="/fez/list/author/Goñi Urriza, Natividad/">Goñi Urriza, Natividad</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : El entretenimiento como actividad económica sometida a la Ley de Defensa de la Competencia: una visión de las fiestas locales" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5025">El entretenimiento como actividad económica sometida a la Ley de Defensa de la Competencia: una visión de las fiestas locales</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoGoñi Urriza, NatividadRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5025http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-502514316430-31spaEntertainment as an economic activity subject to the law of defense of competition: a vision of local festivitiesEntretenimiento_como_actividad.pdfpresmd_Entretenimiento_como_actividad.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsGoñi UrrizaAcceso abierto0.759576934232016-01-01T00:00:00Z1842018-03-05T17:36:57Z2018-03-05T17:36:57Z¿Libre competencia e interés general en la Ley de Contratos del sector público?bibliuned:REDUE-2016-30-31-5035En este trabajo se pone de manifiesto que en la Ley de contratos del sector público se han producido algunos avances en lo relativo a la defensa de la competencia, pero se aprecian lagunas muy considerables, fruto, en algunos casos, de una deficiente t05112<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Linde Paniagua, Enrique" href="/fez/list/author/Linde Paniagua, Enrique/">Linde Paniagua, Enrique</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : ¿Libre competencia e interés general en la Ley de Contratos del sector público?" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5035">¿Libre competencia e interés general en la Ley de Contratos del sector público?</a>. RecordArtículo de revistaPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoLinde Paniagua, EnriqueRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5035http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-503520322230-31spaFree competition and general interest in the public sector contracts act?Libre_competencia.pdfpresmd_Libre_competencia.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsLinde PaniaguaAcceso abierto0.746555234172016-01-14T00:00:00Z53572016-12-02T18:19:34Z2016-12-02T18:19:34ZLos mecanismos de prevención y gestión de crisis bancariastesisuned:Derecho-SperniasLa crisis económica iniciada en 2007 puso de manifiesto notorias debilidades en el régimen regulatorio de las entidades de crédito y ha motivado que se hayan acometido, a nivel global, importantes reformas institucionales y legislativas, impulsadas por organismos internacionales (el Comité de Basilea y el Consejo de Estabilidad Financiera en especial), con un marcado sesgo hacia la prevención de futuras crisis bancarias. En la Unión Europea estas reformas han dado lugar a los mayores requerimientos derivados de Basilea III (de capital, liquidez, gobernanza,…), incorporados al ordenamiento comunitario mediante un Reglamento y una Directiva (CRR/CRDIV); a un nuevo marco de resolución de entidades de crédito; y a la formación de la Unión Bancaria, con el establecimiento de un Mecanismo Único de Supervisión (MUS) y un Mecanismo Único de Resolución (MUR) para las entidades de la zona euro. El objeto de la Tesis es la revisión sistemática del entramado regulatorio e institucional que, en la Unión Europea y en España, tiene por finalidad, directa o indirectamente, la prevención y, en su caso, la gestión de crisis bancarias. Tras repasar los elementos esenciales que definen la actividad típica bancaria y que justifican la existencia de la regulación prudencial de las entidades de crédito, los mecanismos de prevención y gestión de crisis se presentan agrupados en tres grandes apartados. En un primer apartado se incluyen los que podríamos calificar como mecanismos genéricos de prevención, es decir, el extenso conjunto de normas cuya finalidad no es expresamente preventiva, sino el adecuado funcionamiento de las entidades. Se trata, en su mayor parte, de controles establecidos a distintos niveles. En unos casos ejercidos por la Administración, que tiene como principales instrumentos de intervención el régimen autorizatorio para el acceso a la actividad, los requerimientos mínimos de capital (el Pilar 1 de Basilea) y, singularmente, la supervisión prudencial que, tras la entrada en funcionamiento del MUS, ha pasado a ser ejercida por el Banco Central Europeo, en colaboración con las autoridades nacionales de supervisión. En otros casos, se trata de controles internos, establecidos conforme a las normas de buen gobierno exigibles a las entidades y referidos a las funciones de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna. Otros, en fin, son controles externos, a cuyo fin se exige la recurrente auditoría legal de cuentas, la publicación de información financiera y la transparencia al mercado (el Pilar 3 de Basilea). Un segundo bloque lo forman los mecanismos específicos de prevención, referidos tanto a la planificación de la recuperación y la resolución, como a la adopción de medidas concretas, exigidas por el supervisor, crecientes en variedad e intensidad a medida que empeora la situación financiera de la entidad: las derivadas de la revisión supervisora (el Pilar 2 de Basilea) y las llamadas medidas de intervención temprana. El tercer apartado está referido a los mecanismos de gestión de crisis de entidades inviables. Junto al régimen concursal ordinario, que con ciertas especialidades continúa siendo de aplicación a los bancos, se ha regulado un nuevo procedimiento de resolución, de carácter administrativo, más expeditivo y preferible al concursal en presencia de un interés público que lo justifique, desarrollado por una autoridad de nueva creación (en la eurozona, la Junta Única de Resolución), investida de potestades que le permiten asignar pérdidas y disponer de los activos y pasivos de la entidad sin el consentimiento de accionistas y acreedores. Se trata, en suma, de un conjunto heterogéneo de medidas con las que se que intenta prevenir el surgimiento de situaciones de crisis y, en su caso, gestionar la resolución ordenada de las entidades inviables, preservando la estabilidad financiera, evitando el contagio y haciendo que los costes sean soportados por accionistas y acreedores antes que por los contribuyentes.0Doctoral Thesis9962<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Pernías Solera, Santiago" href="/fez/list/author/Pernías Solera, Santiago/">Pernías Solera, Santiago</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Los mecanismos de prevención y gestión de crisis bancarias" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Spernias">Los mecanismos de prevención y gestión de crisis bancarias</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Administrativo</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho AdministrativoPernías Solera, SantiagoLinde Paniagua, Enriquetesisuned:Derecho-Sperniashttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-SperniasspaPERNIAS_SOLERA_Santiago_Tesis.pdfpresmd_PERNIAS_SOLERA_Santiago_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsPernías SoleraAcceso abierto0.740911134232016-01-01T00:00:00Z672018-03-02T21:47:36Z2018-03-09T20:11:19ZUna gobernanza económica que impide la formalización de un gobierno económico en la eurozonabibliuned:REDUE-2016-30-31-5010El período anterior a la crisis de 2007 se ha caracterizado por el peso creciente adquirido por el capital financiero y por la relajación de las normas de regulación en torno al sector financiero. Ello va asociado a la crisis del régimen de acumulaci�04712<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Rodríguez Ortiz, Francisco" href="/fez/list/author/Rodríguez Ortiz, Francisco/">Rodríguez Ortiz, Francisco</a> . (<span class="citation_date">2016</span>) <a class="citation_title" title="Click para ver : Una gobernanza económica que impide la formalización de un gobierno económico en la eurozona" href="/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5010">Una gobernanza económica que impide la formalización de un gobierno económico en la eurozona</a>. RecordArtículo de revistaPublishedCienciasUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de DerechoRodríguez Ortiz, FranciscoRevista de Derecho de la Unión Europeabibliuned:REDUE-2016-30-31-5010http://e-spacio.uned.es/fez/view/bibliuned:REDUE-2016-30-31-5010577830-31spaAn economic governance that prevents the formalization of an economic government in the eurozoneGobernanza_economica.pdfpresmd_Gobernanza_economica.xml1695-1085bibliuned:REDUE-2016-30-31bibliuned:Setarticulobibliuned:SetopenaireRevista de derecho de la Unión Europea (REDUE). Año 2016, primer semestre, n. 30 - Año 2016, segundo semestre, n. 31Set de artículoSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia Creative CommonsRodríguez OrtizAcceso abierto0.7383042634172016-10-27T00:00:00Z18452018-05-31T22:45:58Z2018-05-31T22:45:58ZEl Premio Nobel de la Paz en el contexto de las relaciones internacionales 1901-2015tesisuned:ED-Pg-UniEuro-EhernandezCon frecuencia la concesión del premio Nobel de la Paz, ha generado polémica siendo objeto de crítica no sólo social sino también y esto es lo más relevante, ha sido respondida duramente por parte de no pocos gobiernos que lo han considerado una injerencia en sus asuntos internos. Ello lleva a plantearse si realmente los premios Nobel de la Paz tienen como objetivo la búsqueda de la paz o la defensa de una cultura pacifista o, por el contrario, conjuntamente o al margen se encubren razones o intereses de tipo político. Cabe añadir que en los primeros años los integrantes del Comité Nobel fueron políticos en activo y que en la actualidad a pesar de los intentos de generar una imagen de independencia la mayor parte de quienes acceden a este puesto lo hacen tras haber ocupado relevantes cargos públicos. Poniendo en correlación la lectura del testamento de Alfred Nobel como reflejo de su voluntad, -al margen de las interpretaciones que se haya querido dar a sus términos- y los valores o méritos de las personas u organizaciones a las que se ha concedido el premio, se pone de manifiesto una absoluta discrepancia. Admitiendo que el tiempo transcurrido, más de un siglo, es dilatado y que cambian los valores sociales, lo cierto es que resulta difícil en los primeros años y prácticamente imposible después, considerar que los premiados, incluso los méritos que se les atribuyen se identifiquen con la voluntad testamentaria. Por el contrario resulta mucho más sencillo establecer un paralelismo con los intereses, la política y la ideología noruega en particular y occidental en general. Ello explica por un lado que con cierta frecuencia los premiados, antes y aún después de la concesión del premio hayan sido protagonistas de actuaciones alejadas del no sólo de la voluntad de Nobel sino incluso de lo que comúnmente puede entenderse por la promoción de la paz o el pacifismo, y por otro justifica que su concesión produzca reacciones encontradas en los círculos gubernamentales según se considere que favorece su línea política o la contradiga. En esta dirección el repaso a los distintos premiados pone de manifiesto en qué medida el premio ha resultado ser un instrumento, en un primer momento del gobierno y más adelante de estado noruego para proyectar posteriormente su imagen y reforzar aquellas organizaciones, grupos e ideologías con los que se identificado a lo largo de este tiempo.0Doctoral Thesis6822<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Hernández García, Eugenio" href="/fez/list/author/Hernández García, Eugenio/">Hernández García, Eugenio</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El Premio Nobel de la Paz en el contexto de las relaciones internacionales 1901-2015" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-Ehernandez">El Premio Nobel de la Paz en el contexto de las relaciones internacionales 1901-2015</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaHernández García, EugenioAlvarado Planas, Javiertesisuned:ED-Pg-UniEuro-Ehernandezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-EhernandezspaHERNANDEZ_GARCIA_Eugenio_Tesis.pdfpresmd_HERNANDEZ_GARCIA_Eugenio_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_UniEurobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsHernández GarcíaAcceso abierto0.714322834172016-07-08T00:00:00Z11942017-02-24T22:24:26Z2017-08-31T19:17:14ZLos medios de comunicación en la II República española: luces y sombras de la libertad de expresióntesisuned:Derecho-IsanchezLa finalidad de este trabajo o Tesis es el estudio jurídico-constitucional de un derecho fundamental, el de la libertad de expresión o de comunicación pública en el breve periodo de la II República española (1931-1936), nuevo régimen democrático y parlamentario que vino a reemplazar a la secular Monarquía borbónica. La libertad de expresión es uno de los derechos que constituyen esa tabla esencial de toda constitución que se precie de ser mínimamente democrática. El trabajo se inicia con una justificación del mismo al que siguen ocho capítulos, que constituyen tres partes claramente diferenciadas desde el punto de vista del contenido temático. El primer capítulo se ocupa de la libertad de expresión, haciendo una precisión conceptual del ancho mundo de la comunicación, su evolución histórica y la proyección doctrinal de esta libertad en diferentes autores de distintos países y años. El segundo capítulo se centra en el estudio de la libertad de expresión en el constitucionalismo histórico español y en el Derecho comparado. Tras estos dos capítulos, piedras angulares de los restantes, desde el tercero hasta el séptimo, se hace un análisis exhaustivo de los diferentes medios de comunicación que existían en el período estudiado, que eran: prensa, radio, cine, teatro y libre-educación con la libertad de cátedra. De los cinco medios estudiados, el mas conocido y antiguo en el mundo de la comunicación, exceptuado el libro, es la prensa, medio centenario y numeroso, pese a la gran población analfabeta. La radio, especialmente en la contienda, fue un medio propagandístico, utilizado coma "arenga". El cine, con su paso a sonoro en ese tiempo, vivió su época dorada y fue un medio de gran difusión, en tanto que el teatro sera un medio de expresión de valores patrióticos y fenómeno de masas, en que el pueblo se ve reflejado. La educación del pueblo a través de planes cuatrienales de creación de escuelas, con fomento de la actividad editorial sin control ideológico de libros y la libertad de cátedra, fue otro frente de actuación de la II República española. Corona el contenido del trabajo el último capítulo, que se ocupa del análisis de los recursos de amparo que hubo de resolver el Tribunal de Garantías Constitucionales referidos a cuestiones relacionadas con la libertad de expresión, especialmente planteados en el campo del periodismo escrito o prensa. La bibliografia consultada ha consistido en tratados, ensayos, monografías y revistas especificas de cada medio, que aparecen reseñadas en las notas al pie de página y al final del trabajo en el apartado correspondiente. Como en cualquier obra de investigación, se llega a unas conclusiones sobre la libertad de expresión en este periodo, de las que enunciamos algunas:- El Poder, en todo tiempo y lugar, amparado en las "reglas de juego de la organización social", se resiste a reconocer este derecho a la libertad de expresión, que es un parámetro de medida de los regímenes democráticos. Esta libertad ha tenido que soportar la censura previa en no pocas ocasiones en nuestra historia constitucional.-Cambia el panorama con el nuevo régimen republicano, pero este no fue todo lo abierto como cabría esperar en materia de libertad de prensa, aquejado por los problemas de orden y seguridad, por lo que la aplicación del art. 34 de la Constitución de 1931 no fue efectiva siempre. La República, pues, no fue el paraíso soñado en cuanto a libertad de prensa, sometida esta al albor de las circunstancias políticas y a la discrecionalidad y arbitrariedad de los Gobernadores Civiles, permisivos unos y celosos vigilantes otros.0Doctoral Thesis9492<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Sánchez Garrido, Ildefonso" href="/fez/list/author/Sánchez Garrido, Ildefonso/">Sánchez Garrido, Ildefonso</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Los medios de comunicación en la II República española: luces y sombras de la libertad de expresión" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Isanchez">Los medios de comunicación en la II República española: luces y sombras de la libertad de expresión</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoHistoriaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaSánchez Garrido, IldefonsoTorres del Moral, Antoniotesisuned:Derecho-Isanchezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-IsanchezspaSANCHEZ_GARRIDO_Ildefonso_Tesis.pdfpresmd_SANCHEZ_GARRIDO_Ildefonso_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairetesisuned:ED_Pg_UniEuroTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsSánchez GarridoAcceso abierto0.7112593734172016-02-08T00:00:00Z11042016-12-15T00:44:13Z2019-03-18T19:59:47ZLa observación electoral internacional de las organizaciones intergubernamentales. Su alcance en derecho internacional público y en la generación del derecho a la democraciatesisuned:Derecho-VcpascualEn el capítulo introductorio, la presente tesis doctoral expone algunas de las aportaciones teóricas más importantes del concepto de "democracia". Las misiones de observación electoral más profesionalizadas observan elecciones para verificar si se adecúan a los estándares internacionales para elecciones democráticas. En la segunda parte de la investigación, examinamos de forma extensa las numerosas organizaciones intergubernamentales que desarrollan actividades de monitorización de elecciones. Para ello, en primer término, abordamos el estudio de los estándares internacionales para elecciones democráticas (o de observación electoral) que conforman la base jurídica específica de la operativa y el análisis que llevan a cabo las misiones de observación electoral. A continuación, se define el concepto de "observación electoral" y se describen sus principios básicos con el objeto de destacar que la monitorización de elecciones que no se ajuste a estos principios no debería ser considerada "misión de observación electoral". En esta misma sección, el autor propone una clasificación de las diferentes misiones de monitorización de elecciones al objeto de distinguir su metodología, profesionalización y su finalidad. La tercera parte de la investigación se centra en analizar la contribución que esta actividad de observación electoral internacional desarrollada por las organizaciones intergubernamentales que hemos calificado de "integrales" (la Unión Europea (UE), la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE) y la Organización de Estados Americanos(OEA)) está realizando a la disciplina iusinternacionalista. Alcanzamos las siguientes conclusiones: 1º. En primer lugar, las Misiones de Observación Electoral Internacional constituyen mecanismos de control del cumplimiento de las normas y estándares internacionales electorales, dado que realizan una labor fundamental de verificación y control sobre el cumplimiento de estas normas y estándares internacionales para elecciones por parte de los Estados observados. 2º. Segundo. Las misiones de observación electoral intergubernamental son un mecanismo de generación del elemento material en la formación de costumbres internacionales electorales. Su acción observadora está contribuyendo a generar el elemento material necesario para la creación consuetudinaria del derecho a la participación política y de un derecho a la democracia, con intensidad y efectividad variables en función de los Estados y los ámbitos regionales. En este sentido, el elemento material de estas costumbres (la práctica reiterada y uniforme) puede tener también como base normas electorales de "soft law" o buenas prácticas electorales. 3º. En tercer lugar, los informes emitidos por las misiones de observación electoral "integral" en relación a los procesos electorales que observan constituyen medios de prueba necesarios para poder determinar si existe una norma consuetudinaria creadora de un derecho a la participación política y/o de un derecho a la democracia. 4º. Cuarto. Las organizaciones internacionales que desarrollan una observación electoral "integral" utilizan los informes de sus misiones de observación sobre el terreno para la adopción de medidas de reacción institucional con objeto de velar y promover la aplicación forzosa de las normas y estándares electorales internacionales En definitiva, como conclusión final de nuestra investigación, afirmamos que en el estado actual del Derecho Internacional Público existe un derecho a la democracia en el ámbito electoral, de origen y formación consuetudinaria; este derecho se está desarrollando en cada espacio regional y en cada Estado de manera variable y a distintas velocidades, en función -entre otras causas- de la voluntad política de los gobiernos de estos países. En el desarrollo de este derecho a la democracia, el papel desempeñado por la observación electoral internacional de las organizaciones intergubernamentales "integrales" resulta trascendental.0Doctoral Thesis6992<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Pascual Planchuelo, Víctor Carlos" href="/fez/list/author/Pascual Planchuelo, Víctor Carlos/">Pascual Planchuelo, Víctor Carlos</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La observación electoral internacional de las organizaciones intergubernamentales. Su alcance en derecho internacional público y en la generación del derecho a la democracia" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Vcpascual">La observación electoral internacional de las organizaciones intergubernamentales. Su alcance en derecho internacional público y en la generación del derecho a la democracia</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional Público</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho Internacional PúblicoPascual Planchuelo, Víctor CarlosCastro-Rial Garrone, Fanny (Directora)Trillo de Martín-Pinillos, Eduardotesisuned:Derecho-Vcpascualhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-VcpascualspaPASCUAL_PLANCHUELO_VictorCarlos_Tesis.pdfpresmd_PASCUAL_PLANCHUELO_VictorCarlos_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairebibliuned:DptoDIP-FDER-TesisTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireDepartamento de Derecho Internacional Público (UNED). Tesishttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsPascual PlanchueloAcceso abierto0.683581534172016-11-29T00:00:00Z23042018-06-04T22:03:25Z2018-06-04T22:03:25ZLa Función Pública en España: 1827-2007tesisuned:ED-Pg-UniEuro-JimunozLa Función Pública, concebida como el conjunto de derechos y deberes que configuran las relaciones jurídicas de la Administración con el personal a su servicio en virtud del vínculo de sujeción especial que les une, ha conocido formas muy diversas a lo largo de la historia, desde su primera regulación general en los primeros Estatutos de funcionarios a principios del siglo XIX, hasta su configuración actual. A lo largo del presente estudio se ha querido poner de manifiesto como esta evolución de la Función Pública ha hecho pivotar el sistema sobre los dos grandes modelos implantados en los países de nuestro entorno: el abierto o de empleo y el cerrado o de carrera. Superado el Estado absolutista y su concepción de la burocracia como un patrimonio político del cual se podía disponer libremente a través de la técnica de las cesantías en masa (spoil system), se apuesta firmemente por un modelo de Función Pública que garantice una adecuada carrera de los funcionarios públicos, como mecanismo indispensable para mejorar su rendimiento y productividad y que, por tanto, redunde en una mejora de la eficacia de la Administración. Sin embargo, la convulsa situación económica, política y social de España a lo largo del siglo XIX y principios del XX no hizo fácil que este reconocimiento de la carrera administrativa se plasmara en las leyes de Función Pública o que, plasmándose, se pudiera llevar a la práctica. Así, sobre las bases formuladas por los primeros Estatutos de funcionarios (López Ballesteros, Bravo Murillo y O´Donnell), el Estatuto de Maura recoge una completa configuración de la Función Pública que se sustenta en dos aspectos fundamentales: el reconocimiento de la inamovilidad en la condición de funcionario de carrera, y la consagración del sistema de oposición como fórmula de ingreso en la Administración. Este Estatuto permaneció en vigor durante más de cuarenta años, a pesar de los tremendos cambios habidos en nuestro país (dos dictaduras, una república y una guerra civil), siendo sustituido por la Ley de Funcionarios Civiles del Estado en 1964 (LFCE). A partir de aquí, se produce un cambio de tercio en la configuración de nuestra Función Pública, dejándose atrás el sistema de categorías de los estatutos precedentes y articulando el sistema sobre la base del puesto de trabajo, en un claro guiño hacia el modelo abierto o de empleo propio de los países anglosajones. Sin embargo, no se lograron llevar a la práctica, en toda su extensión, los postulados que recogía la Ley, provocando un fortalecimiento de los Cuerpos de funcionarios, que no hizo sino acentuar un corporativismo incipiente y muy perjudicial para el conjunto de la Administración. Con la Constitución de 1978, y tras unos intentos fallidos de regulación del régimen jurídico de los funcionarios, se llega a la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública de 1984 (LMRFP) que, con una clara vocación de provisionalidad y de experimentación, no dejará indiferente a ningún sector de la Administración. Esta norma introduce el concepto de grado personal como eje vertebrador de la carrera administrativa, condicionando el ascenso en la misma al desempeño de un puesto de trabajo de un determinado nivel y durante un periodo de tiempo concreto. Asimismo, delimita con claridad los grupos de clasificación en atención al nivel de titulación exigido para su ingreso y perfecciona las fórmulas de promoción interna ya previstas en su antecesora, la LFCE. Además, instaura un complejo sistema de provisión de puestos de trabajo y un nuevo régimen retributivo. Después de más de veinte años de aplicación de la LMRFP, tras varios intentos infructuosos de lograr la aprobación de un Estatuto de los funcionarios públicos y previa la constitución de una Comisión específica de estudio y preparación, en el año 2007 se aprueba finalmente la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se regula el Estatuto Básico del Empleado Público. Para llevar a cabo el estudio de este periodo de la Función Pública española se ha dividido la presente Tesis Doctoral en dos partes diferenciadas: En una primera, se hace un recorrido por las normas más importantes que se han dictado en la materia, es decir, los Estatutos de funcionarios públicos en sus formas más diversas La segunda parte de este trabajo se centra en el análisis sectorial de aquellos aspectos de la Función Pública en España que se han considerado más importantes y sobre los cuales se han sentado las bases de lo que podría ser un cambio inmediato de nuestro modelo actual. En este sentido, se hace un recorrido histórico de las principales normas que se han ido dictando en materia de: clasificación y tipos de personal; acceso y pérdida de la condición de empleado público; carrera administrativa; régimen de incompatibilidades y sistema retributivo.0Doctoral Thesis9622<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Muñoz Llinas, Jaime Ignacio" href="/fez/list/author/Muñoz Llinas, Jaime Ignacio/">Muñoz Llinas, Jaime Ignacio</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La Función Pública en España: 1827-2007" href="/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-Jimunoz">La Función Pública en España: 1827-2007</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión Europea</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Unión EuropeaMuñoz Llinas, Jaime IgnacioAlvarado Planas, Javiertesisuned:ED-Pg-UniEuro-Jimunozhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:ED-Pg-UniEuro-JimunozspaMUNOZ_LLINAS_JaimeIgnacio_Tesis.pdfpresmd_MUNOZ_LLINAS_JaimeIgnacio_Tesis.xmltesisuned:ED_Pg_UniEurobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Unión Europea (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsMuñoz LlinasAcceso abierto0.6717450634172016-01-01T00:00:00Z9602017-04-19T21:36:48Z2017-08-31T21:19:57ZManaging migrations in Europe’s southern border. The cases of Spain, Italy and Portugaltesisuned:IUGM-SrsousaEn el sistema internacional, las migraciones internacionales tienen que ser reguladas y gestionadas por los Estados, con el fin de garantizar el impacto positivo de los migrantes en los países de acogida y su integración, así como asegurar que los migrantes que entran sean tratados con dignidad y vean reconocidos sus derechos. Sin embargo, la experiencia indica que este ideal no siempre se produce y los Estados pueden ver como una amenaza los flujos migratorios, en particular los irregulares. Es en este sentido en el que enfocamos nuestro estudio sobre la gestión de los flujos migratorios en el Mediterráneo, desde la perspectiva de la seguridad internacional. La gestión de las migraciones en el Mediterráneo es uno de los principales retos que la Unión Europea (UE) enfrenta en la actualidad. Los intensos flujos migratorios que se han registrado durante el año 2015 y las tragedias en el mar Mediterráneo han puesto a prueba los mecanismos de las políticas de inmigración y asilo de la Unión y su capacidad de responder a las crisis humanitarias. Además, estos flujos de intensidades y geografías variadas pueden representar una amenaza para la seguridad interna de la Unión Europea y de sus Estados miembros. Asimismo, con el objetivo de garantizar la seguridad de sus fronteras externas, el enfoque de la UE se ha centrado en la dimensión de la seguridad con un énfasis en la definición de estrategias de gestión de las migraciones irregulares. En el contexto de la gestión de las migraciones en el Mediterráneo hemos elegido como estudio de caso tres países: España, Italia y Portugal, que nos permiten realizar un análisis comparativo entre la gestión de las rutas del África occidental y del Mediterráneo occidental y central. En particular, el caso portugués permite la observación de una realidad distinta en el ámbito europeo, por lo que resulta muy pertinente la realización de un trabajo sobre la gestión de fronteras en Portugal, tema muy poco trabajado a nivel académico. Constatamos que el éxito del modelo de gobernanza de las migraciones en el Mediterráneo resulta de la interdependencia entre los diferentes niveles de acción (bilateral, multilateral y regional) y los distintos actores y que, en la actualidad, prevalece la dimensión de deterrence (disuasión), a través de la gestión de las fronteras externas y la cooperación con países terceros, incluyendo la externalización de la frontera. Asimismo, partimos de la hipótesis de que la UE, por su incapacidad para adoptar e implementar una política común capaz de gestionar con eficacia los flujos migratorios en su frontera sur utiliza una estrategia disuasoria, basada en mínimos comunes denominadores.0Doctoral Thesis8112<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Sousa Ferreira, Susana Raquel de" href="/fez/list/author/Sousa Ferreira, Susana Raquel de/">Sousa Ferreira, Susana Raquel de</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Managing migrations in Europe’s southern border. The cases of Spain, Italy and Portugal" href="/fez/view/tesisuned:IUGM-Srsousa">Managing migrations in Europe’s southern border. The cases of Spain, Italy and Portugal</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Seguridad Internacional</span>RecordDoctoral ThesisPublishedPolíticaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Seguridad InternacionalSousa Ferreira, Susana Raquel deFerreira Rodrigues, TeresaGarcía Pérez, Rafaeltesisuned:IUGM-Srsousahttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:IUGM-SrsousaengSOUSA_FERREIRA_SusanaRaquelde_Tesis.pdfpresmd_SOUSA_FERREIRA_SusanaRaquelde_Tesis.xmltesisuned:IUGMbibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairetesisuned:ED_Pg_SegIntTesis del Instituto Universitario Gutiérrez Mellado (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Seguridad Internacional (UNED)http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsSousa FerreiraAcceso abierto0.667575734172016-02-04T00:00:00Z17732016-12-13T00:28:47Z2016-12-13T00:28:47ZEl personal laboral de la administración del estado en el exteriortesisuned:Derecho-LafernandezLa tesis comienza con una Introducción General que nos sitúa en el contexto de las relaciones internacionales. La materia objeto de estudio se desarrolla a lo largo de siete capítulos y en el Capitulo VIII se tratan los aspectos más relevantes del contenido del contrato y aparejados a la relación laboral, se hace una breve recapitulación y se presentan las conclusiones. Todas las figuras jurídicas de la relación contractual entre la Administración del Estado en el exterior y el personal a su servicio se ilustran con las aportaciones de la jurisprudencia. Las resoluciones judiciales dictadas tanto por los órganos jurisdiccionales nacionales como por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea son la viga maestra en la que se sustenta esta tesis doctoral. En el Capítulo I se define que es la Administración Exterior, qué lugar ocupa dentro del entramado organizativo de la Administración Pública y cuál es su estructura. Se hace una distinción entre Servicio Exterior del Estado y Administración del Estado en el exterior, cuáles son los órganos que integran el Servicio Exterior y la Administración Exterior y sus rasgos distintivos. Se concretan asimismo los conceptos sobre los que se apoyan las relaciones diplomáticas entre los Estados: la Política Exterior, la Acción Exterior y el Principio de Unidad de Acción. En el Capítulo II se analiza la Misión Diplomática Permanente como centro de trabajo: qué hace de la Misión Diplomática un centro de trabajo diferente a cualqUier otro, cuáles son los requisitos para su establecimiento, su estructura, categorías y funciones, y qué es una Embajada desde el punto de vista del Derecho del Trabajo. Los Capítulos III y IV están destinados a los sujetos intervinientes en toda relación laboral: el empresario y el trabajador. Se estudia quién detenta la condición de empresario y por qué, quiénes son los representantes del Estado como empleador y cómo organiza el empresario la prestación laboral. En cuanto al Personal de la Administración Exterior, analizaremos quiénes tienen la consideración de trabajadores de una Misión Diplomática, cuáles son sus características, sus funciones y la especial consideración hacia los familiares del trabajador. El Capítulo V tiene un peso específico dentro de la tesis porque está dedicado a la génesis, las vicisitudes del vínculo contractual y al proceso de laboralización del personal al servicio de la Administración del Estado en el exterior. En los Capítulos VI y VII se tratan las cuestiones procesales que se plantean en los litigios derivados del contrato de trabajo del personal laborar de la Administración Exterior: la inmunidad de jurisdicción y ejecución en el Derecho del Trabajo, la determinación de la competencia judicial y el sistema de Derecho Internacional Privado español en materia de competencia, y la determinación de la ley aplicable y el sistema de Derecho Internacional Privado español en cuanto a la ley aplicable a las obligaciones contractuales derivadas de este contrato de trabajo internacional. El Capítulo VIII se centra en los aspectos particulares del contenido del contrato y vinculados a la relación laboral: en cuanto a la provisión de los puestos de trabajo, las condiciones de trabajo, los derechos individuales, los derechos colectivos y su situación actual y, tras una síntesis de todo lo expuesto, se plantea la posibilidad de incluir esta relación laboral en el catálogo de relaciones laborales de carácter especial del Estatuto de los Trabajadores.0Doctoral Thesis8752<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Fernández Nieto, Livina Aurora" href="/fez/list/author/Fernández Nieto, Livina Aurora/">Fernández Nieto, Livina Aurora</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : El personal laboral de la administración del estado en el exterior" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Lafernandez">El personal laboral de la administración del estado en el exterior</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho de la Empresa</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Facultad de Derecho. Departamento de Derecho de la EmpresaFernández Nieto, Livina AuroraAlonso-Olea García, Beléntesisuned:Derecho-Lafernandezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-LafernandezspaFERNANDEZ_NIETO_Livina_Tesis.pdfpresmd_FERNANDEZ_NIETO_Livina_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsFernández NietoAcceso abierto0.655467334172016-02-02T00:00:00Z40512016-11-23T22:05:58Z2016-11-23T22:05:58ZLa inmigración irregular por vía marítima hacia Europa del sur. La respuesta de los Estadostesisuned:IUGM-FjvelezLa globalización ha facilitado los flujos migratorios internacionales y a su vez ha hecho más difícil el control de los Estados nacionales sobre la migración que reciben, en un proceso que supone una amenaza a la soberanía estatal sobre la admisión a las sociedades nacionales de nuevas poblaciones, como han destacado ya varios investigadores (Sassia, Castles). Ante este desafío los Estados reaccionan de formas diferentes en función de sus prioridades, compromisos y recursos. En los Estados democráticos, el respeto a los acuerdos sobre derechos humanos, la separación de poderes y la independencia del sistema judicial, y la presión de sectores de la opinión pública, obliga a tomar en cuenta muchas otras consideraciones y restringe de forma importante el abanico de posibilidades a disposición de los Estados para su gestión de los flujos migratorios no deseados. Entre estos flujos, los que se producen por vía marítima, pese a ser minoritarios, plantean especiales dificultades de gestión por el riesgo que conllevan y por la aplicación del derecho marítimo internacional. Esta tesis analiza la respuesta jurídico-política que la Unión Europea ha dado al desafío que supone la inmigración irregular a través de las fronteras marítimas del sur de Europa, y especialmente en los dos países que más se han visto afectados en el periodo 2000-2014, España e Italia. En consecuencia, la primera pretensión del presente trabajo es realizar un análisis sincrónico, diacrónico y comparativo de las respuestas política, jurídica y penal en su vertiente más operativa o desde la óptica de las prácticas del control que, fundamentalmente en el contexto de la seguridad fronteriza, los gobiernos de España, y de manera más sucinta Italia, han dado a los flujos migratorios irregulares por mar fundamentalmente desde África, en el marco más amplio de la propia respuesta que la Unión Europea ha dado a este fenómeno en el periodo 2003-2014, que permita determinar las diferencias y similitudes entre ellos así como los problemas encontrados. Además, y al objeto de completar la visión de estas respuestas en aspectos muy concretos que afectan a los entornos de seguridad y de aplicación del Derecho, se ha procedido a analizar los aspectos básicos que integran las respuestas política, jurídica, penal y policial del control migratorio irregular por mar en los casos de los Estados Unidos de América y Australia por tratarse de dos países de tradiciones culturales y modelos políticos muy diferentes al de los países mediterráneos. Por otra parte, teniendo en cuenta la complejidad del fenómeno migratorio irregular vía marítima que puede calificarse de polimórfico, y no perdiendo de vista el marco académico en el que este estudio se realiza, la segunda pretensión del trabajo ha sido realizar dicho análisis de la respuesta al fenómeno desde una perspectiva fundamentalmente enfocada a los aspectos de la seguridad y sobre los procesos y actividades de control externo de las fronteras marítimas.0Doctoral Thesis9842<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Vélez Alcalde, Francisco Javier" href="/fez/list/author/Vélez Alcalde, Francisco Javier/">Vélez Alcalde, Francisco Javier</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La inmigración irregular por vía marítima hacia Europa del sur. La respuesta de los Estados" href="/fez/view/tesisuned:IUGM-Fjvelez">La inmigración irregular por vía marítima hacia Europa del sur. La respuesta de los Estados</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Instituto Universitario "General Gutiérrez Mellado"</span>RecordDoctoral ThesisPublishedPolíticaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Instituto Universitario "General Gutiérrez Mellado"Vélez Alcalde, Francisco JavierGonzález Enríquez, María del Carmentesisuned:IUGM-Fjvelezhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:IUGM-FjvelezspaVELEZ_ALCALDE_Francisco_J_Tesis.pdfpresmd_VELEZ_ALCALDE_Francisco_J_Tesis.xmltesisuned:IUGMbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis del Instituto Universitario Gutiérrez Mellado (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsVélez AlcaldeAcceso abierto0.6541005434172016-01-11T00:00:00Z8052016-10-28T22:43:31Z2016-10-28T22:43:31ZLa financiación de la Política Exterior y de Seguridad Comúntesisuned:IUGM-FgalanLa Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) constituye uno de los elementos más característicos y, al mismo tiempo, más complejos de la Unión Europea (UE). No obstante, dentro del conjunto de elementos que conforman la PESC, uno de los aspectos menos conocidos, y sin embargo esencial, es el correspondiente a su "financiación". En este sentido, la PESC, al igual que cualquier otro tipo de actividad pública o privada, va a necesitar de unos recursos económicos que permitan afrontar los gastos derivados de su puesta en práctica, con la particularidad de que, en este caso, nos encontramos con dos fuentes de financiación. De este modo, a partir de la entrada en vigor del Tratado de Ámsterdam (1997) se establece una distinción fundamental que se ha mantenido hasta la actualidad: por un lado, con cargo al presupuesto comunitario se van sufragar tanto los "gastos administrativos" o gastos de funcionamiento, como los "gastos operativos", y por otro, los gastos derivados de operaciones con implicaciones militares o de defensa. La existencia de dos fuentes de financiación supone, en principio, una vulneración de dos principios básicos en el ámbito del Derecho Presupuestario, como son: por un lado, el "principio de unidad", por el que todos los ingresos y gastos deben incluirse en un solo presupuesto; y otro, el "principio de transparencia", asociado al control de toda índole, pero especialmente un control democrático. La vulneración de estos dos principios nos permite plantear la hipótesis que pretende verificar esta investigación: la existencia de dos sistemas de financiación de naturaleza tan distinta (comunitaria y estatal) para financiar las actividades derivadas de la PESC vulnera los principios presupuestarios de unidad y transparencia, por lo que resulta ineficaz para lograr los objetivos establecidos por la UE en esta materia.0Doctoral Thesis9242<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Galán Pablo, Francisco" href="/fez/list/author/Galán Pablo, Francisco/">Galán Pablo, Francisco</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : La financiación de la Política Exterior y de Seguridad Común" href="/fez/view/tesisuned:IUGM-Fgalan">La financiación de la Política Exterior y de Seguridad Común</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Instituto Universitario "General Gutiérrez Mellado"</span>RecordDoctoral ThesisPublishedPolíticaUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Instituto Universitario "General Gutiérrez Mellado"Galán Pablo, FranciscoGarcía Pérez, Rafael (Director)Requena y Díez de Revenga, Miguel (Tutor)tesisuned:IUGM-Fgalanhttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:IUGM-FgalanspaGALAN_PABLO_Francisco_Tesis.pdfpresmd_GALAN_PABLO_Francisco_Tesis.xmltesisuned:IUGMbibliuned:Setthesisbibliuned:SetopenaireTesis del Instituto Universitario Gutiérrez Mellado (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openairehttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsGalán PabloAcceso abierto0.6175324334172016-07-28T00:00:00Z77092017-04-20T21:31:03Z2017-07-10T22:02:33ZPraxis de la inmigración irregular en la España del siglo XXI. Metodología de las migraciones irregulares y su afloramiento hacia la permanencia legal. Un estudio desde las perspectivas sociológica y jurídicatesisuned:Derecho-JmcerezoEl trabajo de investigación se gestó prácticamente desde 2005, un reto que se constituía para marcar los tiempos para poder recoger información y gestionar de primera mano, los procesos migratorios en general y, en particular, el que trataba de ser un ejemplo dinamizador de la gestión de los procesos que canalizaban las migraciones irregulares hacia la permanencia legal. Hacia la conocida y controvertida figura del arraigo. 2006, fue el año de comienzo de la andadura del arraigo, prácticamente tal y como lo conocemos hoy día. A la figura arraigular se la denominó regulación permanente. El afloramiento masivo español, desde el no derecho que se hace derecho. Ese año marcó la línea de salida del Proyecto de Investigación que hoy toma el nombre de PRAXIS DE LA INMIGRACIÓN IRREGULAR EN LA ESPAÑA DEL SIGLO XXI, pues cualquier empleado público que haya tratado el tema; cualquier profesional del Derecho; cualquier persona que haya investigado sobre el controvertido dilema del arraigo, no ha podido quedar impasible ante las causas y consecuencias de su gestación, gestión, casuística e impacto en la sociedad española. Más de 800.000 solicitudes le avalan. De modo que el trabajo se ha llevado a cabo tratando el proceso desde 2006 hasta 2014, debido principalmente a la necesidad de acotar el análisis desde las dos perspectivas principales: la Sociología, por un lado, donde se ha analizado el fenómeno partiendo no solo desde las migraciones con permanencia irregular en España y sus repercusiones, sino también desde el mismo momento en que se pierda la permanencia legal por las causas establecidas en la Ley. Es decir, desde la irregularidad estructural y desde la irregularidad sobrevenida, como agrupaciones de focos de atracción de una parte de las migraciones nacionales españolas. Por ello, desde la identificación de los hechos, el tratamiento de la información y su interpretación sociológica, el Derecho Social de la Inmigración Extranjera, constituye el otro eje principal que ha sostenido los cimientos de este Proyecto. El trabajo de investigación consta de 8 Capítulos divididos en índices y subíndices, donde se formula el problema de investigación; la justificación de la investigación y se analizan en profundidad los elementos y factores esenciales de la misma: el Proceso Extraordinario de Normalización y las figuras del Arraigo en sus tres formas: Laboral; Social y Familiar. Un total de 451 páginas ocupan la totalidad del trabajo, incluyendo la Bibliografía consultada. El punto de partida del arraigo –previsiblemente lo contrario a un prócer jurídico que no es nuevo en España-, se sostenía prácticamente desde los albores de la regulación de la inmigración en España, que los investigadores situaron a partir de la Ley Orgánica 7/1985. Quizás reconozcamos que la palabra “arraigo” se corresponda con soluciones inspiradas en los procesos extraordinarios de regulación, pero en determinado tiempo no fue solo así. Existen precedentes anteriores a 2005 donde el arraigo ya se trataba de regular. Un ejemplo lo tenemos en el Real Decreto 864/2001, donde se articulaba el arraigo desde la incorporación al mercado de trabajo y la justificación de vínculos familiares. En España la regulación de las migraciones, a partir de 2005, cobrara connotaciones polarizadas entre los tiempos cronológicos y los tiempos sociales del momento. Esa polaridad estaba sentada previsiblemente sobre una especie de círculos concéntricos que exponían el control migratorio a determinadas circulaciones que abrían o cerraban las agujas mecanizadas para dirigir los hechos migratorios hacia vías muertas o hacia un camino férreo no exento de trabas y apeaderos en marcha con las consecuencias que hoy día tenemos desde el pasado, horadando el presente con escasez en las aspiraciones a un modelo de gestión de la inmigración, basado en intereses económicos, pasando en ese lapso de tiempo a una economía con visos de prosperidad, a una economía calificable como maltrecha. Esta fue la apreciación que se exhalaba desde el momento de comenzar un largo camino hacia la comprensión de la regulación de los procesos migratorios. Y la visión estaba familiarizada en una realidad tangible: que los vagones se representaban amontonados en las puertas de las instituciones, con largas colas aspirando a ser atendidos en condiciones muy precarias, porque la precariedad viene discurriendo sobre estos apeaderos temporales, no solo a las individualidades y agrupaciones que aspiran a los derechos fundamentales de la persona, sino también a los empleados públicos competentes en esta visión holista de un mecanismo con varias locomotoras que producen efectos de aceleración o frenada en ilusiones y sin promesa de destino final. Esa constatación parecía sostenerse sobre el favorecimiento de la inmigración irregular sostenida sobre preceptos que contienen figuras indeterminadas, que pueden lesionar derechos de los migrantes y presentaban la dificultad en discernir si se castiga la solidaridad de quienes ayudan o promueven el proyecto de migrar de forma desinteresada o, lo que verdaderamente resultaba complejo, tratar de identificar a quienes con ánimo de lucro favorecen la inmigración, persiguiendo un efecto contrario a la norma que ampara la regulación en España. Así que la propuesta del Proyecto ha consistido en analizar desde dentro de las Instituciones que gestionan el fenómeno migratorio en España, recogiendo muestras, analizando cada espectro social que se cromatizaba en las Oficinas de Extranjería, para tratar de comprender y discernir el fenómeno de la inmigración irregular. La Ciencia es parca en definiciones y rigurosa en conceptos. Por consiguiente, resultaba necesario establecer y acotar en el tiempo el impacto en la sociedad española, de la regulación del fenómeno que venía acaeciendo desde 2006, con la nueva andadura gestora de los flujos y el afloramiento de la irregularidad migratoria. No de las personas irregulares; no de los invisibles –que por supuesto constituyen una evidencia-; no de los ilegales porque no transgreden más que la necesidad de sobrevivir en muchas ocasiones. En otras palabras, este es el reto del análisis, ilustrar, además, en el favorecimiento del fenómeno, induciendo formas de realización ilícita; aprovechando los recovecos de la ley y de las intenciones reguladoras del legislador, para obtener pingües dividendos. Desde la propia regulación en sí. Y esta indeterminación jurídico-social, deriva en malversar la gestión de la entrada, permanencia y salida. Este es el hecho. Ahora bien, para poder elaborar un Proyecto de esta envergadura, que se torna inacabado y previsiblemente en la entrada luces y sombras, Evaluar empíricamente la magnitud de los flujos migratorios irregulares, su correlación con el Ordenamiento jurídico de las migraciones en España, acentuados entre los años 2006 a 2014, así como los posibles efectos de las oscilaciones migratorias de las reformas legislativas operadas en esa acotación. Desde el comienzo del trabajo de investigación, se han venido conectando además de las dos áreas de conocimiento –Sociología y Derecho-, otras transversales como la Geografía Humana, la Economía Laboral y la Antropología. Se han practicado los análisis de manera bidireccional, es decir, desde las tendencias de los hechos hacia la regulación jurídica o respuesta jurídica. Pero, en igual sentido, nos ha resultado muy revelador, realizar la dirección analítica contraria, desde la regulación del fenómeno migratorio, hacia su repercusión en los hechos que se contemplan desde la perspectiva sociológica. De esta manera, hemos tratado de plantear la perspectiva teórica, partiendo de las investigaciones de autores de prestigio en el campo de las migraciones, tratando de responder a los métodos y criterios que deben ser combinados de manera inextricable. Así pues, para instrumentar las técnicas empleadas en el proceso cognitivo, hemos utilizado el análisis de datos y su interpretación empírica, identificando y analizando las variables que se han disociado con el fenómeno social de la irregularidad migratoria, así entendida en la opacidad que representan las entradas y permanencias irregulares en un territorio determinado. Por consiguiente, el análisis se ha centrado en tres focos fundamentales: a)La observación del fenómeno migratorio actual en general y de la permanencia irregular en particular, conceptualizando la irregularidad estructural y la irregularidad sobrevenida, como elementos partícipes de la inmigración clandestina y de la trata de seres humanos. b)Con la inestimable ayuda de la literatura científica sólida nos hemos apoyado para delimitar el campo de acción de la permanencia irregular y su deriva desde 2006, año en que se comienza con la aceptación de solicitudes de residencia temporal por arraigo, hasta 2014, dada la densidad de los datos, el tratamiento e interpretación de los mismos. c)Una vez alcanzadas las fases necesarias, propias de la investigación cualitativa y cuantitativa, hemos podido extraer los resultados obtenidos en el periplo investigador. Las miradas sociológica y jurídica han permitido aportar las herramientas teórico-empíricas, necesarias para conocer, contextualizar, analizar y comprender el fenómeno de la inmigración irregular. Como ya se sostenía inicialmente, la incertidumbre se viene ciñendo como sesgo en la interpretación de los elementos y factores determinativos del proceso migratorio irregular, redundando de manera tozuda y repetitiva, la consideración del problema de investigación. El arraigo se ha consolidado desde 2006, una vez finalizado el proceso de Normalización de 2005, como el corolario que apoya la necesidad de contar con una salida a la inmigración irregular, tanto la estructural, como la sobrevenida. España con esa regulación excepcional, muy exclusiva en la Unión Europea, ha venido sosteniendo una necesidad positivista de cara al afloramiento de este tipo de inmigración “no deseada”. 2.- EL DESARROLLO DEL PROYECTO. La arquitectura de la investigación se ha diseñado, bajo los argumentos y expositores esenciales que ofrecen la Sociología y el Derecho. Una vez formulado el problema de investigación, había que consolidar y justificar lo que se estaba haciendo. Así, desde el plano de fijación de los objetivos generales, posicionándonos en el modelo Weberiano de la interpretación: entender el objetivo de los actos; la magnitud del propósito y la intención de la acción migratoria irregular (Corbetta, 2007: 21), hemos fijado como objetivos generales: 1. Conocer el plano teórico, a través del conjunto de proposiciones relacionadas con las migraciones irregulares, más allá de las expresiones empíricas concretas, observando a través de la datación, los hechos que se producen con regularidad en figura del acceso estable que permite aflorar la inmigración irregular, hacia canales de legalización ordinaria. 2. Concretado el conocimiento teórico, el objetivo siguiente consistirá en expresar mediante hipótesis específicas, destinadas a relacionar conceptos, con niveles inferiores de abstracción y permitir que las tendencias sobre las que discurren las autorizaciones de regularización permanente (Arraigo), se traduzcan en prueba empíricas. 3. Secuencialmente, las hipótesis explicativas permitirán traducir significados en forma de variables, con la finalidad de detectar los errores y establecer la fiabilidad y validez de la investigación, tratando de confirmar la causa, para demostrar empíricamente la relación causal. Con ello pretendemos identificar las distintas formas de dar respuesta a los mecanismos que producen la presencia legal en general y el arraigo en particular, que parte desde la inmigración irregular estructural y sobrevenida. La comprensión en el sentido weberiano se establece buscando las motivaciones que son directamente accesibles con el método de construcción de los hechos, a partir de información procedente de las fuentes oficiales: 1. Conformar el mapa de inmigración irregular, basado en la realización del mapa de arraigo en España, conociendo los datos de las personas que han obtenido autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales. 2.- Se han podido identificar las distintas formas de dar respuesta a los mecanismos que producen la presencia legal en general y el arraigo en particular. 2.1.- Se ha realizado un análisis técnico-jurídico de la figura de las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales, no solo del arraigo, sino además, de otras composiciones que permiten obtener desde la esfera de la excepcionalidad, la necesaria autorización temporal de residencia –que en unos casos puede conllevar autorización para trabajar-. Se trata de un tema que plantea modificaciones legales, reglamentarias e interpretativas por la Jurisprudencia, 2.2.- En igual sentido, se ha realizado una exhaustiva recopilación de resoluciones judiciales, principalmente desde la jurisdicción contencioso-administrativa (Juzgados, Tribunales Superiores de Justicia, Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional y Tribunal de Justicia de la Unión Europea), enfocada la documentación obtenida, en la figura del arraigo. 3. Se han justificado los conceptos de integración institucional, integración social y co-inclusión societal. La integración institucional posee connotaciones legalistas, agrupadas por procesos de visibilidad reglada (empadronamiento en un municipio; formalizar un contrato de trabajo; obtener un informe de inserción social en una determinada comunidad), auspiciada por la indeterminación jurídica. La integración social donde se construye nuestra “teogonía social”, con referencia a nuestra propia forma de entender la sociedad y la reacción frente a los presentes ausentes, se regula a través de la construcción del inmigrante extranjero, dentro del proceso de construcción social, La irregularidad migratoria se estructura a través del proceso de percepción social y de factores psicosociales demográficos; de ideología política; de percepción de amenaza social o cultural y del nivel de contacto con los inmigrantes (Igartua et al, 2014: 4). En la regulación de la inmigración encontramos vinculaciones entre riesgo, interés y uso de la fuerza, que conllevan contradicciones, incoherencias o disfunciones en la terminología jurídica. Ahora bien, como toda investigación, la mirada hacia los planteamientos hipotéticos, resultan de calado para poder inferir respuestas. Y las hipótesis sobre las que, de partida queremos trabajar, responden a las siguientes incógnitas: a) PRIMERA HIPÓTESIS. Existe una relación causal de la inmigración irregular (estructural y sobrevenida), con las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales. En concreto, con la figura del arraigo en sus tres modalidades: Laboral, Social y Familiar. b) SEGUNDA HIPÓTESIS. Las regularizaciones extraordinarias y la regulación permanente, presentan expectativas migratorias divergentes. c) TERCERA HIPÓTESIS. Existe confirmación empírica de la relación causal entre arraigo, fraude de ley y tráfico ilegal de personas. d) CUARTA HIPÓTESIS. Consecuencias del fenómeno observado debidas a la reforma de la regulación normativa; en concreto, los preceptos que contienen los requisitos de arraigo. Se plantea, ante las evidencias empíricas, la eliminación de la figura del arraigo. Para llevar a cabo las transformaciones teóricas y conceptuales a las hipótesis, tendremos que adentrarnos en si el modelo de gestión del arraigo, desde una perspectiva micro, planteando el trabajo de investigación desde dentro, es decir, desde la base empírica de la gestión de los procesos que conllevan el arraigo. Partimos reconociendo que el arraigo puede ser una figura necesaria, en el proceso de integración institucional y, por ende, aunque no necesariamente, en el proceso de integración social. Para finalizar, desde estos planteamientos hipotéticos, también reflexionamos sobre las consecuencias de no alcanzar u obtener la residencia temporal arraigular . La práctica nos ilustra sobre la continuidad en la permanencia irregular, que atañe, además, a la suma de los que intentan conseguir reunir los requisitos descritos anteriormente. Se trata de un camino empedrado de obstáculos, pero que se suaviza con la inducción, promoción, favorecimiento o facilitación de la inmigración clandestina, que se cuestiona dicotómicamente, sobre las ayudas que las redes sociales realizan a estas personas necesitadas. De manera individual o mediante asociaciones, se suelen prestar servicios y ayudas sociales, con lo cual, la complejidad técnico-jurídica se centraría en poder separar el trigo de la paja como conocemos por estas tierras, para contrarrestar los efectos del tráfico ilegal de inmigrantes. Partiendo de la acepción Weberiana, respecto del tipo-ideal, el trabajo de investigación ha establecido una percepción unilateral, con varios puntos de vista, desde una abstracción que nace del reconocimiento empírico de la irregularidad migratoria. La observación de los procesos de irregularidad estructural en España, se encuentra presente, en mayor o menor medida, en el marco conceptual de las migraciones que fijan el tránsito o la residencia temporal, o de larga duración en nuestro país. De modo que la confirmación empírica de la relación causal de la irregularidad migratoria en España, proviene de la distinción de las observaciones y del análisis jurídico, que se van a analizar en la investigación, sobre el Arraigo y sus formas arraigulares, por un lado, como variable que condiciona a la irregularidad migratoria y, por contrario, la irregularidad migratoria que condiciona al Arraigo y sus tipos. En la síntesis explicativa, la formulación de variables dependientes e independientes, entendiendo por tales, las que influyen sobre la que recibe la influencia. Si desde las hipótesis que hemos formulado, la dependencia es de tipo causal, será la causa la irregularidad migratoria y el efecto la configuración jurídica del Arraigo. Pero será la aspiración a demostrar esa dependencia, la que nos ha animado a llevar a cabo este Proyecto. Para reforzar esta hipótesis de la irregularidad migratoria que pervive sobre canales fraudulentos o amparados en la fuerza de la ley, habrá que partir del análisis de los hechos y de los fundamentos legales que lo sostienen y materializan, tratando de posicionarnos en el mundo de los conceptos y de las reflexiones teóricas que sostenemos, migrando al mundo de la experiencia, trasluciendo la teoría a la experiencia. 2.1. El Proceso de Normalización de 2005. En este proceso, posiblemente más realista que los anteriores, pero insuficiente por las consecuencias que se dieron, ya se vislumbraba que la inmigración irregular no podía ser contrarrestada a través de estrictos controles fronterizos, ni tampoco mediante la aplicación de medidas de identificación de orden público, o de simples criterios formalistas para poder reunir los requisitos legales que se traducirían en una residencia legal. España se vio reflejada en una escasa capacidad para controlar los flujos económicos, de tal manera, que nada más empezar el Proceso Extraordinario que analizamos, el resultado parecía prevenir que debía reiniciarse de nuevo, a modo de bucle, entre la irregularidad estructural y la sobrevenida, dejando entre medias, el margen que otorgó la residencia temporal por esa vía. El proceso posterior, plasmado en la regulación permanente de la inmigración extranjera irregular, previsiblemente, con matices, parece derivar en resultados mejores, pero insuficientes. En resumen, el denominado Proceso Extraordinario de Normalización llevado a cabo entre Marzo y Diciembre de 2005, tuvo que afrontar un reto en la grabación y formalización de las solicitudes –que se aceptaban entre el 7 de marzo y el 7 de mayo de 2005-; un rompecabezas en la comprobación de la documentación aportada, que tenía relevancia respecto de la acreditación de una fecha determinada; la promesa de trabajo manifestada en ofertas o contratos de trabajo y en otros requisitos formales que vamos a analizar en la parte jurídica. El Proceso de Normalización cumple con el tipo experimental, adaptado a los cánones jurídicos de los procesos anteriores, pero modificado con matices integradores. Durante la instrucción del proceso, hubo personas que podían reunir los requisitos para poder contar, igualmente, con la residencia temporal por arraigo, pero los elementos circunstanciales de cumplimiento con la normativa, se alejaron en tanto en cuanto, no se pudiera conseguir la formalización de un contrato de trabajo. La observación simultánea objetivable, declinó en el problema de la permanencia irregular causal, motivada por la imposibilidad de acceso a la formalidad de la Ley, dilatando las expectativas. Esta situación de hecho, se agrupa en la persistencia del fenómeno estructural. 3.2. El Arraigo Laboral. El arraigo laboral arrastra la impotencia de la incomprensión del que entra en nuestro país y necesita subsistir en él y rescata su dignidad amparándose en el que perpetra el ilícito de facilitarle un empleo fuera de la ley. Para la ley, aunque en diferentes planos de responsabilidad administrativa o penal, ambas partes han sido conscientes de esa transgresión de la norma, pero en la práctica se presenta como un sacrificio necesario para obtener el preciado reconocimiento legal de una permanencia regulada, sometida al imperio de la ley. Aunque la categorización nos imbuye en una realidad testimonial, que reconoce a unos como villanos, a los otros –los inmigrantes- son reconocidos como víctimas. Estos son los hechos. Ahora bien, en el transcurso del estudio, hemos podido aproximarnos a fundamentar que la escasez de solicitudes de arraigo laboral, también trae consecuencia en la elección del tipo de arraigo, prevaleciendo el arraigo social, respecto del arraigo laboral, por los siguientes motivos: 1. En el arraigo laboral, el empresario infractor puede ser sancionado El trabajador puede ser sancionado por encontrarse trabajando en nuestro país, sin haber obtenido autorización de trabajo, cuando no cuente con autorización de residencia válida. El componente principal del arraigo estriba en justificar una relación laboral ilegal, durante un mínimo de seis meses. 2. En el arraigo social, la relación laboral que se plantea entre el empresario y el trabajador inmigrante extranjero es futura y no se relaciona con los trabajos realizados en el pasado. No existen infracciones y el trabajador inmigrante extranjero, es el sujeto legitimado y responsable de aportar la documentación. La cuestión se centra, en esperar un año más para solicitar arraigo social –tres años en vez de dos-, pues en la elección del social, el empresario no es responsable ante la Administración, si ésta deniega las solicitudes de arraigo social, a no ser que medie fraude de ley o indicios de falsedad en el contrato de trabajo o se trate de una simulación laboral. La promesa de trabajo decente se construye a través del propio empresario, a no ser que el trabajador denuncie una actividad laboral anterior a la solicitud de arraigo o que la Administración pueda constatar por los órganos inspectores, la existencia de esa relación de trabajo por cuenta ajena. Esta demostración permite despejar la duda y centra el esfuerzo del no derecho que se hace derecho, en el arraigo social. 3.3. El Arraigo Social. El arraigo social es el vórtice de las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales y, como no decirlo, el más dinamizador por la repercusión en cuanto a la gestión completa de los procesos se refiere. La confluencia de la irregularidad estructural o sobrevenida desemboca en esta figura de arraigo. Así, por antonomasia, se construyen soluciones legales no solo a quiénes realmente son “capaces” de reunir los requisitos para su otorgamiento –para conseguir una autorización de permanencia legal por esta vía-, sino que desgraciadamente su uso ha recibido un perturbador número de solicitudes que no guardan relación con una auténtica integración –perspectiva estática-, sino que se fabrican soluciones a la carta, creando empresas ficticias; contrataciones irregulares o ilegales; informes de arraigo sin acreditar ese concepto e incluso falsificando documentación o, más grave aún, incluso la identidad misma. Los hechos migratorios evidencian análisis multidisciplinares que canalicen respuestas plausibles, que traten de equilibrar realidad social y cronológica, con la realidad de la regulación y en esa palmaria visión la ciencia se responsabiliza y trata de interpretar, colegir y responder a las variables migratorias que se van a contextualizar y mutar en función de las soluciones que se aporten en el momento dado. La regulación siempre quedará en entredicho por múltiples razones y una de las principales podría estar en la puesta en común –en la metodología principalmente- para alcanzar una regulación consensuada. Es donde partimos en relación al arraigo social. El arraigo social representa el 92% de las solicitudes totales de Arraigo en el período 2006-2014. Es decir, que de los datos absolutos registrados por la Administración en ese lapso de tiempo, de las 747.685 solicitudes, más de 687.000 han sido de arraigo social, lo que implica el peso estadístico mayoritario respecto de los tres tipos de arraigo. La permanencia en la situación irregular es contradictoria, en principio, porque se aleja de la ordenación jurídica, conculcando determinados derechos que se limitan a su acceso, mientras que incluso en esa situación de presencia ausente, también posee en nuestra sociedad, unos derechos inalienables, que no pueden ser legítimamente negados a cualquier persona y que nuestra Constitución recoge en el elenco de Derechos Fundamentales de la Sección Primera del Título I. Pero ¿Qué ocurre cuando esas condiciones legalmente fijadas para modificar la situación de la permanencia irregular en residencia temporal, son utilizadas en fraude de ley, al amparo de la norma que regula el arraigo social? Y en ese devenir temporal, la Ley crea estructuras migratorias diferenciadas en procesos legales de regulación migratoria. Concretamente, esas estructuras se asientan sobre los siguientes hechos jurídico-sociales: - La norma que desarrolla a la Ley, obliga a la permanencia irregular mínima de tres años, que se acentúa temporalmente por los factores endógenos que incluye como requisitos de acceso a la permanencia legal. En la práctica, los factores exógenos como aquéllos favorecedores de la inmigración clandestina, se sentirán atraídos por la construcción del precepto de arraigo social. - Los factores endógenos de la regulación del arraigo social, una vez cumplido el primer objetivo de la permanencia irregular sometida a término, promueve mecanismos implementadores de la integración legal, como el empadronamiento, que tiene su proceso temporal y su proceso social –además del legalmente establecido-; como el proceso de reconocimiento social que se sienta sobre la figura del contrato de trabajo, como elemento subjetivo, disforme, obligatorio y sometido, principalmente, al imperio de la forma legal, lejano pues, en gran medida, de la cuestión material de las relaciones sinalagmáticas. Y por último, la integración legal se tiene que sostener sobre la figura del informe de inserción social, mecanismo necesario, obligatorio y observador de cada particularidad migratoria irregular, además de descriptor de los condicionantes mínimos y estáticos de la integración formal, posiblemente muy lejos de la co-inclusión social, que habrá transcurrido en numerosas ocasiones, con anterioridad a esa manifestación integradora, plasmada expresamente. - Estos hechos diferenciales del arraigo social en particular, establecen variables de estímulo y respuesta, donde el tratamiento de la irregularidad migratoria en España –que se corresponde con la variable causal- produce una reacción al estímulo legal –propia de las variables que producen el efecto-, estableciendo una covariación entre esas dos variables –regulación normativa del arraigo- e inmigración irregular susceptible de arraigo. Con ello, se construyen puentes que favorecen la inmigración clandestina, que se sostienen sobre pilares de la inducción, promoción, favorecimiento y facilitación de la inmigración clandestina. El arraigo, en gran medida, se ha constituido en una meta de favorecimiento de la irregularidad estructural. Entendemos que debemos cuestionarnos el mecanismo de retroalimentación que se infiere con la irregularidad estructural, como causa del arraigo social y la irregularidad sobrevenida, como consecuencia de la pérdida del arraigo social. La regulación establece un bucle por el que circula la irregularidad migratoria, desde una u otra posibilidad y, por otro lado, la crisis acentúa la espera para poder reunir los requisitos vigentes para poder solicitar el arraigo social. Existen personas que, actualmente, llegan a tardar unos diez años desde que entraron en España por primera vez, permaneciendo en situación administrativa irregular, pues no han conseguido una contratación laboral seria, que le otorgue el estatus de migrante legal en España. En esta resonancia social, la co-inclusión resulta un hecho, pero la integración social institucional, no se consuma para alcanzar el objetivo de la regulación deseada. Las migraciones de tránsito se transforman en trasuntos donde la realidad social, más pronta en la percepción, sigue lejos de la realidad legal. Seguimos intentando compaginar los tiempos sociales a los tiempos jurídicos. 3.3.- El Arraigo Familiar. En el arraigo familiar parece que prevalece la necesidad de ser distintos del resto de la masa de datos que compone el grupo del arraigo en general, pues para ser diferente al arraigo laboral y al arraigo social, la característica que impregna el legislador se presiona sobre el entorno familiar. Hijos de padre o madre originariamente españoles o cuando se trate de padre o madre de un menor de nacionalidad española. Y en el viaje del autodescubrimiento de esta figura, con entorno derivado de los derechos de familia –con la connotación de la inmigración extranjera-, se realizan evidentes procesos que permiten obtener la tan ansiada autorización legal de residencia temporal. Al igual que en los otros dos tipos de arraigo, es la temporalidad el elemento común, pero no los demás, pues ser diferentes para encajar con desesperación soluciones a un contexto socio-legal migratorio basado en la escasez de remedios, produce para exasperación del investigador, que el reconocimiento de un subepígrafe discurre a través de una aporía que se contradice de forma insoluble con la sociedad de acogida. Qué duda cabe que la finalidad de esta figura es tratar de encajar las piezas individuales de un puzle migratorio, donde han quedado fuera del otorgamiento de la ciudadanía a través de la nacionalidad española y, por ende, constituirse en la cualidad basada en la singularidad de los que no pueden –de momento- acceder a ser español o incluso a recuperar la nacionalidad supuestamente perdida. Y es que la interpretación legislativa a través de los contextos en los que se establecen, se sientan sobre los usos sociales del momento. El tratamiento afectivo-valorativo de esta figura, supuestamente familiar, no pretende sino mitigar las contradicciones de la política migratoria con elementos heterónomos tratando de aportar cierta armonía a la descomposición del marco legal español. Y a esta sustracción entre excepcionalidad, ausencia de justificación de acceso al mercado laboral, unido a la caracterización por la identidad familiar, se enfrenta a la transgresión de la identidad de procedencia, que se difumina con la identidad nacional. O lo que es lo mismo, que la nacionalidad de procedencia queda al margen de la transgresión de la norma, en tanto en cuanto, que lo fundamental es justificar un vínculo jurídico con el país de origen –España-. Así pues, se identifican dos escalas extremas en la regulación de los flujos migratorios, bajo el amparo del arraigo familiar: la imposibilidad temporal de acceso a la reagrupación familiar, utilizando esa concreta vía y la necesidad de contar con la incertidumbre documental que justifica contextualmente, el concepto de nacionalidad española de origen, donde la recomposición de las experiencias vitales de los nuevos migrantes en un complejo entramado de escalas imbricadas no se compadece, en efecto, con este planteamiento dicotómico (Barañano, 2005: 446), que se torna fluido e inestable multidireccional. Esta ausencia de fiabilidad está marcada por la plasmación de un concepto jurídico indeterminado, flexible y maleable, favorecedor de la irregularidad migratoria, catalizando de manera multifuncional el fraude en la regulación y sosteniendo una ruta migratoria que se aprovecha por individuos y grupos organizados, creando un vínculo direccional perfectamente identificado con la figura del arraigo familiar. Por consiguiente, como presupuesto de hecho para poder acceder a este tipo de solicitudes de arraigo familiar, no se requiere un período mínimo de permanencia en nuestro país; no se requiere acreditar si cuentan o no con contrato de trabajo; no se requiere justificar con un informe de inserción social, que tienen perspectivas de integración en una determinada localidad. Desde la perspectiva de la irregularidad estructural, es como dar por hecho que transgredir las normas de entrada, permanencia o salida voluntaria u obligatoria de España, para el caso que nos ocupa –y también para el resto de autorizaciones de arraigo- conlleva la posibilidad de obtener permanencia legal ilimitada. Un bucle retroalimentador favorecedor de la inmigración clandestina. Esta dificultad no afecta a la Administración encargada de realizar los actos de admisión, instrucción y terminación de las solicitudes, sino también de los Tribunales, constituyendo una de las principales premisas que determinan la indeterminación jurídica, basada en la consistencia probatoria, sino también en los razonamientos jurídicos, quizás más proclives a plasmar en la ratio decidendi conjeturas, que otros Tribunales lo invertirán con refutaciones. El orden de los factores a la hora de nombrar a los países implicados, no altera el producto de su fracaso. El eco de la españolidad de origen, suena a una solución de trastienda, como si España tuviera la obligación de aceptar como nacionales a todos los habitantes de ese territorio. Todos los habitantes que deseen ejercer ese derecho. Pero el Derecho regula la nacionalidad de origen de los españoles y es donde habrá que estar a la hora de discernir a las personas que potencialmente pueden acogerse a ese privilegio. Toda posible tendencia a buscar soluciones, trata de naufragar dadas las contradicciones que se ciñen en la forma de interpretar los hechos y sus regulaciones, que se sostienen sobre recelos y la indeterminación política de las partes implicadas. Con ello, a la ausencia de respuesta del proceso de autodeterminación del territorio que en su día se denominó Sahara español, es la españolidad –la nacionalidad española originaria- el plus que conlleva un segmento de la población, atraída por la posibilidad de obtener residencia en España e incluso alcanzar la nacionalidad española. 3.- CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. Toda esa distorsión legislativa, entendemos que se centra en los sesgos que promueven la irregularidad estructural: - Una deficiente regulación del arraigo, que, ante la falta de concreción discurre sobre una legislación confusa, oscura e incompleta, lo que, en palabras del Tribunal Constitucional: “En este orden de exigencias no cabe subestimar la importancia que para la certeza del Derecho y la seguridad jurídica tiene el empleo de una depurada técnica jurídica en el proceso de elaboración de las normas”, que podemos hacer extensiva a la normativa sobre la Inmigración Extranjera, la carencia de una depurada técnica jurídica puede socavar “la certeza del Derecho y la confianza de los ciudadanos…puede terminar por empañar el valor de la justicia”. Aunque el Alto Tribunal interpreta el Principio de Seguridad Jurídica y en esa ciencia jurídica se posiciona en clarificar que “Sólo si, en el contexto ordinamental en que se inserta y teniendo en cuenta las reglas de interpretación admisibles en Derecho, el contenido o las omisiones de un texto normativo produjeran confusión o dudas que generaran en sus destinatarios una incertidumbre razonablemente insuperable acerca de la conducta exigible para su cumplimiento o sobre la previsibilidad de sus efectos, podría concluirse que la norma en cuestión infringe el principio de seguridad jurídica” . El Arraigo es la piedra angular de procesos de convivencia en la permanencia irregular: a) La reagrupación familiar fallida, dejando al albur de la regulación arraigular, los medios económicos, la vivienda digna y la protección de los menores. Entendemos que no puede situarse en el mismo plano la reagrupación familiar considerada con los requisitos que conlleva, que el hecho de que el arraigo pretenda suplir esos condicionantes de la vida en familia, por la justificación de la permanencia irregular y los vínculos familiares. Con esa medida, se han reagrupado familias enteras –que han superado 7 hijos o más-, simplemente porque los padres accedieron al arraigo, contando con medios económicos en su país, pero quedando al margen de los requisitos necesarios. La consecuencia: la cobertura diferencial de los medios de subsistencia de la familia, con ayudas sociales. b) Del trabajo informal y de la economía sumergida. Constituyen los baluartes de la inmigración clandestina en la totalidad de los países acogedores. El inmigrante extranjero es consciente de que primero hay que subsistir en empleos o en no-empleos; en trabajo, sin remuneración; en horas de tareas interminables y en actividades penosas, peligrosas e insalubres. ¿Cómo se puede obtener una promesa de trabajo (contrato de trabajo sometido a condición suspensiva), con un paro registrado de semejante envergadura en España? O suprimimos ese requisito o la práctica de la investigación nos ha desvelado un hecho preocupante: el contrato de Arraigo, en realidad es una relación laboral fallida; el contrato de Arraigo en gran parte, contribuye a generar pérdidas y ganancias económicas y sociales, dependiendo del lado del empleador o empresario, del captador y todo, a costa del trabajador inmigrante extranjero. ¿Es ese el canon que hay que sostener para obtener una residencia temporal? c) De fuente de circulación de documentos de dudosa legalidad; sin garantías en muchas ocasiones; de especialistas en falsificación de documentos. Se mejora constantemente la calidad de los documentos falsos y producen un tráfico jurídico ilegal, que se mezcla fácilmente con el resto de documentación auténtica. Además, resulta de suma facilidad legalizar documentos falsificados. d) De entradas irregulares, con títulos de viaje y pasaportes, provistos de visado de estancia; visados uniformes o de validez territorial limitada, cuyos titulares han simulado una permanencia legal con obligación de retorno a sus países de origen o de residencia. En la práctica, resulta una forma de acceso a los canales de tráfico de personas y de favorecimiento de la inmigración clandestina. Detrás, en la trastienda, quedan las víctimas de trata, que cuentan con una protección integral encomiable, con un gran despliegue de medios materiales y personales. Pero la dificultad estriba en que las víctimas denuncien esa condición de explotación o, en su caso, que las autoridades puedan demostrar esa lacra social. Se deberían detectar los visados que han caducado y que los autorizados a la permanencia en régimen de estancia temporal de corta duración, estén obligados a comunicar su regreso. e) La permanencia irregular comporta la apertura de un procedimiento sancionador y que pueda decretarse la expulsión del territorio nacional. El proceso no es automático y requiere de las máximas garantías jurídico-administrativas. La concurrencia de la solicitud de arraigo, si se reúnen los requisitos establecidos, puede conllevar dejar sin efecto la expulsión, aunque sea firme. En la práctica, la ejecución de la expulsión también puede ser dirimida por la Jurisdicción Contenciosa. f) El Arraigo ha superado las expectativas de la inmigración gestionada a través de la contratación en origen y, en mayor medida, de la contratación en origen, pero individual. Apenas existen contrataciones en origen por parte de los empresarios españoles; apenas los empleadores y empresarios españoles o extranjeros, solicitan contratar a trabajadores inmigrantes extranjeros que se encuentran en sus países de origen. En la contratación reglada y formalizada, prima la formación ocupacional y la selección que llevan a cabo las Consejerías Laborales adscritas a nuestras Embajadas. Es más fácil y menos costoso aprestarse a realizar contratos de trabajo a trabajadores inmigrantes extranjeros, que se encuentran en España en situación irregular. Nos queda la esperanza de la inversión a través de emprendedores. Pero esa es otra investigación que habría que realizar. ¿Debería suprimirse el Arraigo en la regulación de las migraciones asentadas irregularmente en España? O quizás sería más aconsejable una reforma en la regulación del mismo. Pero las reformas de la Ley, resultan parches de las vías migratorias, que discurren por los hechos; se adaptan al Derecho y el no derecho que se hace derecho, seguirá constituyendo una perspectiva para solucionar la irregularidad estructural, pero una quimera en la realidad. Para finalizar, la investigación arroja unos resultados preocupantes. La regulación jurídico-administrativa del Arraigo a lo largo del tiempo se ha convertido, en un proceso ordinario que mantiene un efecto retroalimentador de la irregularidad en la permanencia, con clara finalidad de eludir, en lo posible, los procedimientos sancionadores por la comisión de determinadas infracciones graves. Una vez que se produce la entrada, la permanencia irregular contrarresta los mecanismos de la ley para luchar contra la inmigración clandestina, creando los instrumentos necesarios para cumplir con los requisitos formales. Una vez conseguida la residencia temporal por arraigo, será la irregularidad sobrevenida la que se haga cargo de las personas que no puedan llevar la secuencia normal de las autorizaciones de residencia temporal, hacia la residencia permanente. En su caso, la pérdida de la residencia permanente, por los requisitos legales establecidos, también conlleva el agrupamiento en la irregularidad sobrevenida. El proceso se retroalimenta, pasando a su vez, por la reunión de los requisitos necesarios para solicitar de nuevo la residencia temporal por Arraigo. Y se vuelve a comenzar el proceso. Con estos planteamientos, nos debemos a reflexionar y debatir sobre esta particular regulación que nos plantean las incógnitas que hemos intentado constatar. Con las regularizaciones permanentes, su regulación promueve incorporaciones en la economía informal. No se puede vivir en España un mínimo de dos años para poder solicitar Arraigo Laboral y un mínimo de tres para poder solicitar Arraigo Social, sin trabajar de manera informal. Esto es un hecho. Desde esta perspectiva, parte de los nacionales de países limítrofes, principalmente de Marruecos, Mauritania y Senegal, suelen residir en sus países de origen o en países europeos de habla francófona –Francia o Bélgica, principalmente-, en aquellos períodos donde no encuentran trabajo en España. Es decir, que la regularización permanente ha planteado otras formas de desplazamientos internos –entre Comunidades Autónomas- y externos, entre países limítrofes. Se trata, en definitiva, de una práctica común cuando ya se accede a la residencia temporal, bien inicial por un año; en renovaciones de la misma, cada dos años, hasta alcanzar con cinco años continuados la residencia de larga duración. Y por supuesto, la práctica de residir fuera de España, marca otra tendencia ascendiente en estos últimos años, en la residencia de larga duración. Así pues, el tránsito de personas con autorización de residencia legal, es un hecho consustancial de las migraciones económicas actuales. En la inmigración irregular, los factores de inducir, promover y facilitar el tránsito y la permanencia de personas no nacionales, se ciñen a los instrumentos de la regulación, representados en la Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento de desarrollo, como figuras típicas de los cauces y procesos administrativos de la permanencia legal. El tema principal, como en toda transformación de la teoría a la práctica, se centra en identificar esos canales fraudulentos y tratar de contrarrestar sus efectos. Por la igualdad y la convivencia entre pueblos y culturas. Tenemos la obligación de hacer un mundo más acogedor, pues lo contrario es el presente.0Doctoral Thesis12762<a class="citation_author_name" title="Navegar por nombre de Autor de Cerezo Mariscal, José Manuel" href="/fez/list/author/Cerezo Mariscal, José Manuel/">Cerezo Mariscal, José Manuel</a>. <b><i><a class="citation_title" title="Click para ver : Praxis de la inmigración irregular en la España del siglo XXI. Metodología de las migraciones irregulares y su afloramiento hacia la permanencia legal. Un estudio desde las perspectivas sociológica y jurídica" href="/fez/view/tesisuned:Derecho-Jmcerezo">Praxis de la inmigración irregular en la España del siglo XXI. Metodología de las migraciones irregulares y su afloramiento hacia la permanencia legal. Un estudio desde las perspectivas sociológica y jurídica</a></i></b> . <span class="citation_date">2016</span>. <span class="citation_publisher">Universidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales</span>RecordDoctoral ThesisPublishedDerechoUniversidad Nacional de Educación a Distancia (España). Escuela Internacional de Doctorado. Programa de Doctorado en Derecho y Ciencias SocialesCerezo Mariscal, José ManuelGoig Martínez, Juan ManuelMorente Mejías, Felipetesisuned:Derecho-Jmcerezohttp://e-spacio.uned.es/fez/view/tesisuned:Derecho-JmcerezospaCEREZO_MARISCAL_JoseManuel_Tesis.pdfpresmd_CEREZO_MARISCAL_JoseManuel_Tesis.xmltesisuned:Derechobibliuned:Setthesisbibliuned:Setopenairetesisuned:ED_Pg_DeryCSocTesis de la Facultad de Derecho (UNED)Set de Tesis Doctorales de la UNEDSet de openaireEscuela de Doctorado. Programa de doctorado en Derecho y Ciencias Sociales (UNED)https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0Licencia de acceso Creative CommonsCerezo MariscalAcceso abierto0.53384703221722173634022144240221714124022171412